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Documento BOE-A-2019-873

Decreto de 10 de enero de 2019, de la Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de don Antonio Jesús Huélamo Buendía y se nombra Fiscal Delegado de Extranjería en la Fiscalía Provincial de Toledo a don Joaquín López Gallego.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2019, páginas 6637 a 6638 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2019-873

TEXTO ORIGINAL

El 14 de diciembre de 2018, el Fiscal de Sala de la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Toledo en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. don Joaquín López Gallego, corno Delegado de la especialidad en la citada Fiscalía, tras la renuncia del hasta ahora Delegado Ilmo. Sr. don Antonio Jesús Huélamo Buendía, ante la imposibilidad de compatibilizar las competencias asignadas en la misma con su dedicación como Fiscal Jefe Provincial de la Fiscalía de Toledo.

Hechos

Con motivo de la renuncia del anterior Delegado de Extranjería, Ilmo. Sr. don Antonio Jesús Huélamo Buendía, quedó vacante en la Fiscalía Provincial de Toledo el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad. Para cubrirlo, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. No se formuló ninguna petición para ostentar la referida Delegación. El Fiscal Jefe Provincial de Toledo con fecha 19 de noviembre de 2018 ha elevado propuesta a la Fiscalía General del Estado, en favor del Ilmo. Sr. don Joaquín López Gallego, Fiscal adscrito a la referida especialidad en la Fiscalía, destacando su capacidad de organización, su experiencia y rigor profesional que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.

Mediante escrito de fecha 10 de diciembre de 2018, el Fiscal de Sala de la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción a su designación. El Consejo Fiscal tampoco formuló objeción alguna (art 3.4 RD 437/1983).

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla. así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4), lo que ha sido debidamente cumplimentado.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento de designación también en los casos en los que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso. Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Toledo está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Aceptar la renuncia del Ilmo. Sr. don Antonio Jesús Huélamo Buendía y nombrar al Ilmo. Sr. don Joaquín López Gallego Fiscal Delegado de Extranjería en la Fiscalía Provincial de Toledo.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.° 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 10 de enero de 2019.–La Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo.

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