Advertido error en el fundamento jurídico 3, párrafo cuarto, de la sentencia núm. 92/2018, de 17 de septiembre de 2018, del Tribunal Constitucional, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 247, de 12 de octubre de 2018, se procede a su subsanación.
Donde dice: «(i) el procedimiento deber ser acusatorio, garantizándose la igualdad de armas entre las partes».
Debe decir: «(i) el procedimiento debe ser contradictorio, garantizándose la igualdad de armas entre las partes».
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