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Documento BOE-A-2022-19481

Orden ETD/1138/2022, de 11 de noviembre, de revocación de la autorización administrativa a la Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús María, para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2022, páginas 160273 a 160273 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2022-19481

TEXTO ORIGINAL

La entidad Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús María, inscrita en el Registro Administrativo de entidades aseguradoras con clave P2636, ha acordado en Asamblea General, celebrada el 27 de junio de 2022, su disolución voluntaria por cese de la actividad que constituye su objeto.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 169.4.d) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, procede la revocación de la autorización administrativa cuando se acuerde la disolución de la entidad.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Revocar, conforme a lo dispuesto en el artículo 169.4.d) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús María.

Segundo.

La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.10 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, dicha revocación será notificada a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Madrid, 11 de noviembre de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

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