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Documento BOE-A-2020-7927

Resolución de 3 de julio de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota adicional de merluza sur (HKE/8C3411) obtenida para 2020 por intercambios con Portugal y Francia.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 15 de julio de 2020, páginas 51879 a 51887 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-7927

TEXTO ORIGINAL

La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas con otros Estados miembros, los conocidos como swaps.

En concreto, en su punto 4.a) se establece que cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks no repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que también están repartidos en España. En este sentido, la Orden APA/315/2020 establece en el citado apartado 4.a) que las cantidades obtenidas por dichos swaps se asignarán en un 40 % según los repartos entre las diferentes modalidades mientras que el 60 % se distribuirá para atender a las flotas con mayores necesidades.

Por otro lado, el artículo 8.4.b) de la Orden APA/315/2020 determina cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que también están repartidos en España.

La merluza sur es una de las especies para las que la flota española, en todos sus segmentos de flota, tiene a la vez más necesidad de cuota, teniendo en cuenta por un lado la demanda de pescado y, por otro, las reducciones que han tenido lugar de la cuota asignada a España en los últimos años. Es por ello, a día de hoy, que se trata de una de las especies para las que la flota de caladero nacional tiene mayores necesidades, problema acuciado por la obligación de desembarque.

En el marco de las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados miembros, España y Francia realizan cada año un intercambio en el que se ven implicados varios stocks. En este año 2020 se han obtenido de Francia 350 toneladas de merluza sur (HKE/8C3411), de las que 96 toneladas lo han sido a cambio de 50 toneladas de rape sur (ANF/8C3411), un stock que mostrado un consumo global bajo de la cuota asignada a España en los últimos años, prácticamente generalizado entre todas los segmentos. Las flotas que comparten ambos stocks son las flotas de arrastre de fondo en Cantábrico Noroeste, la flota de arrastre de fondo en aguas de Portugal, la flota de otros artes del Cantábrico y Noroeste, representada en la asignación de cuotas de rape dentro del grupo de otros artes distintos de arrastre y rasco, y la flota del golfo de Cádiz. Por ello procede asignar las cuotas de merluza obtenidas a cambio del rape a estas 4 modalidades en función del porcentaje asignado a cada modalidad, y para aquellas con posibilidades de pesca individuales posteriormente esa cantidad de la modalidad por posibilidades de pesca de cada barco. Del mismo modo procede actuar con el rape intercambiado con Francia en cuanto a las deducciones correspondientes. El resto, 254 toneladas de merluza sur, se han obtenido a cambio de stocks no repartidos a la flota española como son 25 toneladas de rayas del stock SRX/89-C, 134 toneladas de jurel oeste, stock JAX/2A-14, y 50 toneladas de atún blanco stock ALB/AN05N.

Además, se han obtenido 550 toneladas de merluza sur de Portugal, a cambio de 245 toneladas de pez espada del stock SWO/AN05N, especie que cuenta con un reparto del 99 % del mismo al censo unificado de palangre de superficie, según la orden AAA/658/2014, de 22 de abril, y sólo un 1 % para capturas accesorias para otras flotas. Por tanto, no implica ningún reparto individual ni por modalidad a ninguna de las flotas que tiene repartido el stock de merluza sur (HKE/8C3411).

En este momento hay que tener en cuenta que, de manera general, todas las flotas españolas que cuentan con una asignación de merluza sur son deficitarias en esta especie, y no se puede, de manera general, determinar mayores necesidades entre unas y otras. Sin embargo, se ha constatado que determinados buques con asignación individual de merluza sur, estando activos y por tanto pudiendo capturarla, han decidido transmitir, de manera temporal, al menos parte de su cuota asignada en este año 2020 a otros buques, sin que se pueda considerar que exista una contrapartida en términos de una transmisión temporal por parte de los buques receptores, demostrando con ello que no tienen la necesidad de cuota de merluza sur del resto de buques.

Por tanto, se considera conveniente en este momento separar las 804 toneladas de merluza sur obtenidas en total, a cambio de stocks no repartidos a las flotas con asignación de merluza sur. Así, siguiendo la orden APA/315/2020, de 1 de abril, el 40 % de las mismas se asignarán a todos los buques y flotas en base a los repartos establecidos, y el 60 % se asignarán a todos los buques y flotas, pero exceptuando a los mencionados en el párrafo anterior, de modo que se procede a mantener el equilibrio entre los receptores.

Por todo lo señalado, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector pesquero afectado, resuelve:

Primero.

Detraer 50 toneladas de cuota de rape sur (ANF/8C3411) aportadas a Francia por los segmentos y flotas en ellas incluidas que cuentan con una asignación de este stock y, a la vez, pueden recibir cuota de merluza sur, según los repartos establecidos, por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre; la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, tal como figura en el anexo I de la presente Resolución.

Dichas cantidades se deducirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.

Segundo.

Repartir 96 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) a los segmentos y flotas del punto Uno que han aportado rape sur (ANF/8C3411), con el ratio establecido de una 1,92 toneladas de merluza por cada tonelada de rape (el ratio proveniente de 96 toneladas de merluza y 50 toneladas de rape). En caso de segmentos donde hay varias flotas que aportan rape, la asignación de merluza se lleva a cabo según sus proporciones relativas de reparto de merluza sur.

Dicho reparto es el que figura en el anexo I de la presente Resolución.

Dichas cantidades se distribuirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.

Tercero.

Repartir 804 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) obtenidas en un intercambio con Francia y otro con Portugal a todas las flotas con asignación de merluza sur, del siguiente modo:

– Un 40 %, 321.600 kilos, a todas las segmentos y flotas según los repartos establecidos por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre; la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio.

– Un 60 %, 482.400 kilos, a todos los buques y flotas, pero exceptuando a los que estando de alta en el Censo de Flota Pesquera Operativa han transmitido temporalmente al menos parte de su cuota de 2020 sin contrapartida de cuotas por los receptores de las mismas, de modo que se procede a mantener el equilibrio entre los que reciben cuota prorrateando los porcentajes de reparto existentes.

La suma total asignada a cada buque (que se añadirá a la gestión conjunta en el caso de que así se haya decidido este modelo de gestión para 2020) o segmento de flota figura en el anexo II de la presente Resolución.

Cuarto.

La asignación de estas cantidades adicionales de merluza sur, así como las cantidades aportadas de rape sur y los criterios utilizados sólo tienen efectos para el presente año 2020.

Quinto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 3 de julio de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO I
Modalidades y caladeros Kg de cuota de merluza sur recibidos
Arrastre de fondo en aguas de Portugal. 9.263
Arrastre de fondo en CNW. 52.408
Golfo de Cádiz. 3.121
Palangre de fondo CNW. 6.977
Volanta CNW. 14.121
Artes menores CNW. 10.110
Modalidades y caladeros Kg de cuota de rape sur aportados
Arrastre de fondo en aguas de Portugal. 4.825
Arrastre de fondo en CNW. 27.296
Otros artes del CNW. 16.254
Golfo de Cádiz. 1.625
ANEXO II
Código de Barco Nombre Tipo de Gestión Grupo Kg de merluza sur asignados
26204 AIROA. CONJUNTA. Armadores Ribeira - Grupo 1. 12.944
25579 MARIA DOS ANXOS. CONJUNTA. Armadores Ribeira - Grupo 1. 4.315
15313 PICO SACRO. CONJUNTA. Armadores Ribeira - Grupo 1. 4.315
23833 XUDEMIL. CONJUNTA. Armadores Ribeira - Grupo 1. 4.315
27170 NUEVO PESQUERO LIJO. CONJUNTA. Armadores Ribeira - Grupo 2. 4.315
26748 PRAIA DO TOURO. CONJUNTA. Armadores Ribeira - Grupo 2. 4.315
24761 POMBO CINCO. CONJUNTA. Pescagalicia-Arpega-Obarco. 4.315
24893 POMBO CUATRO. CONJUNTA. Pescagalicia-Arpega-Obarco. 4.315
24844 POMBO SEIS. CONJUNTA. Pescagalicia-Arpega-Obarco. 4.315
24760 POMBO TRES. CONJUNTA. Pescagalicia-Arpega-Obarco. 4.315
23369 POMBO UNO. CONJUNTA. Pescagalicia-Arpega-Obarco. 4.315
26196 AMENEIRO. CONJUNTA. Sdad. Coop. Gallega del mar Sta. Eugenia. 5.393
23748 NUEVO MARINA. CONJUNTA. Sdad. Coop. Gallega del mar Sta. Eugenia. 5.393
25217 RINCHADOR. CONJUNTA. Sdad. Coop. Gallega del mar Sta. Eugenia. 5.393
23709 SABINO SEGUNDO. CONJUNTA. Sdad. Coop. Gallega del mar Sta. Eugenia. 5.393
24283 SERENIN. INDIVIDUAL. ARPOSUR. 17.475
25665 AFANUDA SEGUNDO. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE RIVEIRA. 4.315
23328 MARPAR SEGUNDO. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE RIVEIRA. 8.629
24646 CABO SAN LORENZO. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE AVILES. 4.315
23918 LUSCINDA. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE AVILES. 4.315
25084 ALBA MAR. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE MUROS. 4.315
24352 MEIRA DA COSTA. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE MUROS. 4.315
24114 LOREMAR. INDIVIDUAL. NUEVA RULA DE AVILES. 3.177
26063 TRAVESAU. INDIVIDUAL. NUEVA RULA DE AVILES. 4.315
24087 TRAVESIA. INDIVIDUAL. NUEVA RULA DE AVILES. 4.315
24724 HERMANOS SAN SALVADOR. INDIVIDUAL. OPECA. 10.786
24732 VILABOA UNO. INDIVIDUAL. OPECA. 10.787
25484 VIRGEN DEL FARO. INDIVIDUAL. OPP FRESCA DEL PUERTO DE LA CORUÑA (OPP 13). 5.753
26144 VIRGEN TERCERA. INDIVIDUAL. OPP FRESCA DEL PUERTO DE LA CORUÑA (OPP 13). 5.753
23062 AKETXE. INDIVIDUAL. OPPAO. 4.315
24580 ANDREKALA BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 4.315
24563 ARRETXU BERRIA. INDIVIDUAL. OPPAO. 4.315
23061 GAZTELUGATXE. INDIVIDUAL. OPPAO. 4.315
25200 FARO DE ONS. INDIVIDUAL. OPP-LUGO. 8.629
24090 MENDAÑA. INDIVIDUAL. OPP-LUGO. 5.753
23639 O CANTIÑO. INDIVIDUAL. OPP-LUGO. 10.067
26018 PIFE. INDIVIDUAL. OPP-LUGO. 4.315
25863 PLAIA DE RUETA. INDIVIDUAL. OPP-LUGO. 4.315
23724 RIO XUNCO. INDIVIDUAL. OPP-LUGO. 5.753
26816 BALEIRO PRIMERO. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 5.401
27773 ELEUTERIO JOSE BALAYO. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 6.355
25152 ENSENADA DE BUEU. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 4.315
23297 GONZACOVE UNO. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 6.903
25162 HERMANOS SOAGE. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 4.315
5948 ILLA DA CREVA. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 2.157
24301 ISLA DE SANTA. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 4.315
26285 NUEVO SAN CIBRAN. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 4.315
24091 PLAIA DE ESTEIRO. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 10.787
26175 PLAYA DO CASTRO. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 4.315
23996 RIA DE MARIN. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 4.315
25924 VIRGEN SEGUNDA. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 5.753
24668 ANA ISABEL. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
23450 BURELES. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
22590 COSTA DA BARCA. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
24628 CRUNIA. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
14126 HIMAJO PRIMERO. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
25916 PESCASAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
26677 SEGUNDA DEL MAR. INDIVIDUAL. PESCAGALICIA-ARPEGA-O BARCO. 4.315
23897 BAUTISTA PINO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 8.629
26595 NUEVO SOCIO. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 8.629
26105 PINO LADRA. INDIVIDUAL. PUERTO DE CELEIRO. 8.629
26548 BEJAR. INDIVIDUAL. SDAD. COOP. GALLEGA DEL MAR SANTA EUGENIA R. 4.315
25218 BOTEIRA PRIMERO. INDIVIDUAL. SDAD. COOP. GALLEGA DEL MAR SANTA EUGENIA R. 4.315
26546 JALISCO UNO. INDIVIDUAL. SDAD. COOP. GALLEGA DEL MAR SANTA EUGENIA R. 4.315
25666 NOVO TAIS. INDIVIDUAL. SDAD. COOP. GALLEGA DEL MAR SANTA EUGENIA R. 4.315
25570 PLAYA DE AGUIÑO. INDIVIDUAL. SDAD. COOP. GALLEGA DEL MAR SANTA EUGENIA R. 4.315
25288 SANPER. INDIVIDUAL. SDAD. COOP. GALLEGA DEL MAR SANTA EUGENIA R. 4.315
22321 ABRA DE MUXIA. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
25023 ATAIN. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
24492 BENYJOR. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
22525 BETI MAURIXIO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
27802 CARMINCHIN. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
25426 CORVO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
24418 CRUZ Y CRISTO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23747 CU CA. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
25065 EL DAVID. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
24869 FARELO II. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23995 LAURA MAR. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23517 MADRE PILAR. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23014 MAPEI. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
25762 MARES DEL SEÑOR. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
26367 NUEVO CARMEN. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23189 NUEVO CHISU. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
27417 NUEVO FRANCES. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23532 NUEVO FURUNO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
24496 NUEVO HERMANOS SUAREZ. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
27141 NUEVO MADRE DOLORES. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
27421 NUEVO NAUTILUS. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
23376 NUEVO PADRE. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
27384 NUEVO SALORIO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
25766 OS CASTRO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
21836 PICO DA LEBRE. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
21880 SANTA RITA. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
27730 SIEMPRE SAN PABLO. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
22700 VALENCIA FILGUEIRA. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
22461 VIENTO Y CALMA. CONJUNTA. Asoc. Palangreros CNW. 1.314
26985 MAR DE PEDRO. INDIVIDUAL. ARMASTUR. 1.314
23790 NOVAS TERAN. INDIVIDUAL. ARMASTUR. 1.314
26008 NUEVO MAR AZUL. INDIVIDUAL. ARMASTUR. 1.314
27291 SIEMPRE MARIA. INDIVIDUAL. ARMASTUR. 1.314
25528 SIEMPRE VULCANO. INDIVIDUAL. ARMASTUR. 1.314
25055 NUBERU. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE PALANGREROS CNW. 1.314
23081 PESCALEMA. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE PALANGREROS CNW. 1.314
27482 VIKINJO. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE PALANGREROS CNW. 1.314
21766 ENRIC MANUEL. INDIVIDUAL. ASTILLEROS LA VENECIA. 1.314
25858 NUEVA CARLA. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE CUDILLERO. 1.314
21777 SUAREZ VALLE. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE CUDILLERO. 1.314
25650 ARANTZAZUKO IZARRA. INDIVIDUAL. FECOPEGUI - FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE GUIPUZCOA. 484
25501 GURE ITXAROPENA. INDIVIDUAL. FECOPEGUI - FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE GUIPUZCOA. 1.314
26233 KALA BERRI. INDIVIDUAL. FECOPEGUI - FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE GUIPUZCOA. 1.314
7966 ANA JESUS. INDIVIDUAL. FECOPPAS (FEDERACION CP ASTURIAS). 1.314
25306 EL CISNE DE. INDIVIDUAL. FECOPPAS (FEDERACION CP ASTURIAS). 1.314
22858 EL MARINA. INDIVIDUAL. FECOPPAS (FEDERACION CP ASTURIAS). 1.314
24390 VIRGEN DE MARES. INDIVIDUAL. FECOPPAS (FEDERACION CP ASTURIAS). 1.314
100141 CATO. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE A CORUÑA. 1.314
26097 ROSA DOS MARES. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE A CORUÑA. 1.314
25284 MANUEL TERESA. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE CANTABRIA. 1.314
11364 SIEMPRE RUFO. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE CANTABRIA. 1.314
24514 ARLANPI. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 1.314
24356 GURE FATIMA. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 1.314
26311 GURE ITXAS BEGI. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 1.314
