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Documento BOE-A-2022-10438

Resolución de 14 de junio de 2022, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio con la Asociación Red Española para el Desarrollo Sostenible, para el desarrollo de actividades de impulso a la dimensión cultural de la Agenda 2030.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 2022, páginas 87345 a 87352 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2022-10438

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 13 de junio de 2022 se ha suscrito el convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 14 de junio de 2022.–El Director General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, Gabriel Castañares Hernández.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible para el desarrollo de actividades de impulso a la dimensión cultural de la Agenda 2030

En Madrid, a 13 de junio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Enrique Fernando Santiago Romero, Secretario de Estado para la Agenda 2030, nombrado mediante Real Decreto 225/2021, de 30 de marzo, publicado en el BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2021, actuando en virtud de las competencias enunciadas en el artículo 6.2.d y f) del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

De otra parte, doña Leire Pajín Iraola, en calidad de presidenta de la Red Española para el Desarrollo Sostenible (en adelante, REDS), nombrada presidenta en la Asamblea Extraordinaria de la Asociación REDS de 18 de noviembre de 2018, y actuando en nombre y representación de REDS, como apoderada de dicha entidad según consta en los estatutos vigentes de esta asociación, inscrita oficialmente en el Registro Nacional de Asociaciones con fecha 5 de octubre de 2015 y número de registro 608479, con domicilio en Oficina Ecocampus, Campus de Cantoblanco, Universidad Autónoma de Madrid, Madrid y CIF G-87281309.

EXPONEN

Primero.

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, suscrita por los Jefes de Estado y de Gobierno de 193 países en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York, por Resolución A/RES/70/1, «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», de 25 de septiembre de 2015, aprobó un conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático. Los mismos constituyen una oportunidad única para sentar las bases de una transformación global que conduzca hacia modelos de desarrollo incluyentes y sostenibles, a nivel nacional e internacional. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son un conjunto de 17 objetivos y 169 metas destinadas a resolver los problemas sociales, económicos y ambientales que aquejan al mundo, cubriendo el periodo 2015-2030. Por primera vez una estrategia de estas dimensiones se asume desde una perspectiva holística: social, cultural, económica y medio ambiental.

Segundo.

Que la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 se creó por Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y, es responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso, seguimiento y cooperación para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 llevará a cabo el ejercicio de funciones para impulsar la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la necesaria coordinación con el resto de los órganos competentes de la Administración General del Estado y de otras Administraciones Públicas.

Tercero.

En 2015 nace la Red Española para el Desarrollo Sostenible (REDS), capítulo nacional de SDSN (Sustanaible Development Solutions Network) en España, constituyéndose como asociación sin ánimo de lucro y con sede en la Universidad Autónoma de Madrid. Su misión es movilizar y sensibilizar a la sociedad española, a las instituciones públicas y al mundo empresarial para que conozcan de manera más rigurosa y comprometida los ODS, así como favorecer su incorporación a futuras políticas, al ámbito corporativo y en el comportamiento de la sociedad en general.

Cuarto.

Que el 27 de enero de 2021 la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS han firmado un Convenio Marco, publicado en el BOE de 26 de febrero de 2021 mediante Resolución de 19 de febrero de 2021, al objeto de proporcionar un marco de cooperación para sensibilizar y concienciar a la sociedad española sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyos ejes de trabajo se encuentran recogidos específicamente en su Cláusula Segunda, lo que se concreta en iniciativas relacionadas con la difusión, información y conocimiento de la Agenda 2030, y en particular, con el impulso a la implementación de los ODS en España, a nivel local, autonómico y estatal. Asimismo, el acuerdo desea promover la participación de los sectores académico y cultural en la implementación de la Agenda 2030, e incorporar los aportes de la cultura a la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible.

Quinto.

Que el 10 de septiembre de 2021 la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS suscribieron un Convenio específico, al amparo del citado Convenio Marco, para el desarrollo de actividades de impulso a la dimensión cultural de la Agenda 2030 cuya vigencia concluyó el 31 de diciembre de 2021, de forma que el presente Convenio se encuadra en la lógica de la profundización y continuación de las actuaciones desarrolladas en su marco.

Sexto.

Que, en el marco del proceso de elaboración de la Estrategia de Desarrollo Sostenible, la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 tiene como objetivo incorporar los aportes de la cultura a la Agenda 2030.

Séptimo.

Que REDS es la entidad pionera y referente en España en el ámbito de la cultura sostenible, y desde 2017 cuenta con una línea de trabajo estratégica que tiene como objetivo movilizar, sensibilizar y formar a los agentes del sector cultural y creativo en España para que conozcan la Agenda 2030 y contribuyan al logro de los ODS, promoviendo la dimensión cultural de la Agenda 2030 y la adopción del enfoque ODS en el sector cultural y creativo español. Entre otras iniciativas, ha organizado y desarrollado las siguientes actividades: las jornadas anuales «Sostenibilidad e instituciones culturales» (ediciones 2017, 2018, 2019); la web culturasostenible.org; la coordinación de un grupo de trabajo sobre Cultura y desarrollo sostenible y la publicación «Hacia una cultura sostenible. Guía práctica para integrar la Agenda 2030 en el sector cultural». Por otra parte, y de entre las actividades desarrolladas mediante el Convenio específico suscrito con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 en 2021, destacan la celebración de la cuarta edición de la Jornada pública sobre Cultura y Desarrollo Sostenible que incluyó la presentación de la publicación «Guía para empezar con los ODS en la cultura», un programa de Formación a los actores de la cultura sobre la Agenda 2030 y la publicación «Objetivos de desarrollo sostenible y sus metas desde la perspectiva cultural».

Por todo ello, ambas partes consideran de mutuo interés el desarrollo de las diversas actividades a las que se hace referencia por lo que acuerdan suscribir el presente Convenio específico que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es instrumentar la colaboración entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS para el desarrollo de actividades de profundización en el impulso y sensibilización sobre la dimensión cultural de la Agenda 2030, a través de la elaboración de guías metodológicas, y celebración de jornadas y talleres con actores de la cultura que contribuyan a la implementación de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030.

Segunda. Compromisos de las partes.

1. La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 se compromete a:

Colaborar con REDS en la realización de las actividades objeto de este Convenio, por ser su ejecución de interés común para ambas partes, mediante la aportación de recursos económicos para la financiación de sus actividades conforme a lo previsto en la cláusula octava del presente Convenio.

Además, participará junto con REDS, en el diseño y organización de las actividades, así como en las acciones necesarias para la difusión y promoción de las actividades programadas y colaborará en los actos que se realicen como consecuencia de las actividades mencionadas, que incluirá la participación presencial y/o virtual de representantes de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, la colaboración en el diseño y coorganización de la actividad y la difusión en los canales de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030. 

2. REDS se compromete a:

Colaborar con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, en la organización y desarrollo de las actividades objeto de este Convenio, mediante la aportación de recursos económicos con cargo a sus propios presupuestos.

Conjuntamente con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, a asumir la preparación y coordinación de las siguientes actividades que forman parte del presente Convenio:

– Realización de un taller virtual multiactor compuesto por dos talleres, uno más enfocado a agentes que trabajan en las industrias culturales y creativas, y otro, a gestores culturales cuya actividad se desarrolla en el territorio, a nivel comunitario y local. Su objetivo es dar a conocer y contrastar el documento «Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas desde la perspectiva cultural. Una lectura transversal», como herramienta consensuada y aceptada por el sector cultural al recoger las conclusiones y mejoras resultantes del taller.

– Presentación del documento «Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas desde la perspectiva cultural. Una lectura transversal». Una vez integradas las visiones recogidas en el taller, y en el marco del trabajo de coherencia de políticas públicas puesto en marcha por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, presentación del documento a diferentes actores involucrados en su implementación.

– Elaboración de la «Guía metodológica para presentar evidencias de los impactos de la cultura al desarrollo sostenible en el Examen Nacional Voluntario». Para ello, REDS propone los siguientes objetivos:

• Fomentar y estimular la incorporación de los impactos culturales en los Exámenes Voluntarios o rendición de cuentas en relación con los ODS y sus metas a diferentes agentes culturales (desde lo local a lo nacional).

• Elaborar un conjunto de materiales como indicadores, protocolos y sistemas de evaluación de los impactos de la cultura en el desarrollo sostenible.

• Ofrecer un manual de uso para los responsables culturales al efecto de una mayor visibilidad de sus resultados e impactos en la dimensión cultural del desarrollo sostenible.

• Crear un grupo de trabajo con expertos, investigadores y gestores culturales con experiencia para participar en este proceso.

• Dar publicidad de todas las actividades objeto de este Convenio específico.

Tercera. Difusión de la colaboración.

La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS se comprometen a dar máxima publicidad de este Convenio.

Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas actividades, al mismo nivel de créditos y representación.

De este modo, las partes:

– Se comprometen a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera del presente Convenio.

– Se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente, su aportación a la colaboración.

A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento previo de la otra parte.

La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la concesión a favor ni de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, ni de REDS, de ningún derecho, independientemente de su naturaleza, sobre el logotipo ni sobre la marca de la contraparte y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada una de las partes.

En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la denominación e imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de divulgación en los que se incluirá dicha imagen.

En todos los materiales que produzcan las partes deberá incluirse la siguiente línea de créditos y representación: «Organizan: Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y REDS, Red Española para el Desarrollo Sostenible».

Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de la otra parte durante la vigencia del presente Convenio.

Cuarta. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente Convenio se crea una Comisión de seguimiento paritaria, integrada por cuatro miembros, dos representantes designados por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y dos designados por REDS. La Comisión de seguimiento estará presidida por un representante de la Secretaría de Estado para la Agenda 203.

La Comisión se reunirá cuantas veces considere necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio y tendrá las siguientes funciones:

a) La supervisión y control de la ejecución de las actividades contempladas en el presente Convenio.

b) Resolver de mutuo acuerdo las dudas y controversias que pudieran surgir con motivo del desarrollo del presente Convenio.

El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Eficacia y vigencia del convenio.

Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio entrará en vigor tras su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Tras su inscripción en el citado Registro, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022 con la entrega del balance final de las actividades objeto de colaboración, lo cual tiene cabida dentro de los márgenes establecidos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Modificaciones del Convenio.

En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la modificación del presente Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, en cualquier momento previo a que finalice el plazo de vigencia del Convenio, siempre y cuando no altere el objeto del presente Convenio, debiendo seguirse los mismos trámites que para su inscripción.

Séptima. Extinción del Convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causa de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del Convenio.

– El común acuerdo entre las dos partes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento y control de la ejecución del Convenio.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.

Octava. Financiación.

La aplicación y ejecución de este Convenio, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, supone un desembolso por parte de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 de 35.024,00 euros (treinta y cinco mil veinticuatro euros), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.226.10. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.

Por su parte, la entidad REDS se compromete a aportar, con cargo a su propio presupuesto, la cantidad de 15.145,00 euros (quince mil ciento cuarenta y cinco euros), impuestos incluidos, en concepto de recursos humanos, infraestructura, difusión y comunicación. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.

La aportación de la financiación comprometida por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 se hará efectiva a la finalización de cada una de las actividades programadas conjuntamente, tras la justificación del efectivo cumplimiento por parte de REDS de las actividades programadas y su certificación.

Novena. Propiedad intelectual y derechos de imagen.

Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente Convenio, REDS se responsabilizará de gestionar todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la difusión de las mismas y se compromete, asimismo, a mantener indemne a la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 de cualquier reclamación que recibiera de terceros al respecto de la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente.

Para la realización de los compromisos asumidos en la cláusula segunda REDS habrá gestionado y pagado a su cargo, en su caso, la cesión por parte de sus titulares de los derechos de propiedad intelectual necesarios para realizar el objeto del presente Convenio durante el año 2022.

En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente Convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública, incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual realizado en virtud del presente Convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.

Los derechos de explotación y difusión sobre los resultados obtenidos de las actividades objeto de este Convenio, en el caso de que los hubiere, serán de titularidad de las dos partes firmantes.

Décima. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en lo que no se oponga a las normas antes citadas.

En cada caso concreto en el que sea necesario un tratamiento de datos personales como realización de vídeos, toma de fotografías, organización de eventos, etc., se determinará por escrito qué parte actuará como «responsable el tratamiento de datos» y qué parte actuará como «encargado del tratamiento», desarrollándose, en su caso, lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679.

Undécima. Transparencia.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por tanto, las dudas o lagunas que puedan suscitarse en la interpretación y aplicación de este Convenio se resolverán aplicado los principios contenidos en dicha Ley.

Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente Convenio por duplicado en la fecha señalada.–Enrique Fernando Santiago Romero, Secretario de Estado para la Agenda 2030.–Leire Pajín Iraola, Presidenta de la Red Española para el Desarrollo Sostenible.

ANEXO I
Actuaciones

Aportación de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030

Euros

Aportación de REDS

Euros

Total

Euros

TALLER MULTIACTOR.

Dirección, coordinación, facilitación, relatoría, difusión online y edición resultados.

16.306 3.180 19.486

PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO.

«Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas desde la perspectiva cultural. Una lectura transversal».

Dirección y coordinación de trabajos. Logística del acto de presentación.

5.262 5.180 10.442

PUBLICACIÓN GUÍA METODOLÓGICA.

«Guía metodológica para presentar evidencias de los impactos de la cultura al desarrollo sostenible en el Examen Nacional Voluntario».

Coordinación técnica del proyecto, diseño, impresión y maquetación.

10.356 6.785 17.141

COMUNICACIÓN-DIFUSIÓN.

Página web, prensa y redes sociales.

3.100 3.100
  Total. 35.024 15.145 50.169

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