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Documento BOE-A-2021-102

Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Desmantelamiento de la central térmica del Narcea en el Término Municipal de Tineo (Asturias)".

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2021, páginas 690 a 709 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2021-102

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 7 de junio de 2019, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, solicitud de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de tramitación de procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, en caso de ser procedente, del proyecto «Desmantelamiento de la central térmica del Narcea en el Término Municipal de Tineo (Asturias)».

El desmantelamiento se realizará una vez la Dirección General de Política Energética y Minas haya promulgado la autorización de cierre de los distintos grupos que integran la central.

El proyecto de desmantelamiento se somete a evaluación de impacto ambiental simplificada en virtud del apartado c del artículo 7.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por considerarse una modificación de características de una central térmica ya ejecutada que generará un potencial incremento significativo de residuos.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

Promotor y órgano sustantivo.

El promotor del proyecto es Naturgy Generación S.L.U. y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El objeto del proyecto consiste en el desmantelamiento y demolición, tras el cierre definitivo, de la Central Térmica (C.T.) del Narcea localizada en Soto de la Barca, en el término municipal de Tineo (Principado de Asturias).

La CT de Narcea es una instalación de generación de energía eléctrica constituida por tres grupos de generación de carbón con una potencia total de 586 MW. El grupo 1, que fue cerrado en 2016, contaba con una potencia instalada de 55,5 MW, mientras que los grupos 2 y 3 cuentan con una potencia instalada de 166,4 y 364,1 MW respectivamente. La CT emplea carbón como combustible principal para las calderas de producción de vapor, fuel-oíl como combustible de apoyo y gas-oíl en los arranques.

La CT cuenta con dos almacenamientos de carbón: uno con capacidad de unas 150.000 toneladas (en adelante parque de almacenamiento) y otro estratégico de 300.000 toneladas de capacidad ubicado al otro lado del río Narcea sobre parte del Vertedero de Residuos No Peligrosos (en adelante «VRNP») de Santianes (acopio de Santianes). Cada grupo cuenta con una caldera de combustión de circulación natural y ciclo agua-vapor y un grupo turbogenerador.

La refrigeración se realiza en circuito abierto para los grupos 1 y 2 y en circuito cerrado para el grupo 3, empleando agua captada del río Narcea (10.600 l/s) mediante una toma directa del río Narcea (incluye una presa de hormigón y chapa metálica) y desmineralizada en una Planta de Tratamiento de forma previa a su utilización en el ciclo agua-vapor.

La CT también cuenta con sistemas de tratamiento de gases de combustión (precipitadores y planta de desulfuración en el grupo 3), plantas de tratamiento de aguas, además de una serie de servicios auxiliares (laboratorio, oficinas, talleres, almacenes de residuos, etc.). El grupo 1 cuenta con una chimenea de 70 m de altura y los grupos 2 y 3 comparten un único fuste de 200 m de altura.

El proyecto de desmantelamiento se plantea como culminación del cierre y clausura de la actividad, en tres fases: trabajos previos, ejecución material del desmantelamiento, y acondicionamiento posterior de la parcela, con una duración de treinta y seis meses, según cronograma.

Los trabajos previos consisten en el suministro, montaje y colocación de las instalaciones provisionales de obra o el acondicionamiento de las existentes, actuaciones de inspección, señalización de obra y recepción de maquinaria, y de limpieza de equipos e instalaciones, que se realizará con camiones cisterna, agua a presión y desengrasantes (superficies de hormigón, tanques y tuberías), y aspiración (calderas y quemadores).

En cuanto a la ejecución material del desmantelamiento, comprende en primer lugar el vaciado de edificios y la retirada de aislamientos (incluyendo amianto), y posteriormente, el achatarramiento y demolición de todas las estructuras de la planta tanto fuera como dentro de los edificios y los edificios mismos, el cegado de accesos a estructuras subterráneas y zanjas y su relleno con material inerte, así como la gestión de los residuos existentes, sean o no generados en el desmantelamiento. También se incluye el desmantelamiento parcial del azud, la demolición del tramo canalizado aguas abajo y del canal de descarga de refrigeración (un tramo de forma completa y otro tramo de forma parcial). Los métodos de achatarramiento incluyen tanto oxicorte y utilización de maquinaria (cizallas de hierro aplicadas a retroexcavadora) y grúas. Los métodos de demolición incluyen tanto las herramientas manuales como la utilización de maquinaria (por tracción, empuje, y demoledores). De forma puntual, se plantea el corte con hilo diamantado en la demolición parcial del azud. La demolición de la torre de refrigeración y las chimeneas no está definida en el documento ambiental, planteándose tanto por voladura mediante el empleo de explosivos como de forma mecánica con maquinaria (grúa, oxicorte y demoledores). A efectos de este procedimiento de evaluación ambiental, el documento ha considerado el empleo de las voladuras por ser la actuación de mayor impacto potencial.

Por último, la adecuación de la parcela consistirá en la nivelación, limpieza y regularización de superficies y solares, y la ejecución de rellenos, de forma que no se genere ningún desnivel superior a 15 cm. Dado que la parcela mantendrá uso industrial, no se contempla la realización de tareas de restauración en el interior de la parcela, pero si están contempladas labores de restauración ambiental de la margen izquierda del río Narcea, que incluyen un ataluzamiento para renaturalizar el perfil de la ribera y plantaciones vegetales.

El desmantelamiento no incluye el vallado perimetral, ni los VRNP de Buseiro y Santianes, aunque el acopio de carbón que se sitúa parcialmente sobre él, sí será desmantelado. El sellado y clausura de estos VRNP será realizado en documentos independientes y tramitados convenientemente ante el órgano ambiental competente del Principado de Asturias. También quedan fuera del alcance del proyecto las viviendas del poblado de la CT, la estación meteorológica, las líneas eléctricas de evacuación de energía y la subestación eléctrica, puesto que alberga calles, equipos e instalaciones que no son propiedad del promotor, por lo que únicamente se desmantelarán aquellas posiciones que sean de su propiedad.

El documento ambiental incluye un estudio de alternativas con el objeto de identificar la opción más idónea desde el punto de vista medioambiental, que son las siguientes:

– La alternativa cero, consistente en no ejecutar el proyecto, el mantenimiento sin uso de las instalaciones tras el cierre de la CT. Esta opción repercutiría negativamente desde el punto de vista ambiental (impacto visual, ocupación de terreno, etc.), además de implicar el incumplimiento de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, que obliga a proceder al desmantelamiento tras el cierre definitivo de una instalación de generación.

– La otra alternativa consiste en ejecutar el proyecto de desmantelamiento, lo que supone la reducción de ciertos impactos ambientales como el paisajístico y riesgos para la seguridad de las personas. Como desventaja, la ejecución del proyecto producirá ciertos impactos ambientales, si bien los beneficios ambientales globales se estiman superiores una vez ejecutado el proyecto.

Posteriormente, se realiza un análisis de alternativas sobre el procedimiento a emplear para llevar a cabo el desmantelamiento, valorándose como alternativas la demolición convencional y la demolición selectiva. El promotor opta por la demolición selectiva, dado que con ella se generan menores impactos relativos a las emisiones atmosféricas, y a la generación de residuos, permitiendo reutilizar una mayor proporción de éstos y una mayor valorización.

Tramitación y consultas.

Con fecha de 24 de junio de 2019, se inicia la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de evaluación ambiental. En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si han remitido su informe en relación con el documento ambiental:

Tabla 1. Consultas previas sobre el documento ambiental. Fuente: elaboración propia

Organismo

Respuesta

Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural. Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica.

No

Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial. Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica.

Subdirección General de Residuos. Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica.

No

Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica.

Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

Oficina de Planificación Hidrológica. Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

No

Área de Contaminación Atmosférica. Centro Nacional de Sanidad Ambiental. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Delegación del Gobierno en Asturias.

No

Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio del Interior.

No

SEPA - Servicio de Emergencias del Principado de Asturias. Área 112 y Protección Civil.

No

Dirección General de Minería y Energía. Consejería de Economía y Empleo. Gobierno del Principado de Asturias.

