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Documento BOE-A-2021-20999

Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con Comunicación de Valor Añadido, SL, para la organización, promoción de la campaña y celebración de una jornada sobre empresa saludable, flexible y sostenible y la entrega de premios "Empresa SFS 2021".

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 20 de diciembre de 2021, páginas 155883 a 155889 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-20999

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 25 de noviembre de 2021 se ha suscrito el convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y Comunicación de Valor Añadido, SL.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 30 de noviembre de 2021.–La Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, Patricia Bezunartea Barrio.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales Agenda 2030 y Comunicación de Valor Añadido, SL para la organización, promoción de la campaña y celebración de una jornadas sobre empresa saludable, flexible y sostenible y la entrega de premios «Empresa SFS 2021»

En Madrid, a 25 de noviembre de 2021.

REUNIDAS

De una parte, doña Patricia Bezunartea Barrio, Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada mediante Real Decreto 461, de 12 de marzo (BOE número 65, de 13 de marzo de 2020), en nombre y representación del citado Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo decimocuarto de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y delegación de competencias, y en virtud del Real Decreto 452/2020, de 10 marzo de 2020 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE número 25 de 29 de enero de 2020).

De otra, doña María Luisa Cruzado Collado, como Administradora Única de Comunicación de Valor Añadido, SL (CVA), actuando en nombre y representación de ésta, según resulta de la escritura de constitución de fecha 13 de julio de 2001 ante el notario don José Manuel Rodriguez-Escudero Sánchez.

Ambas partes, en la representación que ostentan y reconociéndose plena capacidad para actuar y suscribir el presente convenio,

EXPONEN

Primero.

Que de acuerdo con la Constitución española corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, cultural y social (artículo 9.º).

Asimismo, la Constitución establece un mandato a los poderes públicos para que promuevan las condiciones favorables para el progreso social y económico, así como el fomento de una política que garantice la formación y readaptación profesionales (artículo 40), velando especialmente por los derechos de los colectivos más desfavorecidos como los disminuidos físicos (artículo 49), la tercera edad (artículo 50), los emigrantes (artículo 42), los jóvenes (artículo 48) y la familia y la infancia (artículo 39), entre otros.

Segundo.

Que el Real Decreto 452/2020, de 10 marzo de 2020, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales establece que este Ministerio tiene asignada, entre otras, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de derechos sociales y bienestar social, de familia y de su diversidad, de protección del menor, de cohesión social y de atención a las personas dependientes o con discapacidad, de adolescencia y juventud.

Asimismo, este Real Decreto señala en su artículo 2.1 que la Secretaría de Estado de Derechos Sociales es el órgano superior del Departamento al que corresponde desempeñar, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio, además de las competencias que le encomienda el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las funciones anteriormente citadas.

En particular, dicho Real Decreto atribuye, en su artículo 4, a la Dirección General de Diversidad Familiar y Derechos Sociales, en el ámbito de las competencias constitucionalmente reservadas al Estado y en cooperación con las comunidades autónomas, entre otras funciones, el impulso, análisis, elaboración, coordinación y seguimiento de los planes, estrategias y programas de actuación en materia de servicios sociales de Tercer Sector de Acción Social, de voluntariado, de protección y promoción de las familias y su diversidad, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos en la materia, el fomento de la cooperación con entidades del Tercer Sector de Acción Social en los ámbitos relativos a programas de acción social, población gitana, y de familias y su diversidad.

Tercero.

Que Comunicación de Valor Añadido S.L, en adelante CVA, es una entidad que según sus estatutos tiene como fin fomentar el aumento y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, así como la conciliación de la vida familiar, personal y profesional, la igualdad efectiva y real entre hombres y mujeres, y el acceso a las mismas oportunidades, la mejora de la productividad y eficiencia de las empresas y del trabajo en general, todo ello desde cualquier punto de vista y en especial mediante la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Cuarto.

Ambas partes declaran que, para la realización de las actividades contenidas en el presente convenio, existe crédito adecuado y suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en el presupuesto de CVA para el año 2021.

Quinto.

Que el presente convenio se fundamenta en la voluntad conjunta de colaborar para la organización, promoción y celebración de una Jornada sobre empresa saludable, flexible y sostenible y acto de entrega de Premios Empresa SFS 2021, previstos para el mes de noviembre de 2021, en las instalaciones facilitadas por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Sexto.

Que éste es un convenio de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, por consiguiente, se encuentra sometido al régimen jurídico que establece dicha norma para los convenios.

Por todo lo manifestado, y en virtud del interés en cooperar para conseguir los objetivos comunes y de utilidad social antes mencionados, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y CVA para la organización, promoción y celebración de una Jornada sobre empresa saludable, flexible y sostenible y acto de entrega de Premios Empresa SFS 2021,así como la elaboración y presentación de una guía de buenas prácticas sobre la materia, dirigidos a personas representativas del ámbito laboral y social de la Administración, organizaciones empresariales, sociales, sindicales y de la sociedad civil; tres webinars para la difusión de las buenas prácticas y el análisis y estudio de datos denominado «flexímetro». Esta colaboración permite al Ministerio contar con nuevos elementos de reflexión y propuestas en materia de conciliación de la vida familiar y laboral, especialmente en relación con buenas prácticas empresariales favorables a las necesidades familiares de las personas, así como promover una mejor sensibilización sobre esta problemática entre la población, las empresas y medios de comunicación.

Segunda. Compromisos de las partes.

Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se compromete a:

1. Proporcionar asesoramiento, colaboración y participación del personal técnico del Ministerio para la realización de una Jornada sobre empresa saludable, flexible y sostenible y acto de entrega de Premios Empresa SFS 2021, que tiene previsto celebrarse en diciembre de 2021, en las instalaciones facilitadas por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 incluyendo la elaboración del programa, la definición del perfil de los ponentes así como la selección de los mismos; además de la participación de representantes del Ministerio en las actividades que se realicen a lo largo de la Jornada.

2. Participar, junto con CVA, en la realización de todas las acciones necesarias para la organización, difusión y promoción de la citada Jornada y acto de Entrega de Premios, así como la elaboración de la guía de buenas prácticas empresariales. El Ministerio remitirá información e invitación sobre la Jornada y los Premios a entidades sociales, del ámbito de familia, infancia y acción social en general, así como a las Direcciones Generales de las Comunidades Autónomas competentes en materia de familia y a otros Centros Directivos para los que la Jornada pudiera ser de interés. Asimismo se difundirá la Jornada y entrega de premios a través de los canales de información general propios del Ministerio. Participar en el desarrollo de tres webinars para la difusión de buenas prácticas

3. Cofinanciar los gastos derivados de la ejecución de las actividades propias de la Jornada y vinculadas a la difusión de buenas prácticas y exclusivamente los correspondientes a las partidas que figuran en el presupuesto del anexo I.

CVA se compromete a:

1. La ejecución material, económica y administrativa de las actividades, de acuerdo con el programa establecido.

2. Participar, junto con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en la coordinación de la organización de la Jornada y acto de Entrega de Premios Empresa SFS 2021, la elaboración de la guía de buenas prácticas, así como en las acciones necesarias para su difusión y promoción.

3. Cofinanciar los gastos derivados de la ejecución de las actividades objeto del convenio, conforme se indica en el presupuesto del anexo I.

Se considera que los resultados, tanto materiales como inmateriales, de estas actividades pertenecerán a ambas partes.

Tercera. Financiación.

El importe total de las actividades previstas objeto del convenio, según se indica en el presupuesto contenido en el anexo I, asciende a trece mil trescientos cincuenta y seis euros con treinta céntimos (13.356,30 €), del cual el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, aportará la cantidad máxima de nueve mil euros (9.000,00 €) y CVA la cantidad de cuatro mil trescientos cincuenta y seis euros con treinta céntimos (4.356,30 €).

El desglose de gastos cofinanciados por tipo de actividad se especifica en el anexo I de este convenio.

La cantidad que corresponde aportar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, con cargo a su presupuesto de gastos para el año 2021, será imputada a la aplicación presupuestaria 29.05.231G.226.99.

El abono de la aportación económica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se realizará a CVA de la siguiente forma: un único pago una vez finalizadas las actividades objeto del convenio, una vez que se haya justificado documentalmente por el representante legal de la entidad que se han realizado los gastos y pagos por la totalidad del importe de las actividades previstas de colaboración objeto del convenio, incluidas las actividades y conceptos que, de acuerdo con este convenio, corresponde financiar a CVA, según se especifica en la Cláusula 3. Únicamente podrán imputarse los gastos realizados desde la fecha en que deviene eficaz este convenio.

El pago se efectuará contra certificación de la Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, acreditativa de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente y de la memoria recibida.

El abono se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta número IBAN ES76 0049 4683 14 2616068932 de Banco de Santander, con domicilio en C/ Orense, 28020 de Madrid.

Cuarta. Cumplimiento de las estipulaciones. Justificación.

CVA se compromete a acreditar, en forma, la correcta aplicación de los fondos recibidos de acuerdo a lo pactado en el presente convenio, antes del 15 de diciembre de 2021, debiendo aportar una relación certificada de los gastos realizados, de las actividades previstas de colaboración objeto del convenio, reflejados en el anexo I, tanto de la aportación de CVA, como la del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

CVA asimismo presentará, en la Sede Electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y dirigida a la D.G de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, una memoria técnica de las actuaciones realizadas y una memoria financiera donde, al menos, se especificará:

1. La ejecución del presupuesto total del evento, en el que se indique el importe total de los gastos y, en su caso, de los ingresos.

