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Documento BOE-A-2019-3698

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1405-2019, contra el artículo 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, incorporado a ésta por la disposición final tercera, punto dos, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2019, páginas 25384 a 25384 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2019-3698

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1405-2019, promovido por el Defensor del Pueblo, contra el artículo 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, incorporado a ésta por la disposición final tercera, punto dos, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Madrid, 12 de marzo de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 12/03/2019
  • Fecha de publicación: 15/03/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA inconstitucional y nulo el art. 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio en la redacción dada por la por la disposición final 3.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, por Sentencia 76/2019, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-2019-9548).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra:
    • el art. 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-11672) y (Ref. BOE-A-2018-16673).
Materias
  • Censo Electoral
  • Internet
  • Procedimiento Electoral
  • Protección de datos personales
  • Recursos de inconstitucionalidad

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