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Documento BOE-A-2022-19480

Orden ETD/1137/2022, de 11 de noviembre, de autorización administrativa de cesión de cartera de contratos de seguro por parte de Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, a Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2022, páginas 160271 a 160272 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2022-19480

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0467, y la entidad Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, inscrita en el citado Registro administrativo con la clave C0155, han presentado, con fecha 27 de mayo de 2022, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión total de cartera en virtud de la cual Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, cederá a la entidad Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, la totalidad de las pólizas suscritas por la entidad cedente, comprendidas en el ramo de decesos.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 89 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión total de cartera.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la cesión total de cartera en virtud de la cual Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, cederá a la entidad Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, la totalidad de las pólizas del ramo de decesos suscritas por la primera.

Segundo.

Revocar la autorización concedida a la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, para operar en el ramo de decesos, ramo número 19 del Anexo a la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Tercero.

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 11 de noviembre de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

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