El Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en su artículo 4, apartado d), atribuye la competencia del estudio, propuesta y gestión del endeudamiento del Estado a la Dirección General del Tesoro.
Conforme a lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el apartado 3 de la Orden EIC/369/2017, de 26 de abril, por la que se dispone la emisión de Obligaciones del Estado a diez años indexadas al índice de precios de consumo armonizado ex-tabaco para la zona euro, al 0,65 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2027, a efectos de determinar el coeficiente de indexación aplicable a cada pago de cupón y el cupón resultante, esta Dirección General hace público:
1. El coeficiente de indexación aplicable al día 30 de noviembre de 2017, calculado conforme se define en el apartado 3.g) de la Orden EIC/369/2017, de 26 de abril es el 1,01491 por 100.
2. En consecuencia, el cupón pagadero resultante, calculado según se define en el apartado 3.d) de la misma Orden, aplicable a la emisión de Obligaciones del Estado a diez años, indexadas a la inflación, al 0,65 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2027, en el periodo que se inició el 30 de noviembre de 2016 (incluido) y finalizará el 30 de noviembre de 2017 (excluido) es el 0,6596915 por 100.
Madrid, 19 de octubre de 2017.–El Director General del Tesoro, P.S. (Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo), el Subdirector General de Financiación y Gestión de la Deuda Pública, Pablo de Ramón-Laca Clausen.
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