Dirección General de Prevención y Control Ambiental. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias.

Dirección General de Biodiversidad. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias.

Sí (1)

Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias.

No

Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias.

No

Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación y Cultura. Gobierno del Principado de Asturias.

No

Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Gobierno del Principado de Asturias.

No

Ayuntamiento de Tineo.

Greenpeace España.

No

Ecoloxistes n’Accion d’Asturies.

No

Asociación Asturiana de Amigos de la Naturaleza – ANA.

No

WWF/Adena.

No

SEO/Birdlife.

No

Amigos de la Tierra España.

No

(1) Informa la Dirección General de Medio Natural.

El contenido ambiental más significativo en los informes de las consultas realizadas se expone a continuación:

La Oficina Española de Cambio Climático considera que el cierre de la instalación y su posterior desmantelamiento tendrán un impacto ambiental muy positivo desde la perspectiva del cambio climático, en especial la reducción y control de gases de efecto invernadero.

La Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social informa que los posibles impactos ambientales sobre la salud humana quedan recogidos en el documento ambiental, que cuenta con medidas preventivas y correctoras y no realiza observaciones.

El Ayuntamiento de Tineo informa que desde el punto de vista urbanístico no existe inconveniente para proceder al desmantelamiento de la instalación.

El Área de Contaminación Atmosférica del Centro Nacional de Sanidad Ambiental informa que si se llevan a cabo las actuaciones descritas en el documento ambiental y se realiza un seguimiento de las medidas preventivas y correctoras establecidas no es de esperar que haya impactos adversos en la atmósfera (calidad del aire).

La Dirección General de Minería y Energía de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias considera que el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria e informa que el cierre y total desmantelamiento de la central presenta efectos negativos muy relevantes sobre la población, en concreto sobre el empleo y el arraigo social, que no han sido convenientemente abordados por el promotor, al igual que no han sido analizados los efectos sinérgicos derivados de otros procesos de cierre. También indica que debería evaluarse una alternativa cero consistente en el mantenimiento de la central operativa cumpliendo con la normativa ambiental exigible, y una alternativa para dotar de nueva actividad económica y de empleo a la parcela de la central.

La Dirección General de Prevención y Control Ambiental de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias informa que el proyecto no requiere ser sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria siempre que se observen las medidas planteadas en el documento ambiental y una serie de medidas y condiciones adicionales aportadas en este informe, como la realización de un muestreo o la caracterización previa de los suelos,, debiendo asimismo ser actualizado el Plan de Vigilancia Ambiental.

La Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial de este Ministerio informa que debería abordarse la restauración ambiental y definirse las medidas ambientales de forma global para todas las instalaciones ligadas al funcionamiento de la central (vertedero, puntos de vertido, encauzamiento, azud, etc.), que debería completarse el análisis de los riesgos de inundación, y que deberá evaluarse la existencia de contaminación significativa de suelos en relación con los niveles del correspondiente informe base, entre otras consideraciones.

La Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca del Principado de Asturias, informa favorablemente las actuaciones de demolición, considerando que el proyecto no afecta a ningún espacio de la Red Regional de Espacios Protegidos de Asturias ni de la Red Natura 2000, si bien podrían producirse afecciones sobre un nido de Alimoche (Neophron pernocpterus) ubicado a 1 km de la CT y sobre restos de vegetación de ribera pertenecientes al hábitat de interés comunitario prioritario 91E0* (Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior). La citada Dirección General establece en su informe una serie de prescripciones que debe cumplir el proyecto de desmantelamiento para evitar los impactos significativos, relacionadas fundamentalmente con el desmantelamiento del azud y del encauzamiento en el río Narcea a su paso por la CT, la prevención de la propagación de especies exóticas invasoras y el cumplimiento del Plan de Manejo del Alimoche Común.

La Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) informa que el documento ambiental del proyecto no ha estudiado suficientemente las afecciones sobre la hidrología superficial y la calidad de las aguas (efluentes). Así, requiere que se actualice el Plan de Vigilancia y se efectúen analíticas de aguas subterráneas teniendo en cuenta una serie de parámetros específicos, que se detalle el desmantelamiento del azud en el río Narcea valorando los efectos que producirá sobre la hidromorfología superficial y las riberas, y que se elimine el encauzamiento del río a su paso por la CT, restituyendo las márgenes a su estado previo, incluyendo medidas correctoras de reforestación. Finalmente, considera que no se valora adecuadamente la inundabilidad como factor de riesgo.

Como consecuencia de los informes emitidos por la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca, la Dirección General de Prevención y Control Ambiental de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, la Dirección General de Minería y Energía de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial durante la citada fase de consultas, con fecha 31 de octubre de 2019, se remitió al promotor copia de dichos informes con el fin de que pudiera proceder a modificar el documento ambiental de acuerdo con las consideraciones expuestas en ellos.

El 20 de noviembre de 2019, el promotor remitió documentación complementaria al inicial documento ambiental, dando respuesta a los informes emitidos por la Dirección General de Prevención y Control Ambiental, la Dirección General de Medio Natural, la Dirección General de Minería y Energía y la Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial.

Por otra parte, el 20 de julio de 2020, el promotor remitió respuesta al informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, incluyendo un documento de actuaciones en el cauce, y una caracterización hidromorfológica del río Narcea, documentación que fue sometida a consulta de la Confederación competente que emitió nuevo informe con fecha 22 de septiembre de 2020.

Por tanto, el promotor ha realizado todos los estudios y ha aceptado todas las condiciones planteadas por las diferentes administraciones respecto del proyecto de desmantelamiento de la central térmica, según acredita la documentación remitida por el mismo, y en consecuencia pasan a integrar la versión final del proyecto, al que se circunscribe este procedimiento de evaluación.

No obstante, las condiciones establecidas en el segundo informe de la Confederación Hidrográfica se consideran independientes del objeto de este procedimiento, no siendo relevantes a efectos de determinar si el proyecto de desmantelamiento planteado por el promotor puede ocasionar impactos adversos significativos. En cualquier caso, dichas condiciones fueron notificadas al promotor para su conocimiento con fecha con fecha 1 de octubre de 2020, debiendo ser tenidas en cuenta y asumidas, en su caso, en el procedimiento de autorización de obras en Dominio Público Hidráulico correspondiente.

Análisis técnico.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

a. Características del proyecto:

En la documentación aportada se definen las unidades a desmantelar, las operaciones a llevar a cabo, y los pasos y fases asociadas al proyecto.

a) Desde el punto de vista de sus dimensiones, el proyecto está acotado a las instalaciones existentes de generación eléctrica pertenecientes a NATURGY, que ocupan una superficie de aproximadamente 13 ha en la margen izquierda del río Narcea, que se suman a las 15 ha aproximadas que ocupa el acopio de carbón de Santianes en la margen derecha. Las necesarias campas para almacenamiento de residuos generados se ubicarán en la superficie de las instalaciones, no siendo necesario ocupar nuevos terrenos.

Las unidades involucradas en el desmantelamiento se agrupan en siete áreas: Oficinas, almacenes e instalaciones auxiliares; Torre de refrigeración y chimeneas; Instalaciones de producción; Depósitos de almacenamiento y plantas de tratamiento; Desulfuradora; Almacenamientos de carbón; Otras instalaciones.

Para cada una de las unidades, se describen las secuencias de actividades y pasos necesarios para su desmantelamiento. Por su magnitud y extensión, destacan los edificios de las calderas y turbinas, la torre de refrigeración del grupo 3 (estructura de hormigón armado de 81 m de altura y 70 m de diámetro en la base), las chimeneas (dos de 70 m de altura y el fuste único para las chimeneas de los grupos 2 y 3 de 200 m de altura), así como los dos parques de carbón. También destaca el desmantelamiento del encauzamiento del río en un tramo de 350 m y la demolición de la tubería y canal de enfriamiento o descarga de refrigeración (de forma íntegra en un tramo de 545 m y de forma parcial en el último tramo de 710 m).

b) En relación con la acumulación con otros proyectos, únicamente se prevé afección a la carretera AS-15, dado que el azud que da servicio a la CT sirve de estructura portante sobre la que discurre la carretera, dando acceso al núcleo de Santianes. En el documento ambiental se incluyen las medidas oportunas para señalizar las obras y canalizar el tráfico, evitando el corte de la carretera durante la demolición parcial del azud. Por otro lado, la carretera podrá verse cortada en caso de que se emplee voladura para demoler la torre de refrigeración.

c) En cuanto a la utilización de recursos naturales, será de escasa consideración. No se prevé la ocupación de superficies naturales no pavimentadas fuera de la instalación. La obra requerirá un pequeño consumo de energía eléctrica, alimentándose desde la red existente e instalando grupos electrógenos de forma puntual. Por otro lado, se necesitarán equipos de propano y oxígeno para ejecutar el oxicorte y tanques de gasoil para el funcionamiento de la maquinaria pesada (se estima un consumo aproximado de 245.000 l de gasoil).

El consumo de agua será muy inferior al que demandaba la central cuando estaba en funcionamiento, estimándose en unos 3.500 m3 en total, de los cuales 1.600 m3 serán consumidos por el personal y el resto en tareas para evitar la formación de polvo en las actividades de demolición y transporte. Además, el documento ambiental prevé una serie de medidas preventivas para optimizar el consumo como el empleo de contadores y registros de consumo, dispositivos de ahorro, lavado a presión, etc. El material necesario para efectuar los rellenos y la adecuación de la parcela provendrá fundamentalmente de los residuos pétreos generados en el achatarramiento de la propia obra, habiéndose estimado un déficit de 5.455 m3 de áridos para relleno que serán obtenidos de canteras cercanas.

d) El proyecto sí destaca desde el punto de vista de los residuos a generar, puesto que se prevé un elevado volumen en las obras de demolición. El documento ambiental efectúa una estimación de los residuos a generar, diferenciando entre residuos no peligrosos (Residuos de construcción y demolición o RCDs, basuras y tierras) y residuos peligrosos (tierras contaminadas, residuos metálicos y envases contaminados, ladrillos refractarios, materiales con amianto, aceites usados, lodos de limpieza de la caldera, baterías de plomo y efluentes líquidos peligrosos).

La estimación cuantitativa de la generación de residuos prevista, expresada en toneladas, así como su tratamiento, se muestran en la siguiente tabla:

Tabla 2. Residuos generados en el desmantelamiento (*residuos peligrosos). Fuente: Documento Ambiental

Código LER

Descripción

Toneladas

Tratamiento

Gestor

10 01 01

Cenizas del hogar, escorias y polvo de caldera.

30

Eliminación

Gestor Autorizado

12 03 01*

Líquidos acuosos de limpieza.

18

Reciclaje

Gestor Autorizado

13 02 05*

Aceites usados.

173,10

Valorización / reciclaje

Gestor Autorizado

13 05 07*

Agua aceitosa procedente de separadores de agua/sustancias aceitosas.

20

Reciclaje

Gestor Autorizado

13 07 01*

Fueloil y Gasóleo.

30

Valorización

Gestor Autorizado

15 01 10*

Envases de metal o plástico contaminado.

5,28

Eliminación

Gestor Autorizado

15 02 02*

Absorbentes contaminados.

0,1

Eliminación

Gestor Autorizado

16 02 09*

Aceite con PCB.

0,15

Reciclaje

Gestor Autorizado

16 05 04*

Equipos con Hexafluoruro de Azufre.

2,6

Reciclaje

Gestor Autorizado

16 06 01*

Baterías de Plomo.

47,22

Reciclaje

Gestor Autorizado

16 11 06

Ladrillo Refractario.

4.087,71

Valorización

Planta de RCD in situ

17 01 01

Hormigón.

47.692,75

Valorización

Planta de RCD in situ

17 01 07

Mezclas de Hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintos a 17 01 06.

996,19

Valorización

Planta de RCD in situ

17 02 01

Madera.

109,08

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 02 02

Vidrio.

80,7

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 02 03

Plásticos.

254,34

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 04 01

Cobre, Bronce, Latón.

934,02

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 04 02

Aluminio.

247,74

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 04 05

Hierro y acero.

31.429,41

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 04 07

Metales Mezclados.

1.846,34

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 04 11

Cableado eléctrico.

346,64

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 05 04

Tierras y piedras distintas a las especificadas en los códigos 170601 y 170603.

11.823,15

Eliminación

Gestor Autorizado

17 06 01*

Materiales de aislamiento que contiene Amianto.

68,99

Eliminación

Gestor Autorizado

17 06 04

Materiales de aislamiento distintos a 17 06 01 y 17 06 03.

1.257,97

Reciclaje

Gestor Autorizado

17 06 05*

Materiales de construcción que contiene Amianto.

36,72

Eliminación

Gestor Autorizado

17 08 02

Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los especificados en el código 17 08 01.

62,13

Reciclaje

Gestor Autorizado

19 08 06*

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas.

39

Eliminación

Gestor Autorizado

19 12 04

Plástico y caucho.

110,5

Reciclaje

Gestor Autorizado

20 01 21*

Tubos fluorescentes.

5,519

Reciclaje

Gestor Autorizado

20 03 01

Mezcla de residuos municipales.

2,786

Reciclaje

Gestor Autorizado

La cantidad total de residuos generados se ha estimado en 101.758 toneladas, de las cuales se reutilizarán en la propia obra 51.780 toneladas, fundamentalmente residuos pétreos para su empleo en rellenos de sótanos y galerías. Los residuos restantes (49.978 toneladas) serán expedidas a gestor autorizado para su reciclaje (madera, cartón, metales, etc.) o eliminación en vertedero. El transporte de estos residuos se realizará de forma escalonada durante los 36 meses que durará el proyecto, habiendo estimado una media de 4 camiones diarios.

Entre los trabajos previos está la habilitación de varias de las campas existentes para el almacenamiento de los residuos generados de forma segregada: tres para chatarra, tres para residuos de construcción y demolición, tres zonas de contenedores y un área para acopio de amianto. Estas áreas han sido reubicadas por requerimiento de la CHC, de manera que se localizarán en la parte final del parque de carbones (zona elevada), fuera de la zona de flujo preferente y de la zona de calados de baja probabilidad, de acuerdo con los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación.

Los residuos peligrosos (unas 447 toneladas aproximadamente) se acopiarán sobre soleras impermeabilizadas, cubiertas en el caso de que puedan producir lixiviados, y con cubetas de retención en el caso de residuos líquidos, de conformidad con lo exigido por la Dirección General de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias. Por otro lado, el promotor deberá solicitar la autorización para la valorización de los RCD’s a la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias, y comprobará la correcta gestión de los residuos peligrosos y no peligrosos por gestores autorizados, además de efectuar una comunicación de productor de residuos para la obra de desmantelamiento ante el Servicio de Autorizaciones Ambientales.

En cuanto a los residuos que contienen fibras de amianto, se gestionarán de acuerdo con un Plan de trabajo conforme al artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, que será elaborado previamente a las labores de desamiantado y presentado ante el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales de Asturias para su aprobación. En dicho Plan de Trabajo se llevará a cabo una evaluación de riesgos que incluya la medición de concentraciones de fibras en el aire y los datos de exposición de los trabajadores y la población. Todas las prescripciones indicadas por esta Dirección General han sido aceptadas expresamente por el promotor en la documentación de 20 de noviembre de 2019.

e) Desde el punto de vista de la contaminación, la realización del proyecto generará impacto por las emisiones acústicas y lumínicas, las emisiones atmosféricas, y una potencial generación de efluentes líquidos durante el desmantelamiento.

Las emisiones a la atmósfera van a ser principalmente de gases de combustión (CO2, NOx, SO2) y partículas (PM10) asociadas a los motores de combustión de la maquinaria y vehículos, a la manipulación y transporte de materiales metálicos y al tráfico de camiones. El documento ambiental estima unas emisiones de 769 toneladas de CO2, 5 kg de SO2, 5.600 kg de NOx, y 60,6 toneladas de partículas PM10. Se trata de emisiones de carácter difuso, móvil, y temporalmente puntual.

En cuanto a los efluentes líquidos, se generará un vertido de aguas sanitarias al río Narcea (estimado en 2.439 m3 para todo el proyecto, en base a una dotación media de 77 litros por trabajador y día), que serán previamente tratados en la Planta de tratamiento de aguas negras. Por otro lado, en las labores de limpieza podrían generarse efluentes químicos y con hidrocarburos que serán tratados como residuos peligrosos, y las aguas pluviales que pudieran arrastrar contaminantes y lixiviados, así como los potenciales derrames accidentales serán recogidos por la red de drenaje y tratados en la planta de tratamiento de efluentes de forma previa a su vertido al río Narcea.

En relación con la contaminación acústica, las principales fuentes de emisión acústica serán los equipos, maquinaria y vehículos empleados en la fase de desmantelamiento. La maquinaria que tendrá mayor potencia acústica será la planta móvil de reciclado de RCDs (machacadora de hormigón), habiéndose estimado una potencia acústica a 15 m de 136 dB(A). Otros equipos destacables son las retroexcavadoras, grúas, plataformas elevadoras, el Dumper y el manipulador telescópico para carga y descarga de suministros, todos en un rango de entre 115 y 123 dB(A) a una distancia de 15 m de la fuente, según el documento ambiental. Por otro lado, destacarán las voladuras que se realicen, de extraordinaria potencia pero muy acotadas en el tiempo.

f) Los riesgos de accidentes graves y/o catástrofes relevantes para el proyecto y los riesgos para la salud humana no son especialmente considerables, teniendo en cuenta que se trata de un proyecto de desmantelamiento. La CT de Narcea cuenta con un análisis de riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (SEVESO) y un análisis de riesgos ambientales aplicables a la central en explotación. Se identifican como principales riesgos asociados a accidentes los incendios en instalaciones de sustancias inflamables (especialmente asociados a los posibles derrames de fueloil) y las fugas de gasoil en tubería enterrada. En cuanto a riesgos naturales y catástrofes, se consideran el riesgo de inundación, incendio forestal, seísmo y fenómenos meteorológicos extremos (nevadas/heladas), concluyendo que todos presentan un riesgo bajo.

El documento ambiental justifica la no aplicación del Apartado f) del Artículo 45 de la Ley de evaluación ambiental al presente proyecto de desmantelamiento, por cuanto su ejecución supondrá una reducción cuantitativa de los riesgos de accidentes graves y catástrofes y de los efectos adversos sobre el medio ambiente en caso de ocurrencia de los mismos respecto a la situación de la central en operación. La retirada de elementos que suponen focos de riesgo como almacenes de lubricantes, carburantes y gases, naves de tolvas, depósitos de gasoil y fueloil o parques de carbones, entre otros, contribuye a minimizar los posibles efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, en caso de ocurrencia de los escenarios accidentales identificados para la situación de la central en explotación.

El promotor ha completado el análisis del riesgo de inundación a requerimiento de la CHC teniendo en cuenta que la CT se ubica en el Área de Riesgo Potencial Significativa de Inundación «Río Narcea» (ARPSI código ES017-AST-9-1). El promotor considera la probabilidad frecuente de inundación de gran parte de la parcela (en zona de flujo preferente), habiendo adoptado como medida preventiva la reubicación de áreas de acopio de residuos en la zona alta del parque de carbones, en un área de menor probabilidad de inundación.

b. Ubicación del proyecto:

La CT del Narcea se ubica a orillas del río Narcea, en el concejo de Tineo, cuya población es de 9.543 habitantes (2018) a unos 5 km al sur del núcleo de Tineo, a 170 m al sur del núcleo Soto de la Barca (50 habitantes) y a 500 m al noroeste del núcleo de Santianes (109 habitantes), si bien el acopio de carbón de Santianes se ubica a 100 m de la vivienda más cercana. Otros núcleos cercanos, ubicados 1,5 km al oeste son Posada y Casares. Este tramo del valle del Narcea tiene un carácter rural, transformado puntualmente por explotaciones mineras, embalses como Pitotuerto al oeste y La Barca al este (ambos con centrales hidroeléctricas) y la propia CT del Narcea. La principal vía de comunicación es la carretera AS-15, colindante al sur con la parcela de la central, así como caminos y pistas forestales que permiten unir los pequeños núcleos de población en los alrededores. A la CT llegan 5 líneas eléctricas: una de 400 kV, dos de 132 kV y dos de 50 kV.

En relación con los usos del suelo, en el entorno de la CT predomina el tipo forestal (bosques de frondosas y matorral) y los pastos para aprovechamiento ganadero. Por otro lado, el tipo residencial estaría representado por los núcleos de Santianes y Soto de la Barca, y el uso industrial se limita a las instalaciones de la Central.

El paisaje está dominado por el carácter lineal del río Narcea, que discurre en sentido oeste-este encajonado en el sinclinal de la Barca, con los bosques de ribera asociados en sus márgenes y los bosques de frondosas y repoblaciones de pinos (Pinus radiata, P. pinaster, P. sylvestris) en las laderas. En esta matriz, destacan fuertemente en discordancia los elementos de paisaje antrópico como la CT del Narcea o el acopio de carbón de Santianes. El documento ambiental califica la calidad del paisaje como media y próxima a calidad alta, según el método Visual Resource Management Program Bureau of Land Management (Smardon y col., 1986).

Las áreas con vegetación natural son abundantes en el entorno de la central, destacando los bosques de ribera (alisedas-fresnedas), formaciones arbustivas de madroño (Arbutus unedo) y aladierno (Rhamnus alaternus), brezales y tojales y retazos de bosque mixto de robles (Q. robur, Q. petraea), castaños (Castanea sativa) y abedules (Betula celtiberica). En el entorno del proyecto se encuentran varios Hábitats de Interés Comunitario (HIC) de matorral como los Brezales secos europeos (4030) y Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090). El HIC más destacable es el correspondiente a las alisedas atlánticas en ese tramo del río Narcea, de carácter prioritario (91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior), presente a ambos lados del azud aguas arriba, y en toda la margen derecha aguas abajo. El estado de conservación de este hábitat aguas arriba es bueno según la caracterización hidromorfológica aportada por el promotor, encontrándose más degradado aguas abajo debido al encauzamiento y la presencia de la CT.

La fauna del entorno del proyecto es la característica de los valles medios asturianos. Destacan especialmente las especies ligadas al medio fluvial en el Narcea: peces como el salmón (Salmo salar), la trucha (Salmo trutta), piscardo (Phoxinus phoxinus), o la anguila (Anguilla anguilla); mamíferos como la nutria (Lutra lutra); herpetofauna como el tritón ibérico (Triturus boscai), el lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi) y la salamandra rabilarga (Chioglossa lusitánica); y aves como el mirlo acuático (Cinclus cinclus), el martín pescador (Alcedo atthis), o la lavandera cascadeña (Motacilla cinerea), además de multitud de anátidas, ardeidas y otras aves acuáticas por la presencia cercana de dos embalses. En los bosques cercanos y roquedos son comunes especies de ungulados como el corzo (Capreolus capreolus) y el ciervo (Cervus elaphus), y rapaces como el buitre leonado (Gyps fulvus), el alimoche común (Neophron percnopterus) y el águila real (Aquila chrysaetos). En el entorno del proyecto figuran inventariadas especies amenazadas (según el Catálogo Español de Especies Amenazadas) como el oso pardo (Ursus arctos, en peligro de extinción), el desmán ibérico (Galemys pyrenaicus, vulnerable), el murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale, vulnerable) y el colirrojo real (Phoenicurus phoenicurus, vulnerable), además del mencionado alimoche (vulnerable). El documento ambiental identifica un nido de alimoche en las proximidades de la CT, a una distancia aproximada de 1 km, y de 500 m al acopio de carbón de Santianes.

No hay espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000 ni de la Red Regional de Espacios Protegidos de Asturias cercanos al proyecto que puedan verse afectados.

Hidrológicamente, el elemento estructurante es el río Narcea, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. El tramo de la CT está catalogado como masa de agua muy modificada por la presencia de presas y azudes según el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental 2015-2021 (PHCCO), denominándose «Embalse de la Barca» (Código ES189MAR001600) y siendo su estado global «peor que bueno». A esta masa se descargan, a través de 5 puntos de vertido, los efluentes generados por la CT Narcea (aguas de refrigeración, aguas de escorrentía, agua de servicios, etc.). Según la caracterización hidromorfológica aportada por el promotor, este tramo del río Narcea presenta un estado ecológico deficiente desde el punto de vista de la continuidad longitudinal y la morfología fluvial debido a la presencia del azud y el encauzamiento producido por la presencia de la central y los muros de la carretera AS-15, especialmente aguas abajo.

En relación con las aguas subterráneas, la masa de agua se corresponde con la denominada Eo-Navia-Narcea, código 012.001, cuyo estado químico y cuantitativo es bueno, y se encuentra incluida en el Registro de Zonas Protegidas establecido en el PHCCO como zona de captación de agua subterránea para abastecimiento. La vulnerabilidad a la contaminación de esta masa es baja mayoritariamente. En cuanto a la calidad de las aguas subterráneas del entorno de la CT, según los estudios llevados a cabo por el promotor en los años 2007 y 2016, en algunas áreas se han registrado concentraciones significativas de sustancias peligrosas (hidrocarburos totales y metales), si bien en los registros de 2017 y 2018 no se han repetido.

La calidad del aire en el entorno de la Central Térmica es buena, de acuerdo con los datos de 2017 registrados en las estaciones más cercanas a la CT pertenecientes a la Red de Control de la Calidad del Aire del Principado de Asturias (Cangas del Narcea y Piscinas de Trubia), al observarse que ni en 2017 ni en años anteriores se han superado los valores límite de inmisión legislados en el RD 102/2011 para los parámetros analizados (PM10 y PM2,5, SO2, NO2,CO, O3 y C6H6). La calidad acústica también es buena, teniendo en cuenta los niveles de presión sonora registrados por el promotor en los 6 puntos del entorno de la CT en los que se han realizado mediciones sonoras en el año 2017 (central en operación) no se superan los objetivos de calidad acústica fijados por el RD 1367/2007, salvo en un único punto (calificado como área residencial) para el periodo nocturno.

Desde el punto de vista de la geología y los suelos, la CT y el acopio de Santianes se sitúan sobre materiales cuaternarios asociados al río Narcea, conformados por grava con matriz arenosa algo arcillosa; suelos con limo arcilloso arenoso con gravas y suelos arenosos en aquellas zonas más próximas al río. En cuanto a la calidad del suelo en el emplazamiento de la central, según un análisis de muestras tomadas en diversos sondeos en 2016 por el promotor, se registraron valores de Hidrocarburos Totales del Petróleo (THP) superiores a los Niveles Genéricos de Referencia marcados por la normativa vigente, e inferiores en el caso de metales pesados, Hidrocarburos Aromáticos Policiclicos (PAHs), BTEX (Benceno, Tolueno, Etilbenceno y Xileno) y Policlorobifenilos (PCBs).

c. Características del potencial impacto:

El proyecto causará impactos ambientales durante el desmantelamiento sobre la calidad del aire, la población, la edafología, la hidrología superficial y subterránea, la vegetación, la fauna, y el paisaje. Las afecciones destacadas derivadas de la ejecución del proyecto, así como las medidas preventivas y correctoras propuestas, se exponen a continuación.

Los impactos producidos por emisiones atmosféricas sobre la población, el aire, el cambio climático y la vegetación no se prevé que sean significativos y tendrán carácter temporal. Las principales fuentes de emisión de los contaminantes van a estar localizadas en el interior del perímetro de la instalación, a excepción de las emisiones asociadas al tráfico rodado, si bien son de muy escasa entidad. Entre las actividades potencialmente contaminadoras desarrolladas en el interior, se encuentran los trabajos de demolición y desmantelamiento (acopio y traslado de materiales y residuos; triturado de RCDS, desmontaje/demolición de estructuras, etc.), que generarán emisiones moderadas de polvo de carácter temporal y difuso, no suponiendo un impacto significativo si se aplican las medidas preventivas y correctoras indicadas en el documento ambiental. Por otro lado, la emisión de gases de combustión (CO, SO2 y NOx) generados por la maquinaria, equipos y vehículos empleados en la obra, tampoco se considera significativa dada su escasa magnitud y su temporalidad, así como la aplicación de las medidas preventivas y correctoras.

La calidad del aire en el entorno empeorará durante las obras respecto a la situación preoperacional de planta parada sin emisiones, fundamentalmente en relación con las partículas, si bien el desmantelamiento de la central supondrá una mejora de la calidad del aire en relación con la central en operación (calidad del aire buena según datos de 2017 y anteriores).

Como medida preventiva, a efectos de controlar la calidad del aire en el entorno, se vigilará que no se sobrepasen los actuales valores de inmisión registrados en la zona (sobre todo PM10 y PM2,5) durante el tiempo que dure la obra civil del Proyecto. Para ello, atendiendo a la naturaleza del principal contaminante (material particulado) se dispondrán dos captadores pasivos para la medición de partículas (uno en el núcleo de Santianes y otro en el núcleo de Soto de la Barca, zonas residenciales más próximas), que permitirán observar las partículas en suspensión y partículas sedimentables y evaluar su incidencia sobre la población. En el caso de que se detectasen formaciones de polvo o niveles de partículas por encima de los valores establecidos en el Plan de vigilancia, se procederá a determinar la causa y corregirla.

Otras medidas correctoras consideradas por el promotor en el documento ambiental, a fin de reducir el impacto sobre la atmósfera, la población y la vegetación por emisiones son:

– El riego y baldeo periódico de viales, superficies y partes que van a ser demolidas, zonas de caída de materiales y de manejo de escombros así como el lavado de ruedas de maquinaria y la limitación de velocidad de circulación a 20 km/h.

– La ubicación de acopios de materiales finos en zonas protegidas del viento y en la medida de lo posible, a sotavento de la dirección predominante de los vientos, así como el cubrimiento de áreas de acopio y camiones que transporten material particulado.

– La realización de las operaciones de voladuras, retirada de escombros y rasurado de los parques de carbones (más susceptibles de emitir polvo) se realizarán en días con condiciones atmosféricas favorables (velocidad de viento adecuada). La machacadora de hormigón se ubicará en una zona protegida del viento.

La puesta en práctica de las medidas expuestas pretende que se mantenga una situación similar a la preoperacional durante el desmantelamiento y una situación de mejora una vez concluido.

El potencial impacto en el cambio climático por la emisión de gases de efecto invernadero (GEI) debida a las emisiones de la maquinaria no se considera relevante, habiéndose estimado en el documento ambiental unas 769 toneladas de CO2. A largo plazo, el proyecto tendrá un impacto positivo considerando el efecto sumidero de las plantaciones vegetales previstas en la margen izquierda del río, aun sin considerar la potencial reducción de emisiones asociada al cese de la actividad, fuera del alcance de este proyecto.

En relación con la posible afección por ruido sobre la población y la fauna, no se estima que el proyecto vaya a tener un impacto significativo, considerando el carácter temporal de las obras de desmantelamiento y cumpliendo las medidas preventivas y correctoras incluidas en el documento ambiental.

La calidad acústica en la situación preoperacional es buena, teniendo en cuenta que la central se encontraba en operación y según mediciones realizadas por el promotor en 2017 únicamente se registró una superación de los límites fijados en el Real Decreto 367/2007 en horario nocturno en un punto calificado como área residencial. Una vez se lleve a cabo el cese de la actividad previo al desmantelamiento, es esperable que no se produzca tal superación.

La contaminación acústica que generarán las actividades de demolición y transporte sobre el entorno provocarán un impacto moderado teniendo en cuenta la buena calidad acústica preoperacional. Para mitigar el impacto, el documento ambiental recoge una serie de medidas preventivas como la programación de las actividades de forma que las más ruidosas no coincidan en el tiempo, que se realicen en periodo diurno, o la ubicación de la machacadora de hormigón en el área más alejada de las zonas residenciales y protegida para amortiguar el ruido.

Las emisiones sonoras podrían comprometer los objetivos de calidad acústica definidos en el entorno de la Central (según la AAI, los receptores más sensibles en el entorno son cuatro puntos con predominio de suelo de uso terciario y dos de uso residencial), por lo que el documento ambiental incluye la vigilancia acústica como medida para controlar el cumplimiento de estos objetivos. Se realizarán mediciones periódicas de inmisión acústica procedente de las actividades de desmantelamiento y demolición, en horario de obra y en los 6 puntos de muestro exterior recogidos en la AAI, en el borde de la parcela y en las fachadas de las viviendas próximas no colindantes y resto de edificios de uso residencial.

En caso de observarse superaciones de los objetivos de calidad acústica, y siempre que quede justificado que se han adoptado las medidas técnicas viables para la reducción de ruido y aislamiento, el promotor solicitará al Ayuntamiento de Tineo el establecimiento de valores excepcionales para la ejecución de obras con unos determinados horarios.

Los impactos sobre la edafología y la calidad del suelo pueden producirse por la alteración de la geomorfología de los terrenos afectados por el desmantelamiento y por la potencial contaminación de los suelos en el ámbito de la central térmica.

La afección sobre la geomorfología no se estima significativa, ya que está limitada a una escasa superficie en relación con el total de la parcela. Las operaciones de relleno de huecos, eliminación de estructuras, etc. que impliquen movimiento de tierras y la alteración de las cimentaciones podrían afectar indirectamente a la estructura edafológica. El parque de carbones será objeto de un raspado con máquina con cazo para eliminar restos de carbón, que serán enviados a gestor autorizado, dejando la explanada llana y libre de elementos antrópicos.

Por otro lado, las operaciones previstas durante el desmantelamiento podrían incidir sobre la calidad del suelo a consecuencia de potenciales derrames imprevistos, el desenterramiento de estructuras, la generación de huecos y la remoción de sedimentos contaminados durante las tareas previas de limpieza, empeorando una situación preoperacional en la que los suelos de algunas zonas del proyecto, según la caracterización realizada en 2016, presentan concentraciones significativas de hidrocarburos totales del petróleo (THPs) superiores a los Niveles Genéricos de Referencia y los umbrales establecidos en la legislación. En aplicación del RD 9/2005, se realizó una valoración de riesgos, evaluándose diversos escenarios y concluyendo que el riesgo es admisible.

Según el informe de la Dirección General de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias, las instalaciones que queden por debajo de rasante serán extraídas del terreno para su gestión, o bien vaciadas, descontaminadas y rellenadas con material inerte, documentando estas actividades en un inventario. El promotor indica que se procederá de esta forma para los tanques y depósitos enterrados que hayan contenido productos derivados del petróleo y otras sustancias peligrosas, inventariándolas en el Plan de Vigilancia Ambiental.

El documento ambiental incluye medidas preventivas tales como el mantenimiento de las redes de drenaje a efectos de recoger potenciales derrames accidentales para su tratamiento en la Planta de tratamiento de efluentes (PTE), o la realización de acopios de materiales y residuos en zonas especialmente designadas para ello.

El Documento Ambiental incluye una propuesta de Plan de caracterización de suelos y aguas subterráneas en el marco del desmantelamiento de la CT de Narcea, que abarca tres fases (antes, durante y después del desmantelamiento) y da respuesta a lo requerido en este aspecto por la CHC, la Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial del MITERD y la Dirección General de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias.

En relación con los suelos, para la situación preoperacional se consideran los datos de la campaña de 2016. En la fase de desmantelamiento se prevé la toma puntual de muestras de suelo remanente mediante catas de tres metros de profundidad (un total de 14 repartidas por todas las áreas potencialmente contaminadas) tras la extracción y achatarramiento de los tanques y depósitos que albergaran sustancias peligrosas (gasoil y fueloil fundamentalmente), además de en aquellos puntos adicionales en los que se produzca un derrame o vertido accidental sobre suelo descubierto.

Los parámetros a analizar serán TPHs, BTEX, PAHs y metales pesados en todas las muestras, así como PCBs en las zonas de subestación eléctrica y transformadores (conforme a lo requerido por la Dirección General de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias) e hidrocarburos alifáticos y aromáticos en aquellas muestras en las que se observan indicios de contaminación. Los umbrales de referencia a emplear serán los NGR para suelo de uso industrial fijados en la normativa vigente. En caso de superarse algún umbral, el promotor informará al órgano competente del Principado de Asturias y adoptará las medidas correctoras pertinentes, además de llevar a cabo el correspondiente Análisis Cuantitativo de Riesgos para la Salud Humana, con el objetivo de determinar la existencia o no de riesgos inaceptables para la salud humana y, si fuese necesario, calcular los niveles objetivos de recuperación.

El Plan definitivo de caracterización será aprobado por el Servicio competente de la Dirección General de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias. Tanto las analíticas como el Análisis Cuantitativo de Riesgos (en caso de ser necesario) serán llevados a cabo por Entidad Acreditada por ENAC. De acuerdo con el informe de la mencionada Dirección General, la autorización de cierre de la instalación quedará supeditada a la descontaminación de los suelos, o a la existencia de un informe de empresa acreditada por ENAC en el que se certifique que el estado de los suelos y las aguas subterráneas no suponen riesgos para la salud y el medio ambiente.

Los impactos sobre el medio hídrico podrían derivarse de la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por vertidos, por los efluentes líquidos generados, por el consumo de agua, y por las labores de desmantelamiento parcial del azud en el río Narcea y de la canalización de su margen izquierda.

Los 3.500 m3 de agua necesaria para el proyecto serán captados mediante las instalaciones existentes en virtud de la concesión actual (10.600 l/s), suponiendo un volumen muy inferior al consumido con la central en operación, por lo que la detracción no causará impacto significativo en el ecosistema fluvial ni en el resto de los aprovechamientos. En cualquier caso, el documento ambiental prevé medidas preventivas como la instalación de contadores y dispositivos de ahorro de agua.

Los efluentes líquidos generados en la fase de desmantelamiento (descritos en el epígrafe 1e de este documento) previsiblemente no causarán impactos significativos, considerando su carácter puntual y discontinuo, su escasa entidad y las medidas preventivas y correctoras incluidas en el documento ambiental.

Los efluentes generados en la limpieza de equipos y en las tareas previas a la demolición, serán aspirados y cargados en camión cisterna para su tratamiento como residuo. Los potenciales derrames generados en estas tareas, así como en las labores de demolición, serán recogidos preferentemente por gestores autorizados, o bien recogidos en las redes de drenaje y tratados en la PTE junto con las escorrentías. Por otro lado, las aguas procedentes de aseos del personal se tratarán en la Planta de tratamiento de Aguas Negras (PTAG). Ambas plantas serán desmanteladas en último lugar junto con las instalaciones de captación, al igual que las redes de drenaje y de aguas sanitarias y las redes de control de vertidos. El documento ambiental no efectúa la cuantificación de los caudales de los efluentes generados en el desmantelamiento debido a su carácter puntual y discontinuo, si bien serán muy inferiores a los caudales autorizados en la AAI de la Central Térmica.

En cuanto a la carga contaminante, se prevé que sea menor a la que se generaba en la fase de funcionamiento de la instalación. El contaminante principal presente en esta fase serán los sólidos en suspensión, si bien de conformidad con el informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, se han considerado otros potenciales contaminantes derivados de la movilización de carbón, cenizas, escorias, chatarras y residuos: hidrocarburos aromáticos policíclicos, hidrocarburos totales del petróleo, hidrocarburos monoaromáticos (Benceno, Etilbenceno, Tolueno y Xileno) y metales pesados (As, Cd, Cu, Cr, Hg, Ni, Pb y Zn).

Para garantizar que no se sobrepasan los límites de concentración en vertido de ninguna de estas sustancias ni las indicadas ya en la AAI, el Plan de Vigilancia Ambiental definitivo dispondrá el control de la calidad de los efluentes en los puntos de control PC3 y PC4 (según nomenclatura de la AAI) previos al punto de vertido PV3. Se efectuará un control independiente del vertido procedente de los aseos (PC3) y del vertido de escorrentía (PC4). Estas analíticas serán realizadas por Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica con carácter mensual como mínimo y siempre que haya agua en los puntos de vertido.

En el caso de que se detecte la presencia de turbidez, cambio de color o sustancias oleaginosas, se procederá a evitar el efluente al río, determinar la causa y corregirla. No se reanudará la descarga de efluentes al río hasta que no se haya constatado que la calidad de las aguas vuelve a su estado original.

Tras el desmantelamiento, el promotor llevará a cabo una caracterización química de las aguas de escorrentía procedentes de la zona una vez adecuada la parcela, continuando con los controles de los vertidos de acuerdo a lo que disponga el organismo de cuenca en la nueva autorización de vertido.

Adicionalmente, se dispondrá de un Plan de vigilancia para el medio receptor, controlando el cumplimento de los objetivos de calidad fijados en el Real Decreto 817/2015 y en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico, tanto aguas arriba como aguas debajo de la instalación.

La potencial afección a las aguas subterráneas está asociada a la potencial contaminación del suelo en el emplazamiento de la central, por lo que es de plena aplicación lo dispuesto anteriormente en cuanto a las afecciones sobre la calidad del suelo. El Plan de caracterización de suelos y aguas subterráneas incluye la monitorización de éstas antes, durante y después del desmantelamiento, mediante una red de siete piezómetros de profundidades variables entre 2 y 10 metros ubicados por toda la instalación, además de la construcción de piezómetros adicionales en aquellos puntos en los que se produzca un derrame o vertido accidental. Los parámetros a controlar serán los mismos que en las muestras de suelos, además de los señalados específicamente por la CHC, con carácter trimestral durante la fase de desmantelamiento, de manera que se cubran cada uno de los periodos de aguas altas, medias y bajas. Tras esta fase, se efectuará un seguimiento semestral durante el primer año y anual durante el segundo año.

El desmantelamiento parcial del azud sobre el río Narcea y la eliminación del encauzamiento afectarán a la hidromorfología del cauce en este tramo, así como podrían alterar su calidad por un incremento de la turbidez durante la obra. No obstante, considerando las técnicas a emplear y las medidas preventivas y correctoras previstas por el promotor, no se estima que se puedan producir impactos negativos significativos, y la eliminación de esta infraestructura tendrá un impacto positivo en el ecosistema fluvial.

El azud tiene una longitud aproximada de 60 m y una altura sobre el lecho del cauce de 8 m. Está formado por una cimentación de hormigón en el lecho del cauce, del que parten cinco apoyos de hormigón que estriban cuatro compuertas metálicas y posibilitan el apoyo de un tablero para formar el puente de acceso a la localidad de Santianes (Carretera AS-15), motivo por el cual no se plantea la demolición completa sino de todos aquellos elementos hidráulicos y mecánicos que permiten captar agua: bombas, compuertas y casetas de control hasta la cota de la carretera. Los elementos metálicos serán desmantelados mediante grúa con equipo de oxicorte, pero para los elementos de hormigón se empleará hilo diamantado, cuyo retorno del agua de refrigeración podría arrastrar sólidos al cauce. Entre las medidas correctoras incluidas en el documento ambiental está prevista la contención con barreras anti-turbidez aguas abajo.

En cuanto al encauzamiento, se demolerá el muro de hormigón de la margen izquierda y se retirará la tubería de refrigeración existente en su trasdós. Según la información aportada por el promotor con fecha 17 de julio de 2020, en el primer tramo de 350 m desde el azud se eliminará por completo el muro (a excepción del tramo en el que se embebe el estribo izquierdo del puente viejo de Santianes, ya que sirve para su sustentación) y se llevará a cabo el ataluzado de este tramo (perfil 3H:2V) y la protección del pie mediante escollera o técnicas de bioingeniería. En el siguiente tramo de 220 metros, la demolición será parcial y se adoptará un perfil de ataluzado de 3H:1V. El canal de enfriamiento que continúa 835 m aguas abajo será rellenado con material de obra, demoliendo parcialmente los cajeros para adaptarlos al perfil natural del terreno. Estas actuaciones pueden generar contaminación en el cauce por arrastre de sólidos, que se minimizará mediante las barreras anti-turbidez.

Todas las actuaciones relativas al azud y el encauzamiento se programarán en época de aguas bajas o estiaje, realizando las sueltas de agua de manera lenta y paulatina, y en total coordinación con las autoridades competentes (CHC), de conformidad con los informes de las Direcciones Generales de Medio Natural y de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias. Por último, de acuerdo con el requisito de la Dirección General de Medio Natural, se evitará el contacto o vertido a las aguas de cementos, hormigón y otros contaminantes.

El desmantelamiento parcial del azud tendrá un efecto positivo en la hidromorfología superficial, de acuerdo con la caracterización realizada por el promotor a requerimiento de la CHC. Concretamente, se mejorará la continuidad del río al eliminar el obstáculo, permitiendo la movilidad de las poblaciones piscícolas en un tramo de al menos 16 km. Se mejorarán las condiciones morfológicas del cauce aguas arriba por la reducción de la superficie de agua embalsada y se eliminarán las alteraciones en la estructura y naturalidad del sustrato por deposición de sedimentos y el efecto de arrastre aguas abajo cuando se abren las compuertas, si bien estas mejoras pueden verse atenuadas por encontrarse en la cola del embalse de La Barca.

En este punto debe destacarse que las actuaciones proyectadas por el promotor para desmantelar el azud y el encauzamiento no generarán previsiblemente impactos significativos sobre el medio fluvial. No obstante, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico informó en su escrito de 22 de septiembre de 2020 que dichas actuaciones, siendo adecuadas, se consideraban insuficientes para reestablecer las condiciones hidromorfológicas originales en este tramo de río, previas a la construcción de la Central.

La recuperación de esas características originales no compete a esta entidad ni es objeto de este procedimiento, de acuerdo con la normativa de evaluación ambiental aplicable. No obstante, ha de dejarse constancia de que el promotor, de conformidad con lo informado por la Confederación Hidrográfica, deberá obtener la correspondiente autorización administrativa del órgano competente en materia de aguas para la realización de cualquier actuación en Dominio Público Hidráulico o en sus zonas de protección, atendiendo, en su caso, a los requerimientos que la CHC formule.

Los impactos sobre la vegetación, los hábitats naturales y la fauna podrán darse tanto en la fase de desmantelamiento como en la fase de acondicionamiento de la parcela. No se espera afección alguna sobre ningún espacio natural protegido, teniendo en cuenta la distancia del proyecto a éstos, de acuerdo con lo informado por la Dirección General de Biodiversidad del Principado de Asturias.

En la fase de desmantelamiento, el proyecto no afectará a ninguna especie protegida de flora. Las deposiciones de polvo en la vegetación del entorno, a causa de las operaciones de demolición y el trasiego de maquinaria, constituyen un efecto indirecto y temporal. No se prevé ninguna destrucción de hábitats. El HIC 91E0* (Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior) podría verse afectado particularmente por el desmantelamiento del área de almacenes y talleres ubicado en la margen derecha, dada su proximidad, si bien las medidas preventivas incluidas en el documento ambiental evitarán previsiblemente cualquier afección directa (señalización y balizamiento de áreas de trabajo y vías de circulación).

Por otro lado, las actuaciones de desmantelamiento ocasionarán molestias a la fauna cercana, que temporalmente podría verse desplazada a otras áreas naturales cercanas. Las actividades más ruidosas podrían afectar a los ejemplares de alimoche que nidifican en el entorno de la CT. Por ello, y de conformidad con lo indicado en el informe de la Dirección General de Medio Natural del Principado de Asturias, el promotor señala en el documento ambiental que la programación de las actividades más molestas no se llevará a cabo en la época de reproducción de esta especie (del 15 de marzo al 15 de agosto). De forma más concreta, la Dirección General estipula que no podrán llevarse a cabo voladuras en este periodo, dando así cumplimiento a lo establecido en el Decreto 133/2001, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Alimoche.

Las actuaciones previstas para el desmantelamiento parcial del azud en el río y la eliminación del encauzamiento de la margen izquierda y el canal de enfriamiento, si bien ocasionarán afecciones negativas temporales en las comunidades fluviales durante su ejecución, tendrán un efecto positivo muy considerable sobre el ecosistema fluvial y las comunidades piscícolas, recuperando la conectividad longitudinal y permitiendo el libre tránsito de ejemplares en un tramo de al menos 16 km. Para evitar afecciones a las poblaciones de peces durante la ejecución de los trabajos en el canal, el promotor llevará a cabo previamente una captura de ejemplares en el mismo mediante pesca eléctrica y su traslado a las zonas que determine y planifique la guardería de la zona (a excepción de especies alóctonas), en total coordinación con las autoridades competentes (CHC, Guardería de Medio Natural y Servicio de Caza y Pesca del Principado de Asturias).

Según la caracterización hidromorfológica presentada por el promotor, la estructura ribereña no se verá afectada aguas arriba tras las obras, y mejorará notablemente aguas abajo al eliminar el muro de hormigón en la margen izquierda y modificar el perfil del talud en los diferentes tramos, mejorando su grado de naturalidad y facilitando el asentamiento de la vegetación natural característica de las alisedas y fresnedas correspondientes al HIC 91E0*. De conformidad con el informe de la Dirección General de Medio Natural, se revegetará con las especies propias de este hábitat en una banda de 10 a 20 metros de ancho desde el azud hasta la desembocadura del canal de enfriamiento, en las condiciones que imponga la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en su autorización y dejando libre la zona de servidumbre de paso de 5 metros de ancho.

En relación con las especies exóticas invasoras, el promotor ha aceptado las condiciones de la Dirección General de Medio Natural. Las maquinarias y herramientas empleadas en el proyecto serán desinfectadas antes de su traslado a los entornos de trabajo para evitar la proliferación de especies invasoras, y en caso de detectar su presencia se procederá a su correcta eliminación retirando los restos a un vertedero autorizado.

En relación con los impactos del proyecto sobre el paisaje, el impacto durante la fase de desmantelamiento no será significativo, ya que los elementos antrópicos adicionales (maquinaria, vehículos, etc.) quedarán integrados o camuflados en primera instancia por las infraestructuras actuales, e irán ganando notoriedad a medida que vayan desapareciendo las estructuras. Una vez finalizada la etapa de desmantelamiento y tras las labores de restauración planteadas por el promotor, la calidad del paisaje mejorará notablemente por la eliminación de los elementos antrópicos discordantes que conforman la CT. En la documentación complementaria aportada por el promotor se incluye una propuesta de revegetación y la creación de un paseo fluvial en el tramo donde se eliminará el encauzamiento.

En relación con el patrimonio cultural, el documento ambiental identifica como bienes patrimoniales más cercanos el Palacio de Queipo de Llano, la Parroquia de Santa María de la Barca y el Puente Viejo de Santianes. La potencial afección al palacio se descarta por la distancia a la que se encuentra (más de 800 m), y en cuanto a la Parroquia y el puente, el promotor acepta la condición de la Dirección General de Prevención y Control Ambiental de considerar su ubicación a la hora de llevar a cabo las voladuras conforme a la normativa vigente.

El Puente Viejo de Santianes podría verse afectado por las labores de desmantelamiento del muro de hormigón que encauza el río Narcea, si bien en la documentación aportada por el promotor se especifica que se tomarán todas las medidas necesarias para no afectar a este bien, respetando el tramo de muro de hormigón necesario para garantizar su sustentación. Aun tratándose de un elemento no catalogado en el planeamiento urbanístico municipal ni en el catálogo urbanístico del Concejo, y por tanto sin protección específica, se solicitó informe con fecha 31 de julio de 2020 a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo del Principado de Asturias acerca de las actuaciones planteadas por el promotor en relación con el puente, no habiendo recibido respuesta por parte de dicho organismo, que tampoco emitió respuesta en la fase de consultas.

Por último, en relación con los impactos sobre la población, al margen de los derivados de emisiones atmosféricas, ruidos, residuos y efluentes líquidos ya analizados, el documento ambiental identifica impactos socioeconómicos.

La realización de las obras de desmantelamiento supondrá una generación de empleo directo e indirecto e incremento de renta durante los tres años de duración prevista, debido a la necesidad de recursos como mano de obra y gestión de residuos y materiales, que según el documento ambiental, repercutirán fundamentalmente en el Concejo de Tineo.

Respecto a las consideraciones de la Dirección General de Minería y Energía del Principado de Asturias sobre la valoración de efectos sinérgicos derivados de otros procesos de cierre, o la consideración de alternativas como el mantenimiento de la central operativa o una nueva actividad económica, debe destacarse que estos aspectos exceden del ámbito de análisis de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental simplificada, según prevé la Ley de evaluación ambiental. Por tanto, el cese de la actividad no es objeto del proyecto, por lo que las alternativas consideradas durante la presente evaluación ambiental deben ceñirse únicamente a la ejecución o no ejecución del desmantelamiento y a las técnicas y métodos a emplear en la misma, una vez se haya autorizado por la autoridad competente dicho cierre.

El citado órgano autonómico, asimismo, considera que el proyecto debe ser sometido a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y no simplificada, entendiendo que la central térmica tiene una potencia superior al umbral establecido en el anexo I (Grupo 3) de la Ley de evaluación ambiental, debiendo tratarse el desmantelamiento como procedimiento interdependiente del cierre de la central. A este respecto, debe indicarse que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, dispone que el procedimiento de autorización de cierre de la central es independiente del desmantelamiento y no conlleva evaluación ambiental. Por otro lado, el proyecto de desmantelamiento se somete a evaluación de impacto ambiental simplificada por tratarse de una modificación de características de una infraestructura ya ejecutada que generará un potencial incremento de residuos, de conformidad con el apartado c del artículo 7.2 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.

Por su parte, la Dirección General de Prevención y Control Ambiental del Principado de Asturias informa que el promotor deberá iniciar en el plazo de 36 meses un procedimiento de reordenación urbanística de acuerdo con los usos que se planifiquen en la parcela una vez finalizado el desmantelamiento. En caso contrario, deberá ejecutarse un nuevo Proyecto de Restauración que incluya todas las áreas que no estén dotadas de soleras de hormigón y aglomerado asfáltico. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el segundo informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, en dicho procedimiento se incorporará el análisis del riesgo de inundabilidad de los terrenos ocupados por la central, adecuando la ordenación urbanística a lo dispuesto en el Reglamento de DPH y en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

Este procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada se limita al proyecto de desmantelamiento de la central térmica, excluyendo expresamente el pronunciamiento sobre los nuevos usos o instalaciones que en el futuro se puedan plantear en la misma ubicación.

Fundamentos de Derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la Sección 2.ª del Capítulo II del Título II de la Ley.

El proyecto «Desmantelamiento de la central térmica del Narcea en el Término Municipal de Tineo (Asturias)» se encuentra encuadrado en el artículo 7.2 c) de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental: «Cualquier modificación de las características de un proyecto del anexo I o del anexo II, distinta de las modificaciones descritas en el artículo 7.1.c) ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente (…) cuando suponga (…) 3.º «Un incremento significativo de la generación de residuos».

El procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta en resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a su ausencia, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La emisión del informe de impacto ambiental no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, esta Dirección General, resuelve:

De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Desmantelamiento de la central térmica del Narcea en el Término Municipal de Tineo (Asturias)», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el apartado 6, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 18 de diciembre de 2020.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.

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