Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-17055

Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se corrigen errores de la de 13 de noviembre de 2020, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Técnico de Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 338, de 28 de diciembre de 2020, páginas 120975 a 120976 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2020-17055

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 13 de noviembre de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 307, de 23 de noviembre de 2020, se ha convocado el concurso general 2020A01 para la provisión de puestos de trabajo.

Advertida la omisión de la numeración de los subapartados del apartado 1 «Valoración de méritos específicos», páginas 103443 y 103444 del «Boletín Oficial del Estado» número 307 de 23 de noviembre de 2020, se procede a la subsanación de ese error, según figura a continuación:

«1. Valoración de méritos específicos.

La valoración de los méritos específicos se orientará a garantizar la adecuada idoneidad y especialización de los candidatos para el desempeño de los puestos de trabajo convocados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.1.a) del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Se valorarán los méritos específicos adecuados a las características de cada uno de los puestos de trabajo que se determinan en el anexo I hasta un máximo de 34 puntos, en función de la posesión de la especialidad correspondiente al área en la que están incluidos los puestos de trabajo solicitados, de la adecuación al nivel de responsabilidad del puesto de trabajo al que se opte y, en su caso, de la experiencia adquirida en el área funcional del puesto convocado y de la experiencia adquirida por el desempeño de determinados puestos de trabajo.

Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso será necesario que los solicitantes alcancen por este mérito una puntuación mínima de 23 puntos y al menos 2 puntos en el apartado 1.3.

La valoración se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

1.1 Especialidad.

Por disponer de la Especialidad del Cuerpo Técnico de Hacienda correspondiente al área en la que están incluidos los puestos de trabajo solicitados se asignarán 2 puntos. Cuando el puesto solicitado pertenezca a un área que no se corresponda con alguna de las especialidades del Cuerpo, para obtener la puntuación se deberán poseer todas ellas, o lo que es lo mismo, pertenecer al Cuerpo sin adscripción a especialidad.

1.2 Adecuación de quienes concurran al nivel de responsabilidad del puesto al que opten.

Se valorará el grado de responsabilidad del puesto de trabajo ocupado por la persona solicitante, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y su adecuación al grado de responsabilidad correspondiente al puesto de trabajo solicitado, asignándose en este mérito hasta un máximo de 22 puntos.

Cuando concurse una persona que esté en las situaciones administrativas de excedencia por cuidado de familiares, o de servicios especiales con reserva de puesto de trabajo, en el Cuerpo Técnico de Hacienda, la valoración de este mérito se realizará con referencia al puesto de trabajo desempeñado en el momento de pasar a esa situación administrativa.

A quienes concursen desde situaciones administrativas distintas al servicio activo en el Cuerpo Técnico de Hacienda, sin reserva de puesto de trabajo, se les valorará este mérito como si estuviesen desempeñando un puesto de trabajo de grupo 1.

Para los funcionarios que ocupen un puesto de carrera horizontal en la Agencia Tributaria, o tengan derecho a su reserva, si el puesto pertenece a alguno de los ámbitos geográficos que, debido a ser fuertemente deficitarios y con muy elevado grado de rotación de personal, fueron objeto de un tratamiento diferenciado en la aplicación de las Medidas Excepcionales y Singulares de Adecuación de los Puestos de Trabajo de 24 de julio de 2018, Cataluña, Illes Balears y Canarias, se les considerará como si ocuparan un puesto de las características que hubiera tenido de pertenecer al resto de ámbitos. En esos casos, solo se considerarán las características del puesto ocupado cuando opten a otros ubicados en los 3 ámbitos mencionados.

Cuando el puesto de trabajo solicitado sea de un tipo cuyo complemento específico esté incluido en un grupo superior al que pertenece el puesto de trabajo desempeñado por la persona solicitante, se asignarán 7 puntos.

Cuando el puesto de trabajo solicitado sea de un tipo cuyo complemento específico esté incluido en el mismo grupo al que pertenece el puesto de trabajo desempeñado por la persona solicitante, se asignarán 22 puntos.

Cuando el puesto de trabajo solicitado sea de un tipo cuyo complemento específico esté incluido en un grupo inferior al que pertenece el puesto de trabajo desempeñado por la persona solicitante, se asignarán 11 puntos.

1.3 Experiencia en el área funcional.

Se valorará la experiencia, como funcionario en activo en el Cuerpo Técnico de Hacienda, en el área funcional correspondiente al puesto de trabajo solicitado, en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Por cada año completo de experiencia en el área funcional del puesto de trabajo solicitado se otorgará 2 puntos, hasta un máximo de 10. Para obtener un puesto de trabajo habrá que obtener en este apartado una puntuación mínima de 2 puntos.

La experiencia en el área de Jefatura se puntuará para los puestos pertenecientes al área de Gestión y para los del área de Recaudación.»

Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 18 de diciembre de 2020.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 2018), la Directora del Departamento de Recursos Humanos, Marta Somarriba Victoria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/12/2020
  • Fecha de publicación: 28/12/2020
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 13 de noviembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-14721).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid