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Documento BOE-A-2022-5972

Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Campos 115 y su infraestructura de evacuación en Campos del Río (Murcia)".

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 2022, páginas 50973 a 50992 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-5972

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 12 de julio de 2021, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Campos 115 y su infraestructura de evacuación en T.M. Campos del Río (Murcia)", remitida por SPG Gestora Yéchar, S.L., como promotor y respecto de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación:

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

No comprende aspectos relativos a seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad aérea, carreteras u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.

La viabilidad de este proyecto está condicionada a la construcción de la Subestación Campos 400 KV por parte de Red Eléctrica (REE).

1. Descripción y localización del proyecto.

La actuación está compuesta por la planta fotovoltaica «Campos 115», por la Subestación Eléctrica de Transformación Privativa 30/132 kV «Gestora Yéchar», la Subestación Eléctrica Colectora 132/400 KV (compartida con otros tres proyectos fotovoltaicos «Mula II», «El Molino» y «Campos») y la línea aérea de evacuación de 400 KV de 456 m (también compartida con estos tres proyectos fotovoltaicos) desde la Subestación Colectora hasta la Subestación Campos 400 KV (esta última, propiedad de REE, no es objeto del proyecto).

La actuación se ubica en el término municipal de Campos del Río (Región de Murcia), en el paraje denominado «Las Palmeras».

Durante la tramitación ambiental el promotor ha ido ajustando los límites de la planta para dar cumplimiento a las prescripciones y condicionantes de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

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Figura 1. Evolución de los límites de la planta fotovoltaica durante la tramitación ambiental. Fuente: Elaboración propia

La superficie finalmente ocupada por la planta (diciembre 2021) es de 96,19 ha, dividida en tres recintos de 77,46 ha, 12,72 ha y 6,01 ha.

El estudio de impacto ambiental contempla la fase de desmantelamiento, si bien será necesario desarrollarla en detalle al final del periodo de vida de la planta junto con su proyecto correspondiente.

2. Tramitación del procedimiento.

Con fecha 25 de septiembre de 2019, el órgano ambiental formuló la determinación del alcance y nivel de detalle para el estudio de impacto ambiental y dio traslado al promotor de las contestaciones recibidas en el trámite de consultas realizado al efecto.

Se publica en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 65, de 17 de marzo de 2021; en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» n.º 57, de 2 de 10 de marzo de 2021; y en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados: Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia por el que se somete al trámite de información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa (AAP) y de Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Simultáneamente, a efectos del artículo 37 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, se consultó a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

Con fecha 12 de julio de 2021 se recibe el expediente en esta Dirección General, que incluye el Proyecto Básico, el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), las consultas realizadas a las administraciones publicas afectadas y personas interesadas y el resultado de dichas consultas y de la información pública realizada con objeto de que se formule la declaración de impacto ambiental.

Analizada la documentación obrante en el expediente, se constata que no reúne condiciones de calidad suficientes por lo que, con fecha 30 de julio de 2021, se remite escrito al promotor del proyecto, SPG Gestora Yéchar, S.L. informándole de las deficiencias y carencias detectadas, y otorgándole audiencia, de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto del artículo 39 de la Ley de evaluación ambiental. El 18 de agosto de 2021, se recibe documentación subsanada y, tras su análisis, se considera suficiente para solventar las carencias detectadas y continuar la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Con fecha 15 de septiembre de 2021, desde esta Dirección General, se inicia un nuevo trámite de consultas y solicitud de informes preceptivos por un periodo de treinta días hábiles, con el fin de que las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas puedan conocer, y en su caso, informar los nuevos datos aportados.

La relación de entidades consultadas y las contestaciones emitidas, así como las alegaciones recibidas tanto en el período de información pública de marzo de 2021 como en el posterior periodo de consultas de septiembre de 2021, se recogen en el Anexo I.

El 3 de diciembre de 2021 se requiere al promotor información técnica adicional relativa a diversos aspectos del estudio de impacto ambiental, que se recibe el 28 de diciembre de 2021 y el 20 de enero de 2022.

3. Análisis técnico del expediente.

A. Análisis de alternativas.

El EsIA contempla, junto a la alternativa 0, tres alternativas de localización de la planta fotovoltaica y su correspondiente línea de evacuación de la energía.

Alternativa 0. Considera la no ejecución del proyecto, lo cual implicaría el aprovechamiento agrícola tal y como se viene realizando hasta ahora.

Alternativa 1 (La Alquibla). Se ubica al sur del término municipal de Ojós, colindante con el municipio de Villanueva del Segura en el paraje denominado «La Alquibla» y «Cabezo de los Lunes».

Alternativa 2 (La Escarihuela). Se ubica al noreste del término municipal de Mula colindante con el municipio de Campos del Río al este y Ricote al norte, la planta fotovoltaica se establece en el paraje denominado «Casa Mantes».

Alternativa 3 (Campos 115). Se ubica al noroeste del término municipal de Campos del Río (Región de Murcia) colindante con el municipio de Mula al oeste, en el paraje denominado «Las Palmeras».

El EsIA realiza un análisis multicriterio de las alternativas, y concluye que la alternativa 3 es la que menor impacto generará sobre el medio ambiente, en base a los criterios ambientales y técnicos utilizados.

B. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas recibidas y de la documentación adicional remitida por el promotor, se resumen a continuación los principales impactos y su tratamiento.

El estudio contempla los impactos asociados a las fases de construcción, explotación y desmantelamiento. Los impactos de la fase de desmantelamiento derivados de las actuaciones de movimiento de tierras, desmontaje de las infraestructuras de la instalación, presencia de personal y maquinaria son del mismo tipo que durante la fase de construcción. Con la diferencia de que tras esta fase se incluyen labores de restitución de terrenos y accesos y la recuperación de usos tradicionales del suelo.

B.1 Suelo, subsuelo y geomorfología.

Durante la fase de construcción las principales afecciones sobre la geomorfología se podrán producir como consecuencia de los movimientos de tierra asociados a zanjas, caminos y cimentaciones de los apoyos y de las subestaciones, sin que se prevea una importante modificación de la morfología de la zona ni el aumento de los procesos erosivos, ya que la mayoría de las actuaciones previstas se localizan sobre un terreno relativamente llano. No se llevarán a cabo movimientos de tierra en el resto de los elementos que integran el proyecto cumpliendo de este modo las prescripciones de varios de los informes recibidos durante el periodo de consultas. Se deberá alterar el mínimo posible el sistema de conservación de suelos de terrazas existente actualmente en los terrenos agrícolas tal y como indica el informe del Servicio de Gestión y Protección Forestal.

Las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos se anclarán preferentemente mediante el hincado de perfiles metálicos al suelo, lo que permite una mayor capacidad de adaptación a la topografía del terreno.

Las principales afecciones sobre la edafología se producirán, en la fase de construcción, por el trasiego de maquinaria y la compactación de los terrenos debido a la ocupación temporal para las 3 zonas auxiliares previstas para acopio de material y para acopio y montaje de los apoyos en campas y por el riesgo potencial de contaminación por vertidos accidentales de aceites y combustibles. En la fase de explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo.

B.2 Hidrología.

Las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico debido a la compactación del terreno y a la presencia de los módulos fotovoltaicos, así como suponer la pérdida de la calidad de las aguas debido al aumento de sólidos en suspensión por los movimientos de tierras, y al vertido accidental de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria y transporte de materiales.

En el ámbito en el que se establece la planta fotovoltaica no existen cursos de agua definidos, no obstante, se ha detectado la presencia de una rambla innominada que presenta una cuenca de drenaje superior a 0,3 Km2. En el EsIA se ha realizado un estudio hidrológico e hidráulico con el fin de identificar el dominio público hidráulico (DPH), la zona de servidumbre y las zonas inundables para los periodos de retorno de 10, 100 y 500 años. El promotor ha excluido la zona de inundación para un periodo de retorno de 500 años para la instalación de cualquier obra o instalación del proyecto.

El proyecto se sitúa sobre la masa de agua subterránea «Sierra Espuña», concretamente sobre su acuífero Cajal, si bien, en la zona hay un recubrimiento terciario de litología predominantemente margosa y carácter impermeable, que llega a alcanzar varios centenares de metros de espesor, sobre las formaciones permeables de dicho acuífero, por ello, supone una baja vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas en esta zona. El promotor afirma expresamente que, dadas las características del proyecto y las medidas adoptadas, el proyecto no presenta afecciones a la masa de agua subterránea «Sierra Espuña».

Durante las obras, el proyecto contempla las siguientes medidas de protección de la hidrología: el mantenimiento de la maquinaria en talleres y, excepcionalmente, en zonas impermeabilizadas habilitadas a tal efecto, con sistema de control de posibles vertidos y alejadas de los cauces; la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido y la recogida inmediata de vertidos accidentales; evitar el acopio de materiales en las zonas próximas a los cauces o vaguadas; la utilización de cubetas para la deposición de los restos del lavado de hormigón y la instalación de inodoros químicos portátiles.

Para la fase explotación, las principales medidas son: la prohibición del uso de herbicidas y/o pesticidas en las zonas a mantener libres de vegetación y la disposición de depósitos bajo los transformadores para retener el aceite dieléctrico, en caso de rotura o fuga.

Durante el funcionamiento de la planta fotovoltaica el promotor contempla una limpieza al año, y limpiezas selectivas, cuando sea necesario, de la superficie de los paneles utilizando una hidrolimpiadora con agua a presión, evitando el uso de productos químicos.

B.3 Aire, factores climáticos y cambio climático.

Durante la fase de construcción se puede producir un incremento temporal de polvo en el aire y de las emisiones atmosféricas y sonoras, provocado en su mayor parte por el movimiento de tierras y de la propia maquinaria.

El promotor propone medidas como el riego de caminos y zonas de obras; el transporte de material con capacidad de generar polvo provisto de mallas o lonas; la limitación de la velocidad de los vehículos; la restricción de la ejecución de las obras al periodo diurno; y la correcta puesta a punto, mantenimiento y utilización de la maquinaria, de tal forma que cumpla la normativa vigente referente a emisiones atmosféricas de gases y ruido.

Durante la fase de explotación se puede producir un incremento de los niveles sonoros como consecuencia del funcionamiento de los inversores y transformadores de la planta solar y de las subestaciones.

El promotor ha incluido un estudio acústico en el Anexo IV del EsIA, completado en diciembre de 2021, en el que concluye que no se prevé un impacto significativo sobre la población, ya que en las edificaciones existentes próximas a las instalaciones proyectadas se cumplirá con los niveles establecidos en la legislación vigente, tanto durante la fase de construcción como de explotación y no se precisarían medidas correctoras.

Respecto a la posible contaminación lumínica, el promotor indica en el EsIA que no instalará sistemas de iluminación que pudieran afectar los hábitos de las especies nocturnas y que, en cualquier caso, serán de baja intensidad y apantallada hacia el suelo, instalándose interruptores con control de encendido y apagado.

De acuerdo con la información contenida en el EsIA, durante la fase de explotación, la energía generada en la planta es de aproximadamente 168.740,04 MWh/año. Con ello la cantidad de CO2 evitado mediante esta tecnología, es de 30.541 toneladas deCO2/año. Teniendo en cuenta que el CO2 generado en la construcción se amortizaría en los dos primeros años, quedaría un ahorro de emisiones de 28 años, lo que supondría una disminución total de emisiones a la atmósfera total de este gas de 855.148 toneladas de CO2.

El informe del Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia ha realizado una estimación de cantidad de CO2 a compensar por la contribución al cambio climático, obteniendo un total de 5.056,81 toneladas de CO2, derivada de las obras e instalación de la planta fotovoltaica. Proponen cuatro medidas:

– Compensar la destrucción del carbono almacenado en el suelo.

– Compensar el carbono que deja de estar retenido en los cultivos leñosos que se destruyen para ubicar el proyecto.

– Compensar las emisiones generadas por la obra.

– Compensar la paralización de las capturas anuales por anulación de la actividad agrícola.

Esta cantidad se calculó considerando la superficie inicial prevista de 109,36 ha y como finalmente la planta más las áreas auxiliares ocupan una superficie aproximada de 100 ha el promotor ha estimado que la cantidad a compensar será 4.624,00 toneladas de CO2.

El promotor ha estimado las compensaciones de CO2 obtenidas con las plantaciones proyectadas en 524,05 toneladas de CO2. Propone compensar el resto (4.099,95 toneladas de CO2) con medidas que se acordarán con los ayuntamientos afectados, de manera que se cumpla con la medida propuesta por la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia. Entre las medidas consideradas se contempla la instalación de paneles solares fotovoltaicos en la cubierta de edificios públicos.

El informe de la Oficina Española de Cambio Climático destaca que el proyecto incluye una evaluación adecuada de la huella de carbono y un análisis adecuado de su vulnerabilidad frente al cambio climático, por lo que lo valora positivamente.

B.4 Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

Las afecciones en la fase de construcción vendrán motivadas por la eliminación y degradación de la cubierta vegetal debido fundamentalmente al montaje de las estructuras fijas donde colocar los módulos solares, a las zanjas y a los accesos y viales.

La superficie prevista para la planta fotovoltaica y las áreas auxiliares de obra está ocupada fundamentalmente por cultivos (aproximadamente 95 ha) y en menor medida, unas 5 ha, están ocupadas por «tomillar» y «ribazos de matorral con escobilla», formaciones similares al HIC 1430 «matorrales halonitrófilos». Las campas de montaje y los apoyos de la línea eléctrica afectaran aproximadamente 0,6 ha de «ribazos de matorral con escobilla».

En el EsIA se indica que se ha consultado la cartografía disponible de los Hábitats Comunitarios de la Región de Murcia y que la planta fotovoltaica no se sitúa en ningún HIC pero la línea de evacuación presenta un pequeño cruzamiento (aunque no afecta) a los siguientes: 5210 «Matorrales arborescentes de Juniperus spp.», 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero Brachypodietea» (prioritario) y 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos».

El arbolado presente en el área de estudio se corresponde en su totalidad con pies de especies plantadas o cultivadas. Además de los almendros (Prunus dulcis) cultivados en la zona norte de la planta, se verán directamente afectados 9 ejemplares de Olea europaea y 1 de Cupresuss sempervirens. En dos de las zonas de instalaciones auxiliares previstas se localizan diversos ejemplares arbóreos de Olea europaea, Cupressus sempervirens y Schinus molle, que deberán ser respetados.

Respecto a la posible afección a flora protegida, el promotor manifiesta que en el área de estudio no hay ninguna especie protegida de las incluidas en el Anexo I del Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia y que potencialmente podrían encontrarse dos especies (Capparis sicula subsp. sicula y Rhamnus lyciodes subsp. lyciodes) del Anexo II «aprovechamiento regulado» de dicho catálogo pero que no ha encontrado ninguno de estos dos taxones ni en la zona de la planta ni en las zonas auxiliares.

Para la protección de la vegetación y los HIC, el promotor contempla, entre otras, las siguientes medidas: eliminación de la vegetación estrictamente necesaria, realizándose el balizamiento y señalización de las zonas de actuación para no afectar a la vegetación del entorno, especialmente los HIC próximos; medidas para evitar incendios forestales, y trasplante y/o reemplazo del arbolado afectado.

Complementariamente, el EsIA incluye las siguientes medidas de revegetación con los objetivos de integrar paisajísticamente la planta, compensar la afección a los HIC, mejorar la conectividad de la fauna y compensar el cambio climático absorbiendo CO2:

– Plantaciones y siembras de especies propias de HIC, tanto en zonas específicas como en zonas ocupadas temporalmente durante las obras (zonas auxiliares y campas de trabajo para el montaje de los apoyos): 11,81 ha de siembra de Brachypodium distachyon, Brachypodium retusum, y Scorpius sulcatus (HIC 6220), 5,73 ha de plantaciones de Juniperus spp. (HIC 5210) y 3,03 ha de plantaciones de Thymus hyemalis (HIC 5330) y 5,6 ha de plantaciones de Salsola genistoides (HIC 1430).

– Corredor ecológico: 23,60 ha con plantaciones de Pinus halepensis, Tamarix boveana, Rosmarinus officinalis, Salsola genistoides y Pistacia lentiscus.

– Pantalla vegetal: 4.590 m lineales con plantaciones en 2 filas al tresbolillo. La fila más alejada del vallado con especies de porte arbustivo (Tamarix boveana, Limonium caesium, Rosmarinus officinalis, Stipa tenacissima, Atriplex halimus y Salsola genistoides) y la más próxima del vallado con especies de porte arbóreo (Pinus halepensis y Olea europaea var. sylvestris).

Durante la fase de explotación del proyecto se llevará a cabo un control de la vegetación natural existente bajo los paneles fotovoltaicos a través de la actividad que se desarrolla tradicionalmente en el área de implantación de la instalación, es decir, pastoreo, labranza y sembrado.

El informe de 14 de julio de 2021 del Servicio de Gestión y Protección Forestal de la Dirección General del Medio Natural destaca que parte de las instalaciones se ubican en terrenos con consideración de «Monte» (aproximadamente 27,38 ha). Posteriormente en septiembre de 2021, en la documentación de las nuevas consultas, el promotor ha reubicado los módulos solares modificando la implantación, para evitar la afección al suelo forestal. A la vista de la nueva documentación el informe de 27 de octubre de 2021 del Servicio de Gestión y Protección Forestal indica que continúan proyectándose infraestructuras sobre terrenos con consideración de «Monte» en una superficie aproximada de 8,86 ha. Finalmente, en diciembre de 2021 el promotor remite a este órgano ambiental la última versión de la implantación de la planta en la que ha respetado todos los terrenos considerados como «Monte» según el Servicio de Gestión y Protección Forestal.

B.5 Fauna y biodiversidad.

Durante la fase de construcción se puede producir afección a la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación de suelo. Asimismo, también se puede producir la potencial destrucción de nidos y madrigueras, atropellos, desplazamientos y modificaciones de las pautas de comportamiento como consecuencia de los ruidos, mayor presencia humana, el movimiento de maquinaria y otras molestias de las obras.

Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida de hábitat de las especies presentes por ocupación de la planta y el riesgo de colisión de la avifauna con la línea eléctrica. El vallado perimetral y las instalaciones pueden producir efecto barrera.

De acuerdo con la información contenida en el EsIA, se ha realizado un estudio de avifauna que abarca un ciclo anual completo. El esfuerzo de muestreo se ha repartido teniendo en cuenta la fenología y características de las distintas especies, así como los movimientos de éstas. Se han realizado además muestreos específicos para aves nocturnas en las horas crepusculares, mediante estaciones de escucha antes del amanecer y durante el ocaso. Se han establecido 6 estaciones de observación, localizadas en puntos estratégicos, con el objetivo de abarcar toda la zona de estudio. Desde las estaciones se han realizado además transectos, de aproximadamente 500 m lo que hace un total recorrido de 3.000 m. Durante los muestreos se ha dedicado especial atención a la detección de puntos importantes para las aves, no habiéndose localizado ni dormideros, ni bebederos, ni nidos.

De las especies observadas destacan por su mayor nivel de protección:

Nombre científico Nombre común
Aquila chrysaetos. Águila real.
Hieraaetus pennatus. Aguililla calzada.
Aquila fasciata. Águila perdicera.
Falco peregrinus. Halcón peregrino.
Burhinus oedicnemus. Alcaraván común.
Bubo bubo. Búho real.
Coracias garrulus. Carraca europea.
Melanocorypha calandra. Calandria.

En el estudio de fauna se extraen las siguientes conclusiones:

– La mayor parte de especies detectadas en la zona de estudio son aves comunes ligadas a medios agrícolas, siendo las especies de mayor interés las rapaces que nidifican en las zonas montañosas circundantes, como el águila real, el búho real y el halcón peregrino que utilizan las zonas bajas agrícolas o de matorral como área de campeo para búsqueda de alimento.

– El águila perdicera se encuentra en la Sierra de Ricote y El Cajal que, aunque más lejana podría utilizar el área del proyecto como zona de campeo. La «Umbría de Beto», área potencial de reintroducción de águila perdicera según su Plan de Recuperación se encuentra a más de 2,5 km en línea recta del proyecto.

– En cuanto a especies esteparias, no se dan en la zona más que el alcaraván común y especies de alaúdidos como terreras, cogujadas, calandrias, etc., sobre todo en la zona sur, ya que más al norte de la zona de estudio, cercanas a la carretera RM-530, se localizan frutales. No se encuentran especies esteparias amenazadas que impliquen la necesidad de protección, como podrían ser sisón, cernícalo primilla, ortegas, etc.

El EsIA indica que se han localizado anfibios considerados comunes como sapo corredor (Epidalea calamita), sapo común (Bufo spinosus) y rana común (Pelophylax perezi). No obstante, potencialmente podrían estar presentes, dada la cercanía de poblaciones y condiciones de hábitat, algunas especies como el sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi) o el gallipato (Pleurodeles waltl).

En el caso de los reptiles, se detectó la lagartija colilarga (Psammodromus algirus), la salamanquesa común (Tarentola mauritanica), el lagarto bético (Timon nevadensis), la culebra bastarda (Malpolon monspessulanum) y la culebra de escalera (Zamenis scalaris).

Respecto a los mamíferos se observaron directamente o se detectaron evidencias de las siguientes especies: musaraña gris (Crocidura russula), ratón de campo (Apodemus sylvaticus), ratón casero (Mus musculus), rata parda (Rattus norvegicus), lirón careto (Eliomys quercinus), liebre ibérica (Lepus granatensis), conejo (Oryctolagus cuniculus), zorro (Vulpes vulpes), tejón (Meles meles) y jabalí (Sus scrofa).

Las principales las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas por el promotor en el EsIA y en la documentación adicional son:

– Previo al inicio de las obras se realizará una prospección del entorno de la zona de actuación a fin de localizar nidos y/o refugios de especies clave o de interés. Esta medida se llevará a cabo también en los 2 primeros años de la explotación de la planta.

– Se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades más ruidosas durante la época de reproducción de las especies de avifauna.

– Se evitarán trabajos nocturnos.

– Se evitará la instalación de sistemas de iluminación que puedan afectar los hábitos de las especies nocturnas.

– El vallado perimetral será de tipo cinegético de 2,0 m de altura.

– Se construirán 4 majanos para conejos.

– Se instalarán 5 posaderos para fauna. Los posaderos estarán orientados hacia espacios abiertos y sin obstáculos, y a una altura superior a 4 metros.

– Se instalará un primillar.

– Se instalarán 5 cajas nido para quirópteros.

– Se construirán 6 bebederos-charcas para anfibios.

– Se construirán 10 majanos de piedra seca para reptiles.

– Se colocarán protecciones salvapájaros a lo largo de todo el recorrido aéreo de la línea eléctrica de evacuación.

La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático, en su informe de 13 de octubre de 2021, concluye que, examinado el proyecto y una vez realizado el análisis de los impactos originados por dichas instalaciones e infraestructuras, teniendo en cuenta las posibles sinergias, y la aplicación de medidas preventivas, correctoras, compensatorias, así como la ejecución de los Planes de Vigilancia Ambiental, no cabe esperar que la actuación tenga efectos significativos sobre los elementos del medio natural.

B.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

Ninguno de los elementos del proyecto se ubica sobre Espacios Naturales Protegidos de la Región de Murcia o pertenecientes a Red Natura 2000. Los más próximos se detallan en la siguiente tabla:

Nombre Figura de protección Distancia aproximada
Sierra de Ricote-La Navela. ZEC (ES6200026) 729 m
Sierras de Ricote y La Navela. ZEPA (ES0000257) 3,2 km
Río Mula y Pliego. ZEC (ES6200045) 2,9 km

B.7 Paisaje.

El principal impacto durante la fase de construcción se produce debido a la presencia de maquinaria de obra, los movimientos de tierra y la construcción de las infraestructuras previstas. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, debido a que supondrán la aparición de elementos discordantes con el paisaje rural donde se localiza el proyecto.

De acuerdo con el estudio paisajístico incluido en el EsIA, la planta se sitúa en una zona de relieve ondulado, con pendientes suaves y moderadas y cubierta por cultivos de árboles frutales y cereales y, en menor medida, campos abandonados. El promotor considera que la valoración global del paisaje es media. La planta se encuentra en una zona de pie de ladera, en una planicie con forma de valle en U, en la cual pasa una rambla lo que provoca un encaje del proyecto que produce un efecto de ocultación frente a los potenciales observadores del entorno. La zona desde donde es más visible la futura planta es desde la carretera RM-530.

B.8 Población, salud humana.

Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras. Se producirán afecciones a la propiedad, por cambios en los usos del suelo y actividades tradicionales, como son las cinegéticas.

Por otro lado, tanto en fase de construcción como de explotación, el EsIA prevé un impacto positivo en la economía de la comarca por demanda de mano de obra, servicios y suministros.

De acuerdo con el análisis de los posibles impactos por radiación electromagnética realizado en el EsIA y completado en la documentación recibida en diciembre de 2021, el promotor concluye que no existe ninguna edificación residencial en un radio de 200 m alrededor de las subestaciones y la línea eléctrica de evacuación por lo que los valores máximos de radiación en μT serán considerablemente inferiores a los establecidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

El informe de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones indica que, respecto de los riegos previstos para evitar el levantamiento de materiales finos o polvo durante la fase de obras, debe considerarse el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis en esta actividad.

B.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

Tanto el proyecto de planta fotovoltaica «Campos 115» como el proyecto de la Subestación Colectora fueron objeto de prospección arqueológica y estudio de impacto sobre el patrimonio cultural a partir de cuyos resultados, la Dirección General de Bienes Culturales emitió sendas resoluciones, en las que autorizan los proyectos, con las medidas correctoras a ejecutar, ya en el marco de la fase de implantación del proyecto, que se detallan en el condicionado de la presente resolución.

En el ámbito del proyecto se localizan tres vías pecuarias: el Cordel de Maraón, la Vereda de la Casa de Gracia y la Vereda del Camino de Alguazas. El promotor afirma que no se prevé su ocupación directa por la planta fotovoltaica, si bien la última de ellas será atravesada por la línea eléctrica de evacuación en dos puntos y también se verá afectada durante las obras por zanjas y caminos de acceso por lo que será necesario solicitar la correspondiente autorización a la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia. De igual forma, será necesaria la correspondiente autorización en el caso de que sea necesaria algún otro tipo de ocupación temporal o el tránsito de vehículos en dichas vías pecuarias.

B.10 Sinergias y efectos acumulativos.

El EsIA incluye en el Anexo VI un «Estudio de efectos sinérgicos y acumulativos» que ha estudiado todas las instalaciones fotovoltaicas existentes (Mula de 450 MW, Injuber y otras 2 de nombre desconocido) y proyectadas (El Molino de 100 MW, Mula II de 114 MW, Campos de 109 MW, Alcantarilla de 7,7 MW, Campos del Río 9,9 MW y Campos 115 MW) líneas eléctricas e infraestructuras lineales de transporte terrestre existentes y proyectadas en un entorno de 10 km alrededor de la planta fotovoltaica.

Concluye que el conjunto de instalaciones e infraestructuras estudiadas genera efectos sinérgicos sobre los valores ambientales del ámbito de estudio que son potencialmente negativos y cuyos efectos pueden mitigarse con la ejecución de medidas preventivas correctoras y compensatorias.

El proyecto tendrá potencialmente impactos acumulativos sobre la fauna, el paisaje, la vegetación y los hábitats al transformar una elevada superficie.

C. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

El EsIA incluye un capítulo específico en el que se analiza la vulnerabilidad del proyecto concluyendo lo siguiente:

– Riesgo sísmico: el promotor lo ha catalogado como medio.

– No existe riesgo de movimiento del terreno.

– El riesgo por movimientos de ladera, hundimientos y subsidencia se ha catalogado como bajo.

– El proyecto respeta las láminas de inundación para periodos de retorno de 500 años, no se prevé que exista un riesgo significativo en relación a las lluvias intensas.

– El riesgo hidrológico se ha catalogado como medio.

– El riesgo de fuertes vientos se ha catalogado como bajo.

– El riesgo de tormentas eléctricas se ha catalogado como bajo.

– El riesgo de nevadas o temperaturas extremas se ha catalogado como bajo.

– El riesgo de incendios forestales se ha catalogado como bajo.

El informe de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias considera que se deben contemplar los valores estimados de aceleración máxima de movimiento del suelo y los riesgos contenidos en el Plan Territorial de Protección Civil del municipio de Campos del Río. El promotor se compromete a contemplar todos estos aspectos en el proyecto constructivo.

En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo. En este sentido, respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales, conviene aclarar que la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

D. Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA contiene los criterios y contenidos mínimos del programa de vigilancia ambiental (PVA), cuyo objeto es garantizar la correcta ejecución de las medidas preventivas y correctoras previstas, así como prevenir y corregir sus posibles disfunciones y la aparición de impactos ambientales no previstos. A escala de proyecto constructivo, el PVA detallará la metodología de los controles a realizar, conforme a las condiciones de ejecución de las medidas preventivas y correctoras que figuren en los pliegos de prescripciones técnicas.

El PVA llevará a cabo tanto la verificación de los impactos previstos como el control de la eficacia de las medidas propuestas, incluyendo un plan de control de respuesta de las tendencias detectadas y la emisión de informes periódicos. Su desarrollo y aplicación estará a cargo de un equipo técnico multidisciplinar.

El EsIA recoge los principales controles establecidos para cada factor ambiental, estableciendo en cada caso un objetivo, indicadores de referencia, valores umbral para cada indicador, una frecuencia de toma de datos y medidas a adoptar en caso de superación de los umbrales. Algunos de los controles más importantes se señalan a continuación de manera resumida:

– Protección de calidad del aire: control de la presencia de polvo en el aire y su presencia en la vegetación, control del correcto mantenimiento y funcionamiento de la maquinaria, de la cubrición de acopios y camiones, de la realización de riegos y de la correcta velocidad de la maquinaria.

– Protección de calidad acústica: control de niveles de ruido durante las fases de obras, funcionamiento y desmantelamiento.

– Protección de suelos: control de jalonamiento y ocupación de suelos, ubicación de áreas auxiliares, control del acopio y conservación de la tierra fértil, vigilancia de la contaminación de suelos, control de la gestión de residuos y sustancias peligrosas, control de la erosión de superficies descubiertas.

– Protección de hidrología: control de vertidos y arrastre de materiales a cauces, control de la impermeabilización de áreas auxiliares y control de que las labores de mantenimiento de la maquinaria se realicen en áreas específicas.

– Protección de vegetación: control de la protección de la vegetación en zonas sensibles, control y seguimiento de plantaciones, siembras y trasplantes.

– Protección de fauna: control de realización de prospección de la zona de actuación a fin de localizar nidos y/o refugios de especies clave o de interés, control de las restricciones temporales, control de la correcta instalación y funcionamiento del cerramiento y verificar la correcta implantación y funcionamiento de majanos, posaderos, cajas nido para quirópteros, bebederos-charcas para anfibios, majanos de piedra seca para reptiles, primillar y dispositivos salvapájaros. Seguimiento de avifauna durante toda la vida útil de la planta, con el objetivo de determinar el impacto del proyecto sobre las comunidades de avifauna existentes en la zona.

– Protección de paisaje: control de la integración paisajística del proyecto y de la pantalla vegetal.

– Protección del patrimonio cultural: control y seguimiento arqueológico a pie de obra.

– Protección de vías pecuarias: comprobar la no afección del proyecto sobre las vías pecuarias o, en caso de ser necesaria su ocupación temporal, verificar que se cuenta con los permisos necesarios.

– Protección de la población: control de la restitución de viales y servicios afectados.

En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el apartado de condiciones de la presente declaración.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j) del grupo 3 del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Campos 115 y su infraestructura de evacuación. T.M. Campos del Río (Murcia)" en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los potenciales efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

Condiciones al proyecto.

i) Condiciones generales.

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente Resolución.

2. Antes de comenzar los trabajos se establecerá contacto con el coordinador de los Agentes de Medio Natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con el fin comprobar que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.

3. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

4. Los residuos generados, tanto en fase de obras como de explotación, serán gestionados según las disposiciones establecidas en la normativa vigente. La gestión de los residuos se irá realizando según se vayan generando, minimizando de esta forma su acumulación en las instalaciones.

5. Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la explotación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un proyecto de desmantelamiento de la totalidad de sus componentes, incluyendo la gestión de los residuos generados y los trabajos para la completa restitución geomorfológica y edáfica, posibilitando el restablecimiento del paisaje y uso original de todos los terrenos afectados por el proyecto.

ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas y aquellas medidas adicionales establecidas en las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y en las respuestas del promotor que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

1. Geomorfología, suelo y geodiversidad:

1. Los paneles fotovoltaicos se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón, se hará de forma localizada en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo. En todo momento se evitará la realización de voladuras. La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado.

2. Se minimizarán los movimientos de tierra. En especial se deberá respetar el sistema de conservación de suelos de terrazas existente actualmente en los terrenos agrícolas tal y como indica el informe del Servicio de Gestión y Protección Forestal. No se retirará la tierra vegetal ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de transformación, edificios, subestación, zanjas para el cableado, viales y zonas de instalaciones auxiliares de obra. La tierra vegetal obtenida se utilizará en labores de restauración y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal adicionales en áreas con riesgo de erosión.

3. El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas y las charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.

4. Se utilizarán los caminos y accesos existentes, evitando, siempre que sea posible, la apertura de otros nuevos. En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el órgano ambiental de la Región de Murcia. En los accesos campo a través se evitarán los movimientos de tierras y la dotación de firme, y se adaptará la maquinaria a emplear priorizando el transporte con maquinaria ligera y el modo manual donde sea posible. Se respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo momento en condiciones de uso similares a las originales.

5. Se establecerán áreas específicas, debidamente impermeabilizadas y acondicionadas para las actividades que puedan causar más riesgo de vertidos de residuos líquidos peligrosos, como puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados. En caso de derrame accidental de aceites, lubricantes o hidrocarburos, se actuará inmediatamente delimitando la zona de suelo afectada, construyendo una barrera de contención para evitar la dispersión del vertido y retirando las tierras contaminadas para su tratamiento como residuo peligroso. Los suelos afectados por cualquier tipo de incidente serán objeto de restauración.

6. Se dispondrán depósitos bajo los transformadores, tanto en los centros de transformación de la planta como en la subestación eléctrica, con capacidad para retener la totalidad del aceite dieléctrico contenido en cada transformador, en caso de rotura o fuga.

2. Hidrología:

1. Todas las actuaciones que se realicen en zona de dominio público hidráulico (DPH) o zona de policía de cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales y captaciones de aguas públicas, deberán contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Segura. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

2. Los movimientos de la maquinaria y el personal y la ocupación de terreno con los materiales y residuos se diseñarán cuidadosamente para evitar las zonas más sensibles (vaguadas y cauces), utilizando preferiblemente las superficies de los viales proyectados.

3. La zona de inundación para un periodo de retorno de 500 años de la rambla innominada, presente en el área en el que se desarrolla el proyecto, se excluirá para la instalación de cualquier elemento del proyecto, tal y como se indica en el EsIA. La disposición final del cerramiento en el entorno de la rambla innominada se coordinará con la Confederación Hidrográfica del Segura.

4. La limpieza y mantenimiento de las placas solares se realizará sin productos químicos peligrosos para el medio ambiente.

3. Aire, factores climáticos, cambio climático:

1. Se asegurará la minimización de emisiones de polvo y gases contaminantes en fase de obra mediante el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas relativos a construcción, edificación y transporte (cubrición de los camiones de transporte, riego de superficies, zonas de lavado de ruedas, selección adecuada de la ubicación para las zonas de acopio, revegetación temprana, cumplimiento de condiciones técnicas de los vehículos y maquinaria pesada, etc.).

2. En los riegos previstos para evitar el levantamiento de materiales finos o polvo durante la fase de obras debe considerarse el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, tal y como indica expresamente el informe de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.

3. No se instalarán sistemas de iluminación que pudieran afectar los hábitos de las especies nocturnas y, en cualquier caso, serán de baja intensidad y apantallada hacia el suelo, instalándose interruptores con control de encendido y apagado de iluminación.

4. El promotor mantendrá su compromiso de compensar su contribución al cambio climático por las obras e instalación de la planta fotovoltaica mediante las plantaciones proyectadas y aquellas otras medidas que se acuerden con los ayuntamientos afectados, como puede ser la instalación de paneles fotovoltaicos en la cubierta de edificios públicos del entorno, tal y como señala el informe de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia.

4. Flora, vegetación, y Hábitats de Interés Comunitario (HIC):

1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés y, en caso de detectarse, se comunicará al Agente del Medio Natural y se informará al órgano ambiental de la Región de Murcia de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas, incluida en su caso, la translocación de los ejemplares.

2. El control de la vegetación natural en el interior de la planta fotovoltaica durante la fase de explotación se realizará, tal y como señala el promotor, mediante el pastoreo con ovejas y cabras. La carga ganadera máxima y la limitación espacial y temporal del pastoreo se fijarán anualmente de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones, favoreciendo en todo caso el desarrollo de los HIC más característicos del ámbito en el que se desarrolla el proyecto. En cualquier caso, se prohíbe la utilización de herbicidas y pesticidas para el control de la vegetación natural de la planta.

3. Se llevará a cabo el apantallamiento vegetal perimetral de la planta fotovoltaica en las zonas que lindan a caminos y carreteras, tal y como describe el promotor en el EsIA.

4. Se llevarán a cabo plantaciones compensatorias de los HIC en los lugares indicados en la documentación complementaria facilitada por el promotor en enero de 2022. Las especies y densidades a emplear se coordinarán con el órgano ambiental de la Región de Murcia.

5. En el área definida como corredor ecológico se llevarán a cabo plantaciones cuyas especies y densidades se coordinarán con el órgano ambiental de la Región de Murcia.

6. Se respetarán los ejemplares arbóreos presentes en las zonas de instalaciones auxiliares previstas.

7. El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido al órgano ambiental de la Región de Murcia para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones, incluido el apantallamiento vegetal, a realizar durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

5. Fauna:

1. Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano ambiental de la Región de Murcia. En cualquier caso, se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.

2. Se realizará una prospección de la zona de obras por personal técnico especializado, de manera previa a la ejecución de las obras, con el fin de determinar la existencia de animales, nidos o madrigueras. Complementariamente, durante los 2 primeros años de la explotación de la planta se llevará a cabo una prospección similar, ampliable a 5 años según los resultados obtenidos. En caso de localizar animales, nidos o camadas de especies protegidas se avisará al Agentes Medioambientales de la zona o al Servicio de Planificación, Áreas Protegidas y Defensa del Medio Natural de la Región de Murcia, que darán las indicaciones oportunas.

3. Durante toda la fase de obras, se establecerá un mecanismo de rescate para la correcta gestión de todos aquellos ejemplares de fauna que pudieran verse afectados por las obras. Los ejemplares rescatados serán entregados al Centro de Recuperación de Fauna Silvestre o al Agente Medioambiental de la zona.

4. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso, estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no puedan suponer afección a especies protegidas.

5. Se desarrollarán medidas para evitar que la fauna quede atrapada en el interior de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape, cubrir las zanjas abiertas al finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la posible presencia de animales.

6. Se instalarán 4 majanos para conejos, 1 primillar, 5 cajas nido para quirópteros, 6 bebederos-charcas para anfibios, 10 majanos de piedra seca para reptiles. La ubicación y número final de estas medidas deberá ser consensuado con el órgano ambiental de la Región de Murcia.

7. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión) y normativa regional de desarrollo. La línea eléctrica contará, al menos, con las medidas incluidas en el EsIA. Adicionalmente, se propone el uso de dispositivos catadióptricos como salvapájaros.

8. El vallado perimetral será de tipo cinegético de 2,0 m de altura, 20 alambres horizontales y 30 cm de separación. El espacio libre desde el suelo hasta la malla será de, al menos, 15 cm para permitir el paso de la fauna y carecerá de elementos cortantes o punzantes en todo el trazado del vallado. Para evitar choques de aves se colocarán chapas rectangulares en el borde superior de los vallados, con unas dimensiones de 30×20cm, cada 8 metros lineales de vallado.

6. Paisaje:

1. Las características estéticas de las construcciones serán similares a las de la arquitectura rural tradicional de la zona. Las fachadas, cubiertas, paramentos exteriores y de modo general, los materiales a emplear en dichas construcciones deberán minimizar el impacto visual evitándose la utilización de colores llamativos y/o reflectantes.

2. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz.

3. Inmediatamente tras finalizar la fase de explotación del proyecto se desmantelará la totalidad de las instalaciones, gestionando cada residuo de acuerdo con la normativa aplicable, y se realizará una completa restauración geomorfológica y edáfica, de manera que pueda recuperarse su uso original.

7. Patrimonio cultural y vías pecuarias:

1. Se cumplirán las siguientes medidas correctoras propuestas por la Dirección General de Bienes Culturales:

– Casa Gracia. Durante la fase de obra, se establecerá un balizado de protección de 2 m alrededor del mismo y su exclusión de cualquier actividad relacionada con las obras. Se realizará un estudio y descripción detallada con levantamiento planimétrico y documentación fotográfica.

– Seguimiento arqueológico intensivo en el paraje Casa Gracia y su entorno.

– Seguimiento arqueológico de toda la obra.

– En el caso de vincularse el proyecto a futuras zonas de préstamos o vertidos situados fuera del área estudiada, se realizará el estudio y valoración arqueológica de las zonas seleccionadas.

Si durante las obras apareciesen elementos arquitectónicos, arqueológicos o paleontológicos en los que se presuma algún valor, se dará inmediata cuenta a la Dirección General de Bienes Culturales.

2. Vías pecuarias: será necesario solicitar la correspondiente autorización a la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia para cualquier ocupación permanente o temporal, o incluso el tránsito de vehículos en dichas vías pecuarias. Deberá respetarse una franja alrededor de las vías pecuarias en la que no se podrán disponer elementos de la planta. Esta franja será de 18,75 + 3 m en el caso del Cordel de Maraón y de 10 + 3 metros en el caso de la Vereda de la Casa de Gracia y la Vereda del Camino de Alguazas, desde el eje, de acuerdo con el informe del Servicio de Gestión y Protección Forestal de la Dirección General del Medio Natural.

Finalmente, cada una de las medidas establecidas en el EsIA, en la documentación adicional y en este apartado, deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto y en una adenda al mismo de integración ambiental. La adenda de integración ambiental se presentará para su aprobación al órgano ambiental de la Región de Murcia, con anterioridad a la realización de los trabajos.

iii) Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución.

El objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias descritas, a través de un seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se consagrará en los correspondientes informes de vigilancia.

1. Con carácter general, independientemente del informe inicial y final de obra, deberán remitirse informes durante la fase de construcción con una periodicidad bimensual tanto al órgano sustantivo como al órgano ambiental de la Región de Murcia. En fase de operación, se remitirán informes a los mismos organismos con una periodicidad anual durante los cinco primeros años de funcionamiento de la planta fotovoltaica, sin perjuicio de los informes de seguimiento específicos de aquellos factores ambientales que necesariamente excedan este periodo, como el caso de la fauna.

2. Se realizará el seguimiento y documentación de la prospección de flora previa a la ejecución de las obras.

3. Se realizará el seguimiento y documentación de las prospecciones de fauna previas a la ejecución de las obras y en los primeros años de la explotación.

4. Durante al menos los 5 primeros años de la explotación de la planta se realizará el seguimiento de anfibios y reptiles para comprobar la eficacia de las medidas adoptadas (al menos 2 visitas en otoño y 2 en primavera).

5. Durante toda la vida de la planta se llevará a cabo el seguimiento mensual de la avifauna (con visitas quincenales o mensuales según la estación). En el caso del Búho real se llevará un seguimiento específico que incluya un total de 24 visitas anuales y la elaboración de un informe anual que recoja las principales conclusiones extraídas, que será remitido al órgano ambiental autonómico para su consideración.

6. Durante la fase de funcionamiento, se realizará el seguimiento del ruido generado en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto, con objeto de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos en la legislación vigente.

7. Se realizará un seguimiento de las condiciones físico-químicas del suelo y de la evolución de la vegetación natural como consecuencia de la implantación de la planta, el cual será anual durante los primeros 10 años de vida útil del proyecto, y cada 5 años a partir del décimo año.

8. Se llevará a cabo un plan de seguimiento de la mortalidad de aves y, en su caso quirópteros, por colisión con la línea de evacuación del proyecto durante toda la vida útil, siguiendo las metodologías más actuales, de acuerdo con los últimos avances científicos, en coordinación con el órgano ambiental de la Región de Murcia.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 1 de abril de 2022.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.

ANEXO I

Tabla 1. Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones

Consultados*

Contestaciones
Marzo Septiembre
Ayuntamiento de Mula. SI NO
Ayuntamiento de Campos del Río. SI SI
Confederación Hidrográfica del Segura. Oficina de Planificación Hidrográfica. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO SI
Confederación Hidrográfica del Segura. Comisaría de Aguas. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO SI
Confederación Hidrográfica del Segura. Secretaria General. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI NO
Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial. Dirección General del Medio Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia. SI (1) SI (1)
Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Dirección General del Medio Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia. SI (2) SI (3)
Dirección General de Medio Ambiente. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la CARM. SI NO
Dirección General Bienes Culturales. Consejería de Educación y Cultura de la Región. Región de Murcia. SI SI
Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Consejería de Salud Pública Región. Región de Murcia. SI NO
Dirección General Seguridad Ciudadana y Emergencias. Consejería de Transparencia, participación y Administración Pública. Región de Murcia. SI NO
Dirección General Territorio y Arquitectura. Consejería Fomento e Infraestructuras. Región de Murcia. SI NO
Dirección General del Agua. Consejería Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia. SI SI
Oficina Española Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI SI
Subdirección General de Evaluación Ambiental. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO NO
Dirección General Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI NO
Dirección General de Política Agraria Común. Consejería Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia. SI SI
Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico. Dirección General Bellas Artes. Ministerio Cultura y Deporte. SI NO
Consejo Asesor Regional Medio Ambiente. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia. NO NO
Fundación ANSE (Asociación de Naturalistas del Sureste). NO NO
GREENPEACE España. NO NO
Sociedad Española para la Conservación y El Estudio de los Murciélagos (SECEMU). NO NO
WWF/ADENA. NO NO
SEO/BIRDLIFE. NO NO
Ecologistas en Acción Región Murciana. SI NO
Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera. Consejería de Empresa, Industria y Portavocía. Región de Murcia. NO SI
Dirección General de Carreteras. Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región. Región de Murcia. SI SI
Confederación Hidrográfica del Segura. Dirección Técnica. Área Gestión de Trasvase. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SI NO
Mancomunidad de los Canales del Taibilla. SI NO

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la que se presenta en la tabla.

(1) Esta Subdirección General tiene 2 Servicios, el Servicio de Planificación, Áreas Protegidas y Defensa del Medio Natural y el Servicio de Gestión y Protección Forestal. Únicamente ha respondido el segundo de ellos.

(2) Esta Subdirección General tiene 2 Servicios, el Servicio de Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial y el Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático. Solo ha respondido el segundo de ellos y la respuesta se ha ceñido únicamente a aspectos del cambio climático.

(3) Se han recibido dos respuestas una del Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático y otra de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático.

Tabla 2. Alegaciones recibidas en la información pública

Junta Vecinal Yéchar.

Particulares (185).

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