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Documento BOE-A-2020-13882

Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Instalación fotovoltaica FV Francisco Pizarro de 589,88 MWp, términos municipales de Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa (Cáceres).

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 9 de noviembre de 2020, páginas 97940 a 97981 (42 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2020-13882

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado j) del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 7.1.a), procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 41 de la citada Ley.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales realizadas.

A. Identificación del promotor del proyecto y del órgano sustantivo. Descripción del proyecto y de los elementos ambientales significativos de su entorno

A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.

Con fecha 20 de enero de 2020 tiene entrada en este Ministerio, el proyecto «Instalación fotovoltaica FV Francisco Pizarro de 589,88 MWp. TT. MM. Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa (Cáceres)», procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), actuando como órgano sustantivo de dicho proyecto. El promotor es Proyecto Solar Francisco Pizarro, S.L.

A.2 Descripción del proyecto: Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

A.2.1 Objeto y justificación.

El proyecto tiene por objeto la construcción de una instalación fotovoltaica de 589,88 MWp, una subestación eléctrica de transformación y una línea de evacuación de la energía que conectará con la subestación eléctrica existente de Almaraz, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A. (REE). La vida útil de la instalación prevista se estima aproximadamente en 45 años.

El promotor justifica el proyecto haciendo referencia a la reducción de la dependencia energética exterior y de la emisión de gases de efecto invernadero, mitigando los efectos del cambio climático, y, por otro lado, permitiendo la diversificación de nuevas fuentes de suministro de energía.

A.2.2 Localización.

La planta fotovoltaica se localiza en los términos municipales (TT. MM.) de Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa (Cáceres), mientras que la línea de evacuación de la energía discurre a través de los TT. MM. de Aldeacentenera, Torrecillas de la Tiesa, Deleitosa, Jaraicejo, Casas de Miravete, Romangordo, Higuera de Albalat y Almaraz (Cáceres).

A.2.3 Alternativas.

El EsIA contempla, junto a la alternativa 0, tres alternativas de localización de la planta fotovoltaica y su correspondiente línea de evacuación de la energía. El apartado C.1 de la presente resolución contiene una descripción más detallada de las alternativas analizadas y la justificación del promotor de la selección de la Alternativa B (Torrecillas de la Tiesa-Aldeacentenera).

A.2.4 Descripción sintética de la alternativa seleccionada.

Las actuaciones finalmente proyectadas tras el proceso de evaluación, objeto de la presente declaración de impacto ambiental, son las siguientes:

Planta fotovoltaica.

La planta fotovoltaica, de 589,88 MWp de potencia (503,10 MWn) está situada en los TT. MM. de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera y ocupa una superficie aproximada de 1.078 ha en 5 recintos, de las cuales, aproximadamente 310 ha corresponden a la superficie neta ocupada por las infraestructuras proyectadas. El acceso a la planta se realizará a través de caminos existentes que parten directamente desde la carretera CC-23.3.

La planta fotovoltaica estará compuesta de 142 instalaciones (138 de 14.162,5 kWp y 4 de 3.862,80 kWp), las cuales disponen de un centro de inversión-transformación, que consta de un inversor para convertir la corriente continua en corriente alterna y de un transformador para elevar la tensión a 30 kV. Las principales componentes de la planta prevista son los siguientes:

Tabla 1. Descripción sintética de la planta solar fotovoltaica

Número de módulos de silicio policristalinos de 370 Wp y dimensiones 956 × 991 mm.

1.594.260

Número de seguidores a un eje horizontal (hincados al terreno) con orientación norte-sur.

17.714

Altura máxima de los módulos y seguidores.

3,91 m - 2,11 m

Longitud total de zanjas para el cableado de baja tensión y media tensión.

288,72 km - 43 km

Longitud de viales interiores, de terreno compactado con capa superior de zahorra, de 4 m de ancho.

44.361 m

Longitud de vallado perimetral cinegético, de 2 m de altura.

36.804 m

Durante el proceso de evaluación, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, se ha reducido la superficie del recinto de la planta situado al sur de la carretera CC-23.3 en 9,2 ha, para la creación de un corredor para la conservación del sisón (ver apartado D.4.7 de la presente resolución).

Subestación eléctrica.

La subestación eléctrica elevadora de 30/400 kV se ubica en el T.M. de Aldeacentenera y ocupa una superficie de 5,67 ha. Dicha subestación se diseña para que pueda evacuar la energía generada por otros proyectos previstos en el ámbito de actuación, tal y como se analiza en el apartado de sinergias de la presente resolución. La subestación estará formada por los siguientes elementos principales:

– Parque de intemperie de 400 kV de simple barra con una posición de línea de salida.

– Dos posiciones de transformador 30/400 kV, con una potencia nominal de 250/125/125 MVA, aislados en aceite mineral.

– Cinco posiciones con seccionamiento de 400 kV para futuras entradas y una posición de medida convencional de intemperie, instalada en la acometida de línea de 400 kV.

– Parque interior de 30 kV, en edificio de 168 m2, donde se alojarán las celdas de media tensión, con aislamiento de hexafluoruro de azufre (SF6).

– Un edificio de control y comunicaciones (128 m2) y un edificio destinado a oficinas y almacén (833 m2), de hormigón prefabricado.

Línea eléctrica de evacuación.

El proyecto incluye una línea eléctrica de evacuación de la energía de 400 kV de tensión nominal, 50 Hz y aproximadamente 32,06 km de longitud total, que conectará con la subestación eléctrica existente de Almaraz, propiedad de REE. La línea eléctrica se diseña para doble circuito, si bien, para el actual proyecto se utilizará un único circuito, con dos conductores por fase y cable de tierra, quedando el otro circuito para posibles ampliaciones. La línea eléctrica se proyecta con 73 apoyos metálicos galvanizados de 37,2 a 87,2 m de altura útil, cimentados con cuatro zapatas individuales de hormigón. El acceso a los apoyos se realizará desde caminos existentes (públicos y privados) y campo a través, con una longitud aproximada de 31.474 m.

A.2.5 Alcance de la evaluación.

La presente evaluación ambiental se realiza sobre el proyecto «Instalación fotovoltaica FV Francisco Pizarro de 589,88 MWp. TT. MM. Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa (Cáceres)», y no comprende aspectos relativos a seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad aérea, carreteras u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.

A.3 Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

Las infraestructuras proyectadas se ubican en una zona dedicada principalmente a la actividad agrícola de secano y a la ganadería, dentro del ámbito de la cuenca hidrográfica del Tajo, siendo los ríos Tajo y Almonte los principales cauces. La planta fotovoltaica no se localiza sobre ninguna masa de agua subterránea ni unidad hidrogeológica, mientras que dos pequeños tramos de la línea eléctrica se sitúan sobre las unidades hidrogeológicas 03.09 «Tiétar» y 03.10 «Talaván» y las masas de agua subterráneas «Tiétar» y «Talaván».

La planta fotovoltaica no se localiza sobre espacios incluidos en la Red Natura 2000 o en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX), si bien, la línea eléctrica atraviesa dos espacios protegidos, el río Almonte (Zona Especial de Conservación, ZEC, ES4320018 «Río Almonte» y Zona de Especial Protección para las Aves, ZEPA, ES0000356 «Riberos del Almonte») (en adelante ZEC y ZEPA «Almonte») y Monfragüe (ZEC ES4320077 «Monfragüe», ZEPA ES0000014 «Monfragüe y las Dehesas del Entorno» y Reserva de la Biosfera «Monfragüe») (en adelante ZEC y ZEPA «Monfragüe»). El final de la línea eléctrica se sitúa a aproximadamente 100 m de la ZEPA ES0000324 «Embalse de Arrocampo».

Los principales hábitats de interés comunitario (HIC) presentes en el ámbito de actuación son: 3170* «Lagunas y charcas temporales mediterráneas», 4030 «Brezales secos europeos», 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», 5330 «Matorrales termomediterráneos y preestépicos», 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.», 6420 «Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion», 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae), 9330 «Alcornocales de Quercus suber» y 9340 «Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia».

Respecto a la vegetación existente, la planta fotovoltaica se sitúa en un terreno mayoritariamente llano sobre tierras arables, pastizales y pastos arbustivos. La línea eléctrica de evacuación se sitúa sobre un terreno más abrupto y discurre mayoritariamente sobre zonas de pasto con arbolado, pastos arbustivos, matorrales (retamares, jarales, etc.) y zonas forestales, donde destaca la presencia de dehesas y encinares y, en menor proporción, alcornocales, acebuchales, bosques mixtos de frondosas y alguna zona repoblada con eucaliptos y pinares. La vegetación de ribera asociada a los cauces existentes está compuesta principalmente por tamujares y adelfares y, en aquellos cauces con mayor entidad, como es el caso de los ríos Almonte y Tajo, con formaciones boscosas de alisos, fresnos, sauces, chopos y álamos. Parte del trazado de la línea eléctrica atraviesa al Monte de Utilidad Pública (MUP) CC-123 «Moratas».

En el ámbito del proyecto existen poblaciones de enebro (Juniperus oxycedrus), Marsilea batardae y Narcissus bulbocodium, especies catalogadas como «vulnerable» (VU), «sensible a la alteración de su hábitat» (SAH) y «de «interés especial» (IE) respectivamente, según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, y modificaciones posteriores) (CREAE), y de orquídeas, como es el caso de Orchis coriophora, Serapias lingua y Serapias parviflora, especies no amenazadas según el citado CREAE.

Respecto a la fauna, el entorno de actuación constituye un área especialmente relevante para las aves esteparias, forestales, necrófagas y acuáticas. Las instalaciones proyectadas se localizan dentro de las Áreas Importantes para las Aves (IBA) n.º 296 «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa», 297 «Sierra de Villuercas», 298 «Monfragüe» y 306 «Campo Arañuelo-Embalse de Valdecañas».

Como principales especies esteparias pueden citarse la avutarda (Otis tarda) (SAH) y el sisón (Tetrax tetrax), «en peligro de extinción» (PE), según el CREAE. Otras posibles especies presentes serían el aguilucho cenizo (Cyrcus pygargus), ganga ortega (Pterocles orientalis), ganga ibérica (Pterocles alchata) y cernícalo primilla (Falco naumanni), (SAH); y alcaraván (Burhinus oedicnemus) y carraca (Coracias garrulus), todas ellas (VU) según el CREAE.

La zona de actuación es área de campeo y alimentación de aves necrófagas y rapaces, destacando el milano real (Milvus milvus) (PE) y buitre negro (Aegypius monachus) y alimoche (Neophron percnopterus) (SAH) según el CREAE. En menor medida, también puede darse la presencia de otras especies de interés según el CREAE, como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti) (PE), águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) (SAH) y águila real (Aquila chrysaetos) (VU), dada su alta capacidad de dispersión y al encontrarse el entorno del proyecto dentro de su área de distribución natural.

En el entorno de los ríos Almonte, Tajo y Tozo, destaca la presencia de cigüeña negra (Ciconia nigra) (PE), y en las zonas húmedas del ámbito de actuación, en especial en las proximidades del embalse de Arrocampo, existe una rica comunidad de aves acuáticas, entre las que destacan el avetoro común (Botaurus stellaris) (PE) y garcilla cangrejera (Ardeola ralloides) (PE), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus) (SAH), avetorillo común (Ixobrychus minutus) (SAH), martinete común (Nycticorax nycticorax) (SAH), garza imperial (Ardea purpurea) (VU), calamón (Porphyrio porphyrio) (VU) y espátula común (Platalea leucorodia) (VU), según el CREAE.

Respecto a los mamíferos, la línea eléctrica de evacuación cruza un área favorable para el lince ibérico (Linx pardinus) (PE) según el CREAE.

B. Resumen del resultado del trámite de información pública y de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, y cómo se han tenido en consideración

Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de evaluación de impacto ambiental, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), n.º 176, de 24 de julio de 2019, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» n.º 139, de 23 de julio de 2019, y en el «Periódico de Extremadura», de 19 de julio de 2019, el anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura por el que se somete a información pública el EsIA y la solicitud de la Autorización Administrativa Previa, con Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y la Autorización Administrativa de Construcción del proyecto de ejecución de la planta generadora fotovoltaica denominada «FV Francisco Pizarro» y sus infraestructuras de evacuación.

Las administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura, y las contestaciones emitidas, se señalan en la Tabla 2.

Tabla 2. Consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, y contestaciones

Consultados*

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la inicial debido a cambios realizados en su estructura de Gobierno.

(Contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA)

Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural. Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO).

No

Confederación Hidrográfica Tajo. MITECO.

Oficina Española de Cambio Climático. MITECO.

Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial. MITECO.

No

Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura. Ministerio de Fomento.

Subdirección General de Patrimonio. Ministerio de Defensa.

Subdelegación del Gobierno de Cáceres.

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Ministerio de Fomento.

Dirección General de Sostenibilidad. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura.

Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura.

Dirección General de Agricultura y Ganadería. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura.

Dirección General de Infraestructuras. Consejería de Economía e Infraestructuras. Junta de Extremadura (1).

Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura(2).

Dirección General de Salud Pública. Servicio Extremeño de Salud. Junta de Extremadura.

Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía e Infraestructuras. Junta de Extremadura.

Dirección General de Transportes. Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. Junta de Extremadura.

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. Junta de Extremadura.

Diputación Provincial de Cáceres.

Diputación Provincial de Badajoz.

Ayuntamiento de Aldeacentenera (Cáceres).

Ayuntamiento de Almaraz (Cáceres).

Ayuntamiento de Casas de Miravete (Cáceres).

Ayuntamiento de Deleitosa (Cáceres).

Ayuntamiento de Higuera de Albalat (Cáceres).

Ayuntamiento de Jaraicejo (Cáceres).

Ayuntamiento de Romangordo (Cáceres).

Ayuntamiento de Saucedilla (Cáceres).

Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa (Cáceres).

SEO/Birdlife.

Ecologistas en Acción d Extremadura.

No

WWF/España.

No

Greenpeace.

No

Asociación para la Defensa de la Naturaleza (ADENEX).

No

Central Nuclear de Almaraz.

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Red Eléctrica España, S.A.U.

Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.

(1) Responde la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias. Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. Junta de Extremadura.

(2) Responde la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Junta de Extremadura.

Los aspectos ambientales más relevantes de las contestaciones presentadas en esta fase se reflejan en el siguiente apartado de esta resolución.

C. Resumen del análisis técnico del órgano ambiental

Con fecha 20 de enero de 2020 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas, el expediente de evaluación de impacto ambiental que incluye el resultado de la información pública, el EsIA, los documentos técnicos del proyecto y otra documentación relacionada, con objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Con fecha 11 de marzo de 2020 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicita al promotor la remisión de los apartados del EsIA incompletos en la versión digital.

Con fecha 30 de marzo de 2020 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procedente del promotor, un documento con nuevas propuestas de medidas preventivas, correctoras y compensatorias para el presente proyecto, tras las respuestas a consultas y reuniones mantenidas con la Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife) y la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.

Con fecha 1 de abril de 2020 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procedente del promotor, el EsIA completo.

Con fecha 23 de abril de 2020 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental escrito de la Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife) en relación con las nuevas medidas preventivas, correctoras y compensatorias para el presente proyecto, propuestas por el promotor.

Con fecha 30 de abril de 2020, se solicita a la Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural del MITERD informe sobre si el proyecto puede causar impactos ambientales significativos sobre los espacios protegidos y la biodiversidad, y en especial, sobre los HIC y la fauna protegida existente en el ámbito de actuación, el cual se recibe en la citada Dirección General con fecha 7 de julio de 2020.

Con fecha 13 de mayo de 2020, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicita al promotor información complementaria al EsIA relativa a la descripción del proyecto, examen de alternativas y al análisis de diversos factores ambientales, la cual se recibe en la citada Dirección General con fecha 19 de junio de 2020.

Con fecha 16 de julio de 2020, se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, de 30 de junio de 2020, en el que muestra su opinión tras las nuevas propuestas de medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas por el promotor en marzo de 2020.

Con fecha 14 de septiembre de 2020 el órgano ambiental solicita información adicional al promotor, la cual se recibe el 30 de septiembre de 2020.

Con fecha 16 de septiembre de 2020 se recibe en el órgano ambiental el escrito del Patronato del Parque Nacional de Monfragüe, de fecha 13 de julio de 2020, donde informa favorablemente de la línea de evacuación del presente proyecto.

La conclusión de todas estas actuaciones se resume en el apartado C.2 Tratamiento de los impactos significativos del proyecto, de la presente resolución.

Con la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.

C.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.

El EsIA contempla tres alternativas de ubicación de la planta fotovoltaica, además de la alternativa 0 (de no realización del proyecto), considerando un área de estudio total de aproximadamente 74.500 ha, que incluye las tres alternativas y un búfer en torno a ellas y sus líneas de evacuación de 5 km. El área comprendida en el interior de esta envolvente es la denominada «área de estudio», en la cual el promotor centra las prospecciones y los análisis de los factores ambientales y los potenciales impactos de las alternativas.

El promotor descarta la Alternativa 0, ya que considera el proyecto como una oportunidad de desarrollo de energías renovables, reduciendo los efectos del cambio climático.

El EsIA considera varios criterios básicos para seleccionar la ubicación de la planta fotovoltaica como la disponibilidad de terrenos de relieve suave, con una superficie superior a las 1.000 ha, y próxima al punto de evacuación de la energía (25 km), así como que coincidan con zonas preferentemente desarboladas, fuera de espacios protegidos y que no afecten a hábitats o valores faunísticos.

De acuerdo con el EsIA, el trazado de la línea de evacuación de la energía está condicionado por la ubicación de la planta. En este sentido, el promotor propone un único corredor de línea para cada una de alternativas de ubicación planteadas, el cual ha sido diseñado de acuerdo a criterios técnicos. A continuación, se muestran las tres alternativas de ubicación de la planta fotovoltaica (considerando las parcelas catastrales afectadas, cuya superficie es superior a la realmente ocupada por las plantas), su correspondiente línea de evacuación de la energía, y el área de estudio contemplado en el EsIA:

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Fuente: Estudio de impacto ambiental (Mayo 2020).

La Alternativa A (Deleitosa) presenta una superficie catastral de 1.876 ha dentro de los TT. MM. de Jaraicejo y Deleitosa. Esta alternativa se ubica principalmente sobre pastizales naturales (30 %), vegetación esclerófila (30 %) y tierras de labor en secano y sistemas agroforestales (40 %) existiendo una pequeña zona de dehesa. El 60 % de la alternativa se corresponde con los HIC 5330 y 6220*. Esta alternativa presenta una orografía más ondulada, y limita al noroeste con la autovía A-5, quedando expuesta a un gran número de observadores. La línea eléctrica asociada tendría una longitud de 18,3 km.

La Alternativa B (Torrecillas de la Tiesa-Aldeacentenera) presenta una superficie catastral de 1.815 ha, ocupando terrenos llanos dedicados en un 56 % a vegetación natural (pastizales y vegetación esclerófila) y en un 44 % a tierras de labor en secano y sistemas agroforestales, dentro de los TT. MM. de Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa. En esta alternativa no existe vegetación arbórea dentro del perímetro de ocupación, si bien el 58% de la misma se sitúa sobre los HIC 5330 y 6220*. Esta alternativa es cruzada por la carretera CC-23.3, requiriendo una línea eléctrica de evacuación de aproximadamente 32 km.

La Alternativa C (Belén) abarca una superficie catastral de 1.585 ha, correspondiente a praderas agrícolas (60 %) y tierras de labor en secano (40 %) dentro de los TT. MM. de Trujillo y Torrecillas de la Tiesa. El 95 % de la superficie está ocupada por HIC (principalmente 6220* y, en menor medida, 3170* y 5330). Las parcelas ocupadas presentan una orografía muy llana. Esta alternativa es colindante, al oeste, con la autovía A-5, quedando expuesta a un gran número de observadores. Requiere una línea eléctrica de 36,9 km.

El EsIA realiza un examen multicriterio entre las tres alternativas, teniendo en cuenta la capacidad de acogida y fragilidad ambiental, considerando los diferentes valores naturales que alberga cada uno de los emplazamientos (usos del suelo, vegetación, HIC, áreas protegidas y fauna, pendientes y paisaje).

Respecto a la Red Natura 2000, ninguna de las alternativas de implantación se ubica sobre espacios protegidos, si bien, la Alternativa C limita con la ZEC y ZEPA «Almonte» y, según el promotor puede tener impactos severos y críticos sobre especies de aves esteparias, que constituyen un valor clave para otros espacios de la Red Natura 2000 más alejados. La línea eléctrica de evacuación, en el tramo común de las tres alternativas, discurre por la ZEC y ZEPA «Monfragüe» y, en el caso de las Alternativas B y C, atraviesan la ZEC y ZEPA «Almonte» y por tanto, según el promotor, tienen un impacto severo sobre la cigüeña negra, por lo que se deberán disponer medidas anticolisión.

Desde el punto de vista de los HIC, las tres alternativas de implantación ocupan una importante superficie del hábitat prioritario 6220*, si bien el promotor afirma que, en el caso de la Alternativa B, una gran parte de los pastizales asociados a este hábitat están degradados por el pastoreo intensivo. Por otro lado, la Alternativa C también afecta en una gran superficie al hábitat prioritario 3170*. Aunque las líneas eléctricas previstas prácticamente atraviesan los mismos hábitats, la Alternativa A al tener una menor longitud, presenta una menor afección en este aspecto.

El promotor concluye que las Alternativas A y C tendrían un impacto crítico sobre la avifauna. Para la Alternativa A, el área de implantación se localiza sobre una de las mejores zonas de reproducción e invernada de curruca rabilarga (Sylvia undata) y curruca tomillera (Sylvia conspicillata) (IE), considerando que la instalación supondría una pérdida irreparable del hábitat (matorral) para dichas poblaciones. La Alternativa C tendría un impacto crítico sobre especies esteparias como la avutarda y el sisón, ya que el área de implantación coincide con un núcleo de reproducción e invernada, así como para otras especies como ganga ibérica y ganga ortega que usan la zona de manera esporádica.

El promotor selecciona la Alternativa B (Torrecillas de la Tiesa-Aldeacentenera), considerándola la que menor impacto ambiental genera, siendo ambientalmente compatible con las medidas preventivas, correctoras y complementarias propuestas, ya que es la que presenta un menor impacto sobre la avifauna (esteparias y necrófagas) y sobre los HIC, al ocupar terrenos agrícolas y pastizales degradados por la sobreexplotación ganadera.

Para la línea eléctrica aérea de la Alternativa B seleccionada, se plantean a su vez tres alternativas de trazado, que difieren únicamente en su tramo inicial hasta alcanzar el corredor de líneas eléctricas existentes, compuesto por dos líneas de 400 kV y una línea de 220 kV de REE, a partir del cual, su trazado discurre paralelo a ellas hasta la subestación eléctrica de Almaraz. En la siguiente imagen se recogen las alternativas planteadas, las cuales presentan una longitud aproximada de 35,10 km (Alternativa B1), 32,30 km (Alternativa B2) y 32,06 km (Alternativa B3), las cuales comparten un tramo final común de 15 km.

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Fuente: Estudio de impacto ambiental (Mayo 2020).

En cuanto a las tres alternativas planteadas para el primer tramo de la línea de evacuación, el promotor descarta la Alternativa B1, que discurre en paralelo al río Almonte y destaca por ser un área de nidificación y de alimentación para la cigüeña negra y águila real, entre otras especies, y por la afección a un núcleo de invernada de grullas. También descarta la Alternativa B2, por el posible riesgo de colisión para las colonias de buitre negro presentes, y discurrir más cerca del río Almonte. Finalmente selecciona la Alternativa B3, por ser la de menor distancia y discurrir más alejada del río Almonte, al que cruza de forma perpendicular, minimizando la posible afección sobre las especies de avifauna ligadas al mismo. La Alternativa B3 es, a su vez, la que en menor longitud discurre dentro de las «Zonas de protección para la avifauna en la Comunidad Autónoma de Extremadura» (Resolución de 14 de julio de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente).

SEO/Birdlife, en sus escritos de 10 de septiembre y 12 de diciembre de 2019, señala que la selección de alternativas presenta deficiencias al no ajustarse a los criterios establecidos por el propio promotor, ya que tanto la Alternativa B, como especialmente la Alternativa C, se sitúan a más de 25 km de la subestación de Almaraz y sobre zonas de importancia para las aves esteparias. Identifica varias zonas libres de regadíos, en un radio inferior a 10 km de la subestación de Almaraz, que abarcan una superficie de 900 ha, y que podrían acoger la producción deseada. También indica que la selección de los emplazamientos condiciona la elección de la Alternativa B, ya que pese a tener importantes afecciones a especies y hábitats esteparios, figura como más idónea ambientalmente, en comparación con la Alternativa C. En los estudios de avifauna de la Alternativa B faltan numerosas especies, cuya ausencia altera la valoración global del área afectada. Por otro lado, no se justifica adecuadamente que los pastos y cultivos donde se sitúa la Alternativa B presenten mucha peor calidad que los existentes en el entorno.

Por último, SEO/Birdlife solicita una adecuada selección de alternativas técnicamente viables, incluyendo en el análisis zonas idóneas en un radio inferior a 10-15 km de la subestación de Almaraz, y la eliminación de dicho análisis de la Alternativa C, por alterar significativamente el criterio de valoración de la no afección a zonas de importancia para aves esteparias. Señala que la Alternativa B no debería ser seleccionada como alternativa prioritaria para la ubicación de la planta, si no se recortan las dos zonas sensibles para las aves esteparias identificadas por dicha organización en sus escritos, en el entorno de la carretera CC.23.3.

El promotor, en respuesta a los escritos de SEO/Birdlife, señala que el criterio de 25 km es un valor aproximado, ya que a mayor distancia mayor pérdida de transporte de energía y mayor coste del proyecto. Considera que la instalación debe ubicarse en un único emplazamiento, ya que, si bien el proyecto podría estar formado por campos fotovoltaicos de menor extensión y sería técnicamente viable, estos supondrían un mayor impacto, al implicar más subestaciones eléctricas (una por planta) y más líneas de evacuación de media tensión para interconectar cada una de las plantas, con un mayor riesgo para la avifauna porque los conductores son menos visibles y existe menor distancia los mismos. En este sentido, descarta las zonas identificadas por SEO/Birdlife, por la afección a aproximadamente 1.700 encinas y porque en gran parte de los terrenos propuestos se están desarrollado otros proyectos fotovoltaicos. Por otra parte, se ha planteado la Alternativa C, porque no afecta a ningún espacio protegido y se ubica en una zona llana y desarbolada, cumpliendo las condiciones iniciales de búsqueda, sin embargo, una vez estudiadas las alternativas sobre el terreno, se constata la presencia de aves esteparias, por lo que, a pesar de ser una alternativa técnicamente viable, se descarta.

El promotor justifica que la ausencia de algunas especies, citadas en el escrito de SEO/Birdlife, se debe a su presencia accidental u ocasional, y que lo importante es valorar el posible impacto sobre las poblaciones de aves que utilizan el territorio analizado de forma estable, tanto en reproducción, invernada o migración.

Por otro lado, el criterio seguido para clasificar la calidad del pastizal, fue la estructura del pasto, en función de la altura media del estrato herbáceo y el grado de cobertura, lo cual se correlaciona con el uso (carga ganadera, tipo de ganado e intensidad de pastoreo). Las cargas ganaderas comprobadas en campo son similares en ambos casos, no obstante, en la Alternativa C predominan las fincas con mejor estado de conservación, coincidentes con cercas de exclusión de ganado en primavera, aunque también hay sobreexplotadas, como ocurre de forma generalizada en la implantación seleccionada debido a la presencia de cercas únicas y sobrepastoreo.

El promotor concluye que la selección de la Alternativa B está justificada, no sólo, por el análisis comparativo entre los distintos emplazamientos propuestos, sino que además resulta la de menor impacto ambiental. Asimismo, afirma que durante la primavera de 2019 no ha detectado la presencia de avutarda o sisón en las zonas sensibles descritas por SEO/Birdlife.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en su informe de 2 de octubre de 2019, señala que las alternativas se han planteado correctamente, estando de acuerdo con los criterios considerados y los resultados obtenidos, resultando la Alternativa B, la de menor impacto.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD, en su informe de 2 de julio de 2020, considera la Alternativa B como la de menor impacto sobre los HIC y especies protegidas, no obstante, señala que deberían haberse valorado otras alternativas, aunque implicasen la división de la planta en varias áreas o la reducción de la superficie de la misma.

C.2 Tratamiento de los impactos significativos de la alternativa elegida.

A la vista del EsIA, los informes a las consultas y la documentación adicional aportada por el promotor en junio y septiembre de 2020, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.

C.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.

Durante la fase de construcción las principales afecciones sobre la geomorfología se podrán producir como consecuencia de los movimientos de tierra asociados a las explanaciones, apertura de zanjas de cableado, cimentaciones de las instalaciones previstas, apertura de viales interiores y acondicionamiento de accesos a los apoyos, sin que se prevea una importante modificación de la morfología de la zona ni el aumento de los procesos erosivos, ya que la mayoría de las actuaciones previstas se localizan sobre un terreno eminentemente llano o con suaves desniveles.

Las principales afecciones sobre la edafología se producirán, en la fase de construcción, por el trasiego de maquinaria y la compactación de los terrenos debido a la ocupación temporal para las instalaciones auxiliares de la planta (53.857 m2) y para el montaje de los apoyos, en accesos y campas (61.060 m2), y por el riesgo potencial de contaminación por vertidos accidentales de aceites y combustibles. En la fase de explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo, del orden de 309,73 ha correspondientes a las infraestructuras de la planta, 5,67 ha a la subestación eléctrica y 11.771 m2 para los apoyos proyectados de la línea eléctrica.

Las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos se anclarán mediante el hincado de perfiles metálicos al suelo, lo que permite una mayor capacidad de adaptación a la topografía del terreno. Cuando no sea posible la hinca directa, se recurrirá a la perforación del terreno como medida previa al hincado o bien se realizará un hormigonado si es necesario.

Los movimientos de tierra necesarios para las explanaciones de la subestación eléctrica y formación de viales interiores en la planta serán del orden de 30.331 m3 y de 1.670 m3 para la excavación de los apoyos de la línea eléctrica. Las canalizaciones de las líneas subterráneas de media tensión se disponen en paralelo a los viales, de esta manera se minimizan las superficies alteradas. Los excedentes procedentes de las zanjas de las líneas subterráneas, explanaciones necesarias y nivelación de viales serán utilizados en el relleno de las propias zanjas o esparcidos en el terreno circundante, evitando alterar el drenaje natural y su traslado a vertedero.

Los materiales externos necesarios para la obra civil (arena, hormigón, grava, zahorra, etc.) procederán de empresas y canteras legalizadas existentes en el entorno de la actuación. Para la ejecución de las obras el promotor estima un volumen de 703 m3 de hormigón, 35.490 m3 de tierra compactable y 53.234 m3 de zahorra. El proyecto no supone la generación de zonas de préstamos ni vertederos.

Como medidas de protección de la edafología y geomorfología, se delimitarán mediante jalonamiento las zonas ocupadas por el proyecto, limitando el movimiento de maquinaria y personal fuera de las zonas de ocupación (se establecerá un Plan de rutas de acceso); se priorizará el uso de maquinaria ligera; se realizará la retirada, almacenamiento y reutilización de la capa superior de tierra vegetal; y se descompactarán los terrenos afectados por las obras. Por otra parte y a efectos de prevenir la contaminación, se evitará cualquier tipo de vertido y los cambios de aceite de la maquinaria y otras tareas de mantenimiento se efectuarán siempre en taller autorizado o, excepcionalmente, en zonas impermeabilizadas habilitadas a tal efecto. Todos los residuos generados, del orden de 3.577 toneladas, incluidos los residuos peligrosos, serán gestionados por un gestor autorizado de acuerdo a la normativa vigente.

C.2.2 Hidrología.

