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Documento BOE-A-2020-9660

Resolución de 5 de agosto de 2020, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona, para la realización de una campaña de intercomparación de muestras de suelo ente laboratorios de medida de radiactividad ambiental (2020).

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 13 de agosto de 2020, páginas 69309 a 69318 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2020-9660

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el Rector de la Universidad de Barcelona y Presidente de la Fundació Bosch i Gimpera han suscrito, con fecha 31 de julio de 2020, un Convenio para la realización de una campaña de intercomparación de muestras de suelo entre laboratorios de medida de radiactividad ambiental (2020).

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 5 de agosto de 2020.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Josep Maria Serena i Sender.

ANEJO
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Barcelona para la realización de una campaña de intercomparación de muestras de suelo entre Laboratorios de Medida de Radiactividad Ambiental (2020)

REUNIDOS

De una parte, don Josep Maria Serena i Sender, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante, CSN), cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 227/2019, de 29 de marzo («BOE número 77, de 30 de marzo de 2019), en nombre y representación de este Organismo.

De otra parte don Joan Elías García, Rector de la Universidad de Barcelona (en adelante, UB) y Presidente de la Fundació Bosch i Gimpera (en adelante, FBG), en virtud del nombramiento por Decreto 329/2016, de 13 de diciembre («DOGC» 7267, del 15), como representante legal de estas instituciones en virtud de las competencias que están previstas en el Estatuto de la Universidad de Barcelona aprobado por Decreto 246/2003, de 8 de octubre (DOGC núm. 3993, del 22 de octubre) y los vigentes estatutos de la Fundació Bosh i Gimpera, con NIF G08906653.

Ambos intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la normativa vigente, les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen mutuamente capacidad para la firma del presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el CSN viene desarrollando la vigilancia radiológica ambiental de ámbito nacional con objeto de cumplir el mandato de la Ley de creación del CSN (Ley 15/1980, de 22 de abril), en su artículo 2, letra g), de controlar y vigilar la calidad radiológica del medio ambiente de todo el territorio nacional.

Segundo.

Que el CSN lleva a cabo la vigilancia del medio ambiente de ámbito nacional mediante un Plan de Vigilancia Radiológica Ambiental en colaboración con otras instituciones.

Tercero.

Que el CSN impulsa un continuo proceso de mejora del sistema de calidad de la vigilancia radiológica ambiental nacional, a través de la promoción de encuentros y reuniones con todos los sectores involucrados y organizando campañas de intercomparación analítica desde 1992.

Cuarto.

Que la finalidad de la intercomparación es garantizar la calidad de los resultados obtenidos por los laboratorios españoles que participan en los distintos programas de vigilancia radiológica ambiental, tanto a nivel nacional como en el entorno de las centrales nucleares y mejorar así las capacidades nacionales en este campo. Estas campañas resultan ser un medio de probada eficacia para mejorar la calidad y fiabilidad de los resultados obtenidos en dichos programas.

Para la realización de la campaña de intercomparación, es necesario disponer de materiales adecuados para tal fin. Es por ello que en este convenio se plantea la preparación, estudio de la homogeneidad y distribución de los distintos materiales que serán objeto del ejercicio.

Quinto.

Que el CSN considera que la UB cuenta con la capacidad técnica y analítica para llevar a cabo intercomparaciones de este tipo y con la adecuada garantía de trazabilidad, a través del Laboratorio de Radiología Ambiental (en adelante, LRA-UB), que desde el año 2006 está acreditado por ENAC como laboratorio de ensayo (acreditación 520/LE1117 para realizar «Ensayos de Radiactividad en aguas, biota, alimentos, suelos y soportes de captación atmosférica»). Cuenta con el soporte técnico del Laboratorio de Preparación de Materiales de Referencia de la UB (MATCONTROL), el cual preparó los materiales objeto de los ejercicios de intercomparación organizados por el CSN en los años 2012 y 2016, que consistieron en distintos tipos de suelo con diferentes emisores alfa, beta y gamma. Los resultados de estos ejercicios confirmaron la calidad de los materiales preparados.

Sexto.

Que, con el fin de garantizar la calidad de los resultados obtenidos en los programas de vigilancia radiológica ambiental, el CSN considera obligatoria la participación en las campañas de intercomparación analítica de los laboratorios pertenecientes a la Red de Estaciones de Muestreo (REM), como así se especifica en los convenios firmados con los mismos.

Séptimo.

El objeto de este convenio es establecer los criterios de colaboración entre ambas entidades para la consecución de un fin común de interés público.

En este sentido, ambos Organismos consideran de mutuo interés la participación del LRA-UB y, a fin de establecer una colaboración eficaz para llevar a cabo los trabajos que el CSN solicita, convienen en formalizar en este documento el correspondiente Convenio basándose en las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente Convenio consiste en la preparación y envío de materiales para una campaña de intercomparación en suelos entre laboratorios de medida de radiactividad ambiental, con el fin de valorar el grado de calidad y fiabilidad de los datos facilitados por los mismos y, eventualmente, definir las acciones correctoras que resulten pertinentes para mejorar dicha calidad y fiabilidad.

El número de laboratorios participantes es de aproximadamente 40.

Segunda. Régimen jurídico.

Este convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios, previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo naturaleza administrativa.

Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por los coordinadores previstos en la estipulación undécima, serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tercera. Obligaciones de la UB.

La UB a través del LRA-UB colaborará con el CSN en la organización y desarrollo de la intercomparación comprometiéndose a lo siguiente:

Preparación y estudios de homogeneidad de los siguientes materiales objeto del ejercicio:

Suelo 1: Suelo para el estudio del tratamiento realizado por los laboratorios.

Suelo 2: Suelo para la determinación de emisores alfa, beta y gamma.

Los estudios de homogeneidad se realizarán entre botellas (between bottles) y dentro de una botella (within bottles).

Envío de las muestras a los laboratorios participantes en la intercomparación.

Elaboración de un informe técnico de la preparación de los materiales, incluyendo los estudios de homogeneidad.

Elaboración de un formato de acuse de recibo que acompañe a los materiales.

Cuarta. Obligaciones del CSN.

El CSN se compromete a:

Definir las características técnicas de la campaña (matriz, radionucleidos/índices, niveles de actividad, número de muestras, plazos).

Coordinar el desarrollo de la intercomparación y supervisar la participación de los laboratorios en la misma.

Revisar la documentación preparada por la UB, solicitándole las modificaciones que considere oportunas.

Elaborar las especificaciones técnicas con las características de las muestras y del ejercicio, con instrucciones para los laboratorios, teniendo en cuenta el informe técnico de preparación de los materiales elaborado por la UB.

Organizar y llevar a cabo una jornada monográfica en la sede del CSN donde se presenten oficialmente los resultados de la intercomparación y en la que se encuentren presentes todas las partes implicadas en su desarrollo, creando un foro de discusión a partir del cual extraer sugerencias, conclusiones y líneas de trabajo a tener en cuenta en el futuro.

Quinta. Vigencia.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las Partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Permanecerá en vigor desde el día de su publicación y durante tres meses. En cualquier momento antes de su finalización y de mutuo acuerdo, podrá ser prorrogado expresamente por un plazo máximo de tres meses adicionales.

Sexta. Terminación y suspensión.

Cualquiera de las Partes, por motivos razonables, podrá rescindir o suspender temporalmente este Convenio, con preaviso por escrito de, al menos, dos meses de antelación a la fecha en que la resolución deba ser efectiva.

Las Partes se comprometen, en tal caso, a abonar el importe de los trabajos y gastos incurridos y los comprometidos a los que, ineludiblemente, haya que hacer frente pese a la resolución del Convenio.

Séptima. Condiciones técnicas.

La aplicación de este Convenio se regirá por las condiciones técnicas recogidas en el Anexo I, que podrán ser modificadas conjuntamente en atención a circunstancias especiales sin que ello afecte a la naturaleza del mismo.

Octava. Condiciones económicas.

De acuerdo a lo recogido en el Anexo II, la aportación económica del CSN al convenio durante su vigencia asciende a la cantidad de 21.099,57 € (veintiún mil noventa y nueve euros con cincuenta y siete céntimos), que incluye todo tipo de gastos e impuestos aplicables.

El coste total del convenio para los seis meses de vigencia, incluyendo los recursos propios aportados por cada organismo, asciende a 35.328,27 €, que serán aportados por la UB en un porcentaje del 22,47 % y por el CSN en un porcentaje del 77,53%.

En la UB, la unidad administrativa a cargo de la gestión derivada del convenio será la Fundació Bosch i Gimpera (FBG), oficina de transferencia de tecnología de la UB.

Novena. Forma de pago.

La forma de pago se basará en la presentación de factura, que deberá ser expresamente autorizada por el responsable para la ejecución del convenio por parte del CSN, de acuerdo con el progreso de los trabajos para la realización del mismo.

Se realizará un único pago, previa presentación de la factura con un importe del 100 % del total, tras la preparación y envío de los dos materiales objeto de la intercomparación y la recepción en el CSN del informe técnico y la hoja de acuse de recibo, según lo recogido en la Estipulación Tercera del presente Convenio.

El pago se efectuará mediante transferencia a la cuenta corriente que se indique en la factura presentada por la UB.

Décima. Confidencialidad.

Ambas Partes asumen de buena fe el tratamiento de restricción en la utilización de los datos obtenidos por sus respectivas organizaciones y la UB requerirá autorización expresa del CSN para la utilización, con anterioridad a su publicación, de los datos obtenidos.

Undécima. Coordinadores.

Con objeto de seguir y mantener el Convenio en su aspecto técnico, se nombran como Coordinadores:

Por el CSN a la Subdirectora de Protección Radiológica Ambiental.

Por la UB a la Directora del Laboratorio de Radiología Ambiental.

Las Partes manifiestan su plena conformidad con el presente Convenio, Madrid, 31 de julio de 2020.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Josep Maria Serena i Sender.–Por la Universidad de Barcelona, el Rector y Presidente de la Fundació Bosch i Gimpera, Joan Elías García.

ANEXO I
Memoria técnica del Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Barcelona para la realización de una campaña de intercomparación de muestras de suelo entre laboratorios de medida de radiactividad ambiental (2020)

1. Programa detallado de la campaña de intercomparación 2020

Con objeto de asegurar la calidad y fiabilidad de las medidas de radiactividad ambiental realizadas por los laboratorios colaboradores del CSN en las redes y programas de vigilancia, este organismo organiza intercomparaciones anuales con la colaboración de la UB en la parte de preparación de materiales, según el programa descrito a continuación.

1. Para la campaña de intercomparación de 2020 la matriz seleccionada es suelo, siguiendo el esquema cuatrienal que garantiza el recorrido en cuatro años por las principales matrices constituyentes de las vías de exposición del público y del medio ambiente a las radiaciones ionizantes (aire, agua, suelo/sedimento y biota).

2. Se utilizarán los estándares internacionales para la organización de la campaña, entre otras: Protocolo IUPAC, ISO 13528, ISO 17025 e ISO 17043.

3. Se selecciona un único tipo de suelo, con un contenido en materia orgánica entre 2 % y 5 %, separado en dos muestras:

a) Suelo 1, sin tratar, para el estudio del efecto del pretratamiento de muestra en la determinación del contenido de radionucleidos e índices.

b) Suelo 2, tratado y enriquecido con los radionucleidos naturales y artificiales de interés.

4. Siguiendo el ejemplo de las campañas anteriores, se solicitarán a los laboratorios participantes dos tipos de resultados:

«Rápidos», que deben enviar en las 72 horas siguientes a la recepción de las muestras y cuya participación tendrá carácter voluntario, y

«Habituales», que deben enviar en un plazo de dos meses desde la recepción de las muestras.

