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Documento BOE-A-2021-6099

Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de las rayas (SRX/89C-) de la zonas VIII y IX.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2021, páginas 43957 a 43958 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2021-6099

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 15 de enero de 2021 de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de las rayas (SRX/89C-) de las zonas 8 y 9, recogió una cuota inicial provisional para el primer trimestre de 2021 de 368 t, que se correspondía con el 25% de la cuota de 2020.

El motivo de esa cuota provisional para el primer trimestre era que en el momento de la celebración de Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea de los días 15 y 16 de diciembre de 2020, aún no habían finalizado las negociaciones en materia de pesca con el Reino Unido con motivo de su salida de la Unión Europea, por lo que para algunos stocks como era el caso de SRX/89-C, no se pudieron adoptar los TAC 2021 de manera definitiva.

Por dicha razón, en la Resolución de 15 de enero, sólo se pudieron establecer unos topes de capturas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021 y por tal motivo, el efecto de dicha Resolución era sólo hasta el 31 de marzo de 2021.

En el Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea celebrado entre el 22 y 23 de marzo de 2021, ya se ha conseguido la adopción del TAC definitivo 2021 del stock de rayas SRX/89C-, que asciende a 4.749 t para el conjunto de la Unión Europea y de las que corresponde a España una cuota de 1.472 t; por lo que en este momento ya procede establecer los topes de capturas por periodos para lo que queda de 2021.

Tal y como se recogía en la Resolución de 15 de enero, es en este momento en el que se procede a realizar la reserva del 2 % de la cuota, para evitar que se produzcan sobrepasamientos o para utilizarla en intercambios con otros Estados miembros para obtener recursos pesqueros para las zonas 8c y 9a. En caso de que la citada cantidad reservada no sea consumida a final de año, se dejaría como sobrante y poder así hacer uso de ella en la siguiente campaña mediante el mecanismo de flexibilidad interanual.

En virtud de lo anterior, la Secretaria General de Pesca, oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:

Primero.

La pesquería de rayas (SRX/89C-) de las zonas 8 y 9, para las modalidades de arrastre de fondo y otras artes distintas del arrastre de fondo, cuenta con una cuota definitiva, para todo 2021, de 1.442,56 t tras deducir la reserva del 2% que queda sin asignar.

Para el uso de esta cuota definitiva se establecen unos topes de capturas que varían en función de los distintos segmentos de flota.

Segundo.

Se establecen las siguientes topes de captura:

Período

Tope semanal para arrastre de fondo y palangre de fondo

Tope semanal

para otras artes distintas al arrastre y palangre de fondo

1 de abril * a 30 de junio. 350 kg/buque/semana. 200 kg/buque/semana.
1 de julio a 30 de septiembre. 300 kg/buque/semana. 100 kg/buque/semana.
1 de octubre a 31 de diciembre. 600 kg/buque/semana. 200 kg/buque/semana.

* No obstante, por lo que respecta a la fecha del 1 de abril, se atenderá a lo especificado en el apartado Tercero.

Los topes indicados serán de aplicación al arte que el buque tenga autorizado en el momento de la captura, ya sea por cambio temporal de modalidad, o por su censo modal».

Tercero.

Esta Resolución surte efectos desde el 1 de abril al 31 de diciembre de 2021. No obstante y en relación con los topes de capturas previstos, éstos se aplicarán a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En caso de que eso se produzca cualquier día que no sea el lunes, en esa semana los topes de los apartados anteriores se aplicarán «pro rata temporis».

Cuarto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 12 de abril de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

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