Antecedentes de hecho
Con fecha de 29 de noviembre de 2022 se recibe en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Toledo Solar" de 54 MWp/46,26 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Toledo», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), que ostenta la condición de órgano sustantivo, y promovida por Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 1, SL.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto «Parque solar fotovoltaico "Toledo Solar" de 54 MWp/46,26 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Toledo», y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de participación pública y consultas. No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
1. Descripción y localización del proyecto
El proyecto tiene como objeto la construcción de una planta solar fotovoltaica denominada parque solar fotovoltaico «Toledo Solar», localizada en el término municipal de Numancia de la Sagra, provincia de Toledo. La línea eléctrica de evacuación de la energía atravesará los términos municipales de Yuncos, Cedillo del Condado, Lominchar, Palomeque, Chozas de Canales, Camarena, Casarrubios del Monte, Las Ventas de Retamosa, La Torre de Esteban Hambrán y Méntrida, pertenecientes a la provincia de Toledo.
La planta solar fotovoltaica tendría una potencia instalada de 54 MW y una potencia nominal en el punto de acceso de 46,26 MW. La superficie total ocupada por la instalación es de 100 ha.
La evacuación de la energía generada se propone mediante una línea de alta tensión, aérea en su mayoría, de unos 37,4 km de longitud. Está dividida en tres tramos, el primero de ellos dividido a su vez en otros tres (1A, 1B y 1C), de los cuales, el 1B dicurriría de manera subterránea, con una longitud de 166,13 m.
La subestación elevadora «Toledo Solar» es la encargada de recoger toda la energía generada y elevar la tensión de 30 kV a 220 kV. Mediante una línea de evacuación se transporta esta energía hasta la subestación colectora denominada SET «Prado Gris» desde donde se compartiría la línea con diferentes proyectos de la zona, hasta llegar a la SET «Boadilla» 220 kV, perteneciente a la Red Eléctrica de España (REE).
En la presente resolución únicamente se evalúa la SET «Toledo Solar», junto con el trazado de la línea de evacuación desde esta subestación hasta la subestación colectora «Prado Gris», no evaluada para este proyecto.
2. Tramitación del procedimiento
El promotor solicitó con fecha 16 de abril de 2021 autorización administrativa previa y la declaración de impacto ambiental para la planta solar fotovoltaica «Toledo Solar» de 54 MW y 46,26 MWn y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Numancia de la Sagra, Yuncos, Cedillo del Condado, Lominchar, Palomeque, Chozas de Canales, Camarena, Casarrubios del Monte, Las Ventas de Retamosa, La Torre de Esteban Hambrán y Méntrida, en la provincia de Toledo.
Conforme al artículo 36 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, con fechas 12 y 13 de julio de 2022, se publican en el «Boletín Oficial del Estado» número 166 y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo» número 132, respectivamente, el anuncio por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental y la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto. Se incluye en el anexo I de esta resolución el listado de las entidades consultadas y cuáles de ellas han emitido respuesta.
El 29 de noviembre de 2022 tiene entrada en esta Dirección General el expediente para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
3. Análisis técnico del expediente
a) Análisis de alternativas. El Estudio de impacto ambiental evalúa tres alternativas para la ubicación de la planta solar fotovoltaica y otras tres para la línea de evacuación de la energía, en función de la ubicación, orografía, la superficie mínima, y el número de propietarios afectados. Además, han sido valorados los impactos paisajísticos, los movimientos de tierras, la ocupación del suelo y los impactos sobre la fauna y flora.
La alternativa 1 de la planta solar fotovoltaica se ubica en el término municipal de Numancia de la Sagra, al noreste de la ciudad de Toledo y tendría una superficie total de 100 ha aproximadamente. La alternativa 2 se ubica en el término municipal de El Viso de San Juan, en la provincia de Toledo, con una superficie total de 146,33 ha. Por último, la alternativa 3 se ubica en el término municipal de Fuensalida en la provincia de Toledo, ocupando una superficie total de 186,68 ha.
En relación a la línea de evacuación de la energía se contemplan tres alternativas. La alternativa A, se divide en tres tramos, el primero de ellos su vez se divide en tres subtramos, de los cuales los tramos 1A y 1C discurrirán en aéreo y el tramo intermedio 1B, de 166 m de longitud, lo hace de manera subterránea. La línea continúa en aéreo, hasta su entrada en la subestación colectora SET Prado Gris. La alternativa B, propone una línea aérea en su totalidad, con una longitud de 35,2 km. Por último, la alternativa C, con una línea aérea con una longitud de 38,5 km, siendo esta la de mayor longitud. Todas las alternativas se sitúan en zonas prácticamente sin vegetación natural, son aéreas dedicadas a cultivos agrícolas de secano. No obstante, los cultivos herbáceos representan hábitats propios de aves esteparias. Cabe destacar que todas las alternativas propuestas para la línea de evacuación, se sitúan sobre Zonas de Importancia del águila imperial ibérica y del buitre negro.
El promotor considera la alternativa 1 de la planta solar fotovoltaica y la alternativa A de la línea de evacuación como las más favorables en cuestiones técnicas, económicas y ambientales, al minimizarse los impactos por ser las alternativas con menor superficie de ocupación y menor longitud respectivamente, evitar las proximidades con carreteras y las zonas de policía de arroyos y compartir un tramo de la línea con otro promotor.
b) Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
b.1) Flora y vegetación. Hábitat de Interés Comunitario (HIC). El EsIA recoge varios HIC que han sido identificados en el área de estudio. En el borde oeste de la planta fotovoltaica se han encontrado pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi), considerados Hábitats de Interés Comunitario (1410). Dicho hábitat sigue presente a lo largo del trazado de la línea de evacuación, junto con Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (6220*), en el cruzamiento con la Cañada Real Segoviana, prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinio-Holoschoenion (6420) en los cruzamientos con el arroyo de Valdegollado el arroyo de los Fontarrones y un arroyo innominado y Bosque de galería de Salix alba y Populus alba (92A0), en el cruzamiento con el arroyo de Vallehermoso y con el Rio Guadarrama.
En la fase de construcción de la planta solar, el principal impacto ocasionado será la eliminación de la vegetación con la retirada de la cubierta vegetal existente con el objetivo de emplazar el campo solar y sus infraestructuras de evacuación. Respecto a la línea de evacuación, existen tramos que discurren sobre terrenos con arbolado donde podría ser necesaria la apertura de una calle para evitar riesgos de incendios y debido a la extensión de la línea, este impacto será significativo. A su vez, la línea de evacuación cruzará varios cursos fluviales con vegetación de ribera que conforman los Hábitats de Interés Comunitario anteriormente mencionados, pero el EsIA destaca que están suficientemente alejados, por lo que no se espera afección a la vegetación.
Como medidas de protección durante las fases de obra, explotación y desmantelamiento, el EsIA incluye una serie de medidas con objeto de disminuir las afecciones a la vegetación. El EsIA indica que se tendrán en cuenta las zonas ocupadas por los Pastizales salinos mediterráneos Juncetalia maritimi), considerados Hábitats de Interés Comunitario (1410), evitando su eliminación y asegurando el manteniendo de su función a lo largo de la vida útil de la planta solar.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa que la línea de evacuación en aéreo conlleva una importante afección al paisaje y a la vegetación natural que no está debidamente cuantificada. Este organismo considera que el proyecto en su conjunto, y la línea de evacuación en particular, en los términos que está planteado, no garantiza la conservación de los valores ambientales y recursos naturales de su competencia, en la ubicación donde se propone instalar y en su entorno próximo.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO indica que en el estudio de impacto ambiental no se ha incluido información específica sobre las características de los hábitats afectados como la composición florística o el estado de conservación de cada tesela ni se analizan los efectos potenciales indirectos del proyecto sobre los que se ubican en su entorno próximo.
b.2) Fauna. El área en el que se establece el proyecto presenta una elevada homogeneidad en sus características ambientales y en su capacidad de acogida para las comunidades faunísticas, las cuales están asociadas a campos de cultivos, bosques, cauces y zonas húmedas.
El promotor informa de que, de acuerdo con la información más actualizada de los Atlas de Vertebrados de España (peces, anfibios y reptiles, aves y mamíferos) y la consulta realizada al portal de datos de biodiversidad del Sistema Global de Información sobre Biodiversidad, así como censos de campo, en la cuadrícula UTM 30TVK23 de 10 x 10 km que abarca el ámbito de estudio, se han encontrado noventa y seis especies: Dos de anfibios, siete de reptiles, ochenta y una de aves y seis de mamíferos. De la misma manera, se evalúa la fauna encontrada a lo largo de la línea de evacuación, se pueden encontrar ciento ochenta y nueve especies: Siete de anfibios, ciento veintiocho de aves, veintiuna de mamíferos, catorce de peces continentales y siete invertebrados.
Entre las comunidades de especies observadas destacan entre los mamíferos el zorro rojo (Vulpes vulpes), ratón de campo (Apodemus sylvaticus), liebre ibérica (Lepus granatensis), lirón careto (Eliomys quercinus), el conejo (Oryctolagus cuniculus), ratón moruno (Mus spretus), topillo mediterráneo (Microtus duodecimcostatus), comadreja (Mustela nivalis), gineta (Genetta genetta), meloncillo (Herpestes ichneumon), además de nutria (Lutrinae) y rata de agua (Arvicola sapidus). En relación con los reptiles se ha identificado la presencia de culebra de herradura (Hemorrhois hippocrepis), salamanquesa común (Tarentola mauritanica), lagartija andaluza (Podarcis vaucheri), lagartija colilarga (Psammodromus algirus), culebra escalera (Zamenis scalaris), galápago leproso (Mauremys leprosa) y la culebra viperina (Natrix maura). Entre los anfibios, las especies identificadas en el ámbito de estudio han sido los sapillos pintojos meridional (Discoglossus jeanneae) e ibérico (Discoglossus galganoi), y el sapo corredor (Epidalea calamita).
Respecto a las aves esteparias, de las doce especies detectadas, diez son residentes, una invernante y una estival. Destaca la presencia de sisón (Tetrax tetrax), ganga ibérica (Pterocles alchata), avutarda euroasiática (Otis tarda), aguilucho cenizo (Circus pygargus) y aguilucho pálido (Circus cyaneus). El mayor número de observaciones de aves esteparias tiene lugar en la mitad este del área de estudio. Se han delimitado como Zona de Importancia aquellas áreas ocupadas por aves esteparias presentes en los entornos inmediatos a las plantas fotovoltaicas. El EsIA descarta la presencia de lek, nidificación o zonas de cría de especies sensibles, sin embargo, los campos de cultivo extensivos de secano de Castilla La Mancha constituyen las áreas de distribución más amplias y continuas en la península ibérica para las avutardas, especie catalogada como «Vulnerable» y con una abundancia de individuos del 20 % del total. Respecto al sisón, Castilla La Mancha también se considera la comunidad autónoma más importante tanto en área de distribución, como en población total y en densidades de machos reproductores del conjunto de España, siendo esta especie catalogada como «Vulnerable» en el catálogo regional de Castilla-La Mancha y como «En Peligro de Extinción» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Sobre aves rapaces y necrófagas, entre el total de especies destaca el águila imperial ibérica (Aquila adalberti) y el buitre negro (Aegypius monachus) por su valor de conservación, el milano real (Milvus milvus) y busardo ratonero (Buteo buteo) por el número de observaciones. El cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), cernícalo primilla (Falco naumanni), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus) y milano negro (Milvus migrans) cuentan con observaciones constantes en toda el área de estudio. También se ha registrado la presencia del águila calzada (Hieraaetus pennatus), y culebrera europea (Circaetus gallicus), durante el periodo de reproducción, águila perdicera (Aquila fasciata), buitre leonado (Gyps fulvus), y alimoche (Neophron percnopterus).
El EsIA indica que área de implantación de la línea de evacuación en su totalidad, se asienta sobre Zonas de Importancia de águila imperial ibérica y de buitre negro. El águila imperial es una especie incluida dentro del Catálogo Español de Especies Amenazadas y en el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla La Mancha en la categoría «En peligro de extinción», por ello en septiembre de 2003 fue aprobado en Castilla La Mancha el Plan de recuperación esta especie, en el que se declaran como zonas sensibles las áreas críticas para la supervivencia de la especie en esa Comunidad, Decreto 275/2003, de 9 de septiembre. La planta fotovoltaica se ubica fuera de esta área, pero colindante. Próximo al último tramo de la línea de evacuación se sitúa el Área de Dispersión del águila perdicera y Área Crítica del águila imperial Ibérica, lo cual se confirma con los avistamientos obtenidos durante los trabajos de campo, donde la observación de ejemplares sobrevolando la zona en busca de presas ha sido continua. Durante los trabajos de campo, se han localizado restos de un nido de águila imperial ibérica sobre un álamo negro (Populus nigra). No obstante, no se observó ningún ejemplar dentro del entorno próximo de las alternativas de implantación.
Respecto al buitre negro, también es una especie incluida en el Catálogo Español de Especies Amenazadas y en Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha en la categoría «Vulnerable». En el año 2003, también fue aprobado el Plan de recuperación del buitre negro, en el que se declaran como zonas sensibles las áreas críticas para la supervivencia de la especie en esa comunidad según el Decreto 275/2003, de 9 de septiembre en Castilla-La Mancha. Durante los trabajos de campo, el promotor indica que han sido escasos los avistamientos y su comportamiento predominante ha sido de paso por la zona en vuelos rectilíneos, de prospección o desplazamiento y alimentación.
Respecto a las aves nocturnas, fue detectada la presencia de autillo europeo (Otus scops), búho campestre (Asio flammeus), búho chico (Asio otus) en una ocasión, búho real (Bubo bubo) en dos ocasiones y mochuelo europeo (Athene noctua) hasta en diez, debido a que esta especie se puede detectar durante el día.
En cuanto a quirópteros, las especies Pipistrellus pygmaeus y Pipistrellus pipistrellus son la que han tenido una mayor representatividad, con 2.730 y 1.550 registros, respectivamente. A bastante distancia le siguen el Pipistrellus kuhlii (196 registros), Miniopterus schreibersii (113), Nyctalus noctula (111) y Tadarida teniotis (110). Las especies del género Rhinolophus, Nyctalus, Plecotus, Eptesicus, Hypsugo y Myotis aparecen de manera muy puntual, casi testimonial.
Según el EsIA, en fase de construcción el principal impacto sobre la fauna será la ocupación de terrenos. La presencia de maquinaria de obra, el polvo, el ruido, los reflejos de superficies metálicas y el tránsito de personas podría provocar la huida de especies. Sin embargo, desde el punto de vista del campeo de las aves, estas podrían desplazarse a zonas igualmente querenciosas para la alimentación, localizadas en el entorno de la actuación. Dada la extensión de la afección y a la presencia de especies protegidas, el promotor lo considera un impacto Moderado.
