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Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 29 de junio de 2020.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 11, 33, 34, 35, 36, 37, 50, 52, 53, 61, 64, 68, 70, 71, 73, 74, 75, 76, 79, 84, 88, 98, 99, 101, 105, 108, 109, 227 y 235; así como las disposiciones adicionales 1.ª, 7.ª y 9.ª, y las disposiciones transitorias 1.ª y 6.ª de la Ley de la Generalitat de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.
2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
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