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Documento BOE-A-2021-1958

Resolución 340/38018/2021, de 1 de febrero, de la Jefatura de la Sección Económica Financiera de la Dirección General de Infraestructura, por la que se constituye la Mesa de Contratación permanente.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2021, páginas 15345 a 15346 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2021-1958
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/02/01/34038018

TEXTO ORIGINAL

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en su artículo 326 y el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en su artículo 21 y siguientes, regulan el régimen de funcionamiento y composición de las mesas de contratación.

El artículo 326 de la Ley 9/2017, en su apartado 4, dispone que los miembros de la Mesa serán nombrados por el órgano de contratación.

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa y de la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa, modificada por la Orden DEF/369/2016, de 2 de marzo, el titular de la Jefatura de la Sección Económico-Financiera de la Dirección General de Infraestructura, queda constituido como órgano de contratación respecto a los créditos asignados a la Dirección General de Infraestructura y al Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Por otra parte, el artículo 21.4 del Real decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, exige la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si es una mesa de contratación permanente o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos.

En razón de lo expuesto y en ejercicio de las facultades delegadas que me concede la referida Orden DEF/244/2014, resuelvo:

Primero. Mesa de Contratación Permanente.

Se constituye la Mesa de Contratación de la Jefatura de la Sección Económico-Financiera de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, con carácter permanente, con las funciones que le asigna el artículo 326 de la Ley 09/201, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el artículo 21 y siguientes del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Segundo. Composición.

La Mesa de Contratación permanente de la Jefatura de la Sección Económico-Financiera de la Dirección General de Infraestructura estará constituida por los siguientes miembros:

1. Presidente: Un Oficial del Cuerpo de Intendencia de la Unidad de Contratación de la Sección Económico-Financiera de la Dirección General de Infraestructura.

2. Vocales:

a) Vocal primero: Un Oficial, Suboficial o Funcionario integrante en la Unidad de Contratación de la de la Sección Económico-Financiera.

b) Vocal segundo: Un integrante del Ministerio de Defensa relacionado con la promoción del expediente de contratación.

c) Vocal tercero: Un Oficial del Cuerpo Jurídico Militar.

d) Vocal cuarto: Un Oficial del Cuerpo Militar de Intervención.

3. Secretario: Un Oficial, Suboficial o Funcionario integrante de la Unidad de Contratación de la Sección Económico-Financiera.

Tercero. Organización y funcionamiento.

1. Las actuaciones de la Mesa de Contratación se regirán por lo establecido en la presente resolución, en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

2. Como órgano colegiado se regirá en sus procedimientos, además de por la normativa específica de contratación administrativa, por lo establecido en la Sección 3.ª del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. Todos los miembros de la Mesa de contratación tendrán voz y voto, excepto el Secretario que actuará con voz pero sin voto, de conformidad con lo previsto en el artículo 19.4.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.

4. A las reuniones de la Mesa, y a solicitud del Presidente de la misma, podrán incorporarse los asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar y cuando así lo aconseje el objeto del expediente, los cuales actuarán con voz pero sin voto.

5. Para la válida constitución de la Mesa de Contratación permanente deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, y los dos vocales en representación de la Asesoría Jurídica y de la Intervención.

6. Con carácter excepcional, y siempre que el asunto a tratar lo permita, las reuniones de la Mesa de Contratación permanente podrán realizarse por medios electrónicos siempre y cuando se asegure por los citados medios la identidad de los miembros o personas que los suplan, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que estas se producen, así como la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de febrero de 2021.–El Jefe de la Sección Económico-Financiera de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, Jorge Juan de Ramos Durántez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/02/2021
  • Fecha de publicación: 10/02/2021
  • Fecha de entrada en vigor: 11/02/2021
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General de Infraestructura
  • Mesas de Contratación
  • Ministerio de Defensa

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