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Documento BOE-A-2021-21880

Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huelva y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Huelva, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Huelva y Aracena.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2021, páginas 167787 a 167789 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2021-21880

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 20 de diciembre de 2021 se ha suscrito la primera adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huelva y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Huelva para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido de la sede de las Direcciones Provinciales de la TGSS y del INSS de Huelva, de la Oficina Integral de la Seguridad Social de Aracena y de la Nave archivo-almacén de la TGSS y del INSS y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 21 de diciembre de 2021.–La Secretaria General Técnica, Iría Álvarez Besteiro.

ANEXO
Primera adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huelva y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Huelva para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido de la sede de las Direcciones Provinciales de la TGSS y del INSS de Huelva, de la Oficina Integral de la Seguridad Social de Aracena y de la Nave archivo-almacén de la TGSS y del INSS

En Huelva, a 20 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Rosario Delgado Aguilera, en su condición de Directora Provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huelva, nombrada por Orden ESS/2380/2014, de 12 de diciembre (BOE del 19), en ejercicio de la competencia delegada por Resolución de 23 de julio de 2020 de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Y, de otra parte, doña Rosario Delgado Aguilera, en su condición de Directora Provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Huelva, nombrada por Orden ESS/2380/2014, de 12 de diciembre (BOE del 19), en virtud de las competencias que le confiere la Resolución de 18 de febrero de 2019 del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio y

EXPONEN

I. Que las Partes suscribieron el 17 de noviembre de 2021 un Convenio para establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de los inmuebles denominados Direcciones Provinciales de la TGSS y del INSS, ubicado en calle Puerto, 50 de Huelva, la Oficina Integral de la Seguridad Social de Aracena, ubicada en avenida de Gran Vía, 12 de Aracena y la Nave archivo-almacén de la TGSS y del INSS ubicado en carretera de Sevilla, 48F de Huelva.

II. Que, en la cláusula décima del Convenio se establece que el mismo puede ser objeto de modificación por acuerdo unánime de las Partes.

III. Que se ha detectado un error en las cantidades que figuran en la cláusula primera del Convenio que no coinciden con la estimación de gastos efectuada en la memoria.

 En consecuencia, las Partes, de común acuerdo, deciden suscribir la presente modificación al Convenio (en lo sucesivo, la modificación) que se regirá mediante las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Carácter de la modificación.

Las Partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente modificación en relación con el Convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en este documento lo dispuesto en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Segunda. Objeto.

En la cláusula primera donde dice:

«Para el ejercicio 2021 se prevé un gasto de 284.186,00 euros.

Para el ejercicio 2022 se prevé un gasto de 288.448,79 euros.

Para el ejercicio 2023 se prevé un gasto de 293.134,76 euros.

Para el ejercicio 2024 se prevé un gasto de 297.528,05 euros.»

Debe decir:

«Para el ejercicio 2021 se prevé un gasto de 672.123,00 euros.

Para el ejercicio 2022 se prevé un gasto de 682.204,85 euros.

Para el ejercicio 2023 se prevé un gasto de 692.800,94 euros.

Para el ejercicio 2024 se prevé un gasto de 702.831,87 euros.»

Tercera. Entrada en vigor.

Lo acordado bajo la presente modificación estará vigente durante la duración del Convenio. La adenda se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial el Estado» (BOE).

Y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman la presente modificación a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezado, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Director General P.D. la Directora Provincial (Resolución de la TGSS de 23 de julio de 2020, BOE 4 de agosto de 2020, modificada por Resolución de 27 de noviembre de 2020, BOE 4 de diciembre de 2020), Rosario Delgado Aguilera.–La Directora General, P.D. la Directora Provincial (Resolución del INSS de 18 de febrero de 2019, BOE 28 de febrero de 2019), Rosario Delgado Aguilera.

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