Visto el expediente de indulto de doña Joy Obanro, condenada por el Juzgado de lo Penal número 20 de Barcelona, en sentencia de 5 de mayo de 2014, como autora de un delito de hurto en tentativa, a la pena de tres meses y quince días de prisión, por hechos cometidos en el año 2013, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de abril de 2021,
Vengo en conmutar a doña Joy Obanro la pena privativa de libertad impuesta por otra de tres meses y quince días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de abril de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
JUAN CARLOS CAMPO MORENO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid