Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-2803

Resolución de 10 de diciembre de 2020, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con financiación afectada en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, ejercicios 2016 y 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2021, páginas 21138 a 21182 (45 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2021-2803

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con financiación afectada en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), ejercicios 2016 y 2017, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar al Gobierno a:

– Evaluar, transcurrido un tiempo suficiente, la efectividad de los instrumentos introducidos con la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y, en su caso, valorar la posibilidad de incorporar a esta Ley, teniendo en cuenta las directivas europeas sobre contratación pública, algún procedimiento adicional simplificado y garantista para la adquisición de suministros y servicios por los organismos públicos de investigación en la gestión de proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica o servicios técnicos, no destinados a servicios generales o infraestructura del órgano de contratación, con el fin de conciliar el adecuado desarrollo de la investigación científica con los principios de la contratación pública.

Aunque ya existe un procedimiento suficientemente simplificado para la contratación de suministros y servicios en el marco de proyectos de investigación, cabe estudiar la excepcionalidad de la aplicación del contrato centralizado en los proyectos de investigación

– Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas, así como que, por parte del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de la Agencia Estatal de Investigación, se dé cumplimiento a las recomendaciones que el Tribunal les hace.

3. Instar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) a:

– Elaborar un procedimiento reglado de las distintas fases por las que atraviesa la gestión de un proyecto de investigación, desde la solicitud de la ayuda hasta su justificación, que incluya también el registro en la base de datos corporativa de proyectos de I+D+i.

– Elaborar, a través de la información obtenida de la Intervención General de la Administración del Estado, la Agencia Estatal de Investigación de la Dirección General de Fondos Europeos un estado sobre la composición de los saldos de las cuentas de los subgrupos 16 «Otras deudas a largo plazo con entidades del grupo, multigrupo y asociadas» y 51 «Deudas a corto plazo con entidades del grupo, multigrupo y asociadas», del balance, que sea representativo de su situación real y se efectuando las correcciones contables oportunas.

– Reducir la temporalidad de los contratos de trabajo y generar un entorno de trabajo de alto valor añadido cuyas retribuciones reflejen la preparación y sean acordes con los resultados obtenidos en cuanto a posicionamiento estratégico de la aplicación real de las investigaciones realizadas. En definitiva, convertir al Consejo Superior de Investigaciones Científicas en un referente internacional de captación y demanda de talento con criterios de rentabilidad económica y social.

– Avanzar en el borrador de una Instrucción relativa a la Gestión Económica de Ayudas Públicas y Subvenciones en los Institutos, Centros y Unidades (ICU) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (Instrucción PIGEAS), en elaboración durante los últimos doce meses y a la espera de la incorporación final de los aspectos científicos propios de este procedimiento de gestión que han de complementar necesariamente la redacción dada a los aspectos económicos.

4. Instar a la Agencia Estatal de Investigación a:

– Adoptar las medidas oportunas para que las convocatorias de ayudas a los proyectos de investigación se realicen con un calendario fijo y al principio del ejercicio, así como que las resoluciones de concesión y el pago de las ayudas se produzcan con anterioridad a la fecha de inicio de los proyectos de investigación.

– Recabar la información sobre los ingresos que se efectúan por las instituciones europeas correspondientes al pago de subvenciones que hayan sido objeto de concesión de anticipos al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) e informar puntualmente de ello, tanto al propio CSIC como a la Oficina de Contabilidad del Ministerio, para que ambos procedan a la oportuna cancelación de estos anticipos.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.–El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

35

36

37

38

39

40

41

42

43

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid