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Documento BOE-A-2017-8455

Resolución de 3 de julio de 2017, de la Subsecretaría, por la que se aprueban las Cartas de servicios de la Entidad Pública Empresarial Red.es correspondientes a: Dominios ".es", Servicio de Pasarela de Pago y Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2017, páginas 62903 a 62903 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2017-8455

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, la entidad pública empresarial Red.es, ha propuesto la aprobación de tres Cartas de Servicios: Dominios «.es», Servicio de Pasarela de Pago y ONTSI (Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información).

El artículo 11.1 de la citada disposición establece que las Cartas de Servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente, lo que se aplica igualmente a los organismos públicos adheridos voluntariamente a los programas de calidad, según la disposición adicional tercera de dicho real decreto, caso en el que se encuentra Red.es.

Visto el informe favorable emitido al respecto por Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas y Calidad de los Servicios de fecha 2 de junio de 2017, en virtud de las competencias que le asigna la normativa vigente en relación con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Aprobar las Cartas de Servicios de la entidad pública empresarial Red.es: Dominio.es, Servicio de Pasarela de Pago y ONTSI (Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información), para el periodo 2017-2020, que tendrán vigencia a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

Las Cartas de Servicios deberán estar disponibles en la sede electrónica de la entidad pública empresarial Red.es, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.b) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Asimismo, se remitirá al Punto de Acceso General (PAG) con el fin de garantizar el acceso a esta información por parte de los ciudadanos y usuarios.

Madrid, 3 de julio de 2017.–El Subsecretario de Energía, Turismo y Agenda Digital, Pablo García-Manzano Jiménez de Andrade.

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