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Documento BOE-A-2019-872

Decreto de 10 de enero de 2019, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Valencia, en régimen de dedicación exclusiva, a don Ismael Teruel García.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2019, páginas 6635 a 6636 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2019-872

TEXTO ORIGINAL

El 17 de diciembre de 2018 el Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga remitió a la Inspección Fiscal escrito de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia, en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. don Ismael Teruel García, como Delegado de la especialidad en la citada Fiscalía.

Hechos

Con motivo de la renuncia de la anterior Delegada de la Fiscalía Especial Antidroga, Ilma. doña Carmen Sanz García, quedó vacante en la Fiscalía Provincial el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad.

Para cubrirlo, la Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Habiendo solicitado el cargo el Ilmo. Sr. don Ismael Teruel García y el Ilmo. Sr. don Francisco Caecedo Lorite, ambos aportaron su «curriculum vitae» y tienen acreditada experiencia y formación.

En escrito de 5 de diciembre de 2018 la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia propuso al Fiscal de Sala de la Fiscalía Especial Antidroga el nombramiento del Ilmo. Sr. don Ismael Teruel García, destacando la disposición del candidato para asumir esta responsabilidad, así como los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo. Subrayando la profesionalidad de ambos candidatos.

Mediante escrito de 17 de diciembre de 2018, el Fiscal de Sala de la Fiscalía Especial Antidroga ha interesado que se eleve dicha propuesta a la Fiscal General del Estado para que oído el Consejo Fiscal designe al Ilmo. Sr. don Ismael Teruel García, como Delegado de esa Fiscalía Especial en la Fiscalía Provincial de Valencia, lo que no implica desconocer los méritos del otro peticionario el Ilmo. Sr. don Francisco Caecedo Lorite, interesando que el nombramiento se efectué en igualdad de condiciones que la delegación que ostentaba la Sra. Sanz García.

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en los que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Valencia, en régimen de dedicación exclusiva, al Ilmo. Sr. don Ismael Teruel García.

2. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Poner de manifiesto que contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla la de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 10 de enero de 2019.–La Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo.

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