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Documento BOE-A-2021-9920

Resolución de 3 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., y la Fundación Internacional Josep Carreras, para el desarrollo del programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2021, páginas 72424 a 72425 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2021-9920

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 1 de junio de 2021, la Adenda de prórroga y modificación del convenio entre el Ministerio de Sanidad, la Organización Nacional de Trasplantes O.A. y la Fundación Internacional Josep Carreras para el desarrollo del programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 3 de junio de 2021.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón Fernández.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Sanidad, la Organización Nacional de Trasplantes O.A. y la Fundación Internacional Josep Carreras para el desarrollo del programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados

En Madrid a 1 de junio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Carolina Darias San Sebastián, Ministra de Sanidad, según nombramiento conferido por el Real Decreto 56/2021, de 26 de enero, por el que se nombran Ministros del Gobierno, y en virtud de las facultades que le otorga el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Josep Carrers i Coll, Presidente de la Fundación Internacional «Josep Carreras para la lucha contra la leucemia», por acuerdo de la Junta de Patronato de 28 de abril de 2004, en nombre y representación de dicha institución, constituida en Barcelona, el 14 de julio de 1988, con número de registro 424 en el Registro de las Fundaciones Privadas de la Generalitat de Cataluña, en su calidad de Presidente y conforme a lo que prevén sus Estatutos, otorgados en escritura pública el 7 de octubre de 2004.

Y de otra parte, doña Beatriz Domínguez-Gil González, Directora General de la Organización Nacional de Trasplantes, conforme a lo dispuesto por Real Decreto 501/2017, de 12 de mayo, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9.2 a) del Estatuto de la Organización, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre.

Las Partes actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Con fecha 23 de junio de 2018, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el convenio suscrito entre las partes con objeto de mantener la colaboración existente entre el Ministerio de Sanidad (en adelante el Ministerio), la Organización Nacional de Trasplantes (en adelante la ONT) y la Fundación Internacional Josep Carreras para la lucha contra la leucemia (en adelante la Fundación), que mantiene y gestiona el Registro de Donantes de Médula Ósea (en adelante REDMO), reconocido por el Ministerio de Sanidad según Acuerdo Marco de 13 de junio de 1994, para el desarrollo del programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados y se encuentra integrado en el Registro de la Asociación Mundial de Donantes de Médula (WMDA) y representa a España en el mismo.

II. El Acuerdo Marco fue renovado, con las modificaciones normativas pertinentes, en mayo de 2009, 2012, 2015 y 2018.

III. La colaboración instrumentada mediante dichos acuerdos ha funcionado correctamente, desde su firma hasta la actualidad, facilitando el trasplante a un número que supera los diez mil pacientes.

IV. La cláusula décima del Convenio actualmente en vigor prevé la posibilidad de su prórroga, mediante acuerdo expreso, con un límite temporal de cuatro años adicionales.

Por lo expuesto, las partes

ACUERDAN

Cláusula primera.

Se prorroga el Convenio para el desarrollo del Programa de Trasplante de Progenitores Hematopoyéticos de Donantes no Emparentados, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 23 de junio de 2018, con una duración de cuatro años en virtud de lo previsto en la cláusula décima, con las adaptaciones relativas a la denominación del Ministerio de Sanidad y de legislación que se detallan en la cláusula tercera.

En lo no previsto en la presente adenda, regirá entre las partes el Convenio original publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de junio de 2018.

Cláusula segunda.

La presente Adenda será eficaz a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO).

Cláusula tercera.

Toda referencia al extinto Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en el texto del convenio original del que depende esta adenda se entenderá hecha al actual Ministerio de Sanidad, según establece el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En prueba de conformidad, se firma la presente Adenda de Prórroga y modificación en el lugar y fecha indicados en el encabezado.–La Ministra de Sanidad, Carolina Darias San Sebastián.–El Presidente de la Fundación Internacional Josep Carreras, Josep Carreras i Coll.–La Directora General de la Organización Nacional de Trasplantes, Beatriz Domínguez-Gil González.

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