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Documento BOE-A-2020-4886

Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación para la actualización del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 8 de mayo de 2020, páginas 31815 a 31818 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-4886

TEXTO ORIGINAL

La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Gerente de la Mutualidad General Judicial y la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, han suscrito una Adenda de modificación para la actualización del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de abril de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEJO
Adenda de modificación para la actualización del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de Las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Madrid, a 2 de marzo de 2020.

REUNIDOS

De una parte, doña Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Real Decreto 19/2020, de 29 de enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE,

Don José Ramón Plaza Salazar, Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (en adelante ISFAS), nombrado por Resolución 430/38085/2018, de 24 de abril, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre,

y doña Concepción Sáez Rodríguez, Gerente de la Mutualidad General Judicial (en adelante MUGEJU), nombrada por Acuerdo de la Secretaría de Estado de Justicia de fecha 31 de agosto de 2018, actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.

Y de otra, doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 249/2019, de 24 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación de dicho organismo, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3 b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión del 7 de octubre de 2015, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia en materia de convenios.

Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,

EXPONEN

Primero.

El Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades (BOE de 28 de agosto de 2019), contiene tres anexos numerados como I, II y III.

En el Anexo I se relacionan los municipios de hasta 20.000 habitantes en los que se dispensarán los servicios sanitarios de urgencia de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda del Convenio. Por su parte, en el Anexo II, se detalla el coste mensual para el 2019 calculado por el número de mutualistas y beneficiarios residentes en cada municipio del Anexo I, a fecha de 1 de mayo del 2018, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del Convenio, y desglosado por cada Mutualidad y a su vez por entidades concertadas de adscripción. El Anexo III recoge un acuerdo de corresponsabilidad para el tratamiento de datos personales.

Segundo.

La cláusula novena del Convenio establece que, para el año 2020, el Anexo II será actualizado con el número de personas adscritas y la contraprestación económica mensual correspondiente al Anexo I, cuantificándose por cada Mutualidad en función del respectivo colectivo a 1 de mayo de 2019.

Tercero.

Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del Convenio por mutuo acuerdo de las partes.

Por lo expuesto anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación, con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente Adenda tiene por objeto actualizar el Anexo II para 2020 del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

El Anexo II actualizado para 2020 es el que, sellado por todas las partes, figura unido a este documento y que modifica el número de personas adscritas a cada mutualidad y entidad aseguradora y, por tanto, los importes totales que deben abonarse mensualmente para cada uno de los colectivos.

Segunda. Eficacia.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera. Deber de información.

Los firmantes se comprometen a informar adecuadamente a sus representados del Acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman este documento, extendido por ejemplar cuadruplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Ramón Plaza Salazar.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Concepción Sáez Rodríguez.–La Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Ana Dávila-Ponce de León Municio.

ANEXO II
Personas de cada Mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del anexo de listado de municipios e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2019) a la Comunidad de Madrid

Precio por persona: 1,02 euros/mes.

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