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Documento BOE-A-2018-3841

Resolución de 14 de marzo de 2018, por la que se autoriza la enajenación directa, a favor del Ayuntamiento de Barcelona, de tres fincas ubicadas en el espacio sector 3 MPGM de Can Batlló-Magòria de Barcelona situadas en el término municipal de Barcelona, por un precio de 10.220.344,22 €, impuestos excluidos, para ser destinado a la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la Línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2018, páginas 31171 a 31174 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-3841

TEXTO ORIGINAL

El artículo 6 del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalidad de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución, establece que los ministros, como titulares de sus departamentos, quedan habilitados para el ejercicio de las funciones y para la adopción de acuerdos, resoluciones y disposiciones que correspondan a los consejeros, conforme a la legislación autonómica de aplicación, en la esfera específica de su actuación.

En el anexo del citado Real Decreto, en particular su apartado tercero, se establecen las funciones atribuidas al Ministerio de Hacienda y Función Pública respecto a la Secretaría de Hacienda del Departamento de la Vicepresidencia y Economía y Hacienda de la Generalidad de Cataluña, que actuará en el ámbito competencial de la Direcció General del Patrimonio de la Generalidad.

Por otro lado, la Generalidad de Cataluña es propietaria de las siguientes fincas del espacio sector 3 MPGM de Can Batlló-Magòria ubicadas en la Gran Via de las Corts Catalanes, 181-247, de Barcelona, al distrito de Sants- Montjuïc:

Primera: «Urbana: porción de terreno de estructura casi rectangular en esta ciudad de Barcelona, que tiene salida a la calle de Gavà, 39 LD por el pasaje Solsona, de superficie ciento ochenta y ocho metros, treinta y cuatro decímetros cuadrados (188,34 m²). Linda: al norte, con finca de Industrias Gráficas Coll, S. A.; al sur, con terreno de Ferrocarriles Catalanes, S. A.; por el este, en parte con finca de Brafa, S. A.; y por el oeste, con finca propiedad del Ayuntamiento de Barcelona destinada a zona verde e incluida dentro del ámbito de la Unidad de Actuación 8.3 del PEMPRI de Sants. Referencia catastral: 8204725DF2880C0001OD».

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, en el tomo 3.111, libro 238, folio 223, finca de Sants 2 número 8.747. Título: pertenece a la Generalidad de Cataluña por expropiación forzosa. Tiene la naturaleza de bien patrimonial.

Segunda: «Urbana: Porción de terreno situada en Barcelona, barriada de Sants, con frente al pasaje de Solsona, sin número, de superficie seiscientos ochenta y siete metros cuadrados (687,00 m²), en la que se ha construido una nave industrial que ocupa seiscientos cuarenta y cinco metros cuadrados con cubierta de uralita, y en su interior dos altillos de obra, separados entre sí, uno de ciento seis metros cuadrados y el otro de setenta y ocho metros cuadrados, o sea, en junto, ochocientos veintinueve metros cuadrados edificados. Linda: por su frente, con dicho pasaje; por la derecha entrando, en parte con finca segregada de la misma procedencia y en parte con finca de los Ferrocarriles Catalanes, S. A.; por el fondo, con resto de mayor finca de la que se segregó; y por la izquierda, con finca de Don Juan Folqué Lluis de la misma procedencia. Referencia catastral: 8204724DF2880C0001MD».

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona, número 14, en el tomo 3.456, libro 350, folio 87, finca de Sants 2 número 12.051. Título: pertenece a la Generalidad de Cataluña por expropiación forzosa. Tiene la naturaleza de bien patrimonial.

Tercera: «Urbana: Finca de forma regular, de superficie catorce mil cuatrocientos noventa y tres metros siete decímetros cuadrados (14.493,07 m2), de los cuales diez mil novecientos sesenta y cinco metros siete decímetros cuadrados (10.965,07 m2) corresponden a la demarcación del Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, y tres mil quinientos veintiocho metros cuadrados (3.528,00 m²) a la demarcación del Registro de la Propiedad de Barcelona número 17, situada en Barcelona, barrio de Sants, con frente a la Gran Vía de les Corts Catalanes. Limita: al Norte, con la calle Corral; parte con finca de la Generalidad de Cataluña -registral 4169- y parte con finca propiedad del Ayuntamiento de Barcelona; al sur, con la Gran Vía de les Corts Catalanes; al este, con la calle Moianès; y al oeste, con la finca registral número 13.611 de Sants-2».

