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Documento BOE-A-2020-8346

Resolución de 29 de junio de 2020, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 22 de julio de 2020, páginas 55835 a 55835 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2020-8346

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de junio de 2020.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de la Generalitat de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 11, 33, 34, 35, 36, 37, 50, 52, 53, 61, 64, 68, 70, 71, 73, 74, 75, 76, 79, 84, 88, 98, 99, 101, 105, 108, 109, 227 y 235; así como las disposiciones adicionales 1.ª, 7.ª y 9.ª, y las disposiciones transitorias 1.ª y 6.ª de la Ley de la Generalitat de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

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