De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de junio de 2013 de la Intervención General de la Administración General del Estado por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades del sector público estatal, empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus Cuentas Anuales en el Registro Mercantil, se hacen publicar las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo RENFE-Operadora correspondientes al ejercicio 2019, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 28 de septiembre de 2020.–El Presidente de RENFE-Operadora, Isaías Táboas Suárez.
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