Por Resolución de 21 de enero de 2020 («Boletín Oficial del Estado» del día 4 de febrero), de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, fue convocado proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
Concluidas las pruebas selectivas, por Resolución de 20 de enero de 2021, («Boletín Oficial del Estado» del día 23), de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, se dio publicidad a la relación de personas aprobadas en la fase de oposición del referido proceso selectivo.
Por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, de 10 de febrero de 2021, se procedió al nombramiento de dichas personas aspirantes como personal funcionario en prácticas del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
Esta Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del día 10 de abril), y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta del Ministerio del Interior, resuelve:
Nombrar personal funcionario de carrera, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias, a las personas aspirantes aprobadas en este proceso selectivo. La relación completa de los funcionarios nombrados se encontrará expuesta en los tablones de anuncios de los Centros Penitenciarios, así como en el Registro Central de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, calle Alcalá números, 38-40, C.P. 28014, Madrid.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del día 31), para adquirir la condición de personal funcionario de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 7 de octubre de 2021.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez Milán.
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