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Documento BOE-A-2020-16886

Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid, SL, para la inclusión del Museo Nacional de Escultura y el Museo Casa de Cervantes en la tarjeta Valladolid-Card.

Publicado en:
«BOE» núm. 334, de 23 de diciembre de 2020, páginas 119120 a 119126 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-16886

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 15 de octubre de 2020 se ha firmado Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid S.L. para la inclusión del Museo Nacional de Escultura y el Museo Casa de Cervantes en la tarjeta Valladolid-Card, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 4 de diciembre de 2020.–La Directora General de Bellas Artes, María Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid S.L. para la inclusión del Museo Nacional de Escultura y el Museo Casa de Cervantes en la tarjeta Valladolid-Card

En Madrid, a 15 de octubre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, el Ministerio de Cultura y Deporte, representado por doña María Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, Directora General de Bellas Artes, designada mediante Real Decreto 861/2020, de 22 de septiembre y en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el artículo 14 punto 1 apartado e) de la Orden CUD/299/2019, de 4 de marzo, de delegación de competencias.

Y de otra, la Sociedad Mixta para la PromocióN del Turismo de Valladolid, SL y en su nombre doña Ana M.ª C. Redondo García, Vicepresidenta de la Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid, SL y Concejala Delegada General del Área de Cultura y Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Valladolid, actuando en el ejercicio de competencias que le vienen conferidas por delegación del Consejo de Administración de la citada Sociedad según acuerdo de 15 de octubre de 2019, acuerdo vigente que no ha sido modificado ni revocado.

Ambas partes se reconocen mutuamente plenas competencias y capacidad, en nombre de las instituciones que representan, para celebrar el presente Convenio, y

MANIFIESTAN

I. Que el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales establece en su artículo 15 que le corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.

II. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5.1, apartado s) del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte le corresponde a la Dirección General de Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la misma, facilitando que todos estos museos cumplan las funciones de adquisición, conservación, investigación, comunicación y exhibición de bienes culturales.

III. Que de conformidad con lo anterior el Ministerio de Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Bellas Artes tiene encomendada la gestión del Museo Nacional de Escultura y del Museo Casa de Cervantes, ambos de titularidad estatal.

IV. Que el Ministerio de Cultura y Deporte, considera de interés fomentar la visita pública en los museos estatales en colaboración con otras instituciones que igualmente pueden estar interesadas en el impulso y desarrollo del turismo cultural en nuestro país.

V. Que el Ayuntamiento de Valladolid a través de la Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid S.L ha desarrollado e implantado la denominada Valladolid-Card que permite a sus usuarios el acceso a determinados establecimientos culturales, monumentales y turísticos de la ciudad.

VI. Que el Museo Nacional de Escultura y el Museo Casa de Cervantes, como entidades de gran proyección social en Valladolid, están interesados en participar en la implantación y funcionamiento de la tarjeta Valladolid-Card permitiendo el acceso al Museo Nacional de Escultura y al Museo Casa de Cervantes a los usuarios de esta tarjeta de acuerdo con las condiciones que se establecen más adelante.

VII. Que la Orden ECD/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y por el Instituto nacional de Artes Escénicas y de la Música en su artículo 8 dispone que se podrán suscribir de convenios con terceros para la participación o inclusión de los museos estatales en itinerarios culturales o tarjetas de promoción turística.

VIII. Que las partes están interesadas en colaborar al objeto de que se lleven a cabo las actuaciones que permitan la materialización de la Valladolid-Card y la mejora de la imagen, mejor promoción turística de Valladolid, así como la promoción de la visita pública al Museo Nacional de Escultura y al Museo Casa de Cervantes.

A tal efecto, de acuerdo con lo expuesto, se reconocen mutuamente la capacidad jurídica suficiente para firmar este Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del presente convenio es determinar y formalizar la participación en la implantación y desarrollo de la Valladolid-Card en el Museo Nacional de Escultura y el Museo Casa de Cervantes.

Segunda. Obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte.

Con la firma de este Convenio, el Ministerio de Cultura y Deporte adquiere los siguientes compromisos:

1.º Permitir el acceso al Museo Nacional de Escultura y al Museo Casa de Cervantes, a los titulares de la tarjeta Valladolid-Card a lo largo del día de validez de la misma, sin límite de tiempo ni de número de veces, según el esquema de horarios, calendario, condiciones especiales y edades que se incluye seguidamente:

Museo Nacional de Escultura.

Horarios:

Martes a sábado: 10 a 14 h. y 16 a 19,30 h.

Domingos y festivos: de 10 a 14 h.

Lunes cerrado.

Otros días en los que el Museo permanece cerrado: 1 y 6 de enero, 1 de mayo, 8 de septiembre, 24, 25 y 31 de diciembre.

Acuerdo para la tarjeta Valladolid-Card: 1,5 € (reducción del 50%).

Gratuito: menores de 18 años y mayores de 65.

Museo Casa de Cervantes.

Horarios:

Martes a sábado: de 09,30 a 15 h.

Domingos y festivos: de 10 a 15 h.

Lunes cerrado.

Otros días en los que el Museo permanece cerrado: 1 y 6 de enero, 1 de mayo, 8 de septiembre, 24, 25 y 31 de diciembre.

Acuerdo para la tarjeta Valladolid-Card: 1,5 € (reducción del 50%).

Gratuito: menores de 18 años y mayores de 65.

La tarifa establecida se realiza de conformidad con la Orden ECD/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y por el Instituto nacional de Artes Escénicas y de la Música. Si el precio público resultara modificado el presente convenio quedará automáticamente resuelto.

En el supuesto de modificarse el régimen jurídico establecido para la visita pública al Museo Nacional de Escultura y al Museo Casa de Cervantes en la Orden citada se revisará el contenido de la obligación adquirida en este apartado y se procederá a la modificación del convenio mediante la correspondiente adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

2.º Mantener en el Museo Nacional de Escultura y en el Museo Casa de Cervantes un registro diario (conforme al modelo que figura como anexo al presente convenio) de las personas que acceden a sus establecimientos como titulares/usuarios de las tarjetas Valladolid-Card.

Cuando un titular/usuario de una tarjeta Valladolid-Card quiera acceder al Museo se deberán hacer las siguientes comprobaciones:

– Identificación de la persona, de manera que sea el mismo individuo cuyo nombre figura escrito en la tarjeta. Para ello solicitarán cualquier documento: DNI, NIE, carné de conducir, pasaporte, etc.

– Verificación de que el día de validez de la tarjeta coincide con la fecha del día de que se trate.

Una vez realizadas las comprobaciones anteriores, cuando se trate de la primera vez que el titular accede al Museo, se incluirán los datos de la tarjeta y el titular en el formulario que figura como anexo al presente convenio. Cuando la persona acceda al Museo otras veces durante el mismo día, solamente se realizarán las comprobaciones descritas en el punto anterior, sin incluirla en el formulario de nuevo.

El formulario modelo anexo se entregará a la Sociedad Mixta para la promoción del turismo de Valladolid cuando finalice cada mes natural para que ingrese la cantidad correspondiente de acuerdo con la cláusula tercera.

Tercera. Obligaciones de la Sociedad Mixta para la promoción del turismo de Valladolid.

La Sociedad Mixta para la promoción del turismo de Valladolid abonará la cantidad correspondiente a las visitas realizadas al Museo Nacional de Escultura y la Casa de Cervantes mediante el uso de Valladolid-Card. Para ello, ingresará la cantidad que resulte de multiplicar el número de usuarios que haya accedido al museo durante el mes de que se trate por el precio de la entrada que aparece en la cláusula segunda,1.ª del presente Convenio.

La Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid, S.L, abonará a mes vencido la cantidad que se corresponda con las entradas facilitadas en cada uno de los Museos mediante el uso de la tarjeta Valladolid-Card. El pago se realizará en cualquier Entidad Bancaria, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito en las que no es preciso tener cuenta abierta, o a través de la «Oficina Virtual» de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). El ingreso se realizará por la Sociedad Mixta para la Promoción de Turismo, de Valladolid, S.L. de conformidad con el modelo 069 «Ingresos no tributarios» emitido por cada Museo a tal efecto.

Una vez realizado el ingreso, la Sociedad Mixta para la Promoción de Turismo, de Valladolid, S.L remitirá al Museo correspondiente el ejemplar «para la administración» del modelo 069 con la marca de caja de la Entidad Bancaria que acredite que el pago se ha realizado.

Estas acciones no implican gasto para la Sociedad Mixta para la Promoción de Turismo ya que el ingreso se corresponde con los ingresos recibidos de la venta de la tarjeta Valladolid-Card.

Cuarta. Régimen económico.

Las obligaciones previstas en este Convenio no darán lugar a contraprestación económica alguna entre las partes firmantes.

El presente Convenio no supone para el Ministerio de Cultura y Deporte compromisos económicos a nivel presupuestario, a los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Vigencia.

El presente Convenio se perfecciona por la firma de las partes y entrará en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y mantendrá su vigencia por un periodo de cuatro años.

En el supuesto de que los firmantes acordaran unánimemente su prórroga ésta se realizará conforme a lo establecido en el artículo 49, apartado h, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Modificación.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes, y se formalizará mediante la correspondiente Adenda de modificación, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Séptima Extinción y resolución del Convenio.

1. Se entenderá extinguido el convenio por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.

2. Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público las siguientes:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.

3. Consecuencias aplicables en caso de resolución por incumplimiento:

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo otra dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no conllevará indemnización de las partes.

Octava. Comisión de seguimiento del convenio.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes constituirán una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad firmante del mismo.

Será representante del Ministerio de Cultura y Deporte la persona titular de la Dirección del Museo Nacional de Escultura.

Será representante de la Sociedad Mixta la persona titular de la Gerencia de la Sociedad Mixta para la promoción del turismo de Valladolid S.L.

Serán funciones de esta Comisión:

− Velar por el cumplimiento de este convenio.

− Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del presente Convenio.

La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.

En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos a tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

Novena. Protección datos, transparencia e información a la ciudadanía.

1. En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio, atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

2. Asimismo, este Convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Décima. Régimen jurídico y jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de desacuerdo entre las partes, las discrepancias se tratarán de resolver, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

De persistir alguna controversia, los conflictos que puedan originarse serán sometidos a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Directora General de Bellas Artes, María Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz.– Por la Sociedad Mixta de Promoción de Turismo de Valladolid, la Vicepresidenta, Ana M.ª Redondo García.

ANEXO

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