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Documento BOE-A-2021-6445

Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña, para la renovación de su adhesión a la red RESCAT de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2021, páginas 46276 a 46293 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2021-6445

TEXTO ORIGINAL

Tras la tramitación previa correspondiente, con fecha 18 de marzo de 2021, fue suscrito el Convenio entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña y la Autoridad Portuaria de Barcelona para la renovación de su adhesión a la red RESCAT de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8, párrafo segundo, del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio de colaboración, que figura como anexo a esta resolución.

Barcelona 25 de marzo de 2021.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Barcelona, Mercè Conesa i Pagès.

ANEXO
Convenio entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña y la Autoridad Portuaria de Barcelona, para la renovación de su adhesión a la red RESCAT de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña

Barcelona, 18 de marzo de 2021.

REUNIDOS

Por un lado, el honorable señor Miquel Samper y Rodriguez, consejero de Interior de la Generalitat de Cataluña, nombrado por decreto 83/2020, de 3 de septiembre.

Y, de la otra parte, doña Mercè Conesa i Pagès, en nombre y en representación de la Autoridad Portuaria de Barcelona con domicilio en Muelle de Barcelona s/n, edificio WTC Barcelona y con CIF número Q-0867012-G, la cual se encuentra facultada para intervenir en este acto en virtud de lo que dispone el artículo 31.2a) de la Ley de Puertos del Estado y de la marina mercante. Su nombramiento fue publicado en el BOE de 18 de julio de 2018.

Se reconocen plenamente y mutuamente capacidad legal suficiente para suscribir este convenio.

MANIFIESTAN

I. Que la Autoridad Portuaria de Barcelona (en adelante, APB) es una entidad estatal de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena capacidad de obrar, cuya finalidad es la gestión del Puerto de Barcelona.

II. Que de acuerdo con las competencias que tiene asignadas en materia de emergencias y seguridad, el Departamento de Interior ha creado, mediante el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, la red Rescat de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad en Cataluña (en adelante, «red Rescat») para responder a las necesidades de los diversos cuerpos de seguridad y emergencias.

II. Que la red Rescat, de tecnología Tetra, se caracteriza por el uso eficiente de la banda de frecuencias de emergencia y seguridad, posibilidad de comunicaciones cifradas, buena cobertura urbana y rural y comunicaciones en grupos independientes con posibilidades de coordinación.

III. Que tanto el Departamento de Interior como la APB están interesados en la adhesión de la APB a la red Rescat. El uso compartido de la red Rescat y el incremento de usuarios permitirá un coste global inferior y una rentabilidad en el uso más grande, ya que se concentrarán todas las inversiones, la gestión y el mantenimiento en una sola red.

IV. Que la red Rescat es una red de radiocomunicaciones móviles que permite la comunicación entre usuarios, y que facilita tanto la tarea de cada cuerpo o colectivo por separado como la actuación conjunta y la coordinación entre los colectivos en actuaciones de emergencias o seguridad. Para poder garantizar estas prestaciones, los nuevos terminales que se tengan que adquirir por parte de la APB adheridos a la red tendrán que ser los que expresamente indique el Departamento de Interior en la medida que estos dispondrán de la tecnología, las prestaciones y la compatibilidad necesaria con la red creada, razón fundamental por la cual la APB no se puede abastecer de esta tecnología por otros canales que no garanticen la compatibilidad y la adecuación con el sistema.

V. Que el Acuerdo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña de 4 de junio de 2019, actualizado por el Acuerdo GOV/78/2019, de 4 de junio de 2019, define el Consejo Rector de la red Rescat como máximo órgano de dirección de la red y define sus funciones.

VI. Que la red Rescat es propiedad de la Generalitat de Cataluña y su gestión técnica ha sido encargada por el Departamento de Interior al Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Informació de la Generalitat de Cataluña (CTTI) mediante encargo de gestión y la cesión de uso onerosa de los activos de la red de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña de fecha 21 de diciembre de 2012. El 28 de julio de 2014, el CTTI y el Departamento de Interior firmaron una adenda al convenio con el objetivo de adecuarlo al nuevo modelo de relación entre la Generalitat de Cataluña y el CTTI, aprobado por Acuerdo de Gobierno en fecha 30 de julio de 2013.

VII. Que en fecha 24 de noviembre de 2010 se firmó el convenio entre la Autoridad Portuaria de Barcelona, el Departamento de Interior y el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat de Cataluña, con el objeto de regular las condiciones de adhesión de la APB a la red Rescat.

VIII. Puesto que el Convenio de 24 de noviembre de 2010 entre la Autoridad Portuaria de Barcelona, el Departamento de Interior y el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat de Cataluña para la adhesión del Puerto de Barcelona a la red Rescat estimaba una duración indefinida que en atención a lo que dispone la entrada en vigor de la Disposición Adicional octava, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público (LRJSP) no resulta ajustada a Derecho, procede aprobar un nuevo convenio que con el mismo objeto, y la nueva duración estipulada en la Disposición Adicional octava de la LRJSP.

Es por todo esto que las partes han decidido suscribir el presente convenio para la adhesión de la APB a la red Rescat, sobre la base de los siguientes

ACUERDOS

Primero. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es regular las condiciones de la renovación de la adhesión de la APB a la red Rescat, con la finalidad de implantar un sistema que permita garantizar la interlocución y coordinación entre la APB y los cuerpos de seguridad y emergencias del Departamento de Interior, adecuando su contenido a la entrada en vigor de la Disposición Adicional octava, de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.

Segundo. Obligaciones del Departamento de Interior.

El Departamento de Interior se obliga a:

Garantizar la continuidad y la evolución de la red Rescat en los próximos años, y su disponibilidad para la APB, siempre que las condiciones económicas de la Generalitat lo permitan.

Asegurar que los costes de inversión en infraestructura de la red Rescat son asumidos por la Generalitat de Cataluña, por la cual cosa no se repercutirán a la APB.

Informar a la APB de los contractos de explotación y/o asistencia técnica de la red Rescat y de la previsión de la evolución de la red Rescat que puedan afectar lo que se prevé en este convenio, con antelación suficiente.

Ofrecer a la APB un Servicio Integral de Explotación de la red Rescat que mediante el Centro de Operaciones Rescat (en adelante COR) proporcione a la APB, entre otros, un servicio para atender las incidencias que puedan afectar al funcionamiento de la red Rescat y de sus terminales, utilizando los recursos necesarios para su solución. Este servicio complementará, por tanto, el mantenimiento de los equipos terminales ofrecidos por las empresas suministradoras. El nivel de servicio del Centro de Operaciones Rescat (COR) se detalla en el anexo «Indicadores de servicio del catálogo de servicios del COR».

Tercero. Obligaciones de la Autoridad Portuaria de Barcelona.

La APB se obliga a:

Utilizar adecuadamente los sistemas de comunicaciones, respetando las normas de uso y las condiciones técnicas que sean aplicables.

A este efecto se tendrá que:

a) Adaptar el uso de la red a las instrucciones recibidas, en cualquier momento, de la dirección de la red Rescat.

b) Observar las instrucciones de la dirección de la red Rescat para garantizar la seguridad i el uso eficiente de la red.

Facilitar al Departamento de Interior la información funcional y organizativa de su flota que sea necesaria con tal de ajustar los planes de numeración y la configuración de los grupos de la red Rescat tanto como sea posible a su organización.

Informar al Departamento de Interior con antelación suficiente sobre nuevas necesidades detectadas en relación a la red Rescat, de manera que se disponga de un terminal adecuado per poder estudiar la viabilidad de la solución técnica.

Asegurar que todos los usuarios de terminales de la red sean miembros o colaboradores de servicios de seguridad y emergencias, obligándose de forma explícita a no utilizar los terminales dados de alta en la red Rescat por usuarios con otras funciones ajenas a la seguridad y las emergencias, o en otros colectivos, a excepción que sean autorizados explícitamente por el Departamento de Interior.

Participar en los costes de mantenimiento, operación, transporte, arrendamiento de espacios, control y gestión de la red Rescat según se detalla en el acuerdo cuarto.

En el caso que sea necesario adquirir nuevos terminales, es necesario que estén homologados por la red Rescat, con tal de garantizar la compatibilidad de los equipos con los estándares de la tecnología Tetra y las especificaciones de la red Rescat y asumir el coste del mantenimiento del material, tal como se detalla en el acuerdo quinto.

Aceptar que todos los equipos y accesorios de la red Rescat adquiridos solo serán mantenidos por el COR, el cual gestionará directamente con las empresas suministradoras la reparación de los equipos averiados y se encargará de todas las gestiones necesarias para resolver las incidencias que afecten a los equipos terminales (excepto material fungible). Con tal de facilitar esta gestión y poder ofrecer un servicio ágil y eficiente con unos tiempos de respuesta adecuados, el COR, cuando reciba un equipo averiado de la APB, facilitará otro operativo de la misma marca y modelo con la misma configuración, la misma programación y la misma identidad, pero que no siempre será el mismo equipo que se ha enviado a reparar. Por tanto, de cara a gestionar un inventario, la APB tendrá que utilizar el número de identidad del equipo (ISSI) y no el número de serie.

Asumir el coste del mantenimiento que realizará el COR sobre los terminales adquiridos por la APB, tal como se establece en el acuerdo sexto.

Adquirir directamente el material fungible cuando éste se agote, se pierda o se averíe, y los kits de instalación de terminales móviles cuando sean necesarios por cambio de vehículo.

Cuarto. Participación en los costes de explotación de la red Rescat.

El importe que el Departamento de Interior aplicará a la APB en concepto de alta del servicio será de 155,00 euros (sin IVA) por alta nueva, y el importe de participación en los costes de operación y mantenimiento de la red Rescat será de 30,27 euros (sin IVA), mensuales por terminal a partir del momento que el convenio sea eficaz durante el ejercicio 2021, que corresponde al precio fijado por el Consejo Rector de la red Rescat en la sesión de 19 de julio de 2017, según los criterios establecidos en la misma sesión. Este importe estará gravado con el IVA que corresponda.

Cualquier otro cambio futuro de este importe tendrá que ser definido y aprobado previamente por el Consejo Rector de la red RESCAT, siendo necesario al suponer una modificación del convenio que se tramite una adenda modificativa de acuerdo con lo establecido en la ley 40/2015, de 1 de octubre, la propia cláusula doceava del convenio.

Quinto. Adquisición de terminales.

En el caso que la APB tenga que adquirir nuevos terminales, la adquisición del nuevo equipamiento se efectuará según el procedimiento de contratación que se establezca, garantizando la compatibilidad de los equipos con los estándares de la tecnología Tetra y las especificaciones de la red Rescat, y tendrá que contractar su mantenimiento con las mismas condiciones de homologación y compatibilidad tecnológica con la red exigidas por el Departamento de Interior.

Las nuevas adquisiciones de terminales por parte de la APB se tendrán que comunicar al Departamento de Interior, que las incorporará al expediente del convenio.

Sexto. Gastos correspondientes al servicio integral del COR.

A partir del momento que el convenio sea eficaz durante el ejercicio 2021, la APB asume que el Departamento de Interior le aplicará un importe de 5,66 euros (sin IVA) mensuales por terminal por el servicio integral de gestión de incidencias del COR, que corresponde al precio fijado por el Consejo Rector de la red Rescat en la sesión de 19 de julio de 2017, según los criterios establecidos en la misma sesión. Este importe estará gravado con el IVA que corresponda.

Cualquier otro cambio futuro de este importe tendrá que ser definido y aprobado previamente por el Consejo Rector de la red RESCAT y requerirá una adenda al presente convenio para la actualización de los importes económicos establecidos por los conceptos mencionados

Séptimo. Facturación de los servicios.

El Departamento de Interior facturará a la APB por los conceptos establecidos en los acuerdos cuarto y sexto de este convenio, por semestres avanzados entre el día 1 y el 15 del primer mes del semestre correspondiente.

La primera factura incluirá íntegramente el precio del concepto de alta del servicio (si hubiese altas nuevas) y el importe de los costes de operación y mantenimiento de la red Rescat, así como del servicio integral de gestión de incidencias COR, proporcionales al periodo facturado.

El pago de la facturación se efectuará mediante la carta de pago que el Departamento de Interior entregará a APB, o bien mediante transferencia bancaria al cabo de 30 días de la fecha de la recepción de la factura correspondiente por parte de la APB a la cuenta que el Departamento de Interior establezca, indicando el número de factura en el momento de hacer el pago.

Octavo. Condiciones técnicas.

La APB dispondrá de la red Rescat con los mismos niveles de cobertura, calidad y disponibilidad que las definidas por el resto de los usuarios.

Las condiciones técnicas y funcionales en base a las cuales se tiene que hacer la prestación del servicio objeto de este convenio quedaran recogidas en el anexo» Condiciones técnicas del servicio de radiocomunicaciones».

En caso de que un terminal de la APB dado de alta en la red provoque algún tipo de avería, bloqueo o mal funcionamiento de la red Rescat, será dado de baja temporalmente hasta la comprobación del correcto funcionamiento del terminal.

Noveno. Anexos.

Forman parte de este convenio los anexos siguientes:

Anexo 1: «Alta de terminales».

Anexo 2: «Indicadores de servicio del catálogo de servicios del COR».

Anexo 3: «Condiciones técnicas del servicio de radiocomunicaciones».

Décimo. Protección de datos y deber de confidencialidad.

Las partes se comprometen a considerar confidencial la información técnica, comercial o de cualquier otra naturaleza que reciban de la otra parte. En consecuencia, se comprometen a no divulgar esta información a terceros sin consentimiento exprés de la otra parte.

El tratamiento de los datos es responsabilidad de ambas partes y se someten a la normativa de protección de datos, en especial a la Ley en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Esta cláusula no expirará con la resolución de este convenio, y las partes se comprometen a su cumplimiento hasta el momento en que la información pase a ser a de conocimiento público, de acuerdo con el marco jurídico aplicable vigente.

Undécimo. Vigencia del convenio y prórrogas.

El presente convenio tendrá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La duración del convenio será de cuatro años, y será prorrogable de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h de la Ley 40/2015 citada.

Se podrá resolver por denuncia previa de cualquiera de las partes con una antelación previa de dos meses.

Duodécimo. Modificación del convenio.

Las partes firmantes podrán modificar los términos del presente Convenio en cualquier momento, de mutuo acuerdo, mediante la firma de una adenda al mismo.

Decimotercero. Comisión de seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente convenio se crea una comisión de seguimiento paritaria. La comisión estará integrada por dos miembros, uno designado por cada parte del presente convenio. Entre sus funciones estará la de llevar a cabo el seguimiento y el cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.

La Comisión se regirá, en cuanto a su funcionamiento, periodicidad de sus reuniones y vinculación de sus acuerdos, por lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados.

Decimocuarto. Extinción del convenio.

El presente convenio se extinguirá por el incumplimiento de las obligaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución que se relacionan a continuación:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa conllevará la indemnización de los perjuicios causados a la parte cumplidora.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) La imposibilidad sobrevenida legal o material de dar cumplimiento al objeto de este convenio.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Decimoquinto. Régimen jurídico y litigios.

Las partes someterán a la consideración de la Comisión de Seguimiento y Control los conflictos que puedan surgir de la interpretación, el cumplimiento, la extinción, la resolución y los efectos de este convenio. En todo caso, por razón de la naturaleza jurídica administrativa de este convenio, las partes se someterán a la jurisdicción contenciosa administrativa para la resolución de los conflictos mencionados.

Y como prueba de conformidad con todo lo que se expone y se acuerda, las partes firman este convenio por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–El Consejo de interior, Miquel Samper Rodríguez.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Barcelona, Mercè Conesa i Pagès.

ANEXO 1
Convenio entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña y la APB, para la renovación de su adhesión a la red Rescat de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña

Servicio de operación y mantenimiento de la red Rescat

Tipo de terminal Cantidad
Terminales portátiles. 81
Terminales móviles.  2
Terminales fijos.  5
 Total. 88

Servicio del Centro de Operaciones Rescat (COR)

Tipo de terminal Cantidad
Terminales portátiles 81
Terminales móviles  2
Terminales fijos  5
 Total 88

Tarifas a aplicar:

Servicio de operación y mantenimiento de la red Rescat: 30,27 euros (IVA excluido) × terminal × mes.

Servicio del Centro de Operaciones Rescat (COR): 5,66 euros (IVA excluido) × terminal × mes.

A estas tarifas se le aplicará el tipo impositivo vigente en el momento en que se merite el gasto.

ANEXO 2
Convenio entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña y la APB, para la renovación de su adhesión a la red Rescat de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña

Servicio del catálogo de servicio del COR

La Oficina Rescat del Departamento de Interior tiene que garantizar que el Centro de Operaciones Rescat (COR) cumpla los siguientes indicadores de servicio (SLA) pera cada uno de los servicios ofrecidos durante la duración del contrato con la empresa adjudicataria:

