DECLARACIÓN DE ESPAÑA
«De acuerdo con lo previsto en el artículo 39, párrafo 4.º del Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, España declara aceptar la adhesión de la República Federativa de Brasil al citado Convenio.»
RESERVA Y DECLARACIÓN DE BRASIL
RESERVA
Brasil, 9-4-2014.
«[…], el Congreso Nacional ha aprobado el texto del Convenio […], con la reserva prevista en el artículo 33 relativa a la aplicación de las disposiciones de […] el segundo párrafo del artículo 4, así como del capítulo II, y con las declaraciones previstas en los artículos 8 y 23.»
AUTORIDADES
Brasil, 14-8-2014.
«[…] el Ministerio de Justicia de la República Federativa de Brasil ha sido designado como Autoridad central a los efectos del Convenio.»
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El presente Convenio entrará en vigor entre España y la República Federativa de Brasil el 5 de diciembre de 2020, de conformidad con el último párrafo de su artículo 39.
Madrid, 14 de octubre de 2020.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.
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