Dentro de las parcelas ocupadas por la planta fotovoltaica se localizan los arroyos del Ejido, de los Tercios, de la Ramira y de las Atalayas, así como tributarios de los mismos, de escaso caudal y carácter estacional. La línea eléctrica de evacuación cruza los ríos Tajo y Almonte; los arroyos del Moro, Pizarroso, de los Frailes, de los Gavilanes, Helechosillos, Majano, Giraldo, de la cuesta de la Cabeza, Corrinches, Arrogato y Paradero; las gargantas el Hoyón y Helechosos y Canaleja; y el barranco de la Guarra.

Las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico debido a las compactaciones del terreno y a la presencia de los módulos fotovoltaicos, así como suponer la pérdida de la calidad de las aguas superficiales debido al aumento de sólidos en suspensión por los movimientos de tierras, y al vertido accidental de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria y transporte de materiales.

De acuerdo con el estudio hidrológico realizado, el promotor establece una zona de exclusión de los cauces de los arroyos del Ejido, de los Tercios, de la Ramira y de las Atalayas, evitando cualquier tipo de obra o instalación en la zona de máxima avenida para un periodo de retorno de 500 años. De igual forma, en la zona de implantación se respetarán las charcas existentes.

El proyecto contempla la ejecución de cruces subterráneos de las líneas de media tensión y vados inundables en los arroyos de la planta fotovoltaica, los cuales se llevarán a cabo de forma que resulte invariable su capacidad de desagüe.

El promotor considera el impacto sobre la hidrología subterránea como poco significativo, debido, tanto a que la mayor parte de las instalaciones proyectadas se ubican sobre terrenos de muy baja permeabilidad, por lo que la posible contaminación de las aguas subterráneas por derrame o vertidos es altamente improbable, como a la escasa profundidad de los movimientos de tierras necesarios, tanto para la cimentación de los apoyos como del hincado de perfiles.

Como medidas de protección de la hidrología, el proyecto contempla, entre otras, el mantenimiento de la maquinaria en talleres y, excepcionalmente, en zonas impermeabilizadas habilitadas a tal efecto, con sistema de control de posibles vertidos y alejadas de los cauces; la prohibición de realizar cualquier tipo de vertidos y la recogida inmediata de vertidos accidentales; evitar el acopio de materiales en las zonas próximas a los cauces; y el control de la calidad de las aguas. Los transformadores dispondrán de depósitos con capacidad para acoger la totalidad del aceite contenido en ellos, el cual será gestionado por gestor autorizado.

Para cualquier actuación dentro del Dominio Público Hidráulico (DPH) se solicitará la correspondiente autorización a la Confederación Hidrográfica del Tajo. El promotor no contempla la limpieza periódica de los paneles fotovoltaicos y, en caso de una limpieza puntual, se utilizará agua descalcificada, evitando cualquier tipo de producto químico. En la fase de explotación, el suministro de agua para uso del personal se realizará mediante un depósito prefabricado que se recargará por camión cisterna. Los vertidos procedentes de los aseos se realizarán en una fosa séptica estanca, los cuales serán retirados por gestor autorizado.

La Confederación Hidrográfica del Tajo, en su informe de 31 de julio de 2019, propone el cumplimiento de una serie de condicionantes generales de protección del estado natural de los cauces y sus márgenes y del DPH, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución. En este sentido, el promotor manifiesta que se cumplirá con todos los condicionantes establecidos, los cuales han sido tenidos en consideración en el diseño de la planta fotovoltaica.

C.2.3 Aire, factores climáticos, cambio climático.

Durante la fase de construcción, se puede producir un incremento temporal de polvo en el aire y de las emisiones atmosféricas y sonoras, provocado en su mayor parte, por el movimiento de tierras y de la propia maquinaria, la cimentación de los apoyos e hincado de los postes. El promotor considera dichos impactos como compatibles, al ser puntuales y de corta duración y no afectar a toda la zona de obras al mismo tiempo, y propone medidas como el riego de caminos y zonas de obras; el transporte cubierto de los materiales; la limitación de la velocidad de los vehículos; la restricción de la ejecución de las obras al periodo diurno; la utilización de silenciadores y amortiguadores; y la correcta puesta a punto, mantenimiento y utilización de la maquinaria, de tal forma que cumpla la normativa vigente referente a emisiones atmosféricas de gases y ruido.

Durante la fase de explotación, se puede producir un incremento de los niveles sonoros como consecuencia del funcionamiento durante el día, de los inversores y transformadores de la planta solar y de la subestación, así como por el efecto corona de los conductores de la línea eléctrica.

El promotor ha realizado un estudio acústico en junio de 2020 y completado en septiembre de 2020, en el que concluye que no se prevé un impacto significativo sobre la población, ya que en las edificaciones existentes próximas a las instalaciones proyectadas se cumplirá con los niveles establecidos en la legislación vigente, tanto durante la fase de construcción como de explotación.

Respecto a la posible contaminación lumínica, el promotor solo prevé el alumbrado para el parque de intemperie y los viales de la propia subestación, empleándose proyectores LED de color cálido, instalados a menos de 3 m de altura y orientados de forma que se evite la contaminación lumínica y se favorezca la protección del cielo nocturno.

Durante la fase de explotación, la energía generada en la instalación proyectada (1.204 GWh/año) permitirá reducir la emisión del orden de 480.396 toneladas de CO2 equivalentes/año procedente de combustibles fósiles, con el consiguiente efecto positivo sobre el cambio climático. El promotor estima que la tasa de recuperación de la energía del proyecto se sitúa en menos de 1,2 años, esto es, el tiempo necesario para que la energía empleada para la ejecución del mismo (construcción de paneles, seguidores, etc.) sea compensada con la energía generada en la planta.

La Oficina Española de Cambio Climático informa que la planta fotovoltaica se ajusta a las prescripciones establecidas, favoreciendo la implantación y fomento de las energías renovables además de la reducción de las emisiones, con el pertinente avance significativo en adaptación y mitigación. Por otro lado, no detecta ninguna interacción relevante en el medio, y señala que las herramientas usadas en el proyecto se alinean con la Estrategia de Adaptación al Cambio Climático auspiciada por dicho organismo.

C.2.4 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

Las afecciones sobre la vegetación y los HIC en la fase de construcción vendrán motivadas fundamentalmente por la eliminación y degradación de la cubierta vegetal debido a la construcción de las infraestructuras y viales proyectados.

De acuerdo con la información facilitada por el promotor, la superficie prevista para la planta fotovoltaica está ocupada fundamentalmente por tierras arables (283 ha), pastizales (449 ha) y pasto arbustivo (354 ha), sin existir vegetación arbórea de interés dentro del perímetro de implantación (únicamente será necesario eliminar dos ejemplares aislados de eucalipto). La superficie de vegetación eliminada por la ejecución de los viales interiores, canalizaciones, centros de inversión-transformación, instalaciones auxiliares y subestación será del orden de 32,8 ha, correspondientes a pastizal (15,6 ha) y pastos arbustivos (17,2 ha).

La superficie total de vegetación afectada por la ejecución de la línea eléctrica (incluidos accesos, campas de montaje y apoyos) es de 6,74 ha, correspondiendo el 7 % a pastizal, el 42 % a pastizal arbustivo y el 51 % a pastizal arbóreo, de las cuales aproximadamente 1,06 ha se afectan de manera permanente por la construcción de los apoyos, y 5,68 ha se afectarán de manera temporal por la ejecución de los accesos a los apoyos y campas de montaje.

La longitud total de accesos a los apoyos de la línea eléctrica se estima en 31.474 m, que se realizará desde caminos públicos y privados existentes y campo a través, siendo solo necesario el desbroce de matorral y poda de ramas en una longitud total aproximada de 1.088 m con 3 m de anchura máxima. En los tramos de la línea eléctrica que sobrevuelan zonas de encinar, alcornocal y/o dehesa, se han localizado los apoyos en claros desprovistos de vegetación autóctona, tan solo en los apoyos 31, 46 y 59 puede necesitarse la tala de un máximo de 6 encinas, en el resto de accesos campo a través el recorrido se realizará siguiendo el trazado que evite los pies arbóreos y minimice la afección al matorral. En dichas zonas, así como en aquellas áreas de monte con vegetación arbustiva densa, la superficie de la campa se reducirá al espacio disponible o incluso no se abrirá, utilizando maquinaria ligera para el acceso y realizando los desbroces mínimos necesarios para el acopio y montaje del apoyo.

Por otro lado, la apertura de una calle de seguridad de la línea eléctrica se restringe a los vanos entre los apoyos 43 y 46, afectando a una superficie de aproximadamente 0,68 ha de eucaliptos y pinos aislados de repoblación, permitiendo, en el resto del trazado, la coexistencia de la línea con las encinas, alcornocales y matorrales existentes tanto en el entorno inmediato de los apoyos como en la superficie de servidumbre de la línea.

Respecto a la posible afección a flora protegida, en el entorno de la planta fotovoltaica existen tres rodales, concretamente taxones singulares de las orquídeas Orchis coriophora, Serapias lingua y Serapias parviflora, situadas junto a charcas ganaderas, los cuales no serán afectados durante el desarrollo del proyecto, al situarse en la zona inundable para el periodo de retorno de 500 años. No obstante, el promotor contempla en dichos rodales la instalación de cercas de protección para el ganado. Próximo al apoyo 45 de la línea eléctrica existe un rodal con poblaciones de narcisos Narcissus bulbocodium y Narcissus triandrus subsp. pallidulus y algún ejemplar aislado de enebro, si bien la modificación de este apoyo desplazándose 250 m al oeste para aproximarlo al corredor de líneas existentes, permite evitar la afección a dicho rodal de flora protegida, no obstante en caso necesario, se balizarán los ejemplares existentes para que no sean dañados. El promotor no prevé ninguna afección al resto de rodales con flora protegida identificados en el área de estudio, incluidos el rodal situado a 200 m del apoyo 67 y las poblaciones de Marsilea batardae junto al río Tozo.

De los HIC presentes, de acuerdo a los trabajos de campo realizados por el promotor, la planta fotovoltaica y la subestación afectan a una superficie de 254 ha del 5330, 284 ha del 6220* y 4 ha del 6420.

El promotor señala que en los terrenos de implantación, el hábitat 6220* presenta un estado de conservación medio con algunas zonas degradadas por el sobrepastoreo, si bien, la superficie ocupada por los módulos fotovoltaicos además de generar sombras, conservará la cubierta vegetal. La vegetación mejorará al desaparecer la utilización de fitosanitarios, controlándose la carga ganadera máxima mediante el aprovechamiento diferido por cercas según el régimen de precipitaciones, excluyendo el pastoreo con ganado ovino en época de reproducción de aves y verano (cuando no haya pastos). El objetivo es favorecer el desarrollo del hábitat 6220* en toda la superficie ocupada por la planta, así como el desarrollo de cierta fauna en el interior de la planta durante su funcionamiento, incluidas las especies propias de ambientes esteparios que ya habitan la zona, pudiendo incluso atraer a otras. En este sentido, se aplicarán las medidas del programa de conservación del «Sistema de hábitat de pastizales y praderas» del Plan Director de la Red Natura 2000 en Extremadura, que incluye labores de fertilización y/o estercolado, así como semillado con especies de pasto cada cierto tiempo. Complementariamente se contempla la realización de un seguimiento de conservación de la flora, utilizando como bioindicador el estudio de la relación entre la carga ganadera y la conservación del hábitat 6220*. Por otra parte, tal y como afirma el promotor, también favorecerá el desarrollo del hábitat 6220* la medida compensatoria de custodia del territorio para aves esteparias (desarrollada en el apartado D.4).

En el caso del hábitat 5330, principalmente retamares, el promotor señala que presenta un grado de conservación medio, con zonas parcialmente degradadas y sometidas a mucha presión, con una baja densidad y poca diversidad de especies florísticas y faunísticas. Por ello el promotor propone en compensación la plantación tanto de retamas como de ejemplares de los géneros Genista y Cytisus con una densidad mayor a la existente, en una banda de 2 m de anchura a lo largo del cerramiento perimetral que no cuenta con pantalla de integración paisajística (3,3 ha), en la franja libre que existe entre los cerramientos de los recintos 3 y 4 (28,6 ha), en tres parcelas del T.M. Aldeacentenera (24,1 ha) y en otras parcelas con planes de restauración de la Junta de Extremadura (10 ha). La superficie total generada de compensación del hábitat 5330 alcanzaría las 66 ha.

La mayor parte del hábitat 6420 existente en la planta no se verá afectado, ya que se desarrolla en el entorno de los cursos fluviales y sobre estos se ha establecido la exclusión de la implantación en la zona de máxima avenida para un periodo de retorno de 500 años. No obstante, el promotor propone compensar la afección a este HIC en al menos las mismas 4 ha que se verán afectadas.

Los HIC afectados por la línea eléctrica se recogen en la siguiente tabla:

Tabla 3. HIC afectados por la línea eléctrica

HIC

Superficie afectada de forma permanente (m2)

Superficie afectada de forma temporal (m2)

Apoyos

Accesos a los apoyos

Campas de montaje

4030

384,95

430,42

628,29

4090

0,00

491,86

628,32

5330

1.201,69

1.265,82

1.721,63

6220*

403,08

6.372,31

2.199,11

6310

5.971,14

23.709,03

8.296,02

6420

0,00

3.174,81

942,48

9330

975,29

430,42

628,29

9340

652,19

0,00

0,00

El promotor considera que las superficies afectadas permanentemente de los HIC 4030 (384,95 m2), 5330 (1.201,69 m2) y 6220* (403,08 m2) son poco importantes y puntuales y distribuidas a lo largo de todo el trazado de la línea de evacuación, por lo que en ningún caso suponen una reducción de la superficie de las teselas de los citados HIC, que pueda suponer una fragmentación o pérdida significativa de los mismos.

Para compensar las superficies afectadas de los HIC 6310 (5.971,14 m2) y 9340 (652,19 m2) se propone realizar tareas de restauración como la tala de encinas muertas o decrépitas y reforestaciones con plantones de encinas en una zona de dehesa de unas 4 ha de superficie al este de la planta, dentro del T.M. de Aldeacentenera. De la superficie de reforestación prevista, un área equivalente a 1 ha será vallada para la regeneración del estrato arbustivo y posterior evolución a encinar.

En el caso de la afección al HIC 9330 (975,29 m2), el promotor propone la realización de una reforestación con alcornoques bajo la línea donde se realizarán las talas de eucaliptos y pinos entre los vanos 44 y 46, en una superficie de 6.624,15 m2.

Durante la fase de explotación, no se prevé afección a la vegetación y a los HIC en la planta fotovoltaica, favoreciéndose el mantenimiento del estrato herbáceo (pastizal) mediante el adecuado aprovechamiento con ganado ovino, evitando la sobreexplotación por pastoreo que ocurre en algunos terrenos actuales. La única afección sobre la vegetación estará limitada a las puntuales reparaciones o labores de mantenimiento de la línea eléctrica, si bien no se prevé afectar a la vegetación arbórea existente dada la altura de los conductores.

Para la protección de la vegetación y los HIC, el promotor contempla, entre otras, las siguientes medidas:

– Antes del inicio de las obras se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés. De acuerdo con el promotor, se establecerá un jalonamiento de las zonas de actuación para no afectar a especies vegetales de interés, procediéndose al balizamiento de los rodales situados dentro de la planta. En caso de detectarse cualquier otro rodal próximo a las actuaciones previstas, se comunicará al Agente del Medio Natural y se informará al órgano ambiental de forma que se establezca la mejor solución viable, como la translocación de los ejemplares. Durante la fase de explotación, se procederá a la realización de censos y seguimientos de las tendencias poblacionales de dichos rodales.

– Se eliminará la vegetación estrictamente necesaria, realizándose el balizamiento y señalización de las zonas de actuación para no afectar a la vegetación del entorno, especialmente la protegida, y se respetarán tanto las charcas como la vegetación de ribera y la situada en los márgenes de los cauces existentes.

– Siempre que sea posible, se procederá a la poda, en lugar de la tala de los ejemplares arbóreos afectados. En caso de ser necesaria la corta de arbolado, se realizará comunicación previa al Agente del Medio Natural para proceder a su señalamiento y se solicitará la correspondiente autorización al órgano autonómico competente. Según el número de pies finalmente eliminados se incluirán actuaciones compensatorias, que podrán ser, en función de lo que determine el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Junta de Extremadura, plantaciones equivalentes in situ o plantaciones compensatorias en un monte público como el MUP «Moratas».

– Se llevará a cabo el apantallamiento vegetal perimetral de la planta y se realizarán trabajos de recuperación de la cubierta vegetal una vez finalizada la fase de construcción, que se incluirán en un plan de restauración de todas las zonas afectadas por el proyecto.

Parte del trazado de la línea eléctrica discurre dentro de la Zonas de Alto Riesgo de Incendios (ZAR) «Los Ibores» y «Monfragüe», por lo que el proyecto contará con un plan de prevención de incendios (Memoria Técnica), de acuerdo a la normativa vigente. El proyecto contempla la ejecución de un cortafuegos perimetral en el interior de la planta de 8 m de anchura. Por otra parte, se retirarán los restos vegetales de la tala y el desbroce y se almacenarán para su uso posterior, evitando tanto su quema in situ como el enterramiento de los restos triturados.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en su informe de 16 de septiembre de 2019 y tras el análisis de la documentación, indica que se describen y analizan correctamente los efectos que el proyecto produciría sobre la flora (HIC y vegetación) en el emplazamiento previsto.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD en su informe de 2 de julio de 2020, señala la necesidad de cuantificar de manera correcta tanto las superficies reales de pérdida neta de HIC por cada una de las infraestructuras, como las superficies de los mismos a compensar, teniendo en cuenta las recomendaciones de la «Guía Metodológica de evaluación de impacto ambiental en Red Natura 2000. Criterios utilizados por la Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural para la determinación del perjuicio a la integridad de Espacios de la Red Natura 2000 por la afección a Hábitats de interés comunitario». Según indica dicho organismo, las superficies propuestas inicialmente por el promotor (200 ha para el 6220* y 32 ha para el 5330), no son suficientes para compensar las áreas afectadas.

En la información remitida por el promotor en septiembre de 2020, se cuantifican tanto las superficies de HIC afectadas por el proyecto, como las superficies a compensar, aumentando la superficie a compensar del HIC 5330 de 32 a 66 ha. Para los HIC afectados por la línea eléctrica dentro de la Red Natura 2000, el promotor sigue las recomendaciones de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD, concluyendo que el proyecto no presenta afecciones apreciables sobre los mismos.

Este órgano ambiental, tras el análisis realizado, considera que se producirá la ocupación de una importante superficie de HIC. El promotor propone una serie de medidas de restauración y compensación que, salvo para el caso del HIC 5330, se consideran suficientes. Por tanto, se considera que las medidas propuestas por el promotor deberán ser ampliadas de acuerdo a las recomendaciones de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD y este órgano ambiental, recogiéndose en el condicionado de esta resolución.

C.2.5 Fauna y biodiversidad.

Durante la fase de construcción se puede producir afección a la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación de suelo. Asimismo, también se puede producir la potencial destrucción de nidos y madrigueras, atropellos, desplazamientos y modificaciones de las pautas de comportamiento como consecuencia de los ruidos, mayor presencia humana, movimiento de maquinaria y otras molestias de las obras.

Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida de hábitat de las especies presentes por ocupación de la planta y el riesgo de colisión de la avifauna con la línea eléctrica. El promotor no considera posible el riesgo de electrocución debido al diseño de la línea proyectada. También se podría producir un efecto barrera por el vallado perimetral y por las propias instalaciones, si bien, el promotor señala que únicamente afectaría a mamíferos terrestres de gran tamaño. El promotor no considera significativo el impacto ocasionado por molestias a la fauna en la fase de explotación como consecuencia de la presencia humana en las labores de mantenimiento, ya que se prevé similar a la existente en la actualidad debido a las labores agrícolas y ganaderas. Asimismo, la reducción de la actividad ganadera y su adecuada gestión dentro de la planta, puede favorecer la creación de una zona de refugio para la fauna en opinión del promotor.

El EsIA incluye un estudio de la avifauna en el que se identifican y caracterizan las poblaciones existentes en el área de estudio, con una cobertura de alrededor de 74.500 ha, abarcando un ciclo anual completo (desde marzo de 2018 a febrero de 2019). Para la caracterización de la avifauna se han tenido en cuenta: seguimientos propios, información de la Junta de Extremadura y del MITERD y la bibliografía disponible. Los censos se han realizado mediante recorridos sistemáticos y regulares, combinando transectos en vehículo con observación desde puntos favorables, fototrampeo, estaciones de escucha para aves nocturnas, etc.

Se determinan en dicho estudio las principales especies de avifauna del ámbito del proyecto, y las afecciones que se producirán sobre las mismas con la realización del proyecto. Para ello se ha realizado una toma de datos en campo, en la que se han detectado para el ciclo anual completo 244 especies de aves en 80.735 registros, en recorridos de 695,1 km; un análisis de la distribución espacial de los avistamientos (función de densidad Kernel); el cálculo de los índices denominados «valor de conservación ponderado» (que permite identificar las especies más sensibles en función de su fenología y el estatus de protección), «riesgo de colisión» con la línea eléctrica (que tiene en cuenta el tamaño de la especie, comportamiento en vuelo, tipo de vuelo, uso de la línea eléctrica y vuelos nocturnos o crepusculares), y el «índice de sensibilidad específico» (que combina los índices anteriores).

Respecto al sisón, en clara regresión de su población en Extremadura, existe una zona principal de presencia en los Llanos de Belén, en el entorno de la Alternativa C descartada. También se han avistado algunos ejemplares en los terrenos que limitan al este y al sur de la planta seleccionada, que coinciden con los datos de radioseguimientos de la Junta de Extremadura. De acuerdo con el estudio de avifauna, la planta prevista supondrá un impacto moderado sobre esta especie.

En cuanto a la avutarda, en el entorno de los Llanos de Belén existe una zona principal de cortejo, coincidente con las áreas principales de concentración de esta especie durante todo el año. También se han localizado avistamientos, principalmente de hembras y machos inmaduros, en pastizales bien conservados al sur de la planta, y en el paraje Boticojo, situado entre la planta prevista y el casco urbano de Torrecillas de la Tiesa, en cercados de pequeña superficie y uso extensivo ganadero y agrícola, que fueron excluidos de la implantación de la planta y del trazado de la línea prevista en los estudios preliminares del proyecto. No obstante, ambas infraestructuras suponen un impacto moderado sobre esta especie.

En el entorno de los Llanos de Belén se han detectado grupos de reproducción de ganga ibérica, que se mantienen durante el verano e invernada, y de ganga ortega, durante todo el año. Para el caso del alcaraván existe un pequeño dormidero junto a la subestación de Almaraz. De acuerdo con el promotor, en los transectos y censo específico de esteparias no se han realizado observaciones de ganga ibérica, ganga ortega ni alcaraván en la zona de implantación prevista, si bien, el estudio de avifauna concluye que la presencia de la planta puede suponer un impacto moderado sobre las citadas especies.

Se ha detectado la presencia de varios ejemplares de aguilucho cenizo en primavera y verano, principalmente en la zona de los Llanos de Belén. Asimismo, existe una colonia con dos parejas muy próxima a la implantación prevista y es posible que utilice el área de la planta como zona de campeo, aunque el promotor considera que se producirá un impacto compatible con esta especie.

La zona de estudio presenta una presencia habitual de cernícalo primilla dada la proximidad de varias ZEPA urbanas (Saucedilla y Trujillo), constatándose la reproducción de una pareja de esta especie en la iglesia de Torrecillas de la Tiesa. Las colonias de cernícalo primilla de Saucedilla vuelan hacia el norte en busca de alimento, alejándose de la zona del proyecto, y las de Trujillo pueden desplazarse a la zona de los Llanos de Belén, si bien no usan el territorio de implantación de la planta, de acuerdo a los radioseguimientos de individuos marcados. El promotor señala que el cernícalo primilla no es una especie afectada por este tipo de proyectos, al criar dentro de las plantas ya construidas y seguir utilizándolas como zonas de alimentación, beneficiándose de la disponibilidad de presas y de infraestructuras sobre las que descansar, por lo que el impacto será compatible.

La carraca es una especie presente durante el paso migratorio pre-reproductor en el área de actuación, previéndose un impacto compatible sobre la especie.

Durante la primavera se han localizado numerosos ejemplares de cigüeña negra, principalmente en el entorno del río Almonte, donde pueden existir zonas de nidificación. Durante el verano se han observado varias zonas de concentración posnupcial en los embalses de la Carmonilla y Arrocampo, así como en el entorno de los ríos Almonte, Tajo y Tozo y en las proximidades del trazado de la línea eléctrica a su paso por el puerto de Miravete. De acuerdo con el promotor, en la implantación prevista no hay ningún nido ni área de concentración, sin embargo, considera que el impacto de la línea eléctrica puede ser severo sobre la especie, por lo que se señalizará intensivamente los vanos de cruce del río Almonte con señales luminosas en cables de tierra y conductores.

El aguilucho lagunero es una especie residente durante todo el ciclo anual, especialmente en el entorno del embalse de Arrocampo (ZEPA), y en menor medida en el embalse de la Carmonilla, si bien el promotor estima que ninguno de los dormideros se verá afectado por las actuaciones proyectadas y que el impacto sobre la especie es compatible, considera necesario señalizar el tramo final de la línea de evacuación, por la presencia de ésta y otras numerosas especies acuáticas que se encuentran en el embalse de Arrocampo.

Respecto a las aves necrófagas, la zona de actuación es área de dispersión, alimentación y reproducción de buitre negro, buitre leonado (Gyps fulvus) (IE) y alimoche, principalmente en el entorno del puerto de Miravete y en el ámbito de la planta prevista, donde existe una gran concentración de ganado con granjas intensivas que disponen de recintos para el abandono de cadáveres (muladar). El promotor señala que de acuerdo la información de los radioseguimientos de buitre negro y alimoche, no se observan interferencias en la altura de vuelo de las aves en relación a la altura de las líneas eléctricas. En el caso del alimoche, no se registran vuelos por debajo de los 50 m de altura en el entorno de la línea, área de mayor riesgo para la colisión. Las principales colonias reproductoras de buitre negro se ubican en el entorno de la sierra de Miravete, si bien, la línea prevista se sitúa a más de 1 km de la plataforma de nidificación de buitre negro más cercana a su paso por el área de Monfragüe, y existe un alimoche marcado que se reproduce al este del puerto de Miravete. El promotor indica que se producirá un impacto moderado sobre las aves necrófagas al eliminarse el ganado, que deberá ser compensado con la adopción de medidas compensatorias como la construcción de un nuevo muladar.

En el área de estudio es abundante la presencia de milano real, existiendo varios dormideros y puntos de concentración durante la invernada, entre los que destaca el embalse de la Carmonilla. Asimismo, es habitual la presencia de ejemplares dispersos en el entorno de la planta prevista por la presencia del muladar en los alrededores. El milano negro (Milvus migrans) (IE) se encuentra ampliamente distribuido por todo el ámbito de estudio, localizándole numerosos ejemplares durante la primavera y el verano, existiendo muchas posibilidades de presencia de parejas reproductoras en las zonas adehesadas próximas a la planta. El promotor considera que se producirá un impacto moderado sobre las citadas especies.

Respecto al águila real, es probable la existencia de un núcleo reproductor en el río Almonte, 2 km al norte de la planta proyectada, utilizando todo el ámbito de estudio como zona de campeo, y localizándose un mayor número de ejemplares en el entorno del puerto de Miravete. A lo largo del seguimiento de avifauna, se han observado ejemplares aislados de águila imperial ibérica en distintos puntos del ámbito de estudio, fuera del área de implantación de la planta, siendo una especie reproductora en el ámbito del área de Miravete, al sureste de Almaraz. No se han localizado ejemplares de águila perdicera en la zona de implantación, existiendo un área de campeo entre los ríos Tozo y Almonte. El promotor considera que se producirá un impacto compatible sobre las citadas especies.

El búho real (Bubo bubo) (IE) es una especie reproductora en la sierra de Miravete y en el entorno de una cantera abandonada próxima a la subestación de Almaraz, por lo que será necesario la señalización de la línea eléctrica, al preverse un impacto moderado sobre dicha especie.

También existen algunas observaciones de elanio común (Elanus caeruleus) (VU), halcón peregrino (Falco peregrinus) (SAH) y lechuza campestre (Asio flammeus) (IE), si bien el posible impacto sobre dichas especies será compatible, según indica el promotor.

En relación con las aves acuáticas, el promotor señala que el proyecto tendrá un impacto moderado sobre el avetoro común y martinete común y compatible sobre el águila pescadora (Pandion haliaetus) (VU), avetorillo común, garcilla cangrejera, garza imperial, espátula común, porrón europeo (Aythya ferina) (IE), porrón pardo (Aythys nyroca), martín pescador (Alcedo atthis) (IE), cigüeñuela común (Himantopus himantopus) (IE) y calamón, especies habituales en las zonas húmedas existentes en el ámbito de estudio, especialmente en el embalse de Arrocampo. El promotor indica que no se tiene constancia que la colisión con la línea eléctrica pueda producir una merma significativa de sus poblaciones, no obstante, considera necesario señalizar los cables de tierra.

La grulla común (Grus grus) (SAH) es una especie muy abundante durante la invernada, localizándose en el ámbito de estudio el núcleo de Torrecillas-Aldeacentera-Aldea del Obispo que, de acuerdo al censo de grullas invernantes realizado, puede llegar a albergar hasta casi 2.000 individuos en los momentos previos a la migración. Se han identificado tres dormideros y tres zonas principales de alimentación al oeste de la implantación prevista. El promotor concluye que las actuaciones proyectadas no afectarán al citado núcleo de grullas invernantes, sin embargo, considera que se producirá un impacto moderado sobre la especie.

La línea de evacuación sobrevuela un área con presencia de vencejo cafre (Apus caffer) (VU) en el puerto de Miravete, coincidente esta zona con un territorio reproductor de collalba negra (Oenanthe leucura) (VU), especies poco propensas a la colisión con tendidos eléctricos, por lo que el promotor considera el posible impacto del proyecto sobre estas especies como compatible.

El EsIA incluye un estudio de las poblaciones de odonatos, macroinvertebrados y peces, anfibios, reptiles y mamíferos de la alternativa seleccionada, entre los meses de febrero de 2018 y marzo de 2019.

Para el censo de odonatos se realizaron muestreos quincenales, localizándose 41 de las 55 especies existentes en Extremadura en el ámbito de la planta seleccionada, asociadas principalmente a masas de agua y zonas húmedas. En el primer tramo de la línea eléctrica, por su proximidad al río Almonte, se detectó la presencia de Gomphus graslinii (IE) y Coenagrion caerulescens (VU), mientras que la especie Oxygostro curtisii (IE) se localiza principalmente en un punto más alejado de la ubicación de la planta y la línea (presa de la Gargantilla), por lo que la afección es muy improbable. El promotor señala que tanto la preservación de las masas de agua y charcas dentro de la implantación; la sustitución de la agricultura intensiva y la eliminación del uso de fitosanitarios; y el control de la actividad ganadera permitirán un desarrollo de la vegetación natural, favoreciendo la mejora de las poblaciones de artrópodos, considerando poco probable la afección a odonatos.

Para el estudio de macroinvertebrados y peces se realizaron muestreos trimestrales en 4 puntos representativos del ámbito de estudio (ríos Tajo, Almonte (2), y Tozo). Dada la localización y las actuaciones proyectadas, el promotor no prevé incidencia sobre la ictiofauna, no obstante, se evitará el aumento de la turbidez y la llegada de vertidos a las masas de agua, así como se realizarán controles trimestrales del estado de las comunidades faunísticas y de la calidad de las aguas. El Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas de la Junta de Extremadura, en su informe de 5 de septiembre de 2019, señala que en el ámbito del proyecto no existe ningún coto de pesca y considera que no existen infraestructuras en cauces u otras situaciones que pudieran afectar a la ictiofauna ni a las condiciones de franqueabilidad para el paso de peces, no obstante, propone una serie de recomendaciones que se incluyen en el condicionado de la presente resolución.

Para el censo de anfibios, se utilizaron muestreos en puntos de agua, transectos nocturnos, censos de coros nocturnos y búsqueda activa de ejemplares. Los resultados muestran una abundancia significativa en todo el ámbito de estudio, si bien, se prevé una afección moderada y temporal de la instalación sobre este grupo faunístico, al minimizarse el movimiento de tierras y desaparecer los cultivos agrícolas que alteran su hábitat y contaminan de manera difusa su entorno.

En el estudio de reptiles se realizaron varios recorridos (zonas húmedas, pastizal de secano y laderas rocosas) cuantificando las especies observadas para calcular un índice kilométrico de abundancia. La presencia de especies es significativa, previéndose una afección moderada y temporal sobre los reptiles durante la fase de obras, que se revertirá durante la explotación, al mejorar la situación de los pastos, actualmente degradados.

En el censo de mamíferos se emplearon, entre otras, técnicas de conteos directos, fototrampeo, detección por huellas y excrementos y detección de murciélagos por ultrasonidos. Los resultados muestran una amplia variedad de especies (24 mamíferos terrestres y 4 quirópteros) en el entorno del proyecto. El promotor no identifica afecciones significativas sobre los mamíferos terrestres por la ejecución y explotación del proyecto, debido a su capacidad de desplazamiento a los terrenos circundantes. Respecto al posible efecto barrera, el vallado de tipo cinegético solo podría afectar a mamíferos terrestres de gran tamaño y de escaso valor ecológico al tratarse de especies cinegéticas. Debido a que la línea eléctrica atraviesa zonas de reintroducción de lince ibérico, se proponen algunas medidas que se recogen en el condicionado de la presente resolución. En el caso de los quirópteros, el único impacto considerado por el promotor es el posible riesgo de colisión con la línea eléctrica, valorado como de moderado, si bien el tendido aéreo contará con una correcta señalización.

Entre las medidas preventivas y correctoras previstas por el promotor se encuentran:

– En el diseño la línea eléctrica, especialmente en los cruzamientos con los ríos Almonte y Tajo, se ha evitado afectar a áreas críticas y zonas de nidificación y/o dispersión de avifauna, y el trazado discurre paralelo a las tres líneas existentes en la mitad de su recorrido, lo que permitirá minimizar el riesgo de colisión de la avifauna. Esta sinergia es especialmente importante en el cruce del río Tajo, donde se mantiene la altura de los conductores.

– Antes del inicio de las obras se realizará una prospección del terreno, por parte de técnico especializado en fauna, con objeto de identificar la posible presencia de especies de fauna amenazada, así como nidos, madrigueras, dormideros, refugios, áreas de alimentación, etc.

– Planificación previa de los trabajos, evitando el horario nocturno y los períodos reproductivos más sensibles de las especies de fauna amenazadas de la zona. Se establecerán limitaciones temporales y espaciales, en función de la presencia de nidificación de especies protegidas, en colaboración con los Agentes Naturales de la zona y técnicos de la Junta de Extremadura.

– En las zonas más próximas al área de reproducción de avutardas, en el entorno de la planta fotovoltaica, se llevará a cabo una temporalización de las obras, evitando el período de incubación y primeros días de desarrollo de los pollos de avutarda, entre el 1 de mayo y el 30 de junio.

– En las áreas críticas de las especies forestales de la ZEPA «Monfragüe», los trabajos de construcción de la línea eléctrica se realizarán fuera de los periodos sensibles de estas especies, que en el caso del águila real abarca del 15 de febrero y 1 de junio.

– La línea eléctrica cumplirá todas las disposiciones del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

– El vallado perimetral cumplirá las especificaciones del Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SEO/Birdlife, en sus escritos de 10 de septiembre y 12 de diciembre de 2019, considera que en el emplazamiento seleccionado no se ha inventariado adecuadamente la presencia de las principales aves esteparias (sisón común, avutarda común, ganga ortega, alcaraván, aguilucho cenizo y cernícalo primilla) y milano real, así como otras especies presentes en la zona de afección del proyecto, algunas muy comunes y extendidas y otras con un elevado grado de amenaza e interés de conservación, alterándose la valoración global del área afectada. También identifica dos áreas con presencia de avutarda que, sin ser extraordinariamente abundante, sí es regular, especialmente la zona al sur de la carretera CC-23.3, donde además se da la presencia de aguilucho cenizo, alcaraván y elanio común, y otra zona de pastizales al norte de la misma, donde la avutarda no es tan habitual, pero donde existen cientos de bandos de chorlito dorado y numerosas especies carroñeras como buitre negro, alimoche y milano real. Por otro lado, indica que la presencia de comunidades de vertebrados (no avifauna) resulta minusvalorada, al existir una diversidad bastante mayor de la reflejada por el promotor.

SEO/Birdlife alega en el primer escrito y se reafirma en el segundo, que la alternativa seleccionada, debido a las deficiencias de inventario de fauna y a otros criterios no contrastados, acumula una serie de impactos mucho más severos sobre la fauna y los hábitats presentes en el área afectada, que no son adecuadamente valorados y caracterizados. El impacto sobre las aves esteparias debería ser considerado como severo, especialmente en las dos áreas mencionadas anteriormente, con importantes y regulares concentraciones de dichas especies. Por último, considera que las medidas preventivas y compensatorias presentan deficiencias o son totalmente inadecuadas, por lo que propone señalizar el tendido eléctrico con el nivel más exigente entre los apoyos 1-51 y 58-64; reducir la cantidad de medidas para mejora del hábitat de rapaces forestales y lince ibérico; aumentar las medidas para mejorar el hábitat de las aves esteparias destinando una superficie de, al menos, el 20 % de la superficie afectada durante toda la vida útil de la planta fotovoltaica; y reducir la presión cinegética, permitiendo aumentar la población de conejos para alimentación para rapaces.

El promotor en respuesta a los escritos de SEO/Birdlife, considera apropiada y justifica tanto la metodología de identificación, como la caracterización y valoración de impactos realizada a partir de los resultados obtenidos en los censos y estudios de campo, enfocados hacia los valores más susceptibles de verse afectados por las actuaciones previstas. Señala que, mediante los muestreos realizados para el estudio de fauna a lo largo de un año en la zona, se constata que ninguna población de aves esteparias presentes en el área de estudio sea afectada por la ejecución del proyecto, coincidiendo con los resultados de los censos de aves esteparias y radioseguimientos de la Junta de Extremadura. En este sentido, indica que no ha observado la presencia de avutarda o sisón en las zonas sensibles descritas por SEO/Birdlife.

El promotor reconoce que el área de implantación es usada por aves esteparias, especialmente las que usan áreas de pastizal bajo, coincidentes con las de menor valor de conservación o amenaza. Asimismo y de forma puntual, el territorio es utilizado como zona de caza por el cernícalo primilla durante el periodo de reproducción, si bien se trata de una especie con poca sensibilidad a este tipo de proyectos, así como por la carraca o aguilucho cenizo durante el periodo migratorio. Por todo ello, con el objeto de compensar y reducir el impacto global del proyecto sobre las aves esteparias, se compromete a establecer medidas agroambientales y sistemas de aprovechamiento ganadero, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, en un total de 200 ha. En concreto el promotor propone el alquiler de pastos ganaderos para el pastoreo de ovino en extensivo, mediante el aprovechamiento por cercas y limitando la carga máxima; la gestión de áreas agrícolas al tercio (siembra, posío y barbecho) sin utilizar semillas blindadas, herbicidas ni abonos minerales y sin cosecha, aunque sí con aprovechamiento a diente en verano; y la contribución financiera a la Campaña de Conservación de Aves Esteparias de la Junta de Extremadura para el retraso de henificación (no antes del 20 de mayo) y/o cosecha (no antes del 10 de julio); asimismo evitar el pastoreo, la disponibilidad de barbechos de larga duración, la generación de barbechos naturales, etc.

Por último, el promotor se compromete a instalar el nivel máximo de señalización en los tramos de la línea eléctrica señalados por SEO/Birdlife, e indica que la mejora de la población de conejos no pretende favorecer o potenciar la actividad cinegética, sino que sirva de alimento para aves rapaces y el lince.

SEO/Birdlife mediante escrito de 22 de abril de 2020, en relación con la nueva propuesta de medidas a aplicar en el presente proyecto realizada por el promotor en su escrito de fecha 30 de marzo de 2020, y como resultado de las reuniones mantenidas con el promotor y la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, indica que se ha corregido de forma suficiente el impacto del tendido eléctrico de evacuación, al señalizar con mayor seguridad todos los tramos de riesgo para las aves. No obstante, aunque la mayor parte de las medidas compensatorias se centran en las especies y hábitats esteparios que resultan más afectados por el proyecto, y se amplía de forma significativa la superficie sobre la que aplicar medidas y el periodo de las mismas, considera ambos aspectos insuficientes, proponiendo, al menos, una superficie equivalente al 20 % de la que va a ocupar el proyecto y su aplicación durante toda la vida útil de la planta. De igual forma, considera que el importe para financiar las medidas para aves esteparias es insuficiente en comparación con otros programas similares.

SEO/Birdlife recomienda que el promotor detalle el conjunto de medidas de mejora del hábitat para las especies esteparias concretando periodos concretos y alcance de las mismas en cada anualidad, según las condiciones climáticas de cada año y su fenología, en el marco de la gestión ambiental y las directrices que establezca el órgano competente de la Junta de Extremadura. Por último, insiste que en los terrenos que ocupa la planta solar especialmente al sur de la carretera CC-23.3, se ha confirmado la presencia de especies esteparias protegidas de acuerdo con los datos históricos. Por ello, el emplazamiento seleccionado puede tener un impacto mayor al inicialmente identificado, especialmente el sector más al sur, habiendo sido infravalorada la presencia de aves esteparias en dicha ubicación, tal como el promotor ha reconocido en distintos informes.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD en su informe de 2 de julio de 2020, señala que no se ha realizado un estudio profundo de los movimientos de la avifauna con el fin de detectar los corredores de vuelo, y que en el cálculo del índice de sensibilidad no se han tenido en cuenta los movimientos poblacionales, las áreas de campeo, de alimentación, la localización de los nidos, etc., datos que pueden condicionar el riesgo de colisión con la línea eléctrica. Por otra parte considera que el proyecto se desarrolla en zonas altamente sensibles para la conservación de las aves esteparias, especialmente vulnerables a este tipo de actuaciones, y se recomienda con carácter general, evitar en ellas la ejecución de este tipo de proyectos pues aunque actualmente no se haya detectado la presencia de alguna de las especies esteparias protegidas inventariadas, se trata de áreas de hábitat estepario con poblaciones históricas y potenciales para estas especies, que contribuyen al conjunto del entramado de las áreas esteparias a nivel local y nacional.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura en su informe de 2 de octubre de 2019, indica que los datos de avifauna presentados coinciden con la actual distribución de avifauna esteparia existente, siendo el grupo de especies más amenazadas y con mayor valor de conservación. Por otra parte en el informe de 16 de septiembre de 2019, se informa que tras un análisis minucioso del EsIA, el estudio de afección a Red Natura 2000 y el seguimiento de la avifauna durante un ciclo anual, se describen y analizan correctamente los efectos que el proyecto produciría sobre la flora (hábitats de interés comunitario y vegetación) y fauna (aves, anfibios, reptiles y quirópteros) en el emplazamiento previsto. Considera necesario atenuar las medidas de mejora de hábitats para aves forestales y lince ibérico, incrementando las medidas dedicadas a la gestión de conservación de aves esteparias, durante toda la vida útil de la planta. Por último, propone una serie de condiciones técnicas y generales (periodo de inicio de obras, control de la vegetación por ganado, desplazamiento del apoyo más cercano al puerto de Miravete, radioseguimientos, etc.), las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución, y que el promotor se compromete a cumplir.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura en informe emitido el 30 de junio de 2020, muestra su conformidad con el proyecto ya que la evaluación de los efectos sobre los espacios de la Red Natura 2000, sobre los HIC y taxones de la Directiva de Hábitats, y las especies del anexo I de la Directiva de Aves ha sido adecuada, a raíz de las nuevas informaciones obtenidas por radioseguimiento realizado por dicha Dirección General de varias especies amenazadas (sisón, buitre negro, alimoche o cigüeña negra). Asimismo indica, que se han establecido las medidas de compensación necesarias para atenuar los impactos residuales que el proyecto pudiera causar, dando cobertura a los principios de prevención y cautela establecidos en la Directiva de Hábitats, y evitando de manera eficaz que el desarrollo del proyecto pueda afectar la integridad de los espacios Red Natura. Las medidas preventivas, correctoras y compensatorias o complementarias presentadas por el promotor, más las establecidas por dicha Dirección General en informes previos y desarrolladas durante la vida útil de la planta, son suficientes para prevenir, corregir y compensar los impactos residuales que el proyecto pudiera generar, si bien propone algunas medidas adicionales que se recogen en el condicionado de la presente resolución, entre las que se incluye, de acuerdo con el planteamiento de SEO/Birdlife, considerar como zona de reserva para las aves esteparias, una parte de la parcela 165 del polígono 10 del T.M. Aldeacentenera, al sur de la carretera CC-23.3, en concreto la zona existente entre la vía pecuaria y algún tipo de límite natural, como vaguada, cauce, etc.

En respuesta a esta última consideración de la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, el promotor, como parte de la información remitida en septiembre de 2020, indica que ha segregado 9,2 ha de dicha parcela en la zona colindante con la citada vía pecuaria, al objeto de favorecer la existencia de un corredor que permita el desplazamiento de las aves esteparias que existen en la zona y favorecer su desarrollo y el uso de este espacio.

De acuerdo al estudio de mamíferos del EsIA, en el entorno de Monfragüe se ha constatado la presencia de lince ibérico. En este sentido, el proyecto contribuye a la fragmentación del territorio y puede causar molestias a la especie durante la fase de obras. Respecto a los quirópteros, señala que el proyecto puede suponer el riesgo de colisión con la línea eléctrica y la pérdida de hábitat por la construcción de la planta fotovoltaica.

Este órgano ambiental, tras el análisis realizado, considera que se producirá la eliminación de una importante superficie de pastizal de secano, lo que genera una disminución del área que puede ser utilizada por diversas especies de avifauna, destacando las esteparias y algunas necrófagas. Asimismo, la presencia de la línea eléctrica supone un riesgo de colisión para la abundante comunidad de aves presentes en el ámbito de actuación, principalmente esteparias, necrófagas, rapaces, acuáticas, cigüeña negra y grulla, entre otras. Por otra parte, la línea eléctrica discurre cerca de zonas de distribución actual de lince ibérico. En consecuencia, este órgano ambiental considera que las medidas propuestas por el promotor deben ser ampliadas de acuerdo a las recomendaciones de la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD y de este órgano ambiental, recogiéndose en el condicionado de esta resolución.

C.2.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

La planta fotovoltaica no se ubica sobre espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 o la RENPEX. La línea eléctrica atraviesa los siguientes espacios de la Red Natura 2000: la ZEC y ZEPA «Almonte», en una longitud aproximada de 250 m, y la ZEC y ZEPA «Monfragüe», en una longitud aproximada de 6,8 km. El final de la línea se sitúa a aproximadamente 100 m de la ZEPA «Embalse de Arrocampo».

La documentación presentada incluye un Estudio de Afección a la Red Natura 2000, de acuerdo a las «Recomendaciones sobre la información necesaria para incluir una evaluación adecuada de repercusiones de proyectos sobre Red Natura 2000 en los documentos de Evaluación de Impacto Ambiental de la Administración General del Estado», de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (2018).

Los principales impactos sobre la ZEC y ZEPA «Monfragüe» vendrán derivados del posible riesgo de colisión de aves rupícolas y forestales con la línea eléctrica de evacuación, principalmente en el entorno del puerto de Miravete, destacando la posible incidencia sobre la cigüeña negra. Los apoyos y accesos de la línea eléctrica pueden afectar a los hábitats 4030,4090, 5330, 6310 y 9330.

En el caso de la ZEC y ZEPA «Almonte», las principales afecciones también se derivarían del riesgo de colisión de la avifauna (especies rupícolas y forestales) con la línea eléctrica, destacando la cigüeña negra, que utiliza tramos del río Almonte como zonas de alimentación. Los apoyos y accesos de la línea eléctrica pueden afectar a los hábitats 3170*, 4090, 5330, 6220*, 6310, 9340 y 9330.

La subestación eléctrica de Almaraz, se localiza colindante a la ZEPA «Embalse de Arrocampo», donde existe una gran riqueza de aves acuáticas palustres y ardeidas, si bien, el promotor indica que no se prevé ningún impacto significativo al localizarse próxima a una Zona de Uso General de la ZEPA, en un ambiente muy antropizado, con una extensa red de tendidos eléctricos relacionados con la central nuclear de Almaraz.

Las poblaciones de cernícalo primilla de la ZEPA «Colonias de cernícalo primilla de Trujillo» pueden desplazarse a la zona de los Llanos de Belén en busca de alimento, no obstante, el promotor considera que, dada la distancia a las infraestructuras proyectadas, el impacto sobre la citada ZEPA será compatible.

El promotor ha realizado un estudio de las superficies afectadas de HIC dentro de la Red Natura 2000 por la construcción de la línea eléctrica, de acuerdo a la «Guía Metodológica de evaluación de impacto ambiental en Red Natura 2000. Criterios utilizados por la Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural para la determinación del perjuicio a la integridad de Espacios de la Red Natura 2000 por la afección a Hábitats de interés comunitario», concluyendo que el proyecto no presenta afecciones apreciables.

Tal y como queda recogido en el apartado anterior de la presente resolución, los principales impactos sobre la Red Natura 2000 se producirían especialmente sobre la avifauna, por el riesgo de colisión con la línea eléctrica y las molestias en la reproducción de algunas especies. El Estudio de Afección a la Red Natura 2000 concluye que, en el entorno de los espacios protegidos de Monfragüe, el río Almonte y el embalse de Arrocampo, el riesgo de colisión con la línea eléctrica supone un impacto severo sobre la cigüeña negra y moderado sobre el alimoche, buitre negro, búho real, avetoro y martinete común. Para el resto de especies clave detectadas, el impacto del proyecto se considera compatible. Por último, estima que las tendencias poblacionales serán similares con y sin proyecto, no repercutiendo negativamente en los espacios de la red ecológica europea.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, de acuerdo con el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, con fecha 16 de septiembre de 2019 emite informe de afección a la Red Natura 2000, en el que se informa favorablemente la actividad solicitada por no ser susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 y/o espacios naturales protegidos siempre que se cumplan una serie de condiciones técnicas y generales, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución. Considera que el promotor describe y analiza correctamente los efectos que el proyecto produciría sobre la flora (HIC y vegetación) y fauna (aves, anfibios, reptiles y quirópteros) en el emplazamiento previsto. El promotor, en su escrito de fecha 30 de marzo de 2020, se compromete expresamente a adoptar las mencionadas condiciones técnicas y generales.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura en su informe de 30 de junio de 2020, muestra su conformidad con el proyecto ya que la evaluación de los efectos sobre los espacios de la Red Natura 2000, sobre los HIC y taxones de la Directiva de Hábitats, y las especies del anexo I de la Directiva de Aves ha sido adecuada, a raíz de las nuevas informaciones obtenidas por radioseguimiento por parte de dicha Dirección General de varias especies amenazadas (sisón, buitre negro, alimoche o cigüeña negra). Asimismo indica, que se han establecido las medidas de compensación necesarias para atenuar los impactos residuales que el proyecto pudiera causar, dando cobertura a los principios de prevención y cautela establecidos en la Directiva de Hábitats, y evitando de manera eficaz que el desarrollo del proyecto pueda afectar la integridad de los espacios Red Natura.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD en su informe de 2 de julio de 2020, considera que el proyecto, en especial la línea eléctrica, va a incrementar la ocupación y fragmentación del territorio y el riesgo de colisión de la avifauna y quirópteros, afectando directa e indirectamente a espacios de la Red Natura 2000 y a sus funciones ecológicas, así como a poblaciones severamente amenazadas de especies protegidas, lo que puede suponer pérdida de hábitat favorable (áreas de alimentación y de reproducción) para alguna de dichas especies. No obstante considera que este efecto se reducirá con la implantación de las medidas anticolisión propuestas por SEO/Birldlife, que el promotor ha incluido en el proyecto, y con el correcto seguimiento de la avifauna de acuerdo al plan de vigilancia ambiental.

El Patronato del Parque Nacional de Monfragüe, en su informe de 13 de julio de 2020, informa favorablemente la línea de evacuación del presente proyecto.

C.2.7 Paisaje.

El principal impacto durante la fase de construcción se produce debido a la presencia de maquinaria de obra, los movimientos de tierra y la construcción de las infraestructuras previstas. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, debido a que supondrán la aparición de elementos discordantes con el paisaje rural donde se localiza el proyecto.

El estudio de impacto paisajístico de junio de 2020 aportado por el promotor en la información complementaria, analiza la cuenca visual del proyecto considerando que los principales observadores se encontrarán en infraestructuras existentes como carreteras, núcleos de población y miradores situados en el entorno de 10 km alrededor de las infraestructuras proyectadas. La planta fotovoltaica será vista principalmente desde las carreteras CC-23.3, EX-386 y de Torrecillas de la Tiesa a Deleitosa. La línea de evacuación será visible desde las poblaciones de Almaraz, Romangordo, Casas de Miravete y Cortijo del Torzuelo de Monroy; varios tramos de la autovía A-5 y las carreteras N-V, EX-386 y de Torrecillas de la Tiesa a Deleitosa; dos vías pecuarias; y tres puntos de interés turístico como es el caso del mirador de Miravete. No obstante, al discurrir la mitad del trazado de la línea eléctrica proyectada en paralelo al corredor de líneas eléctricas existente, disminuirá la incidencia visual de la misma.

De acuerdo con el estudio de impacto paisajístico, la planta prevista se sitúa en una zona llana o de relieve suavemente ondulado con una cuenca visual amplia, presentando el territorio una calidad y una fragilidad paisajística media. El citado estudio de impacto paisajístico concluye que la inclusión de una pantalla vegetal en el medio supone la atenuación de la modificación paisajística, de manera que el impacto residual sobre el paisaje se considera moderado.

Para minimizar la afección paisajística, el promotor contempla la retirada de todas las instalaciones auxiliares, residuos, etc. y la restauración de los terrenos afectados por las obras; el empleo de materiales y gamas cromáticas similares a las del entorno en las instalaciones previstas (cerramientos, centros de transformación, etc.); así como la instalación de una pantalla vegetal lineal siguiendo el cerramiento perimetral de la planta. En aquellos puntos en que la planta puede causar un impacto visual para la población, concretamente en el entorno de la vía pecuaria Vereda de la Cuerda de Berenga y de la carretera CC-23.3, en la pantalla vegetal de integración paisajística se emplearán especies autóctonas como coscoja, acebuche, piruétano, retama, jara pringosa, tomillo, escoba amarilla, genista, lavanda, etc., dispuestas de manera aleatoria para una tratar de conseguir una mayor naturalidad. En el resto del cerramiento perimetral se procederá a la plantación de retamas y ejemplares de los géneros Genista y Cytisus propios del hábitat 5330. El promotor contempla el riego por goteo durante el primer año para asegurar su supervivencia y, en su caso, la reposición de marras.

C.2.8 Población, salud humana.

Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras. El promotor contempla la reposición de todos los bienes y servicios afectados por las obras. Por otro lado, tanto en fase de construcción como de explotación, el EsIA prevé un importante impacto positivo en la economía de la comarca por demanda de mano de obra, servicios y suministros.

De acuerdo con el estudio electromagnético de junio de 2020 y completado en septiembre de 2020, el promotor concluye que los campos electromagnéticos generados por la línea de evacuación y la subestación eléctrica no generarán un impacto significativo sobre la población, ya que el valor de dichos campos electromagnéticos en las edificaciones existentes próximas a las instalaciones proyectadas se encuentra por debajo de las 0,4 µT. No obstante, en el condicionado de la presente resolución se recomienda una distancia mínima de las instalaciones proyectadas a núcleos de población, viviendas aisladas y edificios sensibles con el objeto de salvaguardar la salud y el bienestar de las personas expuestas al campo magnético.

La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Extremadura, una vez revisado el proyecto y estudio de impacto ambiental, emite informe favorable al proyecto.

El promotor incluye un estudio del posible deslumbramiento tras la instalación de la planta fotovoltaica, concluyendo que se pueden producir ligeros deslumbramientos en tramos de corto recorrido de la carretera CC-23.3 y en los municipios de Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa. Con objeto de evitar el deslumbramiento de los usuarios de la carretera CC-23.3 y desde el momento en el que se realice la instalación de los paneles fotovoltaicos, se colocará una malla de brezo natural sobre el cerramiento en los tramos afectados de la citada carretera, que será mantenida en tanto la vegetación de la pantalla perimetral no alcance la densidad y porte suficientes para dicho fin.

La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura informa, que la planta fotovoltaica se localiza en suelo no urbanizable y que se cumple con los parámetros urbanísticos de acuerdo con el planeamiento vigente de los municipios afectados.

C.2.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

Los posibles impactos sobre el patrimonio cultural se producirían en la fase de construcción, debido a los movimientos de tierras asociados a las infraestructuras proyectadas, dada la cercanía de las instalaciones previstas a elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio.

La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura en su escrito de 1 de octubre de 2019, informa favorablemente el proyecto de acuerdo a la prospección intensiva realizada por el promotor en julio de 2019, en la que se identifican un yacimiento arqueológico (Cerro Talayón) y una serie de elementos etnográficos de diferente tipo. Finalmente se condiciona la realización del proyecto al cumplimiento de una serie de medidas que se detallan en el condicionado de la presente resolución.

En relación con las vías pecuarias, el Servicio de Infraestructuras Rurales de la Junta de Extremadura en su informe de 31 de julio de 2019, señala que la implantación de la planta afecta a la vía pecuaria Vereda de la Cuerda de Berenga, la cual linda con la misma en su lado oeste. Asimismo, la línea eléctrica de evacuación atraviesa el Cordel de Torrecillas de la Tiesa y Cañada Real de las Merinas o del Puerto de Miravete, por lo que la planta fotovoltaica deberá respetar los límites del deslinde y se solicitará autorización para la ocupación temporal de las vías pecuarias afectadas, lo cual es aceptado por el promotor.

C.2.10 Sinergias.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura en su informe de 2 de octubre de 2019, señala que a pesar de estar planteándose varios proyectos más en el entorno de actuación, en el EsIA no se ha realizado un análisis sinérgico del conjunto de plantas previstas, las cuales incluso van a compartir línea eléctrica de evacuación. La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura en su informe de 19 de noviembre de 2019, se muestra conforme con el estudio de efectos sinérgicos elaborado por el promotor con posterioridad.

De acuerdo con el estudio de impactos sinérgicos, en el ámbito de estudio además de la presente actuación (denominada como Iberdrola), existen otros cuatro proyectos fotovoltaicos: Aleph, Abei, Naturgy y Emin. El estudio de sinergias abarca una superficie de 28.052 ha, correspondiente a un búfer de 5 km alrededor de las distintas plantas fotovoltaicas, reflejándose en la siguiente imagen las parcelas catastrales afectadas por cada proyecto, cuya superficie es mayor que la realmente ocupada.

3

Fuente: Estudio de efectos sinérgicos (noviembre de 2019).

De acuerdo con el promotor, el conjunto de proyectos no tendrá efectos significativos sobre la calidad del aire y acústica, ni sobre la hidrología superficial y subterránea. El estudio sinérgico se centra en la posible afección conjunta sobre la ocupación del suelo, vegetación, HIC, fauna y paisaje.

Respecto al suelo, el EsIA indica que los impactos serán similares para el conjunto de proyectos, ya que no se prevé la modificación de las pendientes ni el aumento el aumento de los procesos erosivos. Sin embargo, la concentración de proyectos puede tener un beneficio al compartir estructuras como la línea de evacuación y viales y accesos.

Los terrenos ocupados por el conjunto de proyectos se corresponden principalmente con sistemas agroforestales (45 %), pastizales naturales (16 %), praderas (14 %) y tierras de labor de secano (11 %), entre otros. El estudio de sinergias concluye que el impacto conjunto de las plantas proyectadas será bajo para la vegetación.

Las plantas fotovoltaicas proyectadas afectan principalmente a los hábitats de interés comunitario 5330, 6420 y 6220*, ubicándose los proyectos Aleph y Abei íntegramente sobre el último hábitat. El proyecto Naturgy afecta también a una pequeña superficie del hábitat 6310, el extremo noreste del proyecto Emin se ubica sobre el hábitat 9340 y dentro del proyecto Abei existen áreas ocupadas por el hábitat 3170*. El promotor señala que se producirá un efecto sinérgico leve en relación a los HIC ocupados por la implantación del conjunto de proyectos, estimándose en aproximadamente 1.244 ha del hábitat 6220*, 484 ha del hábitat 5330 y 612 ha del hábitat 6420.

En el ámbito de implantación de las distintas plantas fotovoltaicas previstas destaca la presencia de aves esteparias (sisón, avutarda, ganga ortega e ibérica, cernícalo primilla, alcaraván, aguilucho cenizo, etc.), grandes rapaces (buitre negro, alimoche, buitre leonado, milano real, milano negro, etc.) y otras especies como la cigüeña negra. De acuerdo con el promotor, las superficies afectadas están fuera de la principal zona de aves esteparias, en los Llanos de Belén, al suroeste del ámbito de estudio, ocupando el conjunto de proyectos un 6,12 % (1.662 ha) del área de distribución de aves esteparias. El estudio de sinergias completado en septiembre de 2020, concluye que la presencia de todos los proyectos previstos supone un impacto mucho mayor para la avifauna, calificando dicho impacto como severo por el riesgo de mortalidad y colisión con la línea eléctrica a escala regional, y moderado en relación con la pérdida de hábitat y fragmentación del territorio a escala local.

Respecto a la afección a mamíferos, artrópodos, anfibios, reptiles y peces, el promotor señala que el conjunto de proyectos tendrá una afección similar, considerándose en todo caso como compatible.

En relación al paisaje, el promotor indica que la zona de influencia del conjunto de proyectos presenta una calidad y fragilidad paisajística media. El estudio de sinergias analiza la cuenca visual del conjunto de proyectos, considerando que los principales observadores se encontrarán en los municipios de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera y la carretera CC-23.3, concluyendo que los proyectos de Iberdrola y Naturgy tienen una visibilidad media y el resto baja, siendo un impacto compatible.

En relación a los espacios protegidos, sólo el proyecto Abei limita con la ZEC y ZEPA «Almonte».

Para mitigar los impactos sinérgicos, el promotor plantea un incremento de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias tales como la creación de un corredor de exclusión de instalaciones en la zona de uso prioritario de sisón, un mayor número de charcas ganaderas, aumento del perímetro de la pantalla vegetal, mayores esfuerzos destinados a la conservación de aves esteparias, del hábitat 6220* y de la flora protegida, etc.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina en su informe de 2 de julio de 2020, señala que las tres de las plantas fotovoltaicas (Aleph, Abei y Naturgy) ubicadas al sur del presente proyecto afectarían, en caso de llevarse a cabo, al hábitat estepario de Llanos de Belén y a la población esteparia que alberga. Asimismo, indica que no se han tenido en cuenta en el estudio realizado, los efectos sinérgicos o acumulativos generados por otras infraestructuras más alejadas a las estudiadas, pero que pueden tener efectos sobre la conectividad, generando riesgos de colisión y fragmentación de hábitat en todo el territorio.

Tras el análisis realizado, dada la importancia de los impactos sinérgicos asociados al paisaje, a la ocupación de HIC y, especialmente, a la pérdida de hábitat para las aves esteparias, este órgano ambiental considera necesario ampliar las medidas de protección, de acuerdo al condicionado de la presente resolución.

C.2.11 Análisis sobre la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes.

El estudio de vulnerabilidad realizado por el promotor en octubre de 2019, recoge los posibles efectos adversos significativos sobre la seguridad de las personas, el medio ambiente y el medio socioeconómico. Realiza un análisis en las diferentes fases del proyecto frente a catástrofes y sucesos naturales extraordinarios (terremotos, inundaciones y avenidas, viento, lluvias intensas, nevadas, tormentas, movimientos del terreno) y accidentes graves (incendios y vertidos o fugas), concluyendo que la vulnerabilidad resultante varía de nula, muy baja a baja. Asimismo, indica la no existencia en la planta de sustancias radioactivas y en relación a las sustancias peligrosas como gasóleo y aceite mineral aislante, identifica cartográficamente las potenciales zonas de contaminación en caso de derrame. Por último, se menciona que las instalaciones proyectadas contarán con el correspondiente Plan de Autoprotección y que se cumplirá la normativa vigente en materia de incendios forestales, transporte, manejo y gestión de sustancias peligrosas.

La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura en su informe de 3 de enero de 2020, señala que el estudio de la vulnerabilidad del proyecto llevado a cabo por el promotor en octubre de 2019, a petición de dicha Dirección General, contiene una descripción suficiente de los efectos adversos significativos ante el riesgo de accidentes graves y catástrofes relevantes, aporta una evaluación de riesgos y la cuantificación de sus efectos sobre los factores recogidos en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, y describe las medidas aportadas y previstas para prevenir y mitigar el efecto adverso significativo sobre aquellos riesgos que considera relevantes. Por tanto, el mencionado organismo no emite objeciones al proyecto e informa a los efectos para continuar con la tramitación del proyecto.

D. Condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente

Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el EsIA, en la documentación adicional generada, así como las condiciones recogidas en los informes recibidos durante la fase de información pública con las que el promotor ha mostrado conformidad, siempre que no contravengan las establecidas más adelante.

A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA y de los informes y respuestas recibidas en el procedimiento que deben ser modificadas o completadas, así como otras medidas adicionales incorporadas por este órgano ambiental como consecuencia del análisis técnico realizado.

D.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.

1. Antes de comenzar los trabajos se establecerá contacto con el coordinador de los Agentes de Medio Natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con el fin comprobar que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.

2. Los paneles fotovoltaicos se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón, se hará de forma localizada en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo. En todo momento se evitará la realización de voladuras. La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado.

3. Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra. No se retirará la tierra vegetal ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de transformación, edificios, subestación, zanjas para el cableado, viales y zonas de instalaciones auxiliares de obra. La tierra vegetal obtenida se utilizará en labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal extra en áreas con peligro de erosión.

4. El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas y las charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.

5. Se utilizarán los caminos y accesos que existen en la actualidad, evitando siempre que sea posible, la apertura de otros nuevos. En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura. En los accesos campo a través se evitarán los movimientos de tierras y la dotación de firme, y se adaptará la maquinaria a emplear priorizando el transporte con maquinaria ligera y el modo manual donde sea posible. Se respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo momento en condiciones de uso similares a las originales.

D.2 Hidrología.

1. El proyecto se desarrollará sin afectar negativamente a los posibles cauces existentes en el ámbito de actuación, manteniéndolos en un estado lo más natural posible y respetando la capacidad hidráulica de los mismos. Se evitará el deterioro de las masas de agua afectadas o la imposibilidad del cumplimiento de los objetivos medioambientales establecidos.

2. De acuerdo con el estudio hidrológico realizado, se establecerá una zona de exclusión de los cauces afectados por el proyecto, evitando cualquier tipo de obra o instalación en la zona de máxima avenida para un periodo de retorno de 500 años.

3. Todas las actuaciones que se realicen en zona de DPH o zona de policía de cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales y captaciones de aguas públicas, deberán contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

4. En el paso de todos los cursos de agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan verse afectados, se deberán respetar sus capacidades hidráulicas y calidades hídricas. Los cruces de cauces previstos por pasos de líneas eléctricas subterráneas y vados inundables se realizarán en época de estiaje, tendrán chapado superior con piedra del lugar y estarán enrasados con el terreno circundante y lecho del cauce. Se deberán tomar las medidas necesarias para evitar el incremento del aporte de sólidos a los cauces durante la remoción de los materiales durante la fase de construcción y su posterior arrastre pluvial.

5. Se establecerán áreas específicas acondicionadas para las actividades que puedan causar más riesgo de vertidos de residuos líquidos peligrosos, como puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados.

Se recomienda la construcción de un foso de recogida de aceite bajo los transformadores ubicados en la subestación transformadora, el cual estará dimensionado para albergar todo el aceite del transformador en caso de derrame del mismo e impermeabilizado para evitar riesgos de filtración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas.

6. Los movimientos de la maquinaria y el personal y la ocupación de terreno con los materiales y residuos se diseñarán cuidadosamente para evitar las zonas más sensibles (vaguadas y cauces), utilizando preferiblemente las superficies de los viales proyectados.

7. Se cumplirán las «Medidas en infraestructuras de paso o cruce de viales sobre cursos de agua. Compatibilidad con el medio fluvial y la franqueabilidad de peces» de la Sección de Pesca, Acuicultura y Coordinación (junio de 2018) de la Dirección General de Política Forestal de la Junta de Extremadura.

8. Los apoyos de la línea eléctrica se situarán siempre fuera del DPH, se realizarán los cruces de la línea con los cauces de manera perpendicular y se deberá ajustar su ubicación, si fuese necesario, para minimizar la corta de arbolado.

D.3 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.

1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés y, en caso de detectarse, se comunicará al Agente del Medio Natural y se informará al órgano ambiental de la Junta de Extremadura de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas, incluida en su caso, la translocación de los ejemplares.

2. Se respetará la vegetación natural dentro de la planta fotovoltaica, especialmente la orla de vegetación que jalona los cauces, evitando cualquier tipo de obra o instalación en la zona de máxima avenida para un periodo de retorno de 500 años.

3. Para el replanteo sobre el terreno de la construcción de la línea eléctrica y de los accesos necesarios a las ubicaciones de los apoyos, se contará con el asesoramiento y supervisión de los Agentes del Medio Natural de cada zona, quienes darán información de detalle del lugar, avisarán de la presencia de algún valor ambiental a tener en cuenta, y aconsejarán sobre el trazado más idóneo de los accesos para minimizar la afección al entorno, especialmente a la vegetación arbórea autóctona y/o su regenerado existente.

Se procederá a la poda, siempre que sea posible, en lugar de la tala de vegetación arbórea de buen porte (encinas, alcornoques, etc.). En cualquier caso, para las actuaciones sobre el arbolado existente se deberá cumplir con lo establecido en el Decreto 13/2013, de 26 de febrero, por el que se regula el procedimiento administrativo para la realización de determinados aprovechamientos forestales y otras actividades en la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado mediante Decreto 111/2015, de 18 de mayo.

Se valorará, en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura, la necesidad de la plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie eliminado, y el compromiso de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares.

4. Durante las obras se procederá al jalonamiento de los rodales de flora protegida o de interés existentes o detectados en el ámbito de las instalaciones proyectadas. Durante la explotación de la planta fotovoltaica se instalarán cercas de protección para evitar su afección por parte del ganado y se realizarán censos y seguimientos de las tendencias poblacionales en dichos rodales para, en su caso, implementar medidas en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, que garanticen la conservación de sus poblaciones.

5. Las comunidades vegetales y los HIC alterados por la ocupación temporal de las infraestructuras o instalaciones del proyecto deberán ser restaurados o recuperados, en las mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo (descompactación, extendido de la tierra vegetal y restitución morfológica del terreno) e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente. La restauración de la cobertura edáfica y la vegetación se realizarán tan pronto como sea posible para cada superficie, y se realizará de manera progresiva con el objeto de poder integrarla paisajísticamente.

En el caso de los HIC afectados de forma permanente, se llevará a cabo la restauración y/o compensación siguiente:

– En toda la superficie ocupada por la planta fotovoltaica se favorecerán las condiciones para el desarrollo del hábitat 6220* controlando la carga ganadera mediante el aprovechamiento rotacional y/o diferido por cercas. La carga ganadera máxima de 0,2 UGM/ha y la limitación espacial y temporal del pastoreo podrán ser modificadas de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones y la evolución del desarrollo del hábitat 6220*, siguiendo en todo caso, las recomendaciones que establezca el órgano ambiental de la Junta de Extremadura. Por otra parte, tal y como afirma el promotor, también favorecerá el desarrollo del hábitat 6220* la medida compensatoria de custodia del territorio para aves esteparias (desarrollada en el apartado D.4).

– El promotor prevé compensar 66 ha del hábitat 5330, no obstante, este órgano ambiental considera que se deberá incrementar la superficie de compensación en otros terrenos y/o mejorar el estado de conservación, mediante enriquecimiento de especies propias del hábitat, incremento de densidad, etc., de áreas actualmente degradadas o con un bajo grado de conservación de dicho hábitat en el ámbito de la comunidad autónoma de Extremadura, en coordinación con el órgano ambiental autonómico, de forma que la superficie finalmente compensada y/o mejorada alcance el total de las 254 ha afectadas.

– Se compensarán 4 ha del hábitat 6420 en las zonas indicadas por el promotor en el arroyo de la Ramira. Tanto en estas zonas como en el resto del hábitat 6420 existente en la planta se excluirán del pastoreo.

– Restauración y reforestación con encinas en una zona de dehesa al este de la planta, de aproximadamente 4 ha de superficie, para compensar las superficies afectadas de los HIC 6310 y 9340.

– Reforestación con alcornoques, en una superficie de 6.624,15 m2, bajo la línea donde se realizarán las talas de eucaliptos y pinos entre los vanos 44 y 46 de la línea eléctrica, para compensar la afección al hábitat 9330.

6. El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido al órgano ambiental de la Junta de Extremadura para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal a realizar durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

7. La instalación deberá contar con una Memoria Técnica de Prevención de Incendios, de acuerdo con la normativa sectorial vigente.

8. El trazado de la línea eléctrica de evacuación a su paso por el puerto de Miravete discurrirá más hacia el oeste, acercándose a las tres líneas de trasporte existentes para concentrar dichas infraestructuras en un pasillo lo más estrecho posible. Para ello se considera necesario acercar el apoyo 45 que corona el puerto de la antigua carretera N-V, en lo que permita el Reglamento de Línea Eléctricas de Alta Tensión, de tal manera que se baje su cota y se aleje de los cantiles rocosos.

9. El control de la vegetación natural en el interior de la planta fotovoltaica se realizará siempre con ganado ovino, evitando el sobrepastoreo. Las zonas de exclusión ovina que se establezcan a priori en el emplazamiento, deberán revisarse cada cierto tiempo para impedir la matorralización de los pastizales y herbazales. En cualquier caso, se prohíbe la utilización de herbicidas para el control de la vegetación natural de la planta.

En las zonas inundables excluidas en la implantación del proyecto se evitará el pastoreo, o bien se establecerá una carga ganadera máxima y el periodo que pueden aprovecharse los pastos en el DPH, con objeto de preservar la vegetación asociada e incluso favorecer las condiciones favorables para la presencia de Marsilea batardae.

D.4 Fauna.

1. Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano ambiental de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, el comienzo de las obras se hará fuera del periodo de cría de la fauna comprendido entre el 1 de marzo y el 15 de julio.

2. Si se detectara la presencia de alguna especie protegida o de interés en el área de trabajo se avisará al Agente del Medio Natural de la zona o al técnico del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Junta de Extremadura, que darán las indicaciones oportunas.

3. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso, estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no puedan suponer afección a especies protegidas.

4. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión) y normativa regional de desarrollo. La línea eléctrica contará, al menos, con los siguientes dispositivos señalizadores salvapájaros:

– La señalización de los cables de tierra, en todo el trazado, se realizará con balizas de tipo aspa vertical con catadióptricos reflectantes, desarrollado por REE en colaboración con la EBD-CSIC, colocadas al tresbolillo cada 15 m (un aspa cada 30 m en cada conductor de protección o cable de tierra).

– En los tramos entre los apoyos 1-51 y 58-64, correspondientes a las zonas más sensibles para a avifauna, se instalará una baliza luminosa de autoinducción cada 100 m, al tresbolillo, en los conductores activos.

– En los cruces de los ríos Almonte y Tajo se instalarán balones de señalización aérea en los cables de tierra.

Todos los elementos serán repuestos cuando por su deterioro no cumplan con su función disuasoria. Se establecerán medidas adicionales de señalización en función de los resultados de los seguimientos de poblaciones de avifauna realizados, con objeto de reducir la mortalidad no natural en la línea de evacuación.

5. El proyecto no incluye la instalación de dispositivos disuasorios o antiposada. No obstante, una vez instalada la línea eléctrica podrían incorporarse este tipo de dispositivos en casos justificados, en apoyos donde se estime necesario de manera motivada por la ocupación de cigüeña blanca. En cualquier caso, si se produjera alguna electrocución se establecerán y adoptarán medidas adicionales.

6. Para compensar el impacto de la planta sobre las aves esteparias el promotor propone adoptar acuerdos de custodia del territorio en 200 ha, situadas preferentemente en los Llanos de Belén y en una zona próxima a Torrecillas de la Tiesa, donde se localizan zonas de muy alto valor de conservación para el sisón y la avutarda. La identificación concreta de las parcelas objeto de los acuerdos de custodia y las medidas específicas a realizar en cada una de ellas se realizará por parte del órgano competente de la Junta de Extremadura, tomando en consideración aquellas zonas que sean detectadas e identificadas en sus censos anuales de esteparias.

Este órgano ambiental considera que la planta ocupa una importante superficie de pastizal y tierras de labor que no podrá ser utilizada por diversas especies esteparias, por lo que la superficie destinada a la mejora del hábitat estepario deberá ampliarse hasta 310 ha, equivalente a la superficie neta ocupada por las instalaciones.

7. De acuerdo con el planteamiento de SEO/Birdlife y las recomendaciones de la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en virtud de los resultados de la Campaña de Conservación de Aves Esteparias en Extremadura y el radioseguimiento de especies amenazadas, en la parcela 165 del polígono 10 del T.M. Aldeacentenera, donde se proyecta el recinto 5 al sur de la carretera CC-23.3, se excluirá de la ejecución del proyecto una superficie aproximada de 9,2 ha, junto a la vía pecuaria existente, con objeto de crear un corredor de reserva entre los diferentes proyectos fotovoltaicos previstos en el ámbito de actuación dirigido a la conservación de sisón. En el citado corredor se aplicarán condiciones de gestión agroambiental que determine el órgano competente de la Junta de Extremadura, con objeto de minimizar el impacto sinérgico del conjunto de proyectos fotovoltaicos proyectados sobre las zonas de uso prioritario de sisón.

8. En la finca La Carmonilla, muy utilizada por hembras de avutarda con pollos, se alquilarán 15 ha para el riego de leguminosas en verano y se incluirá una charca de nivel controlado con objeto de permitir brotes tiernos y la disponibilidad de agua en esta época.

9. Se marcarán 10 ejemplares de avutarda, 5 de sisón y 5 de alcaraván en el núcleo de aves esteparias de Llanos de Belén, para el seguimiento de la ecología de las poblaciones de aves esteparias de la zona de estudio.

10. Las medidas de conservación y gestión de aves esteparias (6, 7, 8 y 9), que abarcarán toda la vida útil de la planta, se comenzarán a realizar desde el comienzo de la obra para atenuar el posible impacto residual del proyecto sobre las mismas.

11. Se construirá un primillar de nuevo diseño dentro de la planta fotovoltaica, con módulos prefabricados y módulo de liberación con hacking, de aproximadamente 5 × 5 × 5 m, que permita desarrollar una población representativa de cernícalo primilla, el cual dispondrá de medidas de antidepredacción y un mantenimiento anual para garantizar su funcionalidad. El primillar estará integrado paisajísticamente en el entorno. Se realizará consulta a la Junta de Extremadura sobre la disponibilidad de pollos para la reintroducción de la especie en la zona.

12. Se instalarán cajas-nido para cernícalo vulgar o lechuza, una cada 10 ha de superficie ocupada dentro de la planta, con objeto del control de pequeños mamíferos. Estas cajas-nido se colocarán junto a los centros de inversión-transformación, sobre postes a 5 m de altura. También se colocarán 10 cajas-nido para la carraca. Las cajas-nido deberán contar con sistemas de antidepredación, así como de un mantenimiento anual para garantizar su funcionalidad y será necesaria su reposición cuando acabe su vida útil.

13. Se colocarán 50 cajas nidos para quirópteros forestales y dos refugios del tipo «casa de murciélagos» para quirópteros cavernícolas, cuyas tipologías, características y ubicación serán consensuadas con el órgano competente de la Junta de Extremadura.

14. Se construirán tres charcas para la cigüeña negra, en las que se introducirán especies de peces atrayentes para la misma. Las características y ubicación final de las charcas, así como las especies piscícolas a introducir, serán consensuadas con el órgano competente de la Junta de Extremadura.

15. Se construirá un muladar para la alimentación de aves necrófagas al noroeste de la planta fotovoltaica, en coordinación con el órgano competente de la Junta de Extremadura y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 38/2015, de 17 de marzo, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, se hará un inventario de los cadáveres depositados.

16. Se construirán 20 refugios para reptiles mediante acúmulos de piedras de 2 × 2 m de base y 1 m de altura en zonas con alta humedad; y 10 charcas para anfibios dentro de la implantación de la planta fotovoltaica. Las charcas serán de superficie y profundidad variable, bordes irregulares, perfil suave y próximas a cauces estacionales donde las zonas de pastos húmedos aguas abajo sean excluidos al pastoreo temporal. De esta forma se garantiza pasto fresco en verano que sirva como refugio de anfibios, reptiles y de bebedero para las aves esteparias. En las zonas de la carretera CC-23.3 junto a la planta, donde se crucen cauces o próximas a charcas, se establecerán 100 m de barreras antiatropello para anfibios a ambos lados de dicha carretera.

17. Tanto el cerramiento perimetral de la planta como el resto de cerramientos que se vayan a instalar (exclusión ganadera u otros cerramientos necesarios) cumplirán lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo necesario contar con la autorización expresa por parte del órgano autonómico competente. En este sentido, el cerramiento perimetral cumplirá con las siguientes condiciones:

– Será de malla de 2 m de altura máxima y permeable a la fauna menor, por lo que la cuadrícula a nivel del suelo debe ser de al menos 15 × 15 cm, o en su defecto deberá contar con aperturas a nivel del suelo de 20 × 20 cm, como mínimo cada 20 m. No presentará elementos cortantes o punzantes.

– No constituirá obstáculo para el paso de las aguas cuando atraviesen un cauce público en los términos previstos en la legislación sobre aguas y deberán permitir el tránsito de personas por los terrenos pertenecientes al DPH.

– El cerramiento estará señalizado con placas de color blanco y acabado mate de 25 × 25 cm, instaladas cada tres vanos en la parte superior del cerramiento. Estas placas no deberán tener ángulos cortantes. En su defecto, deberán contar con una pantalla vegetal que minimice el riesgo de colisión de la avifauna silvestre.

18. Al objeto de minimizar la contaminación lumínica generada por el proyecto, se deberá adecuar la iluminación exterior de las instalaciones de la planta y del entorno de la subestación, para mantener las condiciones naturales y evitar la incidencia sobre los dormideros y las rutinas nocturnas y crepusculares de determinadas especies protegidas del entorno (cigüeña negra, alcaraván). Por tanto, la iluminación se diseñará teniendo en cuenta dichos requerimientos. En todo caso, no se instalará alumbrado exterior en la planta fotovoltaica, a excepción de la asociada a los edificios auxiliares. El alumbrado exterior utilizado deberá incorporar criterios de iluminación sostenible con los que se reduzca el consumo energético y se minimice la contaminación lumínica nocturna de las instalaciones. Se propone iluminación en puntos bajos dirigida hacia el suelo con un diseño tal que proyecten luz por debajo del plano horizontal, sistemas automáticos de regulación del flujo luminoso y/o de encendido y apagado selectivo de lámparas, instalación de lámparas que proporcionen alta eficiencia energética del alumbrado y que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV).

19. Se prohibirá la caza en la implantación de la planta fotovoltaica y en las parcelas donde se van a llevar a cabo acuerdos de custodica del territorio. Únicamente, si las poblaciones de conejo y liebre aumentaran de forma exagerada con riesgo para la planta, se realizarán controles de población para exportar animales a las fincas próximas de distribución del lince.

Si se produjera un incremento poblacional descontrolado de jabalíes u otros ungulados, podría ser necesario implementar alguna medida para controlar las poblaciones en coordinación con el órgano competente de la Junta de Extremadura.

20. Durante toda la vida útil del proyecto, se realizarán actuaciones para fomento y reforzamiento de poblaciones de conejo de monte con el objeto de mejorar la disponibilidad de alimento de rapaces amenazadas y lince ibérico. Se crearán dos centros de reproducción controlada o núcleos de cría semiextensiva (con construcción vivares, instalación de comederos y bebederos, aporte de alimentación suplementaria, etc.) y se construirán 15 majanos para la liberación de los conejos que se vayan produciendo en el entorno de Monfragüe y el puerto de Miravete. Se contará con un Plan de Actuación que describa el régimen de funcionamiento, mantenimiento y uso de los núcleos de cría para conseguir los objetivos de mejora del hábitat para aves forestales y mamíferos. La ubicación de los núcleos de cría y los majanos y el Plan de Actuación se consensuarán con el órgano competente de la Junta de Extremadura.

Por otro lado, se realizarán labores informativas y se buscarán acuerdos con la administración competente, para que los cazadores renuncien parcialmente a la caza de conejos procedentes de los núcleos de cría durante los periodos de suelta.

21. De acuerdo con la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITERD se aplicará lo establecido en el Plan de recuperación del lince ibérico (Orden de 5 de mayo de 2016 de la Junta de Extremadura) en aquellas zonas en las que se detecte la especie.

22. El diseño de los carteles y la ubicación de la señalización de usos en el embalse de Arrocampo, se realizará consensuado con el órgano competente de la Junta de Extremadura y de acuerdo con el Plan de Gestión de la ZEPA «Embalse de Arrocampo».

23. Se llevarán a cabo anualmente actuaciones y campañas de educación ambiental en relación con las energías renovables y la biodiversidad, y en especial en relación a las aves esteparias.

D.5 Paisaje.

1. El Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística del proyecto de construcción se deberá presentar, con carácter previo al inicio de los trabajos, al órgano ambiental de la Junta de Extremadura para su aprobación.

2. Las características estéticas de las construcciones serán similares a las de la arquitectura rural tradicional de la zona. Las fachadas, cubiertas, paramentos exteriores y de modo general, los materiales a emplear en dichas construcciones, deberán minimizar el impacto visual evitándose la utilización de colores llamativos y/o reflectantes.

3. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz incluso en periodos nocturnos con luna llena, con el fin de evitar el efecto llamada sobre las aves acuáticas y minimizar el impacto visual de la planta.

D.6 Población, salud humana.

1. Como criterio general y con el objetivo de garantizar el mantenimiento de unos niveles mínimos de exposición de la población a campos electromagnéticos, así como de minimizar las molestias derivadas de los ruidos y del impacto visual que introducen las líneas aéreas de alta tensión, la línea eléctrica de evacuación deberá situarse a más de 200 m de los núcleos de población y a más de 100 m de edificios aislados de uso sensible (viviendas de uso residencial, sanitario, docente y cultural). En consecuencia, el promotor deberá estudiar aquellas situaciones en las que el trazado de la línea contravenga el criterio anterior, desplazando, en su caso los tramos necesarios para permitir su cumplimiento.

En el supuesto de no poder desplazarse la línea de evacuación para respetar las distancias anteriores, deberán aplicarse las medidas oportunas que permitan garantizar que, en ningún caso, la intensidad del campo magnético sea superior a 0,4 µT en los núcleos de población y en edificios aislados de uso sensible. La solución finalmente adoptada deberá estar convenientemente justificada y motivada.

2. Con objeto de evitar el deslumbramiento de los usuarios de la carretera CC-23.3, desde el momento en el que se realice la instalación de los paneles fotovoltaicos y en todo el tramo de la citada carretera, se instalará una malla de brezo natural sobre el cerramiento, que será mantenida en tanto la vegetación de la pantalla perimetral no alcance la densidad y porte suficientes para dicho fin.

D.7 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

1. El promotor realizó una prospección arqueológica en las parcelas catastrales afectadas por la planta solar y por la línea de evacuación en la que se identificaron 13 elementos etnográficos (P1 a P13) y un yacimiento arqueológico (Cerro Talayón). Como medida protectora se propone la exclusión en la ubicación de los módulos fotovoltaicos y en la realización de cualquier movimiento de tierras, del entorno del único elemento etnográfico presente en la superficie que finalmente se va a ocupar con la planta fotovoltaica (P13).

2. Antes del comienzo de las obras se efectuará el balizamiento de todos los elementos patrimoniales identificados en la prospección para asegurar su preservación. El balizamiento será repuesto cuando se deteriore, de manera que cumpla con el objetivo de protección ante maquinaria y tránsito de personas durante toda la fase de obras.

3. Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados, de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural que conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural.

En caso que durante los movimientos de tierra o cualquier otra obra a realizar se detectara la presencia de restos arqueológicos, los trabajos se paralizarán inmediatamente, poniéndose en conocimiento del órgano competente de la Junta de Extremadura.

4. En relación con las vías pecuarias, la planta fotovoltaica deberán respetar los límites del deslinde y se solicitará autorización al organismo autonómico competente para la ocupación temporal de las mismas, todo ello de acuerdo con la legislación vigente.

D.8 Gestión de residuos.

1. Los residuos generados, tanto en fase de obras como de explotación, serán gestionados según las disposiciones establecidas en la normativa vigente. La gestión de los residuos se irá realizando según se vayan generando, minimizando de esta forma su acumulación en las instalaciones.

2. Las actuaciones de control, mantenimiento y recuperación del gas hexafluoruro de azufre (SF6) se realizarán de manera periódica de acuerdo con la normativa vigente.

Finalmente, cada una de las medidas establecidas en el EsIA, en la documentación adicional y en este apartado, deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto y en una adenda al mismo de integración ambiental. La adenda de integración ambiental se presentará para su aprobación al órgano ambiental de la Junta de Extremadura, con anterioridad a la realización de los trabajos.

E. Programa de vigilancia ambiental

El EsIA contiene un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste en el seguimiento y control de los impactos previstos, garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y complementarias, así como identificar impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas complementarias adicionales para la protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia.

El PVA se ha estructurado fundamentalmente en dos fases: fase replanteo y de construcción y fase de explotación durante la vida útil del proyecto. Para la fase de desmantelamiento se elaborará un programa específico de acuerdo a las directrices de la administración competente. Asimismo, con carácter previo al comienzo de las obras se incluirá un Manual de Buenas Prácticas Ambientales.

Los principales aspectos considerados en el PVA del EsIA son los siguientes:

– Fase de replanteo y construcción: delimitación de áreas de trabajo, prospecciones de flora y fauna amenazada, selección de zonas auxiliares, formación del personal de obra, control de la calidad atmosférica y acústica, control de protección del suelo y la geomorfología, control de la calidad de las aguas, control de residuos y vertidos, control de la vegetación y fauna, control de la restauración de zonas degradadas y de las actuaciones paisajísticas, control de la protección de vías pecuarias y del patrimonio cultural, control de la permeabilidad territorial y del medio socioeconómico, etc.

– Fase de explotación: seguimiento del suelo y los procesos erosivos; de los recursos hídricos y calidad de las aguas; de la protección de la vegetación; de las medidas de protección de la fauna; de la ocupación de cajas-nido y refugios de reptiles; de la mortalidad de la avifauna con la línea eléctrica; de las poblaciones de fauna; del aprovechamiento sostenible del pastoreo, de la temporalidad de los aprovechamientos, de la carga ganadera y su relación con el estado del hábitat 6220*; de los radioseguimientos previstos; del programa de educación ambiental; etc.

Por otra parte, este órgano ambiental considera necesario incidir en el cumplimiento de las siguientes condiciones en relación con el PVA:

1. Durante la fase de funcionamiento, se realizará el seguimiento del ruido generado en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto, con objeto de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos en la legislación vigente. Respecto de los campos electromagnéticos, se realizará el seguimiento para comprobar que no se supera el nivel de precaución de 0,4 µT en los núcleos de población y edificios aislados de uso sensible.

2. Se realizará un seguimiento de las condiciones físico-químicas del suelo y de la evolución de la vegetación natural como consecuencia de la implantación de la planta, el cual será anual durante los primeros 10 años de vida útil del proyecto, y cada 5 años a partir del décimo año.

3. El promotor contempla el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna durante toda la vida útil del proyecto, tanto de las especies que utilizan la superficie ocupada por la planta como de la línea de evacuación y su entorno más inmediato (1 km alrededor de dichas instalaciones), con objeto de conocer si las citadas poblaciones sufren alteraciones y poder adoptar medidas de conservación. El seguimiento de las aves que ocupan la planta, especialmente como área de campeo o reproducción, permitirá analizar tanto la afección de los diferentes regímenes de pastoreo y así poder regular su uso, como su influencia en la biodiversidad de la zona. La frecuencia de visitas para el seguimiento dependerá de la época del año, pero al menos se realizará una quincenalmente.

4. Se llevará a cabo el estudio de seguimiento de la mortalidad de aves y, en su caso quirópteros, por colisión con la línea de evacuación del proyecto durante toda la vida útil, siguiendo la metodología propuesta por Alonso & Alonso (1999) y actualizada con la metodología de REE (2018). Este seguimiento, quincenal durante los 5 primeros años y con la periodicidad que determine el órgano ambiental de la Junta de Extremadura en función de los resultados obtenidos a partir del sexto año, se realizará con perro especializado en la detección de cadáveres en una banda media de 30 m a cada lado de todo el trazado de la línea. Se anotará la especie localizada, las coordenadas y las observaciones que puedan ayudar a esclarecer las causas del siniestro. Además, se llevará el registro de accidentes sobre el terreno y con los cadáveres se realizará lo que disponga la administración, bien la retirada para su análisis o su destrucción. Por último, se elaborará una cartografía con los registros de accidentes, así como los usos del suelo existentes en cada momento. De los resultados obtenidos podrán establecerse, en coordinación con el órgano competente de la Junta de Extremadura, medidas adicionales de señalización o cualquier otro tipo de medida que evite o minimice los posibles accidentes relacionados con la línea.

5. Se analizará el uso del territorio por parte de los 10 ejemplares de avutarda, 5 de sisón y 5 de alcaraván que serán marcados, así como de un ejemplar de alimoche ya marcado próximo al área de estudio, tanto durante las obras como durante la fase de explotación, marcando al individuo de nuevo en caso de pérdida del emisor.

6. Se realizará un seguimiento del cernícalo primilla en el interior de la planta durante toda la vida útil de la instalación, con el fin de comprobar la correcta implantación y eficacia de las actuaciones previstas (primillar).

7. Se realizará un seguimiento anual de la ocupación de las cajas-nido de avifauna, de los refugios de murciélagos y de las poblaciones de conejo en el entorno de los núcleos de cría propuestos.

8. En el PVA del proyecto definitivo se detallará la metodología para la toma e interpretación de los datos del seguimiento de las poblaciones de fauna, así como del seguimiento de la gestión de la vegetación natural por parte del ganado (creación de cercas y su relación entre la carga ganadera y la conservación del hábitat 6220*) y se describirán las campañas de educación ambiental.

9. El promotor acreditará mediante el envío del informe anual del PVA ante el órgano ambiental competente de la Junta de Extremadura, el cumplimiento de las medidas de compensación de los HIC afectados y de las medidas de custodia del territorio para aves esteparias.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

Asimismo, la declaración de impacto ambiental favorable no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Instalación fotovoltaica FV Francisco Pizarro de 589,88 MWp. TT. MM. Aldeacentenera y Torrecillas de la Tiesa (Cáceres)», en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 41.3 de la Ley de evaluación ambiental, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

De acuerdo con el artículo 41.4 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 3 de noviembre de 2020.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.

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