5. La UB preparará los materiales siguiendo la metodología, planificación y cronograma descritos en los apartados 2, 3 y 4 de este anexo.

6. La preparación de las muestras y su envasado deben asegurar la estabilidad y homogeneidad de las muestras y de los radionucleidos de interés contenidos en ellas hasta su recepción en los laboratorios.

La homogeneización del Suelo 1 no incluirá molienda, tamizado ni secado.

7. La UB llevará a cabo estudios de homogeneidad entre botellas («between bottles») y dentro de una botella (within bottles) del Suelo 2 y únicamente entre botellas (between bottles) del Suelo 1.

8. Los radionucleidos a solicitar serán los acordados entre el CSN y la UB.

9. La UB determinará en el Suelo 1 el contenido de los radionucleidos naturales y artificiales que habitualmente se encuentran en este tipo de matriz, con objeto de decidir los radionucleidos a solicitar, ya que no se enriquecerá.

10. La UB añadirá en el Suelo 2 actividades conocidas de los radionucleidos de interés, teniendo en cuenta las características acordadas con el CSN. Dentro de lo posible, los niveles de actividad deben ser lo suficientemente bajos para ser considerados valores «ambientales».

11. La UB elaborará un informe técnico de preparación de las muestras, que deberá incluir el origen del suelo, el proceso de preparación completo de cada una de las muestras, hasta su envasado, y los estudios de homogeneidad realizados, así como los resultados del mismo.

La UB elaborará también un modelo de acuse de recibo de las muestras que se enviará junto con estas para que los laboratorios la devuelvan cumplimentada y firmada como prueba de que han llegado correctamente.

12. El CSN revisará el informe técnico y el modelo de acuse de recibo y solicitará a la UB los cambios y correcciones que considere oportunos.

13. El CSN elaborará y enviará a los laboratorios una carta de participación en la que se les asigne un código aleatorio de modo que a la hora de realizar la evaluación se mantenga su confidencialidad. En esta carta se solicitará a los laboratorios que devuelvan la hoja de acuse de recibo preparada por la UB, debidamente cumplimentada y firmada, una vez reciban las muestras.

14. La UB enviará los materiales de modo que lleguen a los laboratorios en el menor tiempo posible, con objeto de homogeneizar el plazo de envío de resultados.

15. La UB enviará al CSN la hoja de seguimiento de la empresa de transporte utilizada en el envío de las muestras, con objeto de poder controlar el envío de resultados «Rápidos» por parte de los laboratorios participantes.

16. El CSN organizará y llevará a cabo una jornada monográfica en la sede de este organismo donde se presenten oficialmente los resultados de la intercomparación y en la que se encuentren presentes todas las partes implicadas en su desarrollo, creando un foro de discusión a partir del cual extraer sugerencias, conclusiones y líneas de trabajo a tener en cuenta en el futuro.

2. Metodología y plan de trabajo

La preparación de los diferentes materiales para el ejercicio de intercomparación será realizada por el Laboratori de Radiologia Ambiental y el Laboratori de Preparació de Materials pel Control de la Qualitat (Mat Control) del Departamento de Ingeniería Química y Química Analítica de la UB.

Los radionúclidos de trabajo para cada tipo de material se ajustarán a lo acordado entre el CSN y la UB, seleccionados entre los de interés para la vigilancia radiológica ambiental. Los valores de actividad de los radionúclidos de interés se encontrarán por encima de los límites de detección de las técnicas habitualmente utilizadas.

A continuación, se describe la metodología y el plan de trabajo para la preparación y envío de los dos materiales planteados.

Toma de muestra y homogeneización inicial:

Para la preparación de los dos materiales se realizará una toma de muestra de 50 kg de suelo agrícola con un contenido de materia orgánica del 2 - 5%, aproximadamente.

El material de partida se secará al aire y se homogenizará en un bidón rotatorio de polietileno durante 48 h. Pasado este período se dividirá en dos fracciones de 25 kg, una fracción para preparar el SUELO 1 y otra fracción para preparar el SUELO 2.

Cada fracción se homogeneizará de nuevo durante 24 h para realizar un estudio de homogeneidad inicial global del suelo sin tratar. Para ello se tomarán 3 muestras de unos 120 g del SUELO 1 y 3 muestras del SUELO 2 y se determinará el contenido de radionucleidos por espectrometría gamma.

En esta primera etapa, el período de homogeneización se minimizará y realizará a baja velocidad para, en la medida de lo posible, mantener las características del suelo sin tratar y no cambiar demasiado su granulometría por impacto entre las partículas durante la rotación.

SUELO 1 Estudio del efecto del pretratamiento de muestra en la determinación del contenido de radionucleidos:

En este material se procederá directamente al envasado y etiquetado de unas 45 botellas con un contenido aproximado de 500 g.

El estudio de homogeneidad final se llevará a cabo en 3 botellas representativas del proceso de embotellado. Se determinará la homogeneidad entre botellas («between bottles»).

Para este estudio se determinarán las actividades de los emisores gamma y de los isótopos de uranio. Si el contenido de 90Sr presente en la muestra fuera cuantificable, también se realizará su determinación en las 3 botellas seleccionadas.

SUELO 2 Determinación de emisores alfa, beta y gamma y de los índices alfa total y beta total:

Este material se molturará en un molino de impacto con un paso de luz de 0,5 mm. A continuación, se homogeneizará en un bidón rotatorio de polietileno durante 72 h, y se caracterizará por espectrometría gamma, espectrometría alfa y centelleo líquido.

Una vez caracterizado, se fortificarán 4 alícuotas de 1 kg de suelo con una cantidad apropiada de una mezcla de radionucleidos preparada gravimétricamente a partir de disoluciones de actividad conocida de los radionucleidos de interés, según lo acordado entre el CSN y la UB. La cantidad añadida de algunos de los radionucleidos dependerá del contenido natural del suelo.

Las porciones de suelo fortificadas se secarán primero al aire y finalmente a 40 ºC durante 24 h. A continuación, se mezclará la fracción fortificada con la fracción no fortificada a medida que se repite el proceso de molturación y tamizado de todo el material a 0,5 mm. Finalmente, se seguirá con la homogeneización por rotación.

Estudio de homogeneidad global:

El estudio de homogeneidad global se realizará después de un mínimo de 72 h de homogeneización. Para ello, se tomarán diversas alícuotas de suelo en diferentes puntos del bidón y se continuará con la homogeneización por rotación del resto del material.

La homogeneidad global se determinará a partir del análisis por espectrometría gamma de un mínimo de 3 alícuotas de 120 g y 3 de 25 g.

Estudio de homogeneidad final:

Una vez comprobada la homogeneidad global y después de un mínimo de 200 h de homogeneización por rotación, se envasarán y etiquetarán las muestras. Se prepararán unas 50 botellas con un contenido aproximado de 200 g.

El estudio de homogeneidad final se llevará a cabo en 3 botellas representativas del proceso de embotellado. Se determinará la homogeneidad entre botellas (between bottles) y dentro de botellas (within bottle) a partir de la determinación de las actividades de radioestroncio y de los emisores gamma y alfa añadidos.

También se establecerá la homogeneidad para la humedad a 105 ºC y el contenido de materia orgánica del material a 450 ºC, estudiando la evolución de estos parámetros con el tiempo de tratamiento térmico.

3. CRONOGRAMA

  Primer mes Segundo mes Tercer mes
 1. Toma de muestra.                        
Tratamiento y homogeneización inicial. X                      
Estudio homogeneidad global inicial.   X                    
 2. Preparación SUELO 1.                        
Envasado y estudio de homogeneidad final.     X X X              
 3. Preparación SUELO 2.                        
Fortificación y estudio de homogeneidad global.           X X          
Envasado y estudio de homogeneidad final.               X X X    
 4. Informe final.                     X  
 5. Envío de las muestras a los laboratorios.                       X
ANEXO II
Memoria económica del Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Barcelona para la realización de una campaña de intercomparación de muestras de suelo entre laboratorios de medida de radiactividad ambiental (2020)

1. Presupuesto aportado por la UB.

1.1 Conceptos a cargo de la UB.

Conceptos a cargo de la UB
Concepto

Aportación LRA-UB-FBG

-

Euros

Costes de personal. 6.894,40
Costes de ejecución. 1.045,22
 Total conceptos a cargo de la UB. 7.939,62

1.2 Coste aportado por el CSN.

Costes aportados por el CSN
Concepto

Aportación CSN

-

Euros

Preparación de los materiales.

8.335,45

Análisis para estudios de homogeneidad.

8.849,48

Costes de material y mensajería.

1.996,50

 Total.

19.181,43

Costes indirectos (*).

1.918,14

  Total costes aportados por el CSN.

21.099,57

(*) Calculados como un 10% máximo del total de costes directos correspondientes a la aportación del CSN, sin necesidad de justificación.

2. Presupuesto aportado por el CSN.

Recursos propios del CSN. Dedicación al convenio
  N.º de horas Coste/hora Total (€)
Costes Directos.      
Personal Técnico del CSN. Técnico superior N. 25. 56 29,05 1.626,80
Personal Técnico del CSN. Técnico superior N. 28. 14 41,57 581,98
 Total costes directos. 2.208,78
Costes Indirectos (70,61 % sobre los costes directos).
  Total costes indirectos. 1.559,62
Repercusión Costes Administrativos (66,47% sobre la suma de los costes directos e indirectos).
Total repercusión costes administrativos. 2.520,68
Total recursos propios del CSN. 6.289,08

3. Coste total del Convenio.

Sobre la base de las cantidades que se han pormenorizado en los apartados anteriores se obtiene un coste total del acuerdo de 35.328,27 €. Según los criterios de reparto del gasto que se han acordado entre el CSN y la UB, el CSN aportará el 77,53 % de esa cantidad (27.388,65 €), si bien la aportación dineraria a la UB será de 21.099,57 €, excluidos los recursos propios del CSN, y el resto hasta completar los costes totales del convenio correrá a cargo de la UB (22,47%), como se indica en la tabla siguiente:

Coste total del convenio Euros
Total presupuesto de la UB (aportado por el CSN). 21.099,57
Total recursos propios de la UB. 7.939,62
Total recursos propios del CSN. 6.289,08
 Total. 35.328,27‬
 

Aportación

-

Euros

%
CSN. 27.388,65 77,53
UB. 7.939,62 22,47
 Total. 35.328,27 100

4. Distribución de los pagos.

El convenio tendrá una vigencia de tres meses a partir de la firma del mismo.

El coste total del convenio para los tres meses de vigencia, incluyendo los recursos propios aportados por cada organismo, asciende a 35.328,27 €, que serán aportados por la UB en un porcentaje del 22,47 % y por el CSN en un porcentaje del 77,53 %.

La aportación económica del CSN al convenio durante su vigencia asciende a la cantidad de 21.099,57 € (veintiún mil noventa y nueve euros con cincuenta y siete céntimos), en la que se entienden incluidos todo tipo de gastos e impuestos.

En la UB, la unidad administrativa a cargo de la gestión derivada del convenio será la Fundació Bosch i Gimpera (FBG), oficina de transferencia de tecnología de la UB.

5. Forma de pago.

La forma de pago se basará en la presentación de factura, que deberá ser expresamente autorizada por el responsable de la ejecución del convenio por parte del Consejo de Seguridad Nuclear, de acuerdo con el progreso de los trabajos para la realización del mismo.

Se realizará un único pago, previa presentación de la factura con un importe del 100 % del total, tras la preparación y envío de los dos materiales objeto de la intercomparación y la recepción en el CSN del informe técnico y la hoja de acuse de recibo, según lo recogido en la Estipulación Tercera del presente Convenio.

El pago se efectuará mediante transferencia a la cuenta corriente que se indique en la factura presentada por la UB.

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