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Documento BOE-A-2022-9963

Resolución de 9 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Entidad Estatal de Derecho Público, Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2022, páginas 82827 a 82829 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-9963

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria General de Formación Profesional y el Presidente de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, han suscrito la Adenda al Convenio para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 9 de junio de 2022.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda al convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Entidad Estatal de Derecho Público, Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad

20 de abril de 2022.

REUNIDOS

De una parte, doña Clara Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional nombrada por Real Decreto 178/2020, de 29 de enero, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y competente para la firma de este convenio en virtud de lo dispuesto en la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

Y de otra parte, don Ángel Luis Ortiz González, Presidente de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, según nombramiento conferido por Real Decreto 504/2018, de 18 de junio, en relación con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, y en virtud de las facultades que le atribuye el apartado d) del citado artículo 6 del Estatuto (CIF número Q2813006J).

Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades y atribuciones que por ello tienen concedidas, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el 2 de noviembre de 2021, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.

Segundo.

Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los apartados siguientes.

Tercero.

Que procede modificar las cláusula primera «Objeto del convenio» y cuarta «Financiación», a efectos de ampliar el plazo de ejecución de las acciones de formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales hasta el 31 de octubre de 2022, debido a que la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en los establecimientos penitenciarios dependientes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, ha impedido llevar a cabo el inicio de algunas de las acciones de formación según estaba establecido en la programación.

Cuarto.

Que procede modificar la cláusula quinta «Justificación económica» a efectos de ampliar el plazo de justificación de los gastos derivados de la realización de las acciones de formación profesional para el empleo ante la Subdirección General de Planificación y Gestión de la Formación Profesional hasta el 31 de diciembre de 2022.

Quinto.

Que se considera necesario acordar la prórroga del convenio desde el 30 de junio de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prórroga del convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del convenio.

Uno. Se modifica la cláusula primera «Objeto» del convenio, que queda redactada como sigue:

«El objeto del presente Convenio es instrumentar la subvención que se concede a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional a la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo para el desarrollo de acciones de formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales programadas para el año 2021 y con ejecución prevista hasta el 31 de octubre de 2022, que faciliten a las personas en situación de privación de libertad la formación necesaria para la prestación de trabajos productivos remunerados, dentro de los establecimientos penitenciarios o en otros lugares de prestación en virtud de los distintos regímenes previstos en el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, así como su posterior reincorporación al trabajo remunerado e inserción laboral en el exterior.»

Dos. Se modifica el último párrafo de la cláusula cuarta «Financiación» del convenio, que queda redactado como sigue:

«La ejecución de las acciones objeto de financiación con cargo a este convenio deberán quedar finalizadas en su totalidad a fecha 31 de octubre de 2022, incluyendo todas las fases del procedimiento de gestión de gastos asociados a que hace referencia el artículo 73 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.»

Tres.  Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta «Justificación económica» del convenio, que queda redactado como sigue:

«La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo deberá justificar, antes del 31 de diciembre de 2022, los gastos derivados de la realización de las acciones de formación profesional para el empleo ante la Subdirección General de Planificación y Gestión de la Formación Profesional según lo establecido en la Resolución de 18 de noviembre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la justificación de gastos derivados de la realización de acciones de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, o normativa que la sustituya, pudiendo presentar la modalidad de cuenta justificativa simplificada. En cualquier caso, se exigirá la presentación de los modelos que figuran como anexos I y II en la citada Resolución o los que se establezcan al efecto en sustitución de los previstos en la citada Resolución y realizará anualmente una liquidación y el reintegro de los importes no gastados.»

Segunda. Prórroga.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio, extendiéndose su vigencia hasta el 31 de octubre de 2022.

Esta adenda está exenta de publicación en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal, según se establece en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.

De forma adicional será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman las partes intervinientes la presente adenda.–La Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.–El Presidente de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, Ángel Luis Ortiz González.

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