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Documento BOE-A-2020-11796

Resolución de 11 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Vertex Bioenergy.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 5 de octubre de 2020, páginas 84369 a 84370 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-11796

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Vertex Bioenergy resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Vertex Bioenergy, Sociedad Limitada» en virtud d escritura otorgada ante el notario de Zaragoza don Juan Carlos Gallardo Aragón el 30 de septiembre de 2019 con el número 1855 de protocolo subsanada mediante diligencia de 30 de enero de 2010.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Avenida de Europa, 19, edificio 3, Bajo D, 28224 Pozuelo de Alarcón, Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fomentar los 17 objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, mediante inversiones y donaciones para proyectos de Fundaciones, ONGs y universidades; la promoción, fomento, y apoyo en la vertebración y desarrollo del medio rural y las comunicaciones; y la promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, económicas o culturales.

Quinto. Patronato.

Patronos:

Don Antonio Vallespir de Gregorio, Don Salvador Martos Barrionuevo, Doña Carmen Marzo Gómez y Don Ignacio García de Alvear.

Cargos:

Presidente: Don Antonio Vallespir de Gregorio.

Secretario no patrono: Don Carlos Simón Cabo.

Vocales: Don Salvador Martos Barrionuevo, Doña Carmen Marzo Gómez y Don Ignacio García de Alvear.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 20 de diciembre de 2019.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Vertex Bioenergy, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 11 de febrero de 2020.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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