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Documento BOE-A-2020-7118

Resolución de 24 de junio de 2020, la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 2 de julio de 2020, páginas 46581 a 46583 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2020-7118

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y el Vicerrector de Alumnos y Extensión Universitaria de la Universidad Politécnica de Madrid, han suscrito, con fecha 15 de junio de 2020, Adenda al Convenio entre la Universidad Politécnica de Madrid y la entidad pública empresarial Red.es, M.P. la realización de prácticas académicas externas (C093/18-SG).

Para generar conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido Convenio.

Madrid, 24 de junio de 2020.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, David Cierco Jiménez de Parga.

ANEXO
Adenda al Convenio entre la Universidad Politécnica de Madrid y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. para la realización de prácticas académicas externas (C093/18-SG)

REUNIDOS

De una parte, el Vicerrector de Alumnos y Extensión Universitaria de la Universidad Politécnica de Madrid, don Miguel Ángel Gómez Tierno, nombrado el 27 de abril de 2016, habilitado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor por el Rector Magnífico de la Universitaria de la Universidad Politécnica de Madrid, don Guillermo Cisneros Pérez con fecha 5 de mayo de 2016.

Y, de otra parte, don David Cierco Jiménez de Parga, como Director General y en representación de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. (en adelante, «Red.es»), habilitado para este acto en virtud de la competencia otorgada al Director General de Red.es por el artículo 14.1.a) y d) del Estatuto de la Entidad, aprobado por Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, con C.I.F. Q2891006-E y domicilio en la Plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, 28020, Madrid.

Las Partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica necesaria y poder bastante para obligarse en esta Adenda y en su virtud,

EXPONEN

1.º Que con fecha 10 de junio de 2019 se publicó en el BOE la Resolución de 24 de mayo de 2019, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se pública el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas (en adelante, «el Convenio») que tenía por objeto establecer un Programa de Prácticas Externas entre Red.es y la Universidad Politécnica de Madrid para los estudiantes de la misma, integrado en su formación académica.

2.º Que la cláusula undécima del Convenio, Ayudas al estudio, indica que «La cuantía fijada por la entidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio es de 488€ brutos, en el caso de estudiantes de Grado y de 500€ brutos en el caso de estudiantes de Máster, para una beca con una dedicación de 25 horas semanales. Si bien, en el caso de que la dedicación sea superior o inferior será prorrateada».

3.º Que las cuantías mínimas aprobadas por la Comisión de Prácticas Académicas Externas de la Universidad Politécnica de Madrid, en fecha 4 de julio de 2019 para el curso 2019/20 para alumnos de Máster son:

– Hasta 25 h/sem 600 €/mes.

– Hasta 30 h/sem 700 €/mes.

– Hasta 35 h/sem 800 €/mes.

4.º Que la Comisión de Seguimiento en su sesión de 2 de marzo de 2020, teniendo en cuenta las nuevas cuantías para los alumnos de Master durante el curso 2019/2020 referidas en el apartado anterior propone modificar la Cláusula Undécima, en los términos establecidos por la Comisión de Prácticas Académicas Externas de la Universidad Politécnica de Madrid, para el curso 2019/2020, para alumnos de Máster.

5.º Asimismo, se propone acordar en el marco de la Comisión de Seguimiento las actualizaciones de la ayuda al estudio establecidas por la Comisión de Prácticas Académicas Externas de la Universidad, para cada curso lectivo durante la vigencia del Convenio.

Que las Partes están de acuerdo en suscribir la presente Adenda para modificar la Ayuda al estudio para los estudiantes de Máster y acordar en el marco de la Comisión de Seguimiento las actualizaciones de la ayuda al estudio que sean aprobadas por el órgano competente de la Universidad para cada curso lectivo, en base a la siguiente

CLÁUSULA

Undécima. Ayuda al estudio.

De conformidad con lo establecido en el apartado 7 del Real decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, el presente Convenio cuenta por parte de Red.es con la disponibilidad presupuestaria necesaria para el abono al estudiante de una cuantía en concepto de bolsa o ayuda al estudio.

La cuantía fijada por la Entidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio en el caso de estudiantes de Grado es de 488 € brutos para una beca de 25 horas semanales y para los estudiantes de Máster:

– 25 h/sem 600 €/mes.

– 30 h/sem 700 €/mes.

– 35 h/sem 800 €/mes.

Si bien, en el caso de que la dedicación sea inferior será prorrateada.

La Comisión de Seguimiento, dentro de sus competencias, aprobará las actualizaciones de las cuantías fijadas para la ayuda al estudio que sean establecidas por la Comisión de Prácticas Académicas Externas de la Universidad para cada curso lectivo.

El abono de la ayuda al estudio corresponderá a Red.es, asumiendo también los costes que, en su caso, establezca la legislación vigente en materia de Seguridad Social.

Respecto a la seguridad social de las personas que desarrollan estos programas de formación y prácticas no laborales y académicas se estará a lo dispuesto en la Disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

El Convenio se concreta en un proyecto formativo por estudiante, que constará como documento anexo, tal y como se detalla en la cláusula sexta del presente Convenio, donde figura entre otros términos, el importe de dicha ayuda, así como la dedicación y el horario.

Dado el carácter exclusivamente formativo de las prácticas académicas externas, no se establece entre la Entidad y el estudiante ninguna relación contractual de clase mercantil, civil o laboral, al no concurrir los requisitos que exigen las leyes.

La presente adenda se perfecciona con la firma de las partes y tendrá validez y eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las Partes firman la presente Adenda en Madrid, por duplicado y a un solo efecto, en 15 de junio de 2020.–El Vicerrector de Alumnos y Extensión Universitaria de la Universidad Politécnica de Madrid, Miguel Ángel Gómez Tierno.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., David Cierco Jiménez de Parga.

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