Advertidos errores en el anexo de la Orden APM/104/2017, de 3 de febrero, por la que se homologa el contrato-tipo de suministro de leche cruda de vaca aplicable a ganaderos con código REGA, que regirá durante un período de un año, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 34, de 9 de febrero de 2017, se procede a subsanarlos mediante las oportunas rectificaciones:
En la página 9137, cláusula primera, apartado 1.1, donde dice: «El productor se compromete….»; debe decir: «El suministrador se compromete..».
En la página 9139, cláusula séptima, donde dice: «(cumpliméntese necesariamente con un SÍ o un NO en todas las casillas, según proceda una u otra, pues las opciones son excluyentes)»; debe decir: «(cumpliméntese necesariamente con un SÍ o un NO en todas las casillas, según proceda)».
En la página 9140, anexo I, apartado 1.3, donde dice: «La tolerancia que se establezca no podrá superar el 10% al volumen total de litros de leche contratado.»; debe decir: «El margen de tolerancia que se establezca no podrá superar el 10% del volumen total de litros de leche contratado».
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