Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-3362

Resolución de 30 de marzo de 2016, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del entorno de la Isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2016, páginas 24670 a 24672 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-3362

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 19 de mayo de 1995, por la que se establece una reserva marina en el entorno de la isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 5 y disposición final primera de la misma, la Secretaría General del Mar, oído el sector interesado, resuelve lo siguiente:

Publicar, como anexo, el censo actualizado de las embarcaciones autorizadas a faenar en aguas de la reserva marina a que se refiere la citada orden hasta el 31 de diciembre de 2018. Las embarcaciones incluidas en el presente censo se encuentran en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

Que las embarcaciones incluidas en los censos de la reserva marina anteriormente publicados y que en estos momentos no se encuentran en activo en el Censo de la Flota Pesquera Operativa podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante el período contemplado en la presente Resolución será considerado como renuncia de su titular al acceso del buque a la pesquería y al caladero para el que es autorizado, procediéndose a su baja definitiva en el censo específico correspondiente por modalidades, caladeros o pesquerías (artículo 23.4.º de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado).

Que los criterios de exclusión del censo serán:

1. La no descarga de sus capturas a través de los puntos de primera venta a través de un punto de primera venta autorizado, habiendo tenido actividad y/o vender las capturas fuera de un punto de primera venta autorizado, debiendo quedar indicado en las notas de venta qué capturas han sido obtenidas dentro de la reserva marina.

2. La no aportación de información de esfuerzo pesquero a través de los correspondientes estadillos.

3. No tener actividad en la reserva marina durante un periodo continuado de seis meses, salvo causa de fuerza mayor. Para acreditar la actividad deberán aportar las notas de venta y los estadillos de esfuerzo pesquero correspondientes a ese periodo.

La exclusión del censo por alguno de los criterios anteriores supondrá la extinción de la autorización a la embarcación para faenar en la reserva marina.

Los artes y aparejos autorizados serán los establecidos en el artículo 4 de la citada orden de 19 de mayo de 1995.

Madrid, 30 de marzo de 2016.–El Secretario General de Pesca, Andrés Hermida Trastoy.

ANEXO

Cofradía de pescadores de la Isla de la Graciosa

 

Nombre

Matrícula

C.F.P.O.

1

Ahí Va Primero

3.ª- GC-3-3-15

22721

2

Ángeles

3.ª- TE-1-3710

3830

3

Ariaguin

3.ª-GC-1-3048

8374

4

Biosfera Fishing

3.ª-GC-3-2-08

27209

5

Buen Jesús

3.ª-GC-3-290

12707

6

Celia Quinto

3.ª-TE-3-1-02

25425

7

Centella

3.ª-TE-3-290

12717

8

Cleo

3.ª-GC-3-1703

12713

9

Colón

3.ª-GC-3-1601

50802

10

Consuelo Uno

3.ª-GC-3-5-08

27455

11

Corazón de Jesús

3.ª-GC-2-847

20807

12

Corazón de María

3.ª-GC-3-2-06

27196

13

Ecuador Segundo

3.ª-GC-3-1-01

25070

14

Estrella del Norte

3.ª-GC-3-3-08

27331

15

Fátima y Clotilde

3.ª-GC-3-1759

13272

16

General Varela

3.ª-GC-3-785

20576

17

Hermanos Páez

3.ª-GC-3-3-06

27305

18

Isla de Alegranza

3.ª-GC3-8-08

27378

19

Jesús María

3.ª-GC-3-1033

13538

20

Joven Carmen

3.ª-GC-3-1864

12665

21

Kiko

3.ª-GC-3-5-07

27358

22

Los Tres Quinteros

3.ª-GC-3-8-07

27135

23

Mar Azul

3.ª-TE-2-1333

12597

24

Melisa

3.ª-GC-3-1874

12592

25

Milagros Felisa II

3.ª-GC-3-1-15

27688

26

Mi Nombre

3.ª-GC-1-3039

14042

27

Multimar

3.ª-GC-3-7-07

27137

28

Nieto de José

3.ª-GC-3-6-07

27364

29

Nuestra Señora del Carmen

3.ª-GC-3-809

12598

30

Nuevo Sol

3.ª-GC-3-1882

14281

31

Rosa

3.ª-GC-3-1692

12623

32

Sara

3.ª-GC-3-1794

12627

33

Teide Segundo

3.ª-TE-1-3881

1162

34

Yanira Dolores

3.ª-GC-3-1881

12654

35

Yeray Segundo

3.ª-GC-3-4-08

27311

Cofradía de pescadores de Arrecife de Lanzarote

 

Nombre

Matrícula

C.F.P.O.

1

Carmen Peregrina

3.ª-GC-2-848

87031

2

Chubasco la Santa

3.ª-GC-3-3-00

25159

3

Daniel y Catalina

3.ª-GC-3-1-06

26813

4

Marijean Segundo

3.ª-GC-3-1-02

25984

5

Nuevo Meibar

3.ª-GC-3-1-13

27624

6

Nuevo Santa Fe

3.ª-GC-3-2-02

25983

7

Playa Girón

3.ª-TE-2-02

25243

8

Rosa María Segundo

3ª-GC-3-1-03

26160

9

San Miguel II

3.ª-GC-3-1875

12639

10

San Pedro

3.ª-TE-1-3650

524

11

Siempre Catalina

GC-3-1-04

26162

12

Sirena del Mar

GC-3-1811

12631

Cofradía de Pescadores de La Tiñosa

 

Nombre

Matrícula

C.F.P.O.

1

Augusto Ramón

3.ª-VILL-3-9304

6271

2

Nuevo Matroyo

3.ª-GC-3-1-08

27222

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/03/2016
  • Fecha de publicación: 07/04/2016
Materias
  • Censos de buques
  • Cofradías de Pescadores
  • Las Palmas
  • Pesca marítima
  • Reservas Marinas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid