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Documento BOE-A-2022-10215

Resolución de 14 de mayo de 2022, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Junta de Andalucía, para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 2022, páginas 85481 a 85483 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-10215

TEXTO ORIGINAL

La ruta Almería-Sevilla fue declarada obligación de servicio público (en adelante, OSP) por Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009 (en adelante, ACM) por el que se declaran obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla, modificadas posteriormente por la Orden Ministerial FOM/2457/2013, de 27 de diciembre de 2013, y por las Órdenes Ministeriales TMA/675/2020, de 20 de julio y TMA/297/2021, de 29 de marzo (en adelante, declaración de OSP).

El servicio se presta en virtud de un contrato con la Administración conforme al Convenio entre la Administración General de Estado y la Junta de Andalucía vigente desde el 8 de mayo de 2018 (publicado en BOE el 7 de mayo de 2018), en adelante el convenio vigente, por el cual todas las obligaciones de contenido económico derivadas de una eventual operación adjudicada a un único licitador son asumidas íntegramente por la Junta de Andalucía. El contrato vigente cubre el periodo que va desde el 1 de agosto de 2018 (fecha de inicio de las operaciones) hasta el 31 de julio de 2022.

El convenio vigente tiene, de acuerdo con su cláusula novena, una duración de cuatro años a partir del día siguiente a su publicación en BOE, esto es, finalizando el 8 de mayo de 2022. Dado que el contrato en vigor tiene una fecha de finalización posterior a dicha fecha, se considera necesario, estando de acuerdo las dos partes firmantes del convenio, el establecimiento de una prórroga del mismo para dar cobertura a todo el periodo de vigencia del contrato, mediante adenda de prórroga del convenio vigente.

De conformidad con el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga del Convenio entre la Administración General del Estado y La Junta de Andalucía para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla, cuyo texto se adjunta a esta resolución como anexo I.

Madrid, 14 de mayo de 2022.–El Director General de Aviación Civil, Raúl Medina Caballero.

ANEXO I
Adenda de prórroga del Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla

6 de mayo de 2022.

De una parte, doña María José Rallo, Secretaria General de Transportes y Movilidad, en virtud del Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, que actúa en el ejercicio de su cargo, y por delegación de competencia de la Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden TMA/221/2022, de 21 de marzo), en representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

De otra parte, doña María Francisca Carazo Villalonga, Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en virtud de Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, que actúa en el ejercicio de su cargo, en representación de la Junta de Andalucía.

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para suscribir este convenio.

EXPONEN

1.º Que el Estado, de conformidad con el artículo 149.1.20 de la Constitución, tiene competencia exclusiva sobre el transporte aéreo, correspondiendo al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, garantizar los principios y el procedimiento previstos en el Reglamento (CE) 1008/2008 del Parlamento europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (en lo sucesivo, Reglamento (CE) 1008/2008), para velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones de servicio público que el Gobierno establezca en las rutas aéreas entre dos aeropuertos.

2.º Que, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (entonces de Fomento), conforme a la solicitud formulada por la Junta de Andalucía, el Consejo de Ministros estableció obligaciones de servicio público en la ruta aérea entre Almería y Sevilla, de acuerdo con las normas contenidas en el Reglamento (CE) 1008/2008, en su Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se declaran obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla, modificadas posteriormente por la Orden Ministerial FOM/2457/2013, de 27 de diciembre de 2013, y por las Órdenes Ministeriales TMA/675/2020, de 20 de julio y TMA/297/2021, de 29 de marzo.

3.º Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Junta de Andalucía suscribieron el Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de Obligaciones de Servicio Público en la ruta Almería – Sevilla, firmado entre ambas partes el 28 de marzo de 2018 y con entrada en vigor el 8 de mayo de 2018 (al día siguiente de su publicación en el BOE), por el cual la Junta de Andalucía asume todas las obligaciones económicas generadas por la licitación, conforme al Reglamento (CE) 1008/2008, de la operación de la ruta en caso de ser necesaria.

4.º Que el citado convenio tiene una vigencia de cuatro años a partir del día siguiente de su publicación en BOE, expirando, por tanto, el 7 de mayo de 2022.

5.º Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, tras verificar que ninguna compañía estaba dispuesta a prestar dichos servicios de forma regular y económicamente sostenible, decidió limitar el acceso a la ruta y garantizar la provisión del servicio mediante un procedimiento de licitación. En virtud de dicha licitación se adjudicó a la compañía Air Nostrum un contrato que dio comienzo el 1 de agosto de 2018, y cuya fecha prevista de finalización es el 31 de julio de 2022.

6.º Que, dado que el contrato vigente finaliza el 31 de julio de 2022, para dar continuidad al reparto de responsabilidades generadas por dicho contrato, ambas partes acuerdan establecer una prórroga del convenio, de conformidad con la cláusula novena, por el tiempo necesario para cubrir las obligaciones relacionadas con el contrato hasta su fecha de finalización.

De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben el presente convenio, estableciendo, al efecto, la siguiente

CLÁUSULA ÚNICA

Se prorroga el Convenio firmado el 28 de marzo de 2018 entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía, para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de Obligaciones de Servicio Público en la ruta Almería-Sevilla, por el tiempo necesario para cubrir las obligaciones relacionadas con dicho contrato y hasta el máximo de un año. En consecuencia, terminará esta prórroga si, antes de que se cumpla el año, se formaliza y comienza a ejecutarse el nuevo contrato que sustituya al anterior.

Esta adenda de prórroga surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, serán publicadas en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad y para fiel cumplimiento de lo acordado, firman la presente Adenda por duplicado, en el lugar y fecha al principio mencionados.–La Secretaria General de Transportes y Movilidad, María José Rallo (P. D. Orden TMA/221/2022 de 21 de marzo).–La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, María Francisca Carazo Villalonga.

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