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Documento BOE-A-2018-13172

Resolución de 20 de septiembre de 2018, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Castellón, para el desarrollo de la IV Edición de la Semana Europea del Deporte a celebrar el día 28 de septiembre de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 28 de septiembre de 2018, páginas 93680 a 93685 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-13172

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio del Consejo Superior de Deportes con el Ayuntamiento de Castellón para el desarrollo de la IV Edición de la Semana Europea del Deporte a celebrar el día 28 de septiembre de 2018.

Madrid, 20 de septiembre de 2018.–La Presidenta del Consejo Superior de Deportes, María José Rienda Contreras.

ANEXO
Convenio entre el Ayuntamiento de Castellón y el Consejo Superior de Deportes para el desarrollo de la IV Edición de la Semana Europea del Deporte a celebrar el día 28 de septiembre de 2018

En Madrid, a 12 de septiembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte doña Amparo Marco Gual, Alcaldesa del Ayuntamiento de Castellón, actuando en virtud del acuerdo del Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Castelló de la Plana de 13 de junio de 2015.

Y de otra, doña María José Rienda Contreras, Presidenta del Consejo Superior de Deportes actuando en nombre y presentación de este organismo en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 511/2016, de 18 de noviembre (BOE de 19 de noviembre), Real Decreto 675/2018, de 22 de junio (BOE de 23 de junio), avocando para sí la competencia delegada en el artículo 41.1.c) de la Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En virtud de las competencias que respectivamente les confieren sus cargos, reconociéndose ambas partes capacidad y poder suficiente para contratar y obligarse,

EXPONEN

I. La Semana Europea del Deporte es una iniciativa de la Comisión Europea, cuyo objetivo es promover la participación y la sensibilización de los europeos para la mejora de su salud y su bienestar a través de la actividad física y la práctica deportiva.

Las actividades de la Semana Europea del Deporte son coordinadas a nivel europeo por la Comisión Europea, si bien la organización debe incluir programas a nivel comunitario, nacional, regional y local.

A nivel nacional, la coordinación de las actividades que conforman la Semana Europea del Deporte corresponde al Consejo Superior de Deportes (CSD), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, encargado de la realización de las políticas de la Administración del Estado en el ámbito del deporte.

II. La Semana Europea del Deporte nació con vocación de convertirse en una referencia temporal cada año, celebrándose su primera edición en 2015.

III. El Consejo Superior de Deportes, como interlocutor español ante la Comisión Europea, al igual que hiciera el pasado año, continúa liderando y promoviendo la realización en España de acciones de participación en la Semana Europea del Deporte.

Asimismo, con el fin de conseguir que la promoción de la actividad física y el deporte para todos llegue a todo el territorio, precisa de la colaboración de entidades públicas y privadas que se impliquen en esta campaña con su respaldo y ayuda en materia de comunicación.

IV. La Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitad Valenciana establece, que la Generalitat desarrollará su política deportiva de acuerdo una serie de líneas de actuación, entre otras «promocionar el deporte para todos y diversificar las acciones y programas deportivos promovidos por las administraciones públicas en atención a todos los sectores y ámbitos sociales» (artículo 3.2).

Asimismo, establece como competencias de los municipios, entre otras, las «labores de promoción, planificación y gestión deportiva, en el ámbito de sus competencias, propiciando la participación, la integración y la cohesión social» (artículo 7.1).

El Ayuntamiento de Castellón tiene entre sus objetivos la promoción deportiva y el desarrollo de la cultura física de la población del término municipal de Castellón de la Plana, así como de todas las prácticas deportivas de carácter federado, aficionado o popular.

V. Ambas entidades, Ayuntamiento de Castellón y Consejo Superior de Deportes, comparten, entre otros, el objetivo común de incentivar a los ciudadanos en la práctica de la actividad física, difundiendo los valores inherentes al mismo, y apoyando en todo caso la implementación del deporte y la actividad física con áreas de inclusión social, igualdad de oportunidades e igualdad de género. A este fin desean sumar nuevamente esfuerzos en aras de enriquecer el conjunto de actividades de carácter deportivo que se desarrollarán en la Semana Europea del Deporte, que en su cuarta edición tendrá lugar entre el 23 y el 30 de septiembre de 2018.

Así, el CSD desea celebrar en Castellón en la plaza Mayor, plaza Santa Clara y plaza del Mercadet, el día 28 de septiembre un evento lúdico-deportivo como parte de las actividades previstas en nuestro país con motivo de la Semana Europea del Deporte.

VI. Las partes, en el ejercicio de las competencias que le están legalmente atribuidas y reconociéndose plena capacidad y legitimación en la representación que respectivamente ostentan, suscriben el presente Convenio de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. 

El objeto del presente Convenio es establecer el marco de colaboración entre el Ayuntamiento de Castellón y el Consejo Superior de Deportes para el desarrollo de la IV Semana Europea del Deporte.

Segunda.

Los objetivos perseguidos consistirán en la promoción de la participación y la sensibilización sobre la importancia del deporte y la actividad física, integradas dentro de una estrategia global pero persiguiendo efectos a largo plazo como la mejora de los niveles de práctica de toda la población, especialmente entre sectores de población prioritarios, como es el de la población infantil.

Tercera.

El evento a desarrollar el día 28 de septiembre de 2018 consistirá en una acción pública, en un lugar emblemático de la ciudad, que se erija como referencia de la animación, la promoción y las prácticas deportivas. Evento de carácter gratuito para los participantes, orientado al público en general y caracterizándose las actividades en particular por:

Estar dirigidas al deporte de base de forma prioritaria.

Incentivar a los ciudadanos la práctica de actividades físicas y de deporte de todo tipo y la lucha contra el sedentarismo.

Hacer especial incidencia en actividades que promuevan la mejora de la salud de la población, enfatizando sus efectos preventivos sobre numerosos problemas de salud.

Estar dirigidas a todas las edades: infantiles, para jóvenes, adultos y personas mayores.

Promover la igualdad de género en la práctica deportiva.

Potenciar actividades dirigidas a la inclusión de personas con discapacidad y el deporte como herramientas de inclusión social.

Tendentes a luchar contra la violencia, la intolerancia, la xenofobia, el racismo y la lacra del dopaje.

La propuesta provisional del evento se incorpora como anexo I a este Convenio.

Cuarta.

El Consejo Superior de Deportes asumirá la organización y dirección técnica de todas las actividades a desarrollar en dicho evento. Deberá solicitar y obtener todos los permisos y autorizaciones que se deriven de las actividades previstas y de las instalaciones necesarias para su desarrollo.

Quinta.

El Consejo Superior de Deportes incluirá las actividades que se programen, entre las acciones españolas de la Semana Europea del Deporte, dando una dimensión internacional a las acciones de promoción de la práctica deportiva del Ayuntamiento de Castellón. A este fin, el Ayuntamiento facilitará al CSD la información correspondiente.

Sexta.

El Ayuntamiento de Castellón colaborará en el desarrollo del evento mediante el apoyo logístico necesario para la celebración del acto, coordinando la cobertura de las diversas necesidades de servicios e infraestructura que, desde los puntos de vista material y formal, se requieran para su correcto desarrollo.

Séptima.

El Ayuntamiento de Castellón, colaborará en la difusión de la Semana Europea del Deporte y de los eventos y actividades programadas, a través de la utilización de los circuitos de publicidad exterior de la ciudad, según disponibilidad, y entendiendo que la producción de anuncios y demás creatividades correrá a cargo del CSD.

Octava.

En la publicidad que cualquiera de las partes firmantes realice de las actuaciones derivadas del presente Convenio (publicaciones, carteles, etc,…), se hará constar expresamente que éstas se llevan a cabo en virtud del mismo, coordinándose con el servicio que corresponda del Ayuntamiento de Castellón las demás acciones de información que se acuerden por las partes. Dichas acciones se concretan en el citado anexo II.

Novena.

Asimismo, en el marco de esta colaboración y dado el impacto que para la imagen de la Ciudad supone la celebración de un evento de esta magnitud, el Consejo Superior de Deportes facilitará al Ayuntamiento de Castellón su aparición en diferentes soportes que se estructuren alrededor del mismo.

Décima.

Se creará una Comisión Técnica Mixta, con la finalidad prevista en el artículo 49, apartado f,) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, especialmente para la coordinación y el seguimiento de las diferentes actuaciones desarrolladas al amparo del presente Convenio, que estará constituida por:

Dos representantes del Ayuntamiento

Dos representantes del Consejo Superior de Deportes.

La presidencia de la Comisión se ejercerá de forma rotatoria y por periodos similares a lo largo del plazo de vigencia del Convenio, comenzando la misma el representante del Ayuntamiento de Castellón.

La Comisión se reunirá siempre que sea necesario para el seguimiento del Convenio.

Esta Comisión será la encargada de resolver cuantas cuestiones puedan plantearse durante la vigencia del mismo, derivadas de posibles discrepancias en cuanto a su ejecución o interpretación de los acuerdos.

Asimismo, podrán asistir cuantas personas se consideren necesarias en función del asunto a tratar en cada sesión.

El régimen de funcionamiento de la Comisión será el establecido en los artículos 15 y siguientes de la de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima.

El Convenio podrá ser objeto de modificación a lo largo de su vigencia, de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, en caso de variaciones en el calendario, horarios o número de sesiones, que puedan suponer un cambio en las condiciones del mismo, previa la tramitación preceptiva correspondiente e informe favorable de los órganos municipales competentes. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio.

Duodécima.

Además de por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, será causa de extinción del mismo el incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, la parte a la que no es imputable la causa de incumplimiento podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

Los incumplimientos se trasladará a la Comisión Técnica Mixta que estudiará la posible indemnización

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes.

No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existieran actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión Técnica Mixta del Convenio referida en la cláusula décima, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.

Décimotercera.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y extenderá su vigencia hasta el día 30 de septiembre de 2018, fecha en la que habrán concluido la diferentes actividades derivadas de la celebración del evento.

Décimocuarta.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico de convenios aplicable al mismo el establecido en los artículos 47 y siguientes del capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, de 1 de octubre, y en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

En prueba de conformidad con lo manifestado anteriormente las partes firman el presente Convenio en el lugar y fecha anteriormente indicados.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Castellón, Amparo Marco Gual.–La Presidenta del Consejo Superior de Deportes, M.ª José Rienda Contreras.

ANEXO I

Programa provisional evento Semana Europea del Deporte

Fecha: 28 de septiembre 2018. Lugar: Plaza Mayor, plaza Santa Clara, plaza del Mercadet. Horario: 12:00 a 21:00 horas.

Gestión de público: De 12:00 a 21:00 horas: se tratará de garantizar la presencia de la mayor cantidad posible de escolares de la localidad.

Contenido del evento:

Actividades dirigidas a promocionar actividad físico-deportiva en personas mayores.

Actividades dirigidas a promocionar actividad físico-deportiva en la población escolar.

Actividades dirigidas a promocionar actividad físico-deportiva en la población con discapacidad.

Actividades didácticas dirigidas a promover hábitos activos, adecuados, saludables y autónomos.

Realización de una carrera popular, o alguna competición similar.

Repartición a lo largo de la jornada de material de merchandaising, así como trípticos, dípticos informativos que será facilitados por el CSD.

Programa estimado de actividades:

12:00 h: Comienzan las actividades dirigidas a la población en edad avanzada.

14:00 h: Finalización de las actividades dirigidas a la población en edad avanzada y pausa para almuerzo.

16:00 h: Comienzan las actividades dirigidas a la población escolar.

17:00 h: Comienzan talleres dirigidos a adultos sobre estilos de vida saludables, y modos seguros para practicar la AF y el deporte.

19:00 h: Finalización de actividades dirigidas a la población escolar y talleres.

19:30 h: Comienzo carrera o competición similar.

20:00 h: Finalización de carrera.

20:30 h: Recepción porteadores de antorcha «be active» (ver capítulo siguiente).

23:00 h: Todos los elementos han de estar completamente recogidos.

Listado de asistentes propuestos:

Representantes del Gobierno local y de la Comunidad Autónoma.

Deportistas locales y/o autonómicos y/o nacionales.

Embajadores no deportivos, periodistas, cantantes, presentadores etc. que se sumen a la campaña.

Federaciones Deportivas Territoriales.

Medios comunicación.

ANEXO II

Apoyo del Ayuntamiento al Plan de Comunicación

Página web. Publicación información en la página web. O10. Oficinas de Atención al Ciudadano. Redes sociales municipales.

Medios de comunicación:

Participación en los actos de presentación.

Emisión de notas de prensa conjuntas.

Publicación de noticias y convocatorias sobre las actividades organizadas.

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