Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-13369

Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Mula II de 114,4 MWp/88 MWn, en Mula, Murcia, y su infraestructura de evacuación, en Mula y Campos del Río (Murcia)".

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2022, páginas 116138 a 116157 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-13369

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 9 de agosto de 2021, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque fotovoltaico Mula II de 114,4 MWp/88 MWn, en el término municipal de Mula, en la provincia de Murcia, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Mula y Campos del Río, en la provincia de Murcia», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, a solicitud de Cobra, SL, como promotor del proyecto.

Alcance de la evaluación.

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto que consta del Estudio de Impacto Ambiental (en adelante EsIA) y documentación complementaria, y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

Esta evaluación no incluye aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones, de planeamiento urbanístico, de seguridad y salud en el trabajo u otros, que disponen de normativa reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera del alcance de la evaluación ambiental.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto tiene por objeto la construcción de la planta fotovoltaica «Mula II» de 114,40 MWp de potencia (88 MWn) y de sus infraestructuras de evacuación. Se localiza en los términos municipales de Mula y Campos del Río, ambos en la Región de Murcia. La vida útil estimada de la instalación es de veinticinco años.

La planta se distribuye en varios recintos con una superficie de unas 280 ha y perímetro vallado de 42.216 m. Los 228.800 módulos fotovoltaicos que integran la planta se instalan en seguidores de un solo eje horizontal, dirección N-S y seguimiento E-O, anclados directamente al terreno mediante hincado. El pasillo libre entre seguidores es de 12 m. La corriente generada es conducida mediante una red interior aéreo subterránea de 30 kV y 25,5 km a la subestación transformadora 30/132 kV «PSF Mula II», de 1.283,04 m2 de superficie ocupada.

Desde la anterior subestación, una línea eléctrica de 132 kV, de 9.645 m (9.355 m aéreos y 290 m subterráneo) y 31 apoyos, enlaza con la subestación colectora 132/400 kV S.T. «Colectora Campos», de 6.371 m2, compartida con otros promotores fotovoltaicos. La configuración de la línea aérea es en simple circuito trifásico, con dos conductores por fase y un cable de tierra. Desde esta última subestación parte una línea aérea de 400 kV, con igual configuración que la anterior pero con dos cables de tierra, de 456 m de longitud y 3 apoyos, hasta el punto de conexión en la S.T. «Campos» 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España (REE). Los apoyos son de celosía metálica galvanizados.

Para la alimentación de los servicios auxiliares de la planta se prevé la instalación de una línea mixta aérea-subterránea de 20 kV de 244 m. La longitud de los viales interiores asciende a 4,4 km de nuevos caminos y 24,6 km de caminos existentes.

2. Tramitación del procedimiento

Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publicó, el 3 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 4 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», el anuncio por el que se somete a información pública el EsIA y la solicitud de Autorización Administrativa previa del proyecto. Durante el trámite de información pública se ha recibido escrito de la Junta Vecinal de Fuente Librilla con un documento de alegaciones y una recogida de 806 adhesiones.

Con fecha 23 de febrero de 2021, el órgano sustantivo trasladó consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en al anexo I y remitió la documentación recibida al promotor para su consideración.

Una vez recibido el expediente en el órgano ambiental, se requiere subsanación en virtud del artículo 40.1 de la referida Ley. En respuesta, el 19 de enero y 28 de marzo de 2022 se reciben los informes preceptivos de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia.

Con fecha de 5 de mayo de 2022, se requiere al promotor documentación adicional junto con el informe recibido del órgano autonómico competente en medio natural para su consideración. El 2 de junio de 2022 se recibe la respuesta al citado requerimiento.

3. Análisis técnico del expediente

3.1 Análisis de alternativas.

El análisis de alternativas se realiza mediante un estudio multicriterio que considera diversos aspectos como espacios protegidos, hábitats de interés comunitario (HIC), usos del suelo, presencia de infraestructuras, recurso solar, distancia al punto de conexión, etc.

Respecto de la planta fotovoltaica se plantean tres alternativas con diferente superficie de implantación y misma potencia total. El análisis de las tres opciones de ubicación toma en consideración criterios relacionados, entre otros, con la distancia a los espacios de la Red Natura 2000 y con las áreas de protección de los planes de recuperación, conservación y manejo de especies amenazadas, y con la afección a vegetación natural y a HIC prioritarios. Desde el punto de vista ambiental, el promotor considera la Alternativa dos como la más favorable, siendo la solución finalmente adoptada. Para la S.T. «PSF Mula II» se selecciona la segunda opción situada en el centro de la planta solar con objeto de acortar al máximo posible las redes de evacuación.

Respecto de la línea aérea de evacuación de 132 kV, se proponen tres alternativas de diferente trazado y longitud y se selecciona la Alternativa tres, de 9,3 km que discurre de forma paralela a una línea existente de 400 kV con el objetivo de reducir impactos y crear sinergias positivas.

3.2 Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

3.2.1 Aire, factores climáticos, cambio climático.

Durante la fase de construcción se producirán emisiones de polvo y partículas como consecuencia del movimiento de tierras y la circulación de vehículos. Respecto a la calidad acústica, se producirán incrementos en los niveles sonoros de carácter puntual, alcanzando niveles superiores a los 90 dB(A) debido a la acción de las hincadoras, que decrecerán al alejarse de la zona de obras. Dada la ubicación del proyecto en un entorno eminentemente agrícola y su distancia respecto de los núcleos de población, estos ruidos no serán percibidos por los vecinos de las poblaciones más próximas.

En fase de funcionamiento, el EsIA indica que no están previstas afecciones significativas a la atmosfera, si bien, para minimizar la afección por contaminación lumínica de la subestación, se aplicarán medidas preventivas encaminadas a iluminar en exclusiva las zonas estrictamente necesarias con espectros de luz y orientación para evitar molestias.

Ecologistas en Acción de Murcia señala una serie de buenas prácticas ambientales durante las obras para evitar la contaminación atmosférica, dentro de las cuales destaca llevar a cabo un convenio con la Administración regional para el control de las emisiones en el proceso de construcción de la planta. El promotor responde que comparativamente con otros proyectos que se realizan en la zona, incluidas labores agrícolas, la producción de polvo y otros contaminantes atmosféricos será poco significativa y que, con el funcionamiento del proyecto, se evitará la producción de CO2 y NOX y el consumo de materias primas como el gas o el carbón.

La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia, informa de la cantidad de CO2 que se debe compensar por emisiones de gases de efecto invernadero, liberación de carbono almacenado en el suelo, eliminación de arbolado y cese de la actividad agrícola. Por otro lado, señala que el proyecto debe contar con anexos específicos referidos a las compensaciones a realizar, incluyéndose las medidas en el Programa de Vigilancia Ambiental (PVA). El promotor se compromete a incluir los cálculos en el proyecto.

Por otro lado, el Servicio de Información e Integración Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente de la citada Consejería, propone una serie de buenas prácticas ambientales con respecto la calidad del aire y la reducción de ruidos. El promotor señala que en el EsIA ya se recogen prescripciones al respecto y se compromete a incluir aquellas que no hubiera recogido.

3.2.2 Suelo, subsuelo, geodiversidad.

Se calcula para la poligonal de la planta fotovoltaica una ocupación de suelo de unas 280 ha netas. Las zanjas previstas serán de 14.062 m de longitud (entre 0,4 y 0,9 m de ancho) y se ocuparán 98.396 m2 de terreno para viales y 2.095 m2. para las plataformas de los apoyos de las líneas de evacuación. El movimiento de tierras (drenajes y caminos internos) se estima en 173.318 m3 de desmonte y de 158.197 m3 de terraplén, calculando en 15.121 m3 las tierras sobrantes.

El EsIA valora como moderada la aparición de cárcavas y pequeños desprendimientos de tierra, así como la compactación del suelo por depósito y acopio temporal de materiales y la instalación de armaduras y hormigonados. Durante las diferentes fases se pueden originar episodios de contaminación accidental.

Las principales medidas recogidas en el EsIA son el balizamiento de las zonas de obras y de áreas sensibles; aprovechamiento de los caminos existentes; equilibrio al máximo del volumen de desmonte con el de terraplén; adecuada retirada y almacenamiento de la tierra vegetal para favorecer la restauración vegetal posterior; el posible material sobrante será retirado y entregado a gestor autorizado; habilitación de zonas específicas para el depósito de aceites y combustibles, almacenamiento de residuos peligrosos y lavado de hormigoneras; transformadores con tanque de retención de aceite; inmediata retirada de vertidos accidentales junto con el suelo contaminado por gestor autorizado para su posterior tratamiento; seguimiento estricto de la normativa vigente en materia de residuos; restauración paisajística de las zonas degradadas de acuerdo a lo dispuesto en el Plan de Integración Ambiental y Paisajística.

La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático identifica un vano de la línea de evacuación entre el apoyo 19 y 20 que atraviesa el LIG «Geodiversidad de la Puebla y los Baños de Mula». El promotor matiza que no resulta afectado, ya que es sobrevolado por la línea, sin encontrarse ninguno de sus apoyos dentro de la poligonal de dicho LIG.

3.2.3 Agua.

El proyecto se sitúa en la demarcación hidrográfica del Segura, apareciendo en el ámbito de las actuaciones diversos barrancos y ramblas. El trazado aéreo de la línea de 132 kV presenta los siguientes cruzamientos: Barranco del Tochú, Barranco de la Rambla, Barranco de los Álamos, dos cauces innominados, Barranco de Don Pedro, Río Mula, Barranco del Moro o del Carrizal, y Rambla de Gracia. Además, se sitúa sobre los acuíferos Espuña-Mula y Cajal de la masa de agua subterránea «Sierra Espuña».

Los movimientos de tierra de las obras podrán afectar a la calidad de las aguas superficiales y subterráneas. El EsIA indica que el diseño y la implantación de las instalaciones fotovoltaicas respetan en todo momento las zonas de servidumbre (5 m) de los cauces y que no se ocupa Dominio Público Hidráulico.

Las alteraciones en el régimen de escorrentías como consecuencia de la introducción de elementos del proyecto se evitarán con la adecuada red de drenaje. Además, se evitará que la mayor actividad constructiva se desarrolle en períodos de fuertes lluvias con terrenos encharcados y otras medidas para evitar episodios de contaminación.

La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Segura informa con carácter favorable las obras contempladas en el proyecto con una serie de indicaciones a las que el promotor manifiesta su conformidad, entre otras, sobre el estudio hidrológico de drenajes del proyecto constructivo; el diseño de las instalaciones para evitar el aumento de escorrentías superficiales durante episodios de lluvias intensas, así como el arrastre de sedimentos hacia los cauces, garantizando las márgenes limpias; descarte de uso de herbicidas o fitosanitarios. Por su parte, la Comisaría de Aguas de la Confederación señala que, con carácter previo a las obras, se deberá solicitar autorización administrativa al Organismo de cuenca de las obras que se localican en la zona de policía de cauces públicos. Respecto de la inundabilidad y afección al régimen de corrientes, indica carencias en la documentación de algunos datos sobre los cruces de los cauces, sobre zonas de inundabilidad, zonas de flujo preferente (ZFP) y de avenida de los 100 años, etc., y remite al cumplimiento de la normativa sectorial y a las correspondientes autorizaciones. Significa la necesidad de solicitar autorización para cruces aéreos con cauces públicos de las líneas eléctricas de 30 kV y 132 kV.

El promotor aporta planos con la delimitación del Dominio Público Hidráulico y sus zonas de servidumbre y policía; argumenta que las nuevas instalaciones eléctricas se encuentran fuera de la ZFP de los cauces y que se ha evaluado la inundación de la zona de afección del proyecto, justificando que no existen afecciones, salvo un centro de transformación y la línea asociada, por lo que propone un ajuste de posición para evitar la afección; se aporta el listado solicitado de cruzamientos de las líneas de evacuación de energía; y finalmente se compromete a solicitar todos los permisos y autorizaciones pertinentes para los distintos cruzamientos y su obtención previa al inicio de las obras.

La Dirección General de Territorio y Arquitectura, y la Dirección General del Agua de la Región de Murcia informan sobre determinados aspectos relacionados con el medio hídrico a los que el promotor responde que gestionará las autorizaciones correspondientes con el organismo de cuenca y señalando su conformidad.

Por su parte, el Servicio de Gestión y Protección Forestal de la Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial de la Dirección General de Medio Natural señalan medidas de prevención frente a procesos de erosión superficial. Recuerda que se debe alterar el mínimo posible el sistema de conservación de suelos de terrazas existente en los terrenos agrícolas, debiéndose aportar medidas como la implantación de setos perimetrales e internos. El promotor responde que su objetivo será evitar los procesos hidrológicos y de erosión y para ello reducirá los movimientos de tierra a las motas y caballones existentes con objeto de perfilar el terreno; respetará la cubierta vegetal; ejecutará las infraestructuras hidráulicas necesarias para reducir la energía del agua; y elaborará un Plan de Revegetación e Integración Paisajística con medidas para frenar la escorrentía y erosión.

3.2.4 Flora, vegetación y hábitats.

Las parcelas objeto de proyecto se encuentran ocupando principalmente tierras de cultivo y en menor medida pastizales naturales, entre los que aparecen salpicados matorrales y bosques de coníferas. El promotor identifica distintos tipos de matorral, así como repoblación de pino carrasco (Pinus halepensis). Los apoyos de las líneas eléctricas y los recintos de las subestaciones ocuparán unas 3 ha: Para acceder a las líneas de evacuación de energía se utilizarán caminos ya existentes, de los que se eliminará vegetación ruderal del borde, y nuevos caminos a ejecutar, con una afección temporal de 11.232 m2, que se restaurarán una vez finalizada la obra.

Además, el promotor identifica las especies vegetales protegidas y amenazadas, destacando 84 ejemplares de Tamarix canariensis (de interés especial en el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida). El promotor señala además 8 taxones cuyo aprovechamiento en el territorio de la Región de Murcia requiere la obtención de autorización administrativa previa: tapenera, alcaparra, Limonium echioides, acebuche, pino carrasco, espino negro, rabogato, tomillo de invierno y mejorana.

En la zona se localizan diferentes tipos de HIC entre los que se destacan: (5330) Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos, (6220*) Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y (1510*) Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia).

Con el fin de minimizar la afección al terreno forestal e HIC, el promotor propone, sintéticamente las siguientes medidas: balizamiento de la zona susceptible de afección, así como de formaciones o elementos vegetales a proteger fuera del área de actuación directa; minimización de la superficie de actuación directa; se respetarán al máximo posible los ejemplares de interés dentro de la planta y, en caso de afección, se procurará su trasplante; la eliminación de los residuos vegetales se realizará de forma simultánea a las labores de tala, poda y desbroce para evitar el incremento del riesgo de incendios forestales y se tomarán las medidas de prevención conforme a la normativa correspondiente.

Por otro lado, con el objetivo de recuperar el estado original de la zona de implantación, se procederá a restaurar y revegetar aquellas zonas afectadas que no vayan a ser ocupadas permanentemente. El Plan de Integración Ambiental y Paisajística contempla, entre otras actuaciones, la conservación y naturalización de los bordes de cultivos existentes, plantaciones de especies autóctonas, siembra de herbáceas, así como trabajos de mantenimiento necesarios y reposición de marras. Cabe destacar, de igual forma, la gestión de la vegetación bajo los seguidores mediante ganado o medios mecánicos, prohibiendo el uso de herbicidas o fitosanitarios.

El estudio botánico realizado por el promotor analiza en detalle la afección del proyecto a los HIC y concluye que la planta no afecta a ninguno de ellos, pues, aunque existe coincidencia, todos los módulos se ubican sobre terreno de cultivo, sin afectar a la vegetación seminatural y natural existente.

Según la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático, el proyecto se localiza en zonas de probable presencia de flora catalogada como vulnerable y de interés especial, por lo que sugiere realizar una inspección previa. Además, indica que la localización de los ejemplares de Tamarix canariensis es confusa y no se especifican medidas para su conservación. También ha observado la presencia de especies de Anabasis hispanica, en torno al apoyo 31, y un ejemplar de Tamarix boveana, para el que solicita balizamiento. En cuanto a los HIC, señala que se debería incorporar una descripción y cartografía de detalle junto a una valoración cuantitativa y cualitativa de las afecciones, en su caso.

Como consecuencia del anterior informe, el promotor realiza una prospección botánica exhaustiva en la zona del proyecto y concluye que no se detectan determinadas especies de interés ni se afectará ningún Tamarix canariensis. Se compromete, entre otras medidas, a balizar el ejemplar de Tamarix boveana, así como los de Anabasis hispanica. Finalmente, el promotor indica que la distribución de los módulos solares respetará los pies de acebuche y pino carrasco y las dos palmeras datileras (Phoenix dactylifera), ya que propone liberar una zona (de 10,9 ha) al noreste de la planta para evitar dichas afecciones.

Por otro lado, el promotor destaca que más del 90% de la superficie clasificada como HIC corresponde a terrenos de cultivo de secano con suelo desnudo y concluye que ningún seguidor afectará a ningún HIC, recalcando que las áreas ocupadas por el 5330 y 6220* del entorno de la Casa Culón no se verían afectados, ya que se propone liberar de implantación esa zona. Solo uno de los apoyos de la línea de 30 kV se encuentra sobre vegetación natural (ribazo), pero se desplazará ligeramente para evitar su afección. De la línea de 132 kV, el apoyo 20 se ubica en un pastizal que se identifica con el HIC 1510*, uno de los posibles accesos al apoyo 26 se encuentra en pequeñas superficies del HIC 6220*, el apoyo 29 en el HIC 6220*, y el apoyo 31 en los HIC 5330 y 6220* por lo que el promotor recoge prescripciones específicas para cada uno de ellos (así como para el resto de apoyos y accesos cercanos a HIC) indicando que se modificarán los accesos para minimizar afecciones, se ocupará estrictamente lo necesario y se restaurará todo una vez finalicen las obras.

El Servicio de Gestión y Protección Forestal señala que en la parte noroeste de la planta el vallado se realiza sobre terreno forestal por lo que se deberá solicitar autorización a ese organismo o modificar el trazado. El promotor responde que modifica el vallado para evitar la afección. Por otro lado, desde este servicio se informa que se debe establecer un plan de desmantelamiento y restauración, que defina la reestructuración ecológica y funcional del terreno afectado por las instalaciones. A este respecto, aunque en el EsIA se incluye, el promotor responde que elaborará el citado plan en el que se incluyan las medidas de restauración, presupuesto y autorización competente. Finalmente, el citado Servicio indica que un tramo de la línea eléctrica 400 kV y parte de la ST Colectora 132/400 kV afectan a terrenos que tienen la consideración de «Monte» conforme a la Ley 21/2015, de 20 de julio, de montes, por lo que se debe acreditar que no existe alternativa conveniente para dichas ubicaciones. El promotor informa que los trazados y ubicaciones seleccionados responden a motivos técnicos recogidos en la normativa sectorial.

En respuesta a la alegación de Ecologistas en Acción de Murcia relativa a la detección de especies exóticas invasoras de flora, evitar acopios en zonas de vegetación natural, restauración con especies autóctonas de la zona y otras, el promotor señala que se tomarán en consideración bajo la normativa vigente y resalta que se establece un riguroso programa de vigilancia ambiental para las fases de construcción y explotación.

3.2.5 Fauna.

El promotor ha realizado un inventario basado en información cartográfica, bibliográfica y prospecciones de campo, y se han aplicado diversos índices con objeto de valorar la importancia de las diferentes comunidades de fauna. El censo de campo específico para anfibios, reptiles y mesomamíferos, concluye que el proyecto no supondrá un obstáculo insalvable para su movilidad, aunque puede limitar la distribución de las especies y el aumento de las poblaciones en la zona de estudio. Para minimizar la afección por pérdida de hábitats, el promotor propone la creación de majanos o cavidades para que el grupo de reptiles pueda protegerse y reproducirse. Para los mesomamíferos, el vallado dispondrá las medidas necesarias para permitir la permeabilidad de las especies de menor tamaño, como el erizo europeo, y la pantalla vegetal proyectada facilitará el uso del contorno como vía de dispersión para aquellas otras que no puedan atravesarlo.

Respecto del grupo de aves, se han realizado trabajos de campo mediante transectos lineales a pie, recorridos en vehículo y puntos de observación durante un ciclo anual. Se detalla la metodología, equipos y materiales utilizados. Cabe destacar que el promotor ha llevado a cabo trabajos específicos para especies significativas en la zona como son el sisón común (Tetrax tetrax), con prospeciones para su detección y estimación de abundancia; el cernícalo primilla (Falco naumanni), con búsqueda de edificaciones ocupadas por colonias en un radio de 5 km alrededor de las infraestructuras; y la identificación de rapaces nocturnas, letrinas de conejos y carraca europea (Coracias garrulus).

Entre los resultados obtenidos, destaca la escasa presencia de especies esteparias en el área de estudio. Solo fueron detectadas alcaraván común (Burhinus oedicnemus) (6 individuos), con mayor densidad al sur de la localidad de Mula, lejos de la planta solar; y el cernícalo primilla (3 individuos) presente en migración. No se han obtenido contactos de ganga ibérica (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis), avutarda común (Otis tarda) o sisón común. La comunidad de aves rapaces presenta especies típicas de zonas agrícolas y forestales, aunque en densidades no elevadas. No se han encontrado indicios de reproducción de ninguna especie en el área de implantación de la planta solar.

Se exponen a continuación otros datos aportados sobre especies de interés:

– Cernícalo vulgar (Falco tinnunculus): es la rapaz más abundante en la zona de estudio (113 individuos). Sin embargo, presentó una densidad baja en relación a la amplitud de la zona de estudio. La implantación de la planta solar podría suponer afección sobre esta especie, pues en torno a la ubicación se han obtenido varios contactos.

– Busardo ratonero (Buteo buteo): es la segunda especie más abundante (43 individuos). Al igual que para otras especies de rapaces, la instalación de la planta solar fotovoltaica podría suponer una afección por la reducción de posible zona de campeo.

– Águila real (Aquila chrysaetos): se distribuye en la zona de estudio (15 individuos) casi exclusivamente por la zona occidental, en torno a la sierra de Manzanete donde podría estar criando. La afección parece que sería baja, con la posible afección por la pérdida de territorio de campeo.

– Culebrera europea (Circaetus gallicus): se estimaron cuatro posibles territorios (21 individuos). Sin embargo, al igual que para el águila real, la afección podría producirse para su área de campeo y alimentación.

– Aguililla calzada (Hieraaetus pennatus): la afección de esta planta solar tampoco parece que pudiera ser importante, pues es una especie más forestal y los contactos en la zona de estudio (17 individuos) casi siempre se han producido en zonas de masas boscosas, hábitats casi ausentes en la zona de la posible implantación.

– Del resto de especies de aves rapaces se han tenido pocos contactos; tres para gavilán común (Accipiter nisus), uno para águila perdicera (Aquila fasciata) al oeste de la zona de implantación, y uno para esmerejón (Falco columbarius). Su distribución temporal y espacial en el área de estudio son muy escasas y poco representativa de las rapaces estudiadas.

– Rapaces nocturnas: se prevé que no se vean muy afectadas, pues sus localizaciones se han producido a gran distancia de la zona de implantación.

– Carraca europea: se detectan al menos 4 parejas seguras en la zona de implantación, aunque es probable que exista un número mayor. Se destaca la pérdida de hábitat como principal problema de conservación de la especie, sin embargo, no se prevé gran afección debido a la implantación de medidas compensatorias.

Respecto de los quirópteros, se recolectaron datos con muestreos acústicos móviles y estacionarios. Se han detectado un total de ocho especies, dos de ellas, el murciélago ratonero grande (Myotis myotis) y el ratonero mediano (Myotis oxygnathus), figuran incluidas como de interés especial en el Catálogo de Especies Amenazadas de la Región de Murcia.

En relación con los impactos, durante la fase de obra, la pérdida o modificación de hábitat por desaparición de la cubierta vegetal y eliminación de ejemplares, la alteración de los hábitos de reproducción, descanso, campeo y alimentación, y las molestias derivadas de las distintas actuaciones, pueden producir interferencias y desplazamientos en las diferentes poblaciones, en especial durante la época reproductora, o por la afección directa sobre puestas o camadas. En la fase de explotación destaca la alteración o pérdida de hábitats, el posible efecto barrera para el movimiento de la fauna terrestre por el cerramiento perimetral y los paneles solares, las molestias y mortalidad por colisión con el vallado o con los paneles solares, así como con las líneas eléctricas.

El EsIA señala que el proyecto solapa con la red de corredores de Murcia que discurre al oeste del ámbito de implantación y permite la conexión entre espacios incluidos en la Red Natura 2000. Plantea como medida conservar y naturalizar los bordes de cultivos que se encuentren en las parcelas arrendadas y cuya vegetación leñosa deberá respetarse si no supone inconvenientes para la obra; así como la plantación de especies autóctonas arbustivas en aquellas zonas que estén desprovistas de vegetación y que previamente constituían áreas agrícolas, o bien cuenten con cultivos leñosos en mal estado o decrépitos. Ambas acciones permitirán al mismo tiempo integrar las instalaciones y mejorar la visual del entorno, así como mejorar la conectividad del territorio, sirviendo de corredores y reservorios para la fauna y facilitando el paso y la conectividad entre los hábitats de la zona.

Entre las medidas propuestas para mitigar los impactos destacan, además de las ya indicadas en apartados, las siguientes: tapado de zanjas y/o disposición de sistemas de escape ante posibles caídas de animales, ejecución de desbroces fuera de periodo de nidificación y cría de especies sensibles, señalización de vallado cinegético con placas anticolisión, instalación de seis hoteles de insectos, colocación de cajas nido para favorecer el mantenimiento de las poblaciones de aves locales, así como refugios para quirópteros, dispositivos salvapájaros (de materiales opacos y dispuestos cada 10 m o alternadamente cada 20 m), aisladores y distancias en crucetas, etc.

El informe de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático destaca lo siguiente:

– Aves esteparias: la abundancia de la carraca europea, especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas en la categoría de interés especial, es de dos parejas reproductoras seguras y hasta 9 posibles que ocupan las zonas abiertas del área de estudio. Una de las parejas seguras y dos de las probables se localizan en las superficies de implantación de paneles o a muy poca distancia de estos. Señala otras especies catalogadas en Régimen de Protección Especial, entre ellas el alcaraván. Indica que la gran extensión ocupada por la planta puede suponer una reducción importante del hábitat de estas especies (pérdida de superficie útil), con especial incidencia sobre la carraca europea. Esta afección se ve incrementada por otros parques solares, ya construidos o en proyecto. Con la finalidad de conservar su hábitat, plantea reducir la superficie de implantación en determinadas zonas o trasladar superficie de implantación a otras ubicaciones.

– Aves rapaces: destaca como afectadas al busardo ratonero, culebrera europea, águila real, y águila perdicera (se ha registrado alejada de la zona del proyecto), mochuelo común (Athene noctua), búho chico (Asio otus), lechuza común (Tyto alba) y autillo europeo (Otus scops). Algunas de estas especies nidifican en el suelo o en elementos (acúmulos de piedras, pequeños arbustos, troncos viejos, etc.) que podrían ser destruidos o alterados por el proyecto. La presencia del búho real (Bubo bubo), detectado en Rambla Salada y en los cortados rocosos del Río Mula, cerca de los Baños de Mula, requiere que, con el fin de conservar su hábitat de alimentación y campeo, se tenga que reducir la superficie de implantación o trasladarla a otras ubicaciones. En su defecto, debe compensarse la pérdida de superficie de hábitat de campeo y alimentación con una superficie equivalente a la ocupada por la superficie de implantación del parque solar en un hábitat adecuado dentro del área de campeo de aves rapaces, estimada en 15 ha. La superficie de compensación contendrá el tipo de hábitat adecuado para custodiarlo como tal durante toda la vida útil de la planta solar o, en su defecto, se revertirá hábitat no adecuado en hábitat adecuado.

– Se identifican diversas especies de aves acuáticas para las cuales se solicita el mantenimiento de los puntos de agua que sirvan como lugar de reproducción, de alimentación o de concentración y descanso de estas especies.

La respuesta del promotor señala la compatibilidad de la carraca europea con las instalaciones fotovoltaicas, amparándose en el avistamiento de ejemplares en plantas al sur de la proyectada. Afirma que la implantación de nidales como medida compensatoria aumenta de forma notable las poblaciones y éxito de cría, no solo de carraca, sino también de otras especies como el mochuelo. Solamente una de las zonas detectadas de cría resultaría afectada por la implantación, en la que se encuentran dos palmeras datileras, lugares potenciales de nidificación. Por estas razones, el promotor plantea un retranqueo del vallado (22,5 ha) y de la implantación (10,9 ha), dejando dicho territorio libre. El promotor no ve viable técnicamente la reducción o traslado de superficie de implantación como propone la Subdirección y, a cambio, aumenta a 30 ha la superficie a adquirir en el entorno de la planta para mantener un hábitat adecuado para la fauna autóctona. Para la conservación de aves esteparias como los alaúdidos o el alcaraván común, se compromete a mantener la cobertura vegetal permanentemente en toda la superficie vallada, adaptando además el calendario de actuaciones al ciclo reproductivo. Respecto de las aves acuáticas, se compromete a mantener las balsas de riego existentes dentro de la implantación, así como a no afectar las ramblas en las se reproducen y alimentan otras especies. En caso de eliminar alguna de las balsas, creará una balsa adicional para compensar la eliminación.

3.2.6 Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

Según el EsIA, el proyecto no afecta a ningún espacio natural protegido, siendo el más próximo el «Parque Natural Sierra Espuña» y el «Monumento Natural Sima de la Higuera», situados aproximadamente a 6 km al sureste del ámbito de la planta solar fotovoltaica.

Respecto de la Red Natura 2000, la ZEC «Río Mula y Pliego» es atravesada por la línea aérea de 132 kV, si bien, ninguno de los cuatro tipos de HIC prioritarios presentes, 3170*, 6110*, 6220 y 7220*, resulta afectado por la traza de la línea. El impacto sobre la fauna objeto de conservación de este espacio se valora como moderado, como consecuencia de las posibles afecciones de la línea eléctrica. Por otro lado, la ZEC/ZEPA Sierra de Ricote-La Navela se ubica a 1,7 km de la S.T. «Colectora Campos». A distancias superiores a los 6 km se encuentran la ZEC/ZEPA «Sierra Espuña» y otros espacios.

La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático identifica parte de la planta solar y todas sus infraestructuras asociadas dentro del Corredor n.º 22, que conecta los Espacios Protegidos de la Red Natura 2000 ZEC/ZEPA Sierra de Ricote-La Navela ZEC/ZEPA Sierra Espuña y ZEC Río Mula y Pliego a través de los cerros cubiertos por matorral y, sobre todo, las grandes extensiones de cultivo de secano existentes en la zona. La planta solar ocupa una amplia superficie de estos cultivos que contribuyen a la función de corredor ecológico. Uno de los problemas que pueden derivarse, atendiendo a los posibles impactos acumulativos por la instalación de otras plantas solares, es la excesiva ocupación de terrenos necesarios para garantizar esta conectividad entre espacios o el movimiento e intercambio genético de la fauna y flora.

En su respuesta, el promotor se compromete a no afectar a la flora ni a los hábitats del ZEC «Río Mula y Pliego» con el trazado de la línea aérea de evacuación de 132 kV. En relación con la conectividad de los espacios, considera compatible la instalación de la planta solar con el medio ambiente al aplicar medidas preventivas, correctoras y compensatorias que lo permiten, como la instalación de vallado permeable, la conservación de todos los corredores naturales del entorno, así como otras medidas expuestas con anterioridad.

3.2.7 Paisaje.

Atendiendo al Atlas de los paisajes de España, el área de estudio queda enmarcada dentro de la unidad de paisaje «Cuenca de Mula», incluido dentro del tipo de Cuencas murcianas en la asociación «Cuencas, Hoyas y Depresiones». Según el EsIA el ámbito del proyecto queda valorado como de calidad y fragilidad media.

Durante la fase de construcción, los movimientos de tierra, desbroces, presencia de maquinaria, apertura de zanjas, acopios de materiales, etc., alterarán los componentes que determinan la calidad y fragilidad paisajística. Asimismo, la presencia de maquinaria puede producir efectos sobre la cuenca visual.

El promotor, según el análisis de la cuenca visual realizado (alcance 10 km), concluye que desde el 17-20% del territorio analizado se verá alguna infraestructura. Por lo anterior, la valoración del impacto sobre el paisaje se considera como moderado. Considerando la presencia de otras infraestructuras fotovoltaicas y líneas eléctricas concluye en valoraciones de importancia en cuanto a sinergia y acumulación. El promotor propone, entre otras medidas de integración paisajística, el apantallamiento perimetral de la planta con diferentes especies vegetales. El Plan de Integración Ambiental o Paisajística recoge que las superficies, densidades y especies vegetales a introducir estarán sujetas a lo establecido por las administraciones. Propone emplear 4 especies (coscoja, espino negro, enebro, y pino carrasco) para la revegetación de 20 ha.

El Servicio de Ordenación del Territorio señala que el estudio de paisaje presentado no se ajusta a la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (LOTURM). Por otro lado, indica que la extensión de la pantalla vegetal que propone el Estudio del Paisaje se considera insuficiente, ya que la mayor parte del perímetro de los recintos que conforman la planta queda fuera de la pantalla de protección visual. Finalmente, solicita que se propongan medidas de integración paisajística coherentes con las conclusiones de las cuencas visuales presentadas en el estudio, incluyendo las zonas desde las que el campo solar sea percibido por las infraestructuras próximas. La respuesta del promotor incluye un Estudio de Integración Paisajística que atiende las prescripciones del Servicio de Ordenación del Territorio, ajustando la distribución de la pantalla de manera más eficiente con el objeto de optimizar la reducción de la visibilidad de la planta solar y así ocultar lo máximo posible la visual desde las carreteras RM-C2 y RM-C3.

3.2.8 Patrimonio cultural.

Según el estudio presentado por el promotor denominado «Proyecto de Autorización de Trabajos Arqueológicos para el Estudio de Valoración», existe un yacimiento del Paleolítico (Casa de la Retamosa) cuya área de protección limita directamente con el vallado de la planta al suroeste del proyecto. Respecto a la línea de evacuación, existen varios yacimientos que el promotor relaciona, si bien, todos ellos se localizan a más de 1.400 m del trazado.

La Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte informa, entre otros aspectos, que se debe solicitar informe a la Sección de Arqueología del Servicio Territorial de Cultura de Murcia en aplicación del artículo 6 de la Ley 16/1985 de 25 de junio, de Patrimonio histórico español. El promotor detalla la tramitación realizada ante la Administración regional.

El informe del Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia, identifica los yacimientos arqueológicos Casa de la Retamosa, La Bojosa I, II y III y la Alquibla, así como los elementos etnográficos Chozo del Ramblizo, Chozo del Abogado y Casa de La Alquibla en el ámbito de actuación. Señala que queda pendiente la caracterización y estudio de los citados elementos para concluir el estudio de impacto sobre el patrimonio cultural y definir la compatibilidad o no de los yacimientos con el proyecto y, en su caso, las medidas de corrección de los impactos. El promotor responde presentando documentación complementaria, sobre la que la Dirección General de Patrimonio Cultural manifiesta su adecuación a los informes y resoluciones emitidos.

El proyecto atraviesa la vía pecuaria del Cordel de la Huerta, de especial importancia en el desarrollo de determinados hábitats. El promotor indica que no se utilizará para el transporte de material y que solicitará las pertinentes autorizaciones y permisos para su cruzamiento. Identifica otras vías pecuarias afectadas.

El Servicio de Ordenación del Territorio y el Servicio de Gestión y Protección Forestal informan sobre posibles afecciones a vías pecuarias. Este último identifica el «Cordel de la Huerta» y la «Vereda de la Casa de Gracia». Por otro lado, indica que la subestación 132/400 kV afecta por intrusión y la línea eléctrica de 400 kV por dos cruzamientos a la vía pecuaria «Vereda del Camino de Alguazas», debiendo solicitarse las autorizaciones preceptivas. El promotor señala su disposición a solicitar dichas autorizaciones, indicando que, en el caso de la «Vereda del Camino de Alguazas», no se produce afección por intrusión.

3.2.9 Población y salud humana.

El promotor incluye un análisis de impactos por emisiones electromagnéticas donde se argumenta la no afección a núcleos de población ni a la salud humana. Se indican las distancias de los elementos generadores de campos electromagnéticos a las edificaciones más próximas y calcula su valor en aquellas viviendas situadas a menos de 100 m de la línea, verificando que se cumpla el límite máximo de exposición recogido por la normativa específica (Consejo de la UE DOCE 13/07/1999 y Dirección General de Salud Pública de la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad). El promotor indica que, por diferentes factores orográficos y limitaciones mecánicas en los apoyos de celosía, además de por cercanía con otras infraestructuras y elementos naturales, resulta inviable desplazar el trazado de la línea de 132 kV para mantener una distancia superior a las viviendas identificadas dentro del buffer de 100 m.

El Servicio de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, de la Consejería de Salud Pública de la Región de Murcia, señala que el promotor ha tenido en cuenta la Recomendación del Consejo de la UE de 12 de julio de 1999 relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos. Por otro lado, señala prescripciones respecto de la propagación de la legionelosis. El promotor se compromete a aplicar medidas para su prevención y control en todas las fases del proyecto.

3.2.10 Acumulación y Sinergias.

Para la valoración de los posibles efectos sinérgicos y acumulativos se han tenido en cuenta, además de la planta solar y su línea de evacuación, cuatro proyectos de plantas solares (cuya potencia de generación total asciende a unos 1300 MW), una implantada, otra con DIA publicada y dos en proyecto, líneas eléctricas, carreteras y otras infraestructuras en el área de influencia. El promotor analiza estos efectos sobre los factores fauna y paisaje al ser los más afectados.

En el caso de los efectos potenciales sobre la fauna, el promotor indica que las principales afecciones se producen durante el funcionamiento, provocadas por la presencia física y operatividad de las instalaciones: alteración/pérdida de hábitats, efecto barrera, incremento en la ocupación de terrenos, aumento de presencia física de elementos verticales (barreras) y probabilidad en la aparición de accidentes (molestias y mortalidad). En relación a la eliminación de la cubierta vegetal, el promotor señala que no será necesario realizar una sustitución de sustratos y que la implantación de los módulos mediante hincas permitirá la evolución de la vegetación natural dentro del campo solar. Detecta también sinergia como consecuencia del cerramiento perimetral que incrementará la fragmentación del territorio, y supondrá la sustitución de las zonas de refugio y alimento a numerosas especies de fauna, conllevando el deterioro o pérdida de hábitats faunísticos.

En cuanto al paisaje, analiza la cuenca visual en 10 km y dos escenarios con otras infraestructuras, y concluye que la situación actual de impacto visual, generada por la presencia de varias plantas fotovoltaicas existentes en la zona, se vería aumentada, ya que al norte del área de estudio aumentan las áreas visibles.

El promotor se compromete a respetar al máximo la vegetación natural, elaborando un plan de revegetación en el cual se recopilarán todas las medidas de restauración ambiental mediante plantaciones y siembras manteniendo corredores y zonas de alimentación y refugio para la fauna. Asegura que el vallado cumplirá con las prescripciones pertinentes.

La Junta Vecinal de Fuente Librilla emite escrito de alegaciones en representación de 806 firmantes contra la ampliación de plantas fotovoltaicas en el entorno de Fuente Librilla y Barqueros (Murcia I, Mula II y Mula III). Sostienen que se deben evaluar de forma conjunta los expedientes proyectados en el entorno de la planta Mula I ya en funcionamiento, así como que no se presenta un correcto análisis de alternativas y que el estudio de los efectos sinérgicos y acumulativos es deficiente. Por otro lado, alega que los proyectos afectan a espacios Red Natura 2000, espacios protegidos, especies, hábitats y al paisaje de la zona. Por último, señala que los proyectos suponen una afección al desarrollo rural sostenible al afectar a la agroganadería, ocupar zonas productivas y suponer pérdidas de empleo.

El promotor responde que no puede realizarse una evaluación conjunta al tratarse de entidades de generación independientes y que algunas vierten la energía producida en diferentes puntos, además de sostener que el estudio de efectos sinérgicos y el estudio de alternativas se hicieron de acuerdo a la legislación vigente. Por otro lado, señala que se ha analizado la afección a los espacios protegidos y Red Natura 2000 y concluye que los proyectos se ubican en zonas poco productivas o degradadas, y que son los propietarios quienes apuestan por un cambio en el modelo productivo hacia la energía renovable.

3.2.11 Infraestructuras y otros aspectos.

Las principales infraestructuras existentes son las vías de comunicación presentes (carretera RM-C3 y caminos rurales), parques solares y algunas líneas eléctricas.

Los ayuntamientos de Mula y Campos del Río informan favorablemente, debiendo cumplirse la normativa urbanística y medioambiental, contar con las autorizaciones necesarias del resto de organismos oficiales y siempre que se adopten todas las medidas necesarias para mitigar el impacto visual y paisajístico, la adecuación del firme de caminos, cunetas y reponiendo las obras e infraestructuras de drenaje, a lo que el promotor muestra su conformidad.

Constan en el expediente recibido diversos informes de diferentes entidades (relacionadas en el Anexo I) y alegaciones de particulares con consideraciones y observaciones desde el punto de vista técnico sectorial, así como sobre afecciones a parcelas y otros bienes y derechos. Considera este órgano ambiental que no compete al procedimiento de evaluación ambiental a atender las anteriores y, en consecuencia, no se reflejan en la presente DIA.

3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El análisis de riesgos del proyecto estudia inundaciones, terremotos, incendios forestales, residuos o emisiones peligrosas y erosión, con la finalidad de evaluar la vulnerabilidad frente a accidentes graves o catástrofes derivados de su ocurrencia.

El promotor indica que la probabilidad de riesgo sísmico en la zona es muy alta, pero la resiliencia del medio natural donde se sitúa se considera alta, debido a que este tipo de proyectos no contempla edificaciones de gran tamaño ni construcciones que puedan causar muchos daños. Respecto del riesgo de incendios forestales, el proyecto se enmarca sobre una zona de riesgo alto; por emisión de contaminantes o residuos peligrosos, el riesgo derivado de la actividad del proyecto es bajo, al igual que para el riesgo de inundación en el ámbito del proyecto. En cuanto al riesgo de erosión, considera que es medio y bajo y más relevante a lo largo de la traza de la línea de evacuación. Concluye que el riesgo de que se produzcan accidentes graves o catástrofes es bajo e improbable de generar daños a las personas o al medio ambiente.

En este sentido, la Dirección General Seguridad Ciudadana y Emergencias, de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de la Región de Murcia, indica que, conforme al objeto de proyecto, desde el punto de vista de protección civil y según el Plan de emergencia sísmica SISMIMUR, existe un riesgo alto de afección por movimientos sísmicos en la zona donde se encuentra la parcela y, por tanto, los elementos constructivos o de explotación que se vayan a realizar deberán ser acordes con las especificaciones antisísmicas al encontrarse en una zona con coeficientes de aceleración en suelo y roca significativos. El promotor responde que todos los elementos constructivos contemplados se diseñarán y se ejecutarán de acuerdo a las especificaciones que les son de aplicación según la normativa en vigor que las regula.

3.4 Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.

El programa de vigilancia y seguimiento tiene como objetivo valorar el cumplimiento de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias establecidas para el proyecto, tendrá vigencia a lo largo del periodo de obras y se extenderá durante la fase de funcionamiento.

En la fase de obras, la vigilancia ambiental se organizará en conexión espacial y temporal con el desarrollo de las distintas unidades de obra del proyecto y de las medidas asociadas. El seguimiento se realizará con una frecuencia semanal durante la construcción, pudiendo aumentar si la intensidad de las obras así lo requiere. Se contemplan controles de calidad del aire, áreas de actuación, residuos y vertidos, calidad de las aguas, vegetación e integraciones efectuadas, fauna, incendios, calidad del paisaje y valores arqueológicos y de patrimonio.

En la fase de explotación el programa se centrará en el seguimiento de los siguientes aspectos, entre otros: control de calidad atmosférica, restitución de suelos y restauración vegetal, y gestión de los residuos derivados de las tareas de mantenimiento de la planta solar. Además, se diseña un plan de seguimiento específico para avifauna y quirópteros.

El seguimiento de mortalidad consistirá en la realización de un itinerario de búsqueda en zig-zag cubriendo una banda de 50 m de anchura a cada lado bajo el tendido eléctrico, revisando su totalidad con periodicidad suficiente para tener resultados significativos. Para el vallado, se realizará un recorrido en paralelo al mismo de 4 km por jornada (incluyendo ida y vuelta), a un metro de distancia, que se alternará entre la parte exterior y la interior, entre visitas. En el caso de los paneles fotovoltaicos se establecerán dos recorridos de revisión, cada uno de 500 m, se revisarán la base de las estructuras, tanto en la ida como en la vuelta. Uno de los recorridos se ubicará en las filas exteriores y otro en las interiores.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j, del grupo 3, del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Parque fotovoltaico Mula II de 114,4 MWp/88 MWn, en el término municipal de Mula, en la provincia de Murcia, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Mula y Campos del Río, en la provincia de Murcia» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

1. Condiciones al proyecto.

1.1 Condiciones generales.

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el EsIA, las aceptadas en sus respuestas a la información pública y consultas y las recogidas en su documentación adicional en tanto no contradigan lo dispuesto en la presente resolución, así como las condiciones particulares recogidas en esta declaración de impacto ambiental.

2. El proyecto de construcción sometido a autorización deberá contemplar todas las actuaciones finalmente asociadas al proyecto, así como todas las medidas y condiciones del párrafo anterior con el contenido, detalle y escala de un proyecto ejecutivo, incluidos presupuesto y cartografía.

3. Se deberá cumplir con toda la normativa estatal y regional aplicable al proyecto, entre ella la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres, Ley 7/2007 de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y disposiciones de desarrollo, normativa de residuos y suelos contaminados, etc.

4. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

1.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

Se exponen a continuación aquellas medidas del estudio de impacto ambiental, de la información adicional y de los diferentes informes que deben ser modificadas o completadas, así como otras adicionales que se desprenden del análisis técnico realizado por este órgano. Todas y cada una de las condiciones de los apartados siguientes relativas a Red Natura 2000, vegetación, HIC y fauna deberán contar con la conformidad de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático en lo relativo a aspectos de detalle y prescripciones técnicas, previamente al inicio de la ejecución del proyecto.

1.2.1 Aire, factores climáticos, cambio climático.

1. En relación con la contaminación acústica, se deberá cumplir en todo caso con los valores establecidos del Real Decreto 1367/2007, del 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, o con la normativa autonómica o local aplicable.

1.2.2 Red Natura 2000.

1. Con el fin de facilitar la conectividad entre espacios, el promotor deberá concretar su propuesta de plantaciones de especies autóctonas arbustivas en la zona coincidente con la red de corredores de Murcia que discurre al oeste de la implantación de la planta solar, en particular su extensión y localización.

1.2.3 Vegetación y hábitats de interés.

1. A propuesta del promotor, se eliminarán 10,9 ha de implantación de paneles y 22,5 ha de retranqueo de vallado para respetar flora protegida, HIC y, en consecuencia, para mantener las poblaciones de carraca europea, a instancias del informe de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia.

2. Los ajustes de posición y accesos a los apoyos de la línea de 30 kV y de la línea de evacuación de 132 kV, en las zonas con vegetación natural o seminatural y HIC debe contar con el visto bueno del órgano regional competente.

3. En relación con la afección a terreno con consideración de monte, el diseño final de la línea eléctrica 400 kV y de la ST Colectora 132/400 kV, se ajustará a lo dispuesto en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes conforme a lo informado por el Servicio de Gestión y Protección Forestal de la Región de Murcia.

4. Se contará con un especialista botánico que, de manera coordinada con la Administración regional, inspeccione el área de implantación previamente y durante las obras, con el fin de localizar ejemplares de especies protegidas con posible presencia en la zona, como el tomillo amargo (Teucrium libanitis). Se señalizarán todas las áreas próximas a flora protegida, especialmente las parcelas con Anabasis hispanica y Tamarix sp.

5. En la restauración y revegetación de superficies afectadas deberán prevalecer los métodos de regeneración natural, evitando remociones y alteraciones relevantes del suelo siempre y cuando quede garantizado el arraigo y crecimiento de los ejemplares implantados. Por otro lado, se recomienda utilizar las especies Salsola genistoides, Lygeum spartum, Limonium caesium, Stipa tenacissima en las plantaciones oportunas.

6. Las diferentes plantaciones, así como las medidas de restauración y compensación de las áreas de vegetación natural y de HIC afectados, se recogerán en un proyecto ejecutivo específico, donde se concretarán las superficies objeto de las actuaciones y los aspectos y prescripciones técnicos, que deberá contar con la conformidad de las Administraciones regionales competentes.

1.2.4 Fauna.

1. Conforme a la propuesta del promotor, se adquirirán 30 ha de terreno en la proximidad del proyecto, en coordinación con el órgano autonómico competente en biodiversidad, para el mantenimiento de un hábitat adecuado que favorezca a la fauna autóctona (aves rapaces y otras especies) en compensación por la pérdida de hábitat de campeo. Se aplicará esta medida durante toda la vida útil de la planta. Los terrenos de compensación deberán estar exentos de líneas eléctricas que presenten riesgos por electrocución y colisión.

2. Elaboración de cronograma de obras donde se determinarán las limitaciones espaciales y temporales, en función de la posible presencia de nidos, refugios o puntos sensibles de especies de interés, durante el periodo de reproducción y cría (principalmente entre mayo y julio, ambos incluidos), atendiendo en particular a la carraca europea. Se establecerá una franja de protección durante la fase de construcción de un mínimo de 100 m respecto de los puntos de las ramblas donde se hayan detectado posaderos o nidos de mochuelo, cernícalo vulgar, etc., aumentado a 250 m en aquellos casos de especies catalogadas, como posaderos o nidos de búho real, carraca, chova piquirroja, etc.

3. Sin perjuicio de la anterior condición, se realizará una prospección faunística durante toda la fase de obras por parte de técnico especializado en el ámbito de actuación con objeto de localizar posibles emplazamientos de nidificación o cría. En caso de detectarse, se trasladará aviso inmediato a la Administración autonómica competente.

4. La localización, número y diseño de los postes de madera, cajas nido, balsas, refugios, cúmulos de piedra, etc., destinadas a favorecer las poblaciones de especies de mayor interés en la zona de estudio de aves, quirópteros, herpetofauna y otros grupos, deberá contar con la conformidad de la Administración regional.

5. El vallado cumplirá las prescripciones de permeabilidad acordes a la publicación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. «Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales» y según las condiciones exigidas por la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Además, esta unidad solicita que se incorporen placas anticolisión metálicas o plásticas, de color que contraste con el entorno, forma cuadrada o rectangular (20-30 cm de lado), colocadas al tresbolillo.

6. El cerramiento deberá ceñirse al máximo posible a las superficies ocupadas por los paneles solares, evitando cerrar áreas desprovistas de estos elementos, salvo incompatibilidad técnica o por cumplimiento de normativa sectorial.

7. En el caso de detectarse sucesos de mortalidad de ejemplares con la línea eléctrica durante el seguimiento, se deberá intensificar la señalización mediante las siguientes medidas: disminución de la distancia entre balizas, sustitución del tipo de baliza salvapájaros propuesta por el modelo tipo aspa vertical con catadióptricos reflectantes desarrollado por REE en colaboración con la EBD-CSIC; señales luminiscentes en el cable de tierra y, en la medida de lo posible, de balizas luminosas de autoinducción en los conductores u otras medidas de eficacia probada.

1.2.5 Patrimonio cultural.

1. El promotor aplicará todas y cada una de las medidas de prevención y corrección que determine la resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural en relación con los yacimientos arqueológicos y elementos etnográficos identificados conforme a lo dispuesto en Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

1.3 Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

1. Durante los primeros cinco años, los controles sobre el arraigo y consolidación de plantaciones y siembras serán anuales. El PVA concretará la frecuencia de los controles posteriores, al menos uno cada cinco años, de mantenimiento y conservación en función del tipo de formación vegetal. Se trasladarán los informes anuales correspondientes e informe final tras el desmantelamiento a la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático.

2. El seguimiento de los impactos sobre la fauna incluirá el ámbito de afección del parque fotovoltaico y de la línea de evacuación, comprenderá toda la vida útil de la planta solar, permitiendo establecer medidas mitigadoras adicionales más efectivas y medidas compensatorias del impacto residual real en función de los resultados obtenidos.

3. El PVA incluirá el seguimiento del riesgo de colisión de la avifauna con la línea aérea de evacuación. El promotor desarrollará un protocolo de seguimiento de la mortalidad por colisión que deberá contar con la conformidad de la reiterada Subdirección. El seguimiento se realizará durante los primeros cinco años de funcionamiento, con prospecciones al menos quincenales. A partir del sexto año, y durante toda la vida útil del proyecto, la intensidad del seguimiento podrá disminuir progresivamente, en función del grado de eficacia de las medidas de mitigación aplicadas por el promotor, siempre con el visto bueno del órgano competente, al que se trasladarán los informes.

Los muestreos recorrerán de forma continua toda la longitud de la línea, banda de 50 m, propuesta por el promotor, a ambos lados del eje. Previamente al inicio de la explotación, se realizará un test de desaparición de cadáveres, que se revisará anualmente, para adecuar la frecuencia de las prospecciones. En caso de producirse algún suceso de mortalidad, se determinará la especie a la que corresponden los restos y se notificará de forma inmediata a la Subdirección. La estimación de la mortalidad realmente causada se calculará mediante aplicación de las tasas de permanencia de cadáveres y de detectabilidad.

4. El seguimiento de la presencia, abundancia, uso del espacio y comportamiento de la fauna, así como de las medidas ambientales dirigidas a esta, se realizará durante toda la vida útil del proyecto. Se realizará además un seguimiento de las parejas reproductoras y de los pollos nacidos tanto en las cajas nido como en el área del proyecto.

Durante los primeros cinco años, el seguimiento se ajustará a la misma metodología, área de estudio, técnicas e intensidad de muestreo que los empleados en el EsIA y prestará especial atención a las especies protegidas detectadas. Los estudios comenzarán con el inicio de las operaciones de construcción y se prolongarán durante el tiempo necesario que permita determinar con precisión la evolución de la presencia, abundancia, comportamiento y uso del espacio por parte de las especies clave identificadas. Se comparará si en el ámbito de estudio se producen modificaciones de los aspectos anteriores en relación con la situación preoperacional y con las previsiones del promotor. Después del quinto año, al igual que en el seguimiento de mortalidad, la intensidad del seguimiento podrá disminuir progresivamente, con la conformidad de la citada Subdirección General, si no se observan desviaciones relevantes respecto de las previsiones.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 22 de julio de 2022.–La Directora General de calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las Administraciones Públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados Contestación
Comisaría de Aguas. Confederación Hidrográfica del Segura. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Oficina de Planificación Hidrológica. Confederación Hidrográfica del Segura. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Oficina Española Cambio Climático. Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Subdirección General Economía Circular. Dirección General Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
Dirección General Biodiversidad Terrestre y Marina. S.G. de Biodiversidad Terrestre y Marina. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
S.G. de Evaluación Ambiental. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
S.G. de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación. Dirección General Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
S.G. de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico. Dirección General Bellas Artes. Ministerio Cultura y Deporte.
O.A. Mancomunidad de los Canales del Taibilla. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias. Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de la Región de Murcia.
Unidad de Gestión Integral Sur. Servicio de Gestión y Protección Forestal. Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial, Dirección General de Medio Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.
Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático. Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Dirección General del Medio Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.
Servicio de Información e Integración Ambiental. Dirección General de Medio Ambiente. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia.
Servicio de Patrimonio Histórico. Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia.
Servicio de Sanidad Ambiental. Subdirección General de Salud Ambiental y Alimentaria. Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Consejería de Salud de la Región de Murcia.
Servicio de Protección Civil. Subdirección General de Emergencias. Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias. Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de la Región de Murcia.
Servicio de Ordenación del Territorio. Dirección General de Territorio y Arquitectura. Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia.
Dirección General del Agua. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia.
Dirección General de Política Agraria Común. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia.
Consejo Asesor Regional Medio Ambiente. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia. No
Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera. Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de la Región de Murcia.
Dirección General de Carreteras. Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia. No
Consorcio Vías Verdes de la Región de Murcia. Consejería de Turismo, Juventud y Deportes. No
Ayuntamiento de Mula.
Ayuntamiento de Campos del Río.
Ecologistas en Acción Región de Murcia.
Fundación ANSE (Asociación de Naturalistas del Sureste). No
Greenpeace España. No
Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU). No
WWF/ADENA. No
SEO/Birdlife. No
I-de redes inteligentes SAU.
Red Eléctrica de España.
Adif.
Telefónica España SAU.

Además, la Junta Vecinal de Fuente Librilla emite escrito de alegaciones en representación de 806 personas firmantes.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/189/13369_11984984_1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid