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Documento BOE-A-2022-9951

Resolución de 9 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de una campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2022 y 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2022, páginas 82709 a 82717 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-9951

TEXTO ORIGINAL

El Secretario General de Agricultura y Alimentación y la Presidenta de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., han suscrito un Convenio para la realización de una campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2022 y 2023.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución.

Madrid, 9 de junio de 2022.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. para la realización de una campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2022 y 2023

12 de mayo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE número 148, de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), conforme a las competencias que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II, de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE número 16, de 18 de enero de 2019).

Y, de otra parte, doña Xiana Margarida Méndez Bértolo, Presidenta de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (ICEX), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Comercio, con sede en Madrid, Paseo de la Castellana, número 278, y NIF Q2891001F. La interviniente citada actúa en nombre y representación de ICEX en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 649/2018, de 22 de junio (BOE número 152, de 23 de junio de 2018) y de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 6 del Estatuto de ICEX, aprobado mediante Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre (BOE número 284, de 25 de noviembre de 2011).

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. El Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAPA y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales establece en el artículo 6.1.j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, en particular a través del diseño y realización de campañas institucionales de publicidad y de comunicación, en coordinación, en su caso, con ICEX. Competencias que serán ejercidas por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.

2. De acuerdo con el Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización mediante la creación de la entidad pública empresarial «Instituto Español de Comercio Exterior» (ICEX), este organismo público tiene entre sus fines promover, en el marco de la política económica del Gobierno, la internacionalización de la empresa española y la mejora de su competitividad a través de la prestación de los servicios, programas, apoyos económicos, e instrumentos de información, financiación o asesoría que en cada caso se requieran.

3. Siguiendo la estela del Convenio entre el MAPA e ICEX, para la realización de una nueva campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2021 y 2022 –suscrito el 16 de septiembre de 2021 e inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en esa misma fecha– las partes están interesadas en colaborar de forma más estrecha, estableciendo nuevas actuaciones en el ámbito de la comunicación y la publicidad internacional para promocionar los alimentos y bebidas españolas. Mediante este nuevo instrumento, se pretende continuar trabajando en la construcción de una imagen y una reputación del sector agroalimentario, poniendo en valor su sostenibilidad, diversidad, calidad y excelencia.

4. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el artículo 47.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es la colaboración en el diseño e implementación de la campaña de comunicación internacional, «Spain Food Nation», a favor del sector agroalimentario español, que se desarrollará en el periodo comprendido entre los ejercicios 2022 y 2023.

Segunda. Líneas de actuación.

Ambas instituciones pondrán en marcha diferentes instrumentos para consolidar la notoriedad y reputación generada en los distintos públicos objetivos de la campaña:

– Inserciones en medios internacionales de comunicación generalistas, sectoriales y de estilo de vida para difundir contenidos sobre alimentos y bebidas españolas al consumidor final con el objetivo de dinamizar la demanda de productos españoles.

– Desarrollo de acciones de relaciones públicas dirigidos a público profesional con el objetivo de incrementar el conocimiento y dinamizar el interés de los compradores y prescriptores internacionales por los alimentos y bebidas españoles.

La campaña Spain Food Nation se amplía a través de las líneas de actuación programadas para el cumplimiento del objeto del presente convenio, que son las siguientes:

– La producción y publicación de contenidos en medios de comunicación internacionales, de carácter sectorial y de estilo de vida.

– La organización y celebración de eventos de relaciones públicas destinadas principalmente a público profesional y prescriptores de opinión y de compra.

Estas líneas de actuación serán las siguientes:

– Actuaciones de alcance global:

• Mantenimiento y actualización de la web global de la campaña y promoción digital internacional de contenidos derivados de las acciones de este convenio.

• Producción de material promocional.

• Promoción dirigida al consumidor final a través de la producción y distribución de contenidos informativos en canales de televisión de alcance global con especial incidencia en Europa.

• Promoción dirigida al consumidor final a través de la producción y distribución de contenidos en medios de comunicación digital de alcance global, con especial audiencia en Estados Unidos y Reino Unido.

• Actuaciones con prescriptores de múltiples mercados para profundizar en el conocimiento de los productos españoles.

– Actuaciones en mercados específicos

• Dirigidas al consumidor final, a través de la inversión en medios de comunicación generalistas sectoriales y de estilo de vida, de ámbito local o global, con carácter preferente en las modalidades branded content y publirreportaje, en las siguientes áreas geográficas:

○ Asia (China y Japón y resto de Asia).

○ América del Norte (Estados Unidos, México y Canadá).

○ Europa (Unión Europea, Reino Unido, Suiza).

• Dirigidas a público profesional, a través de eventos de relaciones públicas con compradores y prescriptores, en las siguientes áreas geográficas:

○ Asia (China y Japón y resto de Asia).

○ América del Norte (Estados Unidos, México y Canadá).

○ Europa (Unión Europea, Reino Unido y Suiza).

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo:

1. Participar en el diseño, elaboración y realización del programa de actividades referido en la cláusula segunda y en el anexo, y aprobar el programa de actividades elaborado por ICEX.

2. Aportar la cantidad máxima de dos millones trescientos noventa mil euros (2.390.000 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio del 2022 y 2023, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:

– Un millón ochenta mil euros (1.080.000 €) para el ejercicio económico 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de 2022

– Un millón trescientos diez mil euros (1.310.000 €) para el ejercicio 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08, o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.

3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del presente convenio.

4. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del presente convenio.

5. Promover entre las empresas españolas del sector la participación en las actuaciones internacionales que se acuerden dentro del presente convenio.

Cuarta. Obligaciones de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E.

ICEX se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas.

2. Aportar la cantidad máxima de dos millones trescientos noventa mil (2.390.000 €) En la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio de los ejercicios 2022 y 2023, de conformidad con lo indicado en el anexo y de acuerdo al siguiente desglose:

– Dos millones ciento ochenta mil euros (2.180.000 €) para el ejercicio económico 2022.

– Doscientos diez mil euros (210.000 €) para el ejercicio económico 2023.

3. Diseñar y ejecutar, conjuntamente con el MAPA, las actividades mencionadas en la cláusula segunda y en el anexo, debiendo tener en cuenta todos los aspectos técnicos necesarios para la correcta ejecución de las mismas.

4. Diseñar y aportar un programa de actividades detallado que recoja una descripción de las acciones a realizar, así como una valoración de su impacto, presupuesto y posible calendario de acciones. Este programa deberá presentarse ante el MAPA y estará sometido a su aprobación.

5. Elaborar y aportar todos los elementos divulgativos y promocionales necesarios para el adecuado desarrollo de las acciones contempladas en el presente convenio.

6. Incluir la imagen de #alimentosdespaña en las actuaciones promocionales.

7. Apoyar la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del presente convenio.

8. A efectos de las aportaciones establecidas en el calendario de la cláusula quinta, una vez realizadas las acciones previstas en el anexo, elaborar y presentar la documentación pertinente para la justificación del cumplimiento de las mismas, que consistirá en una memoria que comprenda, al menos:

a) una descripción de las acciones realizadas.

b) una valoración sobre su impacto.

c) las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago, indicando la parte aportada por el MAPA.

d) cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las acciones emprendidas.

9. Para el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio, ICEX podrá llevar a cabo su ejecución a través de la red de Oficinas Económicas y Comerciales de la Secretaría de Estado de Comercio en el exterior, que tienen la consideración de centros de actuación de ICEX en el exterior.

Quinta. Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del convenio, asciende a cuatro millones setecientos ochenta mil euros (4.780.000 €) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo.

Para aquellas acciones que dan continuidad a las que se vienen desarrollando en el marco de la campaña Spain Food Nation, recogida en el convenio para los años 2021 y 2022, se podrán incluir nuevas olas de inversión en los mismos medios, o nuevas ediciones de actividades, siempre que no hayan sido financiadas con cargo a dicho convenio.

El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto máximo de dos millones trescientos noventa mil euros (2.390.000 €):

– Un millón ochenta mil euros (1.080.000 €) para el ejercicio económico de 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de 2022

– Un millón trescientos diez mil euros (1.310.000,00 €) para el ejercicio 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08, o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente:

ICEX participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto máximo de dos millones trescientos noventa mil euros (2.390.000 €):

– Dos millones ciento ochenta mil euros (2.180.000 €) para el ejercicio económico 2022.

– Doscientos diez mil euros (210.000 €) para el ejercicio económico 2023.

ICEX adelantará los fondos correspondientes a las actividades a realizar previstas bajo el presente convenio.

El MAPA realizará la aportación de la cantidad estipulada a ICEX una vez realizadas las actividades, previa certificación justificativa de los gastos realizados, de conformidad con el siguiente calendario:

– Primera aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio, ejecutadas desde la fecha en la que el convenio adquiera eficacia hasta el 31 de octubre de 2022, y cuyo pago sea justificado hasta el 25 de noviembre de 2022, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

– Segunda aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio, ejecutadas, desde el 1 de noviembre de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023, y cuyo pago sea justificado antes del 30 de abril de 2023, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Si se produjera algún retraso en las actividades previstas en el calendario, se analizará la situación en la Comisión de seguimiento para acomodar el calendario de aportaciones previstas dentro del plazo de duración del convenio. En el caso de que se produzcan estos retrasos, y, en consecuencia, alguno de las aportaciones previstas tuviera que realizarse más allá del periodo de duración fijado en el presente convenio, las partes, de común acuerdo, suscribirán la correspondiente adenda prevista en la cláusula novena del convenio antes de la fecha de finalización del mismo, establecida en la cláusula octava.

ICEX justificará el gasto de su aportación a este convenio de acuerdo con el siguiente calendario:

– Primera aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio, ejecutadas, desde la fecha en la que el convenio adquiera eficacia hasta el 31 de diciembre de 2022, y cuyo pago sea justificado antes del 31 de marzo de 2023, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

– Segunda aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio, ejecutadas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de marzo de 2023, y cuyo pago sea justificado antes del 30 de abril de 2023, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Adicionalmente, se establece una liquidación de cierre al final del periodo de vigencia del convenio en la que se regularizarán las aportaciones de ICEX y MAPA, en caso de haber diferencias en los términos de financiación establecidos en el convenio.

Sexta. Comisión de seguimiento.

A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea una Comisión de seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente composición:

– Por parte del MAPA, dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España. El funcionario de mayor rango de esta Subdirección presidirá la Comisión.

– Por parte de ICEX, dos representantes de la Dirección de la Industria Alimentaria

La Comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario a petición de una de las partes, con al menos diez días naturales de antelación. Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta.

La Comisión podrá requerir la comparecencia, por interés de las mismas, de otros expertos en la materia a tratar, con voz pero sin voto.

La Comisión tendrá encomendadas las siguientes funciones:

– Impulsar y desarrollar el presente convenio.

– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse respecto a la ejecución del convenio.

El presidente de la Comisión será el responsable de emitir el certificado exigido en el apartado Segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio de 2021 de la Intervención General de la Administración del Estado.

Séptima. Publicidad.

La actuación conjunta MAPA-ICEX constará de modo visible y fácilmente legible en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes, notificando dicha actuación previamente a la otra parte.

Octava. Duración del convenio y su eficacia.

El presente convenio surtirá efectos desde su inscripción en el REOICO, que se producirá dentro de los cinco días hábiles siguientes a su formalización y su duración se extenderá hasta el 31 de mayo del año 2023.

Sin perjuicio de lo anterior, dentro de los diez días hábiles siguientes a su formalización el convenio será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).

Novena. Modificación, extinción e incumplimiento del convenio.

Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este convenio, en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la modificación del convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Toda modificación del convenio deberá formalizarse mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Según lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes dará lugar a la resolución del convenio en los términos previstos en el citado artículo.

El incumplimiento parcial de las obligaciones y compromisos de cualquiera de las Partes, será valorado de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, siendo el importe de dicha parte a contribuir a los gastos previstos en el Convenio proporcional al importe de las acciones realizadas.

Ambas partes se reservan el ejercicio de las acciones legales que procedan, en orden a la resolución de este convenio, así como para la reclamación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.

Décima. Condición suspensiva.

La eficacia de este convenio en relación con las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2023 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado de dicho ejercicio.

Undécima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y de ICEX, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Duodécima. Resolución de conflictos.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

Decimotercera. Compromisos con fondos comunitarios.

Las partes declaran conocer que las aportaciones a realizar para la ejecución del objeto del presente convenio podrán ser cofinanciadas con cargo a fondos comunitarios.

A tal efecto, las partes se comprometen a adoptar, en el seno de la Comisión de seguimiento, las medidas necesarias para cumplir con las disposiciones vigentes relativas a su certificación y cumplimiento, tales como visibilidad de la ayuda financiera de la Unión Europea, análisis de los posibles riesgos de incompatibilidad y solapamiento o cualquier otra obligación establecida al efecto.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en el lugar y fecha indicados, tomándose como fecha de formalización la de la fecha del último firmante.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–La Presidenta de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., Xiana Margarida Méndez Bértolo.

ANEXO
Presupuesto desglosado en euros, SIN IVA
Líneas de actuación

Total convenio

Euros

2022 2023

ICEX

Euros

MAPA

Euros

ICEX

Euros

MAPA

Euros

Convenio MAPA/ICEX. 4.780.000 2.180.000 1.080.000 210.000 1.310.000
1. Inversiones en medios de alcance global. 1.640.000 230.000 640.000 110.000 660.000
1.1 Mantenimiento y actualización de la web global de la campaña, promoción digital internacional de contenidos. 120.000 60.000 30.000 30.000
1.2 Producción de material promocional. 20.000       20.000
1.3 Promoción dirigida a consumidor final: Inversión en producción y distribución de contenidos en canales de televisión en diferentes idiomas, con especial audiencia en Europa. 800.000 400.000 400.000
1.4 Promoción dirigida a consumidor final: Inversión en producción y distribución de contenidos en medios de comunicación digital de alcance global, con especial audiencia en Estados Unidos y Reino Unido. 420.000   210.000   210.000
1.5 Inversiones en prescriptores de múltiples mercados para profundizar en el conocimiento de los productos españoles. 280.000 170.000 110.000
2. Inversiones en mercados específicos. 3.140.000 1.950.000 440.000 100.000 650.000
2.1 Actuaciones en mercados específicos. Asia. 700.000 280.000 120.000 300.000
2.1.1 China, Japón y resto de Asia. Actuaciones dirigidas a consumidor final: Inversión en medios de comunicación generalistas, sectoriales y de estilo de vida, de ámbito local o global, por áreas geográficas. 420.000 120.000 300.000
2.1.2 China, Japón y resto de Asia. Actuaciones dirigidas a público profesional. Inversión en eventos de relaciones públicas con compradores y prescriptores. 280.000 280.000
2.2 Actuaciones en mercados específicos. Estados Unidos, México y Canadá. 2.000.000 1.500.000 200.000 100.000 200.000
2.2.1 Actuaciones dirigidas a consumidor final: Inversión en medios de comunicación generalistas, sectoriales y de estilo de vida, de ámbito local o global, por áreas geográficas. 400.000 200.000 200.000
2.2.2. Actuaciones dirigidas a público profesional. Inversión en eventos de relaciones públicas con compradores y prescriptores. 1.600.000 1.500.000 100.000
2.3. Actuaciones en mercados específicos. Europa. 440.000 170.000 120.000 150.000
2.3.1. Reino Unido, Suiza y UE. Actuaciones dirigidas a consumidor final: Inversión en medios de comunicación generalistas, sectoriales y de estilo de vida, de ámbito local o global, por áreas geográficas. 270.000 120.000 150.000
2.3.2. Reino Unido, Suiza y UE. Actuaciones dirigidas a público profesional. Inversión en eventos de relaciones públicas con compradores y prescriptores. 170.000 170.000
   Total convenio. 4.780.000 2.180.000 1.080.000 210.000 1.310.000

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