Ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5 y por la Abogacía del Estado, en representación del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED O.A.), se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Salamanca y la entidad mercantil «El Corte Inglés, SA» frente al incumplimiento de la obligación de restitución de las prestaciones recibidas en virtud del convenio urbanístico suscrito el 8 de julio de 2003, por la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (GIED), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Defensa, en la actualidad INVIED O.A., el Excmo. Ayuntamiento de Salamanca y la entidad mercantil «El Corte Inglés, SA» sobre los bienes inmuebles denominados Acuartelamiento Julián Sánchez «El Charro» y Polvorín de Tejares.
Dicho recurso contencioso-administrativo, una vez admitido a trámite, ha quedado designado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, como procedimiento ordinario 0001556/2019, NIG 28079 23 3 2019 0010798.
En consecuencia, de acuerdo con lo solicitado por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia en aplicación del artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este Director del INVIED O.A. resuelve emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el señalado procedimiento al objeto de que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante la referida Sala, Sección 5 de la Audiencia Nacional y en el indicado procedimiento.
Madrid, 4 de octubre de 2019.–El Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, Atilano Lozano Muñoz.
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