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, en el tomo 3.481, libro 358, folio 211, finca de Sants 2 número 12.301, en cuanto a 10.965,07 m2 de la total superficie, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 17, tomo 2.069, libro 263, folio 78, finca de Barcelona sección 5.ª número 11.795, en cuanto a 3.528,00 m2 de la total superficie. Tiene la naturaleza de bien patrimonial, a excepción de la parte de la finca de 261,00 m2 de superficie, donde está situado el centro cívico en la antigua estación de la Magòria, que tiene la naturaleza de bien demanial.

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en acuerdo de 27 de diciembre de 2016, autorizó la suscripción del Convenio de colaboración entre la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona que tiene por objeto la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la Línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona con el importe de la enajenación de varios inmuebles propiedad de la Generalidad de Cataluña al Ayuntamiento de Barcelona.

La Generalidad de Cataluña, en el mencionado Convenio de 27 de diciembre de 2016, excluyó de la enajenación el terreno que ocupa el centro cívico en la antigua estación de la Magòria.

Visto que consta en el expediente que el Ayuntamiento de Barcelona, en fecha 6 de noviembre de 2017, ha otorgado licencia de parcelación para la segregación de 261 m2 de la finca tercera, inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 14 de Barcelona, finca 12.301, y en el Registro de la Propiedad n.º 17 de Barcelona, finca 11.795, para constituir una nueva finca independiente, dado que esta superficie está ocupada por el centro cívico de la antigua estación de la Magòria, que no es objeto de enajenación;

Visto que consta en el expediente oficio de Infraestructuras Ferroviarias de Cataluña (Ifercat), de 5 de diciembre de 2017, manifestando que las estaciones de Foneria y Foc Cisell tienen que entrar en funcionamiento el 1 de agosto de 2018, y por tanto, las obras tienen que estar acabadas entre finales de 2017 y principios de 2018;

Vista la adenda de 11 de diciembre de 2017, del arquitecto de la Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña, que distribuye el precio de las fincas de acuerdo con la valoración de 7 de diciembre de 2016, y aclara ciertos aspectos de la licencia de parcelación de 6 de noviembre de 2017;

Visto el Informe de la Asesoría Jurídica del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda de 19 de diciembre de 2017;

Visto el informe de la Intervención Adjunta para la Fiscalización de 2 de febrero de 2018;

Visto el Acuerdo del Gobierno de 27 de diciembre de 2016, y el convenio de colaboración entre la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona de la misma fecha, que tiene por objeto la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la Línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona con el importe de la enajenación de varios inmuebles propiedad de la Generalidad de Cataluña al Ayuntamiento de Barcelona;

Vistos los artículos 18.1 y 18.5.a del texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 94 del reglamento para la ejecución de la Ley de Patrimonio de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto 323/1983, de 14 de julio,

Por todo ello, se resuelve:

Primero.

Autorizar, en ejecución del Acuerdo del Gobierno de 27 de diciembre de 2016 y el Convenio de colaboración de igual fecha entre la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona que tiene por objeto la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la Línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona con el importe de la enajenación de varios inmuebles, la segregación de la finca tercera, inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, al tomo 3.481, libro 358, folio 211, finca de Sants 2 número 12.301, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 17, tomo 2.069, libro 263, folio 78, finca de Barcelona sección 5.ª número 11.795, de una nueva finca de 261 m2, donde está situado el centro cívico de la antigua estación de la Magòria -que no es objeto de compraventa- de acuerdo con la licencia de parcelación otorgada el Ayuntamiento de Barcelona el 6 de noviembre de 2017.

Segundo.

Acordar, en ejecución del Acuerdo del Gobierno de 27 de diciembre de 2016 y el Convenio de colaboración de igual fecha entre la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona que tiene por objeto la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la Línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona con el importe de la enajenación de varios inmuebles, la enajenación directa de tres fincas ubicadas en el espacio Sector 3 MPGM de Can Batlló-Magòria de Barcelona, como cuerpo cierto, a favor del Ayuntamiento de Barcelona, por un precio de 10.220.344,22 euros, impuestos excluidos, para ser destinado a la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona.

Las tres fincas son las siguientes:

Primera: «Urbana: Porción de terreno de estructura casi rectangular en esta ciudad de Barcelona, que tiene salida a la calle de Gavà, 39 LD por el pasaje Solsona, de superficie ciento ochenta y ocho metros, treinta y cuatro decímetros cuadrados (188,34 m²). Linda: al norte, con finca de Industrias Gráficas Coll, S. A.; al sur, con terreno de Ferrocarriles Catalanes, S. A.; por el este, en parte con finca de Brafa, S. A.; y por el oeste, con finca propiedad del Ayuntamiento de Barcelona destinada a zona verde e incluida dentro del ámbito de la Unidad de Actuación 8.3 del PEMPRI de Sants. Referencia catastral: 8204725DF2880C0001OD».

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, en el tomo 3.111, libro 238, folio 223, finca de Sants 2 número 8.747. Precio de venta, impuestos excluidos, 127.414,27 euros.

Segunda: «Urbana: Porción de terreno situada en Barcelona, barriada de Sants, con frente al pasaje de Solsona, sin número, de superficie seiscientos ochenta y siete metros cuadrados (687,00 m²), en la que se ha construido una nave industrial que ocupa seiscientos cuarenta y cinco metros cuadrados con cubierta de uralita, y en su interior dos altillos de obra, separados entre sí, uno de ciento seis metros cuadrados y el otro de setenta y ocho metros cuadrados, o sea, en junto, ochocientos veintinueve metros cuadrados edificados. Linda: por su frente, con dicho pasaje; por la derecha entrando, en parte con finca segregada de la misma procedencia y en parte con finca de los Ferrocarriles Catalanes, S. A.; por el fondo, con resto de mayor finca de la que se segregó; y por la izquierda, con finca de Don Juan Folqué Lluis de la misma procedencia. Referencia catastral: 8204724DF2880C0001MD».

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona, número 14, en el tomo 3.456, libro 350, folio 87, finca de Sants 2 número 12.051. Precio de venta, impuestos excluidos, 464.763,75 euros.

Tercera: «Urbana: Finca de forma regular, de superficie catorce mil doscientos treinta y dos metros y siete decímetros cuadrados (14.232,07 m²), de los cuales diez mil novecientos sesenta y cinco metros siete decímetros cuadrados (10.965,07 m2) corresponden a la demarcación del Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, y tres mil doscientos sesenta y siete metros cuadrados (3.267,00 m²) a la demarcación del Registro de la Propiedad de Barcelona número 17, situada en Barcelona, barrio de Sants, con frente a la Gran Vía de les Corts Catalanes. Limita: al Norte, con la calle Corral; parte con finca de la Generalidad de Cataluña -registral 4169- y parte con finca propiedad del Ayuntamiento de Barcelona; al sur, con la Gran Vía de les Corts Catalanes; al este, con la calle Moianès, y con la finca que se segrega, y al oeste, con la finca registral número 13.611 de Sants-2».

Pendiente de inscribir con esta descripción en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 14, en el tomo 3.481, libro 358, folio 211, finca de Sants 2 número 12.301, en cuanto a 10.965,07 m2 de la total superficie, y en el Registro de la Propiedad de Barcelona n.º 17, tomo 2.069, libro 263 de Barcelona 2B, folio 78, finca número 11.795, en cuanto a 3.267,00 m2 de la total superficie, una vez practicada la segregación prevista en el punto primero. Precio de venta 9.628.166,20 euros.

Tercero.

La Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña llevará a cabo los trámites necesarios para la efectividad de todo lo que dispone esta Resolución, y formalizará los documentos que sean necesarios.

Cuarto.

La presente Resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Madrid, 14 de marzo de 2018.–El Titular del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda (artículo 6 Real Decreto 944/2017), por sustitución, el Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.

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