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Documento BOE-A-2020-10003

Resolución de 22 de agosto de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 26 de agosto de 2020, páginas 72287 a 72289 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-10003

TEXTO ORIGINAL

La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado y la Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe, actuando por suplencia de la Directora, han suscrito una Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de agosto de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)

17 de julio de 2020.

REUNIDOS

De una parte, la señora doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE número 158; en virtud de Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, por la que se delegan competencias, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, la señora doña Carmen Castiella Ruiz de Velasco, actuando en nombre y representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, como Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe, y que asume la suplencia de la Directora de la AECID, por aplicación del artículo 18 del Estatuto de la AECID, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre), con domicilio social en Avenida de Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, y NIF Q2812001B, y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante la Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE número 183, de 30 de julio).

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 10 de julio de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Segundo.

Para ajustar la redacción de una cláusula del Convenio al modelo tipo de Convenio de asistencia jurídica que utiliza en la actualidad la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, se hace preciso modificar la misma.

Tercero.

Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Es por ello que las partes,

ACUERDAN

Primero.

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, convienen en modificar y prorrogar el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre ambas el 10 de julio de 2018.

Segundo.

Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 10 de julio de 2018, por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.

Tercero.

El primer párrafo de la cláusula Sexta queda redactado como sigue:

«Como contraprestación por el servicio de asistencia jurídica a que se refiere el Convenio, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo satisfará a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado la cantidad anual de sesenta mil euros (60.000,00 €) más IVA, que se abonará por terceras partes correspondiendo a los períodos: enero-abril, mayo-agosto y septiembre-diciembre.»

Cuarto.

En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, mantiene su vigencia.

Quinto.

La presente adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. S. (artículo 18 del Estatuto de la AECID), la Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe, Carmen Castiella Ruiz de Velasco.

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