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Documento BOE-A-2018-17578

Orden ECE/1360/2018, de 20 de noviembre, de autorización administrativa de la cesión global de activos y pasivos por Amefe Asociación Médico Ferroviaria Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, a favor de Salus Asistencia Sanitaria, SA, de Seguros y Aura Sociedad Anónima de Seguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 21 de diciembre de 2018, páginas 125679 a 125679 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Empresa
Referencia:
BOE-A-2018-17578

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las entidades Amefe Asociación Médico Ferroviaria Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, Salus Asistencia Sanitaria, S.A., de Seguros y Aura Sociedad Anónima de Seguros, han presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión global de activos y pasivos por la que la entidad Amefe Asociación Médico Ferroviaria Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, cederá a la entidad Salus Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros, todos sus activos y pasivos, derechos y obligaciones, a excepción de la cartera de pólizas del ramo de decesos que será objeto de transmisión a la entidad Aura Sociedad Anónima de Seguros.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en el artículo 112 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (en adelante RDOSSEAR), para llevar a cabo la operación de cesión global de activos y pasivos.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto autorizar la cesión global de activos y pasivos de la entidad Amefe Asociación Médico Ferroviaria Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija a favor de las entidades Salus Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros y Aura Sociedad Anónima de Seguros, en los términos descritos en el primer párrafo de la presente Orden Ministerial.

Adicionalmente, y en aplicación del artículo 110.3 del RDOSSEAR, por remisión del artículo 112 del mismo texto normativo, se deberá dar traslado de la presente Orden Ministerial a la Comunidad Valenciana, a quien compete la revocación de la autorización para operar como entidad aseguradora de la entidad cedente.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 20 de noviembre de 2018.–La Ministra de Economía y Empresa, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva Fernández.

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