Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-2802

Resolución de 10 de diciembre de 2020, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos, ejercicios 2016 y 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2021, páginas 21062 a 21137 (76 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2021-2802

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos, ejercicios 2016 y 2017, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar al Gobierno a:

– Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.

– Dar íntegro cumplimiento a la Recomendación número 1 contenida en el Informe de fiscalización sobre la actividad de la Agencia, correspondiente al ejercicio 2009, en lo concerniente al seguimiento de las recomendaciones del Tribunal y de las resoluciones de la Comisión Mixta correspondiente al Informe relativo al ejercicio 2001, que establecía: «Sería conveniente finalizar la integración de la gestión de los derechos por sanciones con las bases de datos contables, así como el establecimiento por escrito de los procedimientos para la tramitación de expedientes por las distintas unidades del Registro General de Protección de Datos y de la Inspección de datos», en la parte que el Tribunal considera no íntegramente cumplida.

– Iniciar con carácter inmediato las gestiones tendentes al nombramiento de un nuevo Director de la Agencia, al haber expirado sobradamente el mandato de su actual Directora.

– Desarrollar los mecanismos necesarios a fin de mejorar el control interno en los plazos de prescripción de las infracciones que eviten sentencias judiciales estimatorias por parte de los sancionados.

– Tomar las decisiones necesarias para la mejora de los sistemas y procesos informáticos para corregir las carencias y las deficiencias señaladas en el informe, así como mejorar la coherencia de la información y la comunicación entre las distintas aplicaciones informáticas que utilizan para su gestión.

– Tomar las decisiones necesarias a fin de elaborar un presupuesto de tesorería para planificar y gestionar adecuadamente su tesorería y rentabilizar sus saldos.

– Realizar un estudio de viabilidad para el cambio en la presupuestación y financiación de la Agencia Española de Protección de Datos, que sin perder independencia, mejore y clarifique contabilidad presupuestaria.

3. Instar a la Agencia Española de Protección de Datos a:

– Elaborar un presupuesto de tesorería que permita planificar y gestionar adecuadamente la misma y rentabilizar sus saldos.

– Adoptar las medidas oportunas para mejorar el control interno de los plazos de prescripción de las infracciones a fin de evitar sentencias judiciales estimatorias para los sancionados con el correspondiente coste para ésta.

– Mejorar el control interno de los plazos de prescripción de las infracciones para evitar sentencias judiciales estimatorias y el correspondiente coste para la Agencia Española de Protección de Datos.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.–El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

35

36

37

38

39

40

41

42

43

44

45

46

47

48

49

50

51

52

53

54

55

56

57

58

59

60

61

62

63

64

65

66

67

68

69

70

71

72

ANEXO I

1

ANEXO II

1

ANEXO III

1

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid