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Documento BOE-A-2021-13750

Resolución de 3 de agosto de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., para el seguimiento de la línea de actuación de investigación e innovación de las estrategias de salud y la evaluación del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2021, páginas 99730 a 99732 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2021-13750

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 28 de julio de 2021, Adenda de modificación del Convenio entre la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. y el Ministerio de Sanidad para el seguimiento de la línea de actuación de investigación e innovación de las estrategias de salud y la evaluación del Sistema Nacional de Salud y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 3 de agosto de 2021.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón Fernández.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. y el Ministerio de Sanidad para el seguimiento de la línea de actuación de investigación e innovación de las estrategias de salud y la evaluación del Sistema Nacional de Salud

En Madrid, a 28 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (en adelante, denominada FECYT) con domicilio en la sede de Alcobendas del Museo Nacional de Ciencia y Tecnología (MUNCYT), calle Pintor Murillo 15, CP 28100, Madrid, G-82999871, representada en este acto por doña Inmaculada Aguilar Nacher como Directora General, en virtud de las competencias atribuidas en escritura pública, otorgada el 12 de mayo de 2021, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José María Mateos Saldado, con el número 2.178 de su protocolo.

De otra parte, el Ministerio de Sanidad, con CIF S2827001E y domicilio social en Madrid, paseo del Prado, 18-20, CP 28071, representado en este acto por doña Pilar Aparicio Azcárraga, Directora General de Salud Pública, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 999/2020, actuando en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, de acuerdo a la delegación efectuada en el apartado decimonoveno.1 de la Orden SNS/1308/2020, de 31 de diciembre, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias.

Las partes, según comparecen, se reconocen mutuamente plena capacidad para firmar el presente acuerdo, y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 9 de enero de 2020 la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. y el Ministerio de Sanidad, suscribieron el Convenio para el seguimiento de la línea de actuación de investigación e innovación de las estrategias de salud y la evaluación del Sistema Nacional de Salud, y publicado en el BOE de 27 de abril de 2020.

Segundo.

Que en cumplimiento con la cláusula séptima del Convenio «Comisión de Seguimiento», el 13 de mayo de 2020, se constituyó la Comisión de seguimiento mediante videoconferencia, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2020.

Tercero.

Que en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructura los departamentos ministeriales, se suprimió el entonces Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y se creó el Ministerio de Sanidad cuya estructura orgánica básica se estableció en el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto.

Cuarto.

Que en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructura los departamentos ministeriales, se suprimió el entonces Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidad y se creó el Ministerio de Ciencia e Innovación cuya estructura orgánica básica se estableció en el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero.

Quinto.

Que el párrafo cuarto de la cláusula séptima del Convenio «Comisión de Seguimiento», recoge las personas que integran la misma, siendo preciso el cambio de denominación más genérica de los cargos.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de modificación del Convenio, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

Se sustituye la denominación del «Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social» por el «Ministerio de Sanidad».

Segunda.

Se sustituye la denominación al «Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades» por «Ministerio de Ciencia e Innovación».

Tercera.

Se modifica el párrafo cuarto y quinto de la cláusula Séptima «Comisión de Seguimiento.»

«La Comisión de Seguimiento de carácter paritario estará́ integrada por un máximo de dos representantes de cada institución:

– Por parte de Ministerio de Sanidad participarán:

La persona titular de la Subdirección General de Promoción, Prevención, y Calidad o persona en quien delegue.

Un Jefe de Servicio o Técnico Superior de la Subdirección General de Promoción, Prevención y Calidad.

– Por parte de FECYT participarán:

La persona titular de la Dirección de Gestión de la Información Científica o persona en quien delegue.

Un jefe de unidad o un técnico de la Dirección de Gestión de la Información Científica».

Cuarta.

Se suprime en el apartado «Alcance» del anexo la referencia a «Los Institutos de investigación vinculados con los hospitales que participan en las áreas de interés por el MSCBS», así como en el cronograma.

Quinta.

Se modifica en la Tabla 1, el cuadro de cronograma

Cronograma

Estrategia 2020 2021
E. Diabetes X  
E. Cuidados paliativos X  
E. Enfermedades reumáticas y musculoesqueléticas. X  
E. Cronicidad.   X
E. Seguridad del Paciente.   X
E. Violencia de Género.   X
Sexta. Entrada en vigor.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Publico, la presente adenda de modificación del Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes manifestado mediante su firma, y desplegará los efectos una vez sea inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Adicionalmente deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado». Mantendrá́ su vigencia hasta el 27 de abril de 2022.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas partes firman la presente Adenda de modificación del Convenio, por duplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.–Por FECYT, Inmaculada Aguilar Nacher.–Por el Ministerio de Sanidad, Pilar Aparicio Azcárraga.

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