Servicio SLA Valor objetivo
Atención telefónica. Porcentaje de llamadas atendidas sobre el total de recibidas. >95%
Tiempo máximo de atención de llamadas. <20 s
Tiempo máximo en cola de atención de un agente. <2 min
Porcentaje de llamadas máximo en cola. <30%
Porcentaje de llamadas atendidas no registradas en el sistema. <5%
Atención a consultas de uso. Porcentaje de consultas de uso resueltas por Front Office. >80%
Porcentaje de consultes de uso resultas por el COR. 100%
Tiempo máximo de respuesta para consultas atendidas por Front Office. <30 min
Tiempo máximo de respuesta para consultas atendidas por Back Office. <1 día lab.
Configuraciones masivas de terminales. Tiempo máximo de gestión de peticiones de altas y reconfiguraciones. <5 días lab.
Tiempo máximo de gestión de peticiones de bajas de terminales. Inmediato
Tiempo máximo de confirmación. <1 día lab.
Tiempo máximo de gestión ante emergencias fuera de horario laborable en eventos programados. <24 h
Tiempo máximo de gestión ente emergencias fuera de horario laborable en situaciones de emergencia. <12 h
Porcentaje de peticiones que tienen incidencia de configuración. <10%
% de peticiones no documentadas ardientemente en el sistema. 0%
Configuraciones de grupos de terminales. Tiempo máximo de gestión de peticiones de altas de grupos. <1 día lab.
Tiempo máximo de gestión de peticiones de bajas de grupos. <1 día lab.
Tiempo máximo de gestión de peticiones de modificaciones de grupos. <1 día lab.
Tiempo máximo de confirmación. <1 día lab.
Tiempo máximo de gestión ante emergencias. <30 min
Porcentaje de peticiones que tienen incidencia de configuración. <5%
% de peticiones no documentadas correctamente en el sistema. 0%
Configuraciones masivas de seguridad. Tiempo máximo de gestión de configuraciones de seguridad. <2 días lab.
Tiempo máximo de confirmación. <1 día lab.
Porcentaje de peticiones que tienen incidencia de configuración. <2%
% de peticiones no documentadas correctamente en el sistema. 0%
Instalación de terminales móviles. Tiempo máximo de instalaciones de terminales móviles. <2 días lab.
Tiempo máximo de desinstalaciones de terminales móviles. <2 días lab.
Tiempo de confirmación con el usuario. <2 días lab.
% instalaciones mal documentadas. 0%
Instalación de terminales fijos. Tiempo máximo de instalaciones de terminales fijos. <5 días lab.
Tiempo máximo de desinstalaciones de terminales fijos. <2 días lab.
Tiempo de confirmación con el usuario. <2 días lab.
% instalaciones mal documentadas. 0%
Gestión de incidencias de terminales portátiles. Tiempo máximo de solución de incidencias de Tipo 1. <2 días lab.
Tiempo máximo de solución de incidencias de Tipo 2. <5 días lab.
Tiempo de confirmación con el usuario. <2 días lab.
% de incidencias mal documentadas. 0%
Gestión de incidencias de terminales móviles. Tiempo máximo de solución de incidencias de Tipo 1. <3 días lab.
Tiempo máximo de solución de incidencias de Tipo 2. <2 días lab.
Tiempo de confirmación con la APB. <2 días lab.
% de incidencias mal documentadas. 0%
Gestión de incidencias de terminales fijos. Tiempo máximo de resolución de incidencias en terminales fijos. <1 día lab.
Tiempo de confirmación con el usuario. <1 día lab.
% de incidencias mal documentadas. 0%
Gestión de incidencias de seguridad. Tiempo máximo de solución de incidencia de red. NA
Tiempo máximo de solución de incidencias de terminal. <5 días lab.
Tiempo de confirmación con el usuario. <2 días lab.
% de incidencias mal documentadas. 0%
Consultas de cobertura. Tiempo de respuesta a la información solicitada. <20 min
Gestión de incidencias de cobertura. Tiempo máximo de diagnóstico de incidencias de cobertura. <1 h
% de incidencias de cobertura mal diagnosticadas. <10%
Tiempo máximo de aplicación de los procedimientos de escalado. <30 min
Tiempo de confirmación con el usuario. <1 h
% de incidencias mal documentadas. 0%
Gestión de incidencias de aplicaciones. Tiempo máximo de diagnóstico. <1 h
Tiempo máximo de resolución de incidencias en aplicativos del adjudicatario. <24 h
Tiempo máximo de confirmación. <1 día lab.
Tiempo máximo de aplicación de los procedimientos de escalado. <1 h
% de incidencias mal documentadas. 0%
Consultas de estado de incidencias. Tiempo de respuesta de la información solicitada. <10 min
% de peticiones donde el estado de la incidencia no está actualizada en el sistema. <5%
Notificaciones de incidencias de cobertura. Tiempo máximo de aplicación del procedimiento de notificación. <1 h
Notificaciones de trabajos programados. Tiempo máximo de gestión del procedimiento. <1 día lab.
Recepción de sugerencias. % de sugerencias mal registradas en el sistema. <5%
Gestión de baliza. % de servicios no ejecutados según la planificación. <5%
Formación básica. % de grado de satisfacción del cliente. >70%
ANEXO 3
Convenio entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña y la APB, para la renovación de su adhesión a la red Rescat de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña

Condiciones técnicas del servicio de radiocomunicaciones

Índice

1. Objetivo.

2. Requerimientos del servicio.

2.1 Requerimientos generales.

2.2 Requerimientos de configuración de la red comunes para todos los usuarios.

2.2.1 Organización.

2.2.2 Parámetros de organización.

2.2.3 Mensajes de estado.

2.2.4 Derechos de comunicación de usuario.

2.2.5 Llamada de emergencia.

2.2.6 Atributos de llamadas entrantes y salientes de la APB.

2.2.7 Atributos de servicios de datos.

2.2.8 Atributos de seguridad.

2.2.9 Grupos de trabajo.

2.2.10 Atributos de señalización.

2.2.11 Configuración del GPS.

2.3 Requerimientos de configuración de la red propios de la APB.

2.3.1 Plan de numeración.

2.3.2 Organizaciones y suborganizaciones.

2.3.3 Mensajes de estado.

2.3.4 Derechos de comunicación de usuario.

2.3.5 Grupos de trabajo.

2.3.6 Modo directo.

2.4 Requerimientos de cobertura.

2.5 Requisitos del servicio de gestión integral de la red Rescat.

2.5.1 Requerimientos de gestión de las comunicaciones.

3. Parámetros de calidad.

3.1 Requerimientos generales de calidad.

3.2 Calidad de servicio.

3.2.1 Index de continuitat.

3.2.2 Grado de tráfico y tiempo máximo de permanencia en cola.

4. Plan de explotación del servicio.

4.1 Organización del control y seguimiento.

4.2 Ampliación de capacidades o nivel de servicio.

5. Plan de formación.

1. Objetivo

El objeto de este documento es el establecimiento de las condiciones técnicas y funcionales en base a las cuales debe realizarse la prestación del servicio de radiocomunicaciones digitales de grupo cerrado (radio trunking digital TETRA) mediante el uso de la Red de Radiocomunicaciones de Emergencias y Seguridad de Cataluña (Rescat a partir de ahora) de la Generalitat de Cataluña para la APB.

2. Requerimientos del servicio

2.1 Requerimientos generales.

La red Rescat ofrecerá a la APB los servicios de radiocomunicaciones de voz y datos. La red Rescat permitirá la comunicación entre los grupos operativos de la APB de forma permanente y fiable.

La red Rescat deberá soportar las comunicaciones de voz y datos SDS simultáneas de todos los terminales TETRA de la APB en su ámbito territorial, de forma continua y permanente.

El servicio deberá reunir las condiciones de seguridad y fiabilidad necesarias para que la red tenga los máximos niveles de disponibilidad posibles. La red Rescat garantizará la confidencialidad de todas las comunicaciones de voz y datos, mediante los protocolos de autenticación y codificación estándares del sistema TETRA.

2.2 Requerimientos de configuración de la red comunes para todos los usuarios

2.2.1 Organización

Los terminales y grupos se organizan en bloques organizativos con el objetivo de facilitar la gestión: alta y baja de terminales, asignación de derechos y prioridades, etc. La estructura de los terminales en bloques organizativos permite una localización más rápida de estos. Una estructura organizativa puede organizarse en diferentes niveles.

La flota de la APB se dará de alta en la red como bloque organizativo de primer nivel.

2.2.2 Parámetros de organización

Para todas las flotas se fijan los siguientes valores de los parámetros de organización:

Absence time for visiting members. 5 minutos.
Direct call inactivity time. 5 segundos.
Ind call setup time for called MS. 30 segundos.
Ind call setup time for called TCS client. 180 segundos.
Max duration for emergency call. 2 minutos.
Max duration for normal individual call (1). 2 minutos.
Max handover time for individual calls. 10 segundos.

(1) El valor de este parámetro puede tener una gran incidencia sobre el empleo de red, por aquellos terminales que utilicen la llamada individual.

2.2.3 Mensajes de estado.

Los mensajes de estado son mensajes cortos de datos enviados a través del canal de control (se envía un código que corresponde a un texto predefinido). Se define una serie de mensajes de estado reservados para el sistema y que son gestionados de manera especial por la red, por considerarlos necesarios en situaciones de emergencia:

Valor Status Text
0 Peti. Emergencia.
65279 Petición Llamada.
65276 Peti. Llam. Urgente.
65277 Alerta. Selectiva.

2.2.4 Derechos de comunicación de usuario.

Según el tipo de usuario, los terminales tendrán diferentes derechos respecto a las llamadas individuales. La configuración recomendada para todas las flotas es la siguiente:

Las bases fijas de los centros de control tendrán derecho a enviar y recibir llamadas individuales.

Los terminales de los mandos principales (uno por suborganización, por ejemplo) tendrán derechos a enviar y recibir llamadas individuales.

El resto de terminales tendrán derecho a recibir llamadas individuales.

Todos los terminales tendrán derechos para enviar y recibir mensajes de estado y de petición de llamada.

Todos los terminales tendrán derechos para enviar y recibir mensajes SDS al bloque organizativo correspondiente al servidor SDS que tengan asignado.

2.2.5 Llamada de emergencia.

Se podrá definir la llamada de emergencia para la APB como una llamada al grupo seleccionado en el terminal en el momento de realizarla o bien, definir el grupo al que se realizará la llamada de forma permanente.

2.2.6 Atributos de llamadas entrantes y salientes de la APB.

En cuanto a las llamadas entrantes se definen los siguientes parámetros comunes para todos los usuarios:

Presentación de identificación de terminales que llama (CLIP).
Eliminación de la restricción de identificación de terminal que llama (Anulación de CLIR). No
Desvío de llamadas. No activado

En cuanto a las llamadas salientes:

Prioridad Normal 6
Permitir llamadas Dúplex No
Permitir llamadas semi-duplex
Confirmación de entrega para mensajes
Restricción de la identificación del terminal que llama (CLR) No
Servicios Preemptivos Desactivado y sin derechos (Funcionalidad no operativa)

2.2.7 Atributos de servicios de datos.

El servicio de datos se configurará como «desactivado» para todas las flotas, excepto mensajes de estado y sds.

2.2.8 Atributos de seguridad.

Se definen los siguientes parámetros como comunes para todas las flotas:

Autenticación requerida Activado
Cifrado - Método de cifrado TEA2
Permitir cifrado extremo a extremo No
Activación/desactivación terminal

No

(Funcionalidad no operativa)

2.2.9 Grupos de trabajo.

Todas las flotas dispondrán como mínimo de dos grupos locales para las tareas habituales en su ámbito territorial.

Los atributos de área para todos los grupos serán los siguientes:

Tipo Área Área de cobertura selectiva
Prioridad mínima Prioridad baja
Conmutador (DXT) Toda la red
Alcance Máxima

Estos parámetros permiten que cualquier grupo tenga cobertura en cualquier punto de la red Rescat en todo el territorio.

Los atributos de comunicación para todos los grupos serán:

Prioridad al turno de conversación del usuario anterior Activado
Prioridad de grupo 7
Permitir los servicios preemptivos No
Identificación del terminal que habla (TPI) ISSI
Tipo llamada emergencia Trucada de grupo
Tiempo de entrega de reporte de estado en DWS 15 segundos
Envío de mensaje a la combinación de grupos Ninguno
Descargar grupos a las radios Activado

2.2.10 Atributos de señalización.

Se definen los siguientes parámetros comunes para todas las flotas:

Límites de tiempo  
 Tiempo máximo de establecimiento. 5 segundos
 Duración llamada de grupo. 3 minutos
 Duración del turno de palabra. 30 segundos
 Tiempo de latencia. 0
Entrada tardía:  
 Entrada tardía. Activado
Periodo rápido:  
 Numero de mensajes. 4
 Intervalo del mensaje. 500 ms
Periodo lento:  
 Intervalo del mensaje. 2000 ms
Liberación de llamada:  
 Camino Radio. 4 segundos
 Recursos de control de llamada. 5 segundos
Ahorro energético:  
 Ahorro energético. Inmediato
Escaneado con prioridad:  
 Prioridad de exploración. No escaneado

2.2.11 Configuración del GPS

La configuración del módulo GPS de los terminales se hará según la siguiente configuración:

Destino envíos:.  
 GPS1 Status Destination. 300099
 GPS2 Status Destination. 119001
 GPS Command. 119001
 GPS Assistance. 119001
Defaul GPS report:.  
 Type. ETSI LIP
 State. Enabled
 Interval. 3 minuts
 Distance (Portàtil). 0,1 km
 Distance (Mòbil). 0,3 km
 Maximum time between wakeup. 5 minuts

2.3 Requerimientos de configuración de la red propios de la APB.

2.3.1 Plan de numeración.

Los usuarios de la red serán los servicios de la APB.

La red contemplará inicialmente los siguientes terminales:

5 bases para la Sala de Control Operativa.

2 móviles instalados en los vehículos.

81 portátiles.

A la APB se le concederá un rango de 10000 números individuales de abonado ISSI (Individual Subscriber Short Identity). En el caso de la APB este rango va del 300000 al 309999.

Inicialmente la APB asignará un número de este rango a cada uno de los terminales. En el caso de una futura ampliación, la red permite incrementos de terminales hasta el límite dado por el máximo número de terminales contenidos en el rango asignado.

Cada adquisición de terminales que realice la APB, quedará reflejada en un anexo de alta de terminales donde se indicará el número de terminales (móviles, portátiles y fijos) que se activan.

2.3.2 Organizaciones y suborganizaciones.

La APB puede definir hasta 9 suborganizaciones dentro de la organización de su flota. Inicialmente, se han definido las siguientes suborganizaciones:

Suborganización (nivel 2)
Identificador Mnemónico
3 - 0 <31 caracteres>
3 - 0 - 0 <31 caracteres>
3 - 0 - 1 <31 caracteres>
3 - 0 - 2 <31 caracteres>
3 - 0 - 3 <31 caracteres>
3 - 0 - 4 <31 caracteres>
3 - 0 - 5 <31 caracteres>

2.3.3 Mensajes de estado

Los mensajes de estado son mensajes cortos de datos enviados a través del canal de control (se envía un código que corresponde a un texto predefinido). Se define un rango de 10 mensajes de estado propios para la APB.

2.3.4 Derechos de comunicación de usuario

En concordancia con la propuesta realizada en el apartado 2.2.4 Derechos de comunicación de usuari, inicialmente se proporcionan derechos para realizar llamadas individuales a los siguientes números ISSI:

Tipo terminal ISSI Mnemónico
Portátil 30xxxx Ejemplo01
Portátil  30xxxx EJemplo02
Portátil 30xxxx Ejemplo03
Portátil  30xxxx Ejemplo04
- - -
Portátil 30xxxx Ejemplo0n

2.3.5 Grupos de trabajo.

La APB dispone de los siguientes grupos de trabajo locales:

GSSI Mnemónico
309000 <15 carácteres>
309001 <15 carácteres>
309002 <15 carácteres>
309003 <15 carácteres>

Los grupos locales se crearán dentro de la organización correspondiente a la APB, de forma que sólo tengan acceso los terminales del propio usuario, y en caso de necesidad, los terminales de gestión de red.

2.3.6 Modo directo.

Se concede un canal de modo directo a la APB. En concreto, el canal asignado es:

GSSI Mnemonico Frecuencia
309999 DIRECT 1 407,2125 MHz

Previamente a la asignación del canal DMO a un usuario, se analizarán la utilización de canales DMO de otros usuarios que trabajen en municipios cercanos para evitar una asignación que provoque interferencias.

2.4 Requerimientos de cobertura

La APB dispondrá de la red Rescat con los mismos niveles de cobertura, calidad y disponibilidad que las definidas por el resto de usuarios del servicio de la Generalitat de Cataluña.

2.5 Requisitos del servicio de gestión integral de la red Rescat.

Los servicios ofrecidos tienen compromisos de calidad (Acuerdo de Nivel de Servicio). Este ANS está ligado contractualmente con el prestador del servicio COR (Centro de Operaciones RESCAT) con penalizaciones en caso de incumplimiento.

2.5.1 Requerimientos de gestión de las comunicaciones.

El Servicio de Gestión Integral de la Red RESCAT ofrecerá los siguientes servicios:

Atención telefónica 24 horas los 7 días de la semana.

Resolución de dudas de uso de terminales y aplicativos.

Gestión de adquisición de terminales (portátiles, móviles y fijas).

Gestión de instalación y configuración de terminales móviles y fijas.

Configuraciones masivas de terminales.

Configuraciones de grupos de usuarios.

Configuraciones de seguridad.

Gestión de todo tipo de incidencias.

Atención a consultas sobre el estado de incidencias abiertas.

Notificaciones proactivas de incidencias de red.

Notificaciones de trabajos programados que afectan a los servicios Rescat.

Recepción de sugerencias.

Formación básica de integración de flotas.

Extranet.

3. Parámetros de calidad.

3.1 Requerimientos generales de calidad.

La red Rescat está diseñada para estar operativa 24 horas al día, todos los días del año.

Debido a la criticidad de los servicios soportados, se garantiza la disponibilidad de las estaciones base que proporcionan el servicio, minimizando el impacto de las tareas de mantenimiento.

El sistema dispone de elementos redundantes que proporcionan una mayor fiabilidad en su funcionamiento.

Se realizará un mantenimiento preventivo anual para todos los elementos que componen la red.

El Usuario debe comprometerse a avisar al Centro de Operaciones Rescat (COR) cada vez que detecte un mal funcionamiento o avería del servicio, mediante el teléfono y/o dirección de correo electrónico que a tal efecto se determine y/o a través de la Extranet.

El Servicio de Gestión Integral de la red Rescat se compromete a utilizar todos los medios de los que disponga para solucionar en el plazo más breve posible las averías que se produzcan.

3.2 Calidad de servicio.

La red Rescat deberá garantizar el cumplimiento de los siguientes parámetros de calidad de servicio:

3.2.1 Índice de continuidad.

El índice de continuidad se define como la relación del número de horas de funcionamiento ininterrumpido y no degradado, respecto al número total de horas del periodo en el que se efectúa el cálculo.

El índice de continuidad para el conjunto de estaciones base (TBS) será del 99.50 %.

La cuantificación se realizará cada tres meses de manera global para todas las estaciones de la red.

No se computarán, a efectos del índice de continuidad, las interrupciones en el funcionamiento de la red provocadas, directa o indirectamente, por causas de fuerza mayor.

El mantenimiento de los equipos de red utilizados para la prestación del servicio, requiere intervenciones periódicas. A tal efecto, el COR y la APB acordarán los calendarios y momentos de intervención más convenientes. En cualquier caso, el COR se reservará hasta un máximo de dos horas por año y por centro de cobertura, para llevar a cabo estas actuaciones. Antes de efectuar el corte de servicio, se avisará a la persona que la APB designe con una antelación mínima de una semana.

El tiempo de corte para mantenimiento indicado en el párrafo anterior no computará a efectos del cálculo del índice de continuidad.

3.2.2 Grado de tráfico y tiempo máximo de permanencia en cola.

Se define el Grado de Tráfico como el porcentaje de llamadas que quedan en cola un periodo de tiempo superior al fijado como tiempo máximo de permanencia en Cola en situación de tráfico regular:

Grado de tráfico = 5 %.

Tiempo Máximo de Permanencia en Cola = 10 segundos.

4. Plan de explotación del servicio.

4.1 Organización del control y seguimiento.

El COR dispondrá de un canal a través del cual se envíen y se traten todas las incidencias derivadas de la implantación del sistema.

De la misma manera, para mejorar la operatividad de los trabajos a realizar como consecuencia de lo que ha sido estipulado, se podrá crear una comisión técnica responsable de las actividades técnicas necesarias para el logro de los objetivos marcados.

4.2 Ampliación de capacidades o nivel de servicio.

Si como consecuencia de la evolución de las necesidades de los servicios de emergencia o de la tecnología disponible se propusieran ampliaciones de capacidad o de servicios, de mutuo acuerdo se valorarán y, en su caso, se implantarán con las repercusiones económicas y técnicas que se deriven.

5. Plan de formación.

La APB, con el apoyo del COR y de la Unidad de Gestión de Flotas de la Oficina Rescat, deberá prever los cursos de formación necesarios para la operación y gestión de las prestaciones requeridas y descritas en este documento, que se deberían impartir en las dependencias de la APB y/o del Departamento de Interior.

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