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Documento BOE-A-2019-3697

Recurso de inconstitucionalidad n.º 878-2019, contra la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la generación de empleo estable de calidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2019, páginas 25383 a 25383 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2019-3697

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 878-2019, promovido por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, contra la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la generación de empleo estable de calidad.

Madrid, 12 de marzo de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 12/03/2019
  • Fecha de publicación: 15/03/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado de la disposición adicional 1.9 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, en la redacción dada por el art. 7.4 de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre y lo indicado del art. 145.4 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, en la redacción dada por el art. 22.9 de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, por Sentencia 161/2019, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-407).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra la Ley 10/2018, de 9 de noviembre (Ref. BOE-A-2019-363).
Materias
  • Administración electrónica
  • Consumidores y usuarios
  • Energía
  • Enseñanza
  • Ganadería
  • Industrias
  • Murcia
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Política económica
  • Políticas de medio ambiente
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Urbanismo
  • Viviendas

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