2. Una relación certificada y detallada de las facturas con indicación de acreedor, concepto de la factura, su importe, fecha de emisión y fecha de pago de los gastos totales realizados, de las actividades previstas de colaboración objeto del convenio, con cargo a las aportaciones indicadas en la cláusula tercera, tanto de CVA como del Ministerio.

Asimismo deberá presentar las facturas originales abonadas con cargo a la aportación del Ministerio, con el concepto del gasto, importe, fecha de emisión.

Los justificantes de todos los gastos, tanto de los financiados por la entidad como por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se mantendrán a disposición de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y del Tribunal de Cuentas.

Quinta. Comisión de seguimiento.

Al objeto de conseguir una mayor eficacia y operatividad en las relaciones entre las partes, se constituirá una Comisión Mixta, de carácter paritario, con dos representantes del Ministerio Derechos Sociales y Agenda 2030, designados por la Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, y con dos representantes de CVA designados por su presidenta.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Esta comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones derivadas del mismo, así como la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse.

La Comisión Mixta se reunirá con la periodicidad necesaria para cumplir su función, así como cuando lo solicite una de las partes.

Sexta. Publicidad.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de las actividades derivadas de este convenio, deberá constar la colaboración de ambas entidades y figurar expresamente sus logotipos.

Se aplicará lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. En las actividades que se realicen para la difusión de las acciones previstas, es preciso destacar que estas han sido financiadas por la Administración General del Estado.

Previa a la difusión de cualquier material que contenga el logotipo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, o de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, se requerirá la autorización expresa de los mismos.

Se estará también a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Ausencia de relación contractual.

Este convenio no generará, en ningún caso, relación laboral alguna entre las entidades firmantes y los/as profesionales que llevan a cabo la ejecución de las actividades incluidas en el mismo.

Octava. Vigencia.

El presente convenio se perfecciona en el momento de su firma y resultará eficaz en los términos previstos en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Su vigencia se extenderá hasta el 15 de diciembre de 2021, sin posibilidad de prórroga.

Novena. Causas de extinción.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al convenio que nos ocupa.

En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, y a propuesta de la Comisión Mixta, se podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciéndose un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

No obstante, si el incumplimiento causara perjuicios susceptibles de evaluación económica, se acordará la posible indemnización para la parte perjudicada y, en su caso, se podrán interrumpir las actividades del convenio.

Décima. Modificaciones.

Los términos del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del convenio mediante la correspondiente Adenda de modificación.

Undécima. Naturaleza jurídica y orden jurisdiccional.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Duodécima. Protección de datos.

El régimen de protección de datos de carácter personal derivado del convenio será el previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD); en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en lo que no se oponga a las normas antes citadas.

Decimotercera. Propiedad intelectual.

El Ministerio se reserva el derecho de explotar, gravar, disponer y ceder a terceros ajenos el resultado de este proyecto o cualquier modificación, adición o alteración que se realice del mismo.

Para conocer de la resolución de los conflictos que pudieran tener lugar como consecuencia de la ejecución del presente convenio, será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y para que conste y surta los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–La Administradora Única de Comunicación de Valor Añadido S.L. (CVA), María Luisa Cruzado Collado.–La Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, Patricia Bezunartea Barrio.

ANEXO I
Presupuesto de las actividades objeto del convenio para la organización, promoción y celebración de una Jornada sobre empresa saludable, flexible y sostenible y acto de entrega de Premios Empresa SFS 2021

Presupuesto de gastos

Conceptos del gasto MDSA2030 CVA Total
Elaboración guía de buenas prácticas. 1.055,00 760,00 1.815,00
Desarrollo de tres webinars para la difusión de buenas prácticas. 3.630,00 0,00 3.630,00
Difusión de los premios en RRS. 0,00 726,00 726,00
Servicio de streamming desde sala. 2.815,00 0,00 2.815,00
Servicio de conexión a plataforma. 1.500,00 1.140,00 2.640,00
Análisis de datos y elaboración del flexímetro. 0,00 1.452,00 1.452,00
Fotógrafo entrega de premios. 0,00 278,30 278,30
 Total actividad objeto del convenio. 9.000,00 4.356,30 13.356,30

La previsión de gastos que se recoge en el párrafo anterior es estimativa, si bien la aportación máxima a la que se compromete el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 no podrá superar el importe reflejado en la clausura tercera en todo caso.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de las partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

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