25490 ITOITZ. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 1.314
25292 KOROKO. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 484
26384 MATXAKU. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 484
24947 OTZARRI BERRIA. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 484
25543 MADRE DOLORES. INDIVIDUAL. OPACAN (ORGANIZACION DE PRODUCTORES ARTESANALES DE CANTABRIA). 1.314
23878 OS DOUS DE SEMPRE. INDIVIDUAL. ORPAL. 1.314
23731 SEPTIMO. INDIVIDUAL. ORPAL. 1.314
23570 ARADON BERRIA. CONJUNTA. Asoc. Artes Fijos CNW. 3.749
23487 NUEVO VIRGEN GUADALUPANA. CONJUNTA. Asoc. Artes Fijos CNW. 3.571
23938 BEDIA. CONJUNTA. CP Cedeira. 4.016
21940 BRUAL. CONJUNTA. CP Cedeira. 3.814
21655 FRESAN. CONJUNTA. CP Cedeira. 3.879
24632 NUEVO RICHARD. CONJUNTA. CP Cedeira. 3.652
24137 SAN ROMAN. CONJUNTA. CP Cedeira. 3.782
14737 SARRIDAL. CONJUNTA. CP Cedeira. 3.749
22720 BORRASCA PRIMERO. CONJUNTA. CP Corme. 3.847
22161 CENTOLO. CONJUNTA. CP Corme. 3.700
23579 MOISES DANIEL. CONJUNTA. CP Corme. 3.766
23020 HERMANOS ISTILLARTY. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE ARTES FIJOS CNW. 3.847
21686 HERMANOS SILVA. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE ARTES FIJOS CNW. 3.684
23576 MADRE RAFAELA. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE ARTES FIJOS CNW. 3.814
23025 PLAYA DE LUARCA. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE ARTES FIJOS CNW. 3.814
23046 REGINO JESUS. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES DE ARTES FIJOS CNW. 3.749
23823 AMUTIO HIERRO DOS. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.571
25792 BEREZMAR. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.798
27435 BRISAS DE ALBA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.571
24835 BRISAS DE CEDEIRA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.749
22303 CARABEL. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.717
26107 EL CAÑAVERA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.619
27233 HERMANOS LANDROVE. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.668
26823 HERMANOS MASCATO DOS. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.619
26487 JOSE EDUARDO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.636
26648 MONTECRISTO DOUS. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.636
24097 NAVEOTE. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.652
27262 NUEVO BOSCO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.571
22240 NUEVO ENZO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.782
25388 NUEVO LIBERTAD. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.766
27457 NUEVO MAPEI. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.587
23585 NUEVO MONTEVEO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.392
24439 NUEVO PEÑIL. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.571
24831 PEIXIÑO PRIMERO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.571
24816 PLAYA DE BARES. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.766
3896 RIOMASMA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.522
27629 ROYMAR. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.522
24853 SIEMPRE ANGELA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.668
26633 SIEMPRE DIABLILLO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.249
25747 TRES HERMANOS CACHARELOS. INDIVIDUAL. AVOCANO. 3.554
24606 MARTIN DANIEL. INDIVIDUAL. AVOGA. 3.766
24635 SAFRAN. INDIVIDUAL. AVOGA. 3.700
24172 BERRIZ ALBONIGAMAYOR. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 3.636
26670 BETI LAGUN BI. INDIVIDUAL. FEDERACION DE COFRADIAS DE PESCADORES DE VIZCAYA. 3.782
26576 HERMANOS MORA MARTIN. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES PUNTA DEL MORAL. 1.239
26674 LOZANO ABREU. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES PUNTA DEL MORAL. 1.239
25465 NUEVO CARRILLO GARCIA. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES PUNTA DEL MORAL. 1.239
24797 NUEVO REINA MAR. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES PUNTA DEL MORAL. 456
25397 SEGUNDO CRISTOBAL MARTIN. INDIVIDUAL. ASOCIACION DE ARMADORES PUNTA DEL MORAL. 1.239
24827 SEGUNDO MARITERE CARRILLO. INDIVIDUAL. ASOISAMAR. 1.239
25957 GEMA Y MODE. INDIVIDUAL. COFRADIA DE PESCADORES DE AYAMONTE. 1.239
23344 GONZACOVE DOS. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 9.198
24733 PORTOSANTO. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 3.412
24372 VIRGEN DE CONSOLACION. INDIVIDUAL. OPROMAR (ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE PESCA DE MARIN - OPP 08). 1.201
  ARTES MENORES CNW.     116.140
PINCHO Y CAÑA.     3.218
GOLFO DE CADIZ.     54.503

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