Durante la fase de explotación, según el EsIA. se produce el impacto más significativo sobre la avifauna, en el área del trazado de la línea de evacuación por el riesgo de sufrir colisiones y electrocuciones. Puesto que el ámbito de estudio afecta a áreas prioritarias para la avifauna, la afección puede ser significativa, aunque se adoptarán las medidas de protección de avifauna pertinentes para minimizar los riesgos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa, en relación al estudio de avifauna realizado, que, según la distribución de los transectos y los puntos de observación, el esfuerzo de muestreo para el trazado de la línea de evacuación ha sido insuficiente. Este organismo señala que, entre las especies «objetivo» no se hace mención al águila imperial ibérica con una importante población en la provincia y en varios territorios afectados por la línea de evacuación. Igualmente, aunque el estudio indica la presencia de aves esteparias como la avutarda y el sisón principalmente, no se han aportado datos cuantitativos sobre el tamaño poblacional, ni se ha valorado la disponibilidad de hábitat en la zona de influencia. Este organismo, considera insuficiente el estudio de sinergias aportado al no realizar una valoración de posibles impactos sobre el hábitat estepario, vegetación o fauna, derivados de la proliferación de líneas de evacuación existentes; además, el EsIA tampoco plantea medidas concretas para la mejora de este hábitat, teniendo en cuenta que, la línea de evacuación de 220 kV atraviesa zonas de alto valor ambiental para avifauna esteparia, que han motivado la propuesta de nueva ZEPA esteparia en parte de la zona afectada, y el conector de hábitat potencial favorable considerado por el Servicio Provincial de Toledo a partir de los datos disponibles de fauna esteparia. El trazado de la línea atraviesa la zona de exclusión de 1.500 m de dos nidos de águila imperial ibérica. En concreto, para uno de ellos, la línea de evacuación pasa a una distancia de 200 m del mismo.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha determina que la línea de evacuación en aéreo no se considera viable. Su elevada longitud, 38 km hasta Prado Gris, es indicativa de la no sostenibilidad ambiental del proyecto, por lo que propone el soterrado de la línea de evacuación para al menos los tramos que transcurren por la zona propuesta de ZEPA, el corredor de hábitat potencial favorable y los buffers de nido de águila imperial ibérica de 1500 m.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha considera viable la planta fotovoltaica Toledo Solar por separado, y compatible con la conservación de los valores ambientales en la zona en la que se ubica con la aplicación de medidas compensatoria adecuadas de mejora de hábitat estepario en proporción 1:1 ha. Las medidas propuestas por el promotor no se consideran suficientes ni adecuadas y se estima necesaria una compensación económica anual equivalente a la corrección de 2 apoyos por kilómetro de línea de evacuación.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO alega que la configuración del paisaje de la zona determina que en el territorio donde se ubica la planta fotovoltaica y su infraestructura de evacuación sean importantes áreas de alimentación para muchas especies de rapaces que crían en ambientes forestales cercanos. Por ello, esta presencia de rapaces determina que parte de la zona que atraviesa la línea eléctrica esté considerada como zona de importancia para aves entre las que destacan el águila imperial ibérica y buitre negro. A su vez, destaca la gran importancia de la zona del proyecto para las aves esteparias, concretamente por la presencia de aguilucho cenizo y sisón, constituyendo la comarca de La Sagra uno de los enclaves de mayor valor para estas aves en Castilla-La Mancha.
Entre los principales efectos del proyecto sobre las distintas comunidades de aves, la misma Subdirección General destaca la pérdida de hábitat por la ocupación del territorio, el riesgo de colisión por el tendido eléctrico y las molestias que podrían ocasionarse en fase de ejecución en las áreas de reproducción o invernada de las distintas especies. Concluye que se han infravalorado los efectos negativos sobre dichas especies y que, según los criterios manejados por dicha subdirección general, el proyecto se plantea en una ubicación comprometida en lo que se refiere a la conservación de las especies esteparias amenazadas por lo que recomienda buscar una ubicación alternativa o, acometer los estudios que demuestren, de manera fehaciente, que el proyecto no afectaría a las poblaciones de aves esteparias amenazadas presentes en la zona.
La Asociación ecologista La Avutarda Dientes de Sable, por su parte, alega que, el estudio de impacto ambiental no evalúa de manera real los efectos acumulativos que amenazan a los espacios protegidos de la comarca, y destaca que la implantación de la plata solar fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación impactan de manera crítica sobre núcleos reproductores de avutarda común de Numancia de la Sagra-Alameda de la Sagra, Lominchar, Chozas de Canales, Casarrubios del Monte, La Torre de Esteban Hambrán y Méntrida entre otros, señalando, además, un escaso rigor científico en el estudio de campo realizado. Asimismo, determina que el proyecto supondrá un impacto crítico para el caso del sisón común.
El promotor ha contestado considerando que el proyecto no repercutirá de forma significativa sobre las especies amenazadas, puesto que las especies presentes en el ámbito del proyecto tienen una alta capacidad de adaptación frente a las nuevas condiciones generadas tras su construcción. Por lo que no habrá una afección significativa sobre la fauna en general, ni sobre los núcleos reproductores de avutardas, sisón común, o aguilucho cenizo.
En relación a la posibilidad de soterramiento de la línea eléctrica propuesta por el organismo competente en biodiversidad de Castilla-La Mancha, el promotor comunica que no sería asumible por no ser económicamente viable y propone mantener el trazado original aéreo, incluyendo las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas de alta tensión, establecidas en el artículo 5 del Decreto 5/1999, por el que se establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas en alta tensión y líneas aéreas en baja tensión con fines de protección de la avifauna. Igualmente considera excesivas las medidas compensatorias para la planta fotovoltaica en la proporción 1:1, proponiendo la proporción 1:0,5 y se opone la compensación anual equivalente a la corrección de 2 apoyos por kilómetro de línea.
b.3) Red Natura 2000. En relación a la afección a la Red Natura 2000, cabe destacar que ninguna de las infraestructuras del proyecto Toledo Solar, afecta directamente a ningún espacio natural protegido. No obstante, próximo al tramo final de la línea de evacuación se sitúa la ZEPA «Sierra de San Vicente y Valles del Tiétar y Alberche» (ES4250001). También destaca la presencia del área de importancia para las aves (Programa IBA de SeoBirdLife) «El Escorial-San Martín de Valdeiglesias» (código 70), situada a unos 2 km al oeste del último tramo de la línea de evacuación.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corrobora que no existe afección alguna a espacios naturales protegidos, ni espacios recogidos en la Red Natura 2000, tampoco a Elementos Geomorfológicos de Protección Especial ni Hábitats de Protección Especial. Sin embargo, de nuevo señala que la línea de evacuación atraviesa una zona esteparia propuesta para ser catalogada como ZEPA.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de MITECO destaca que en el estudio de impacto ambiental se ha considerado que no se generarán efectos negativos sobre la ZEPA «Sierra de San Vicente y valles del Tiétar y Alberche» pero considera deberían haberse valorado de forma específica los efectos negativos potenciales sobre las aves rapaces de gran capacidad de movimiento que alberga este espacio, puesto que la presencia del tendido eléctrico podría repercutir en sus poblaciones por el riesgo de colisión. Además, indica que el EsIA no incluye información específica de las características de los hábitats afectados, composición florística o el estado de conservación de cada tesela y los efectos potenciales indirectos del proyecto sobre los que se ubican en su entorno próximo.
Por su parte, la asociación ecologista Avutarda Dientes de Sable alega que el estudio de impacto ambiental no evalúa de manera real los efectos acumulativos que amenazan a los espacios protegidos de la comarca, especialmente a la ZEPA «Área Esteparia de la Margen Derecha del Río Guadarrama» y la IBA 393 «Torrejón de Velasco-Secanos de Valdemoro».
El promotor considera en su contestación que no se producirá afección significativa sobre los espacios de la Red Natura 2000 por la lejanía a los espacios naturales protegidos y que, además, se fomentan los corredores ecológicos naturales y se permite el libre tránsito de la fauna.
c) Valoración del órgano ambiental. Tras el análisis técnico del proyecto, este órgano ambiental considera que la ubicación elegida presenta una elevada biodiversidad y densidad de aves rapaces y esteparias, tal y como ha quedado recogido en los apartados correspondientes de la resolución. Estos factores ambientales, determinantes sobre la viabilidad ambiental del proyecto, no han sido adecuadamente considerados en la selección del emplazamiento.
En este sentido, el organismo competente en biodiversidad de Castilla-La Mancha ha informado que la construcción de la línea de evacuación de 38 km se aparta por completo de los criterios de sostenibilidad ambiental pues además atraviesa en su totalidad una zona de importancia de águila imperial, y buitre negro, además de una zona propuesta para ser declarada ZEPA, un conector de hábitat potencial favorable para la avifauna esteparia, y presenta en su trayectoria dos nidos de águila imperial a menos de 1.500 m.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO considera que el proyecto se ha planteado en una ubicación comprometida en lo que se refiere a la conservación de aves esteparias y alerta de que la presencia del tendido eléctrico podría repercutir en las poblaciones de aves rapaces albergadas por la ZEPA «Sierra de San Vicente y valles del Tietar y Alberche» debido a su gran capacidad de movimiento.
Esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental destaca que el riesgo de colisión generado por la línea eléctrica de evacuación aérea sobre la avifauna es relevante, teniendo en cuenta la presencia en la zona de especies amenazadas, como el águila imperial ibérica, cuyos nidos han sido detectados muy próximos a la misma. Por tanto, este órgano ambiental considera que no cuenta con garantías suficientes para afirmar que el diseño de la infraestructura de evacuación planteado no supondrá un impacto significativo y severo sobre las poblaciones de avifauna que nidifican y/o campean en la zona de implantación y el ámbito de estudio, a pesar de las medidas propuestas. Por ello, ante la imposibilidad de descartar y cuantificar afecciones a especies protegidas, y teniendo en cuenta que el principio de precaución debe regir en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, este órgano ambiental informa desfavorablemente sobre el trazado aéreo de la infraestructura de evacuación del proyecto. Se recalca que el soterramiento de la línea ha sido descartado por el promotor por su elevado coste por lo que esta decisión supone la imposibilidad de evacuar la energía generada por la planta solar.
Por todo ello, este órgano ambiental concluye que el proyecto de «Toledo Solar» y su infraestructura de evacuación, en su conjunto y configuración actual, no resulta ambientalmente viable debido a los impactos ambientales severos provocados a lo largo del trazado de la línea de evacuación, que no serán mitigados con las medidas propuestas. No obstante, la planta fotovoltaica, podría resultar ambientalmente viable, si en un futuro se encuentra una solución adecuada a la evacuación de su energía.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j) del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: El documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable al proyecto «Toledo Solar de 54 MWp», concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de Evaluación Ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado 41 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al ato por el que se autoriza el proyecto.
Madrid, 15 de junio de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.
Consultados | Contestación |
---|---|
Administración Estatal | |
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | Sí |
Confederación Hidrográfica del Tajo. Servicio de estudios medioambientales. | Sí |
Confederación Hidrográfica del Tajo. Gestión del dominio público hidráulico. | No |
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). | Sí |
Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. | Sí |
Administración Autonómica | |
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha. Dirección General de Medio. Natural y Biodiversidad. |
Sí |
Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla La Mancha. Dirección General de Desarrollo Rural. | Sí |
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha. Dirección General de Economía circular. | Sí |
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha. Delegación. Provincial de Toledo. Protección Ciudadana. |
Sí |
Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha. Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. | Sí |
Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha. Dirección General de Salud Pública. | Sí |
Oficina de Cambio Climático de Castilla-La Mancha. | |
Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha. Dirección General de Carreteras. | Sí |
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha. Dirección General de Transición Energética. | Sí |
Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha. | Sí |
Diputación Provincial de Toledo. | Sí |
Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Toledo. Servicio de Cultura. | Sí |
Administración Local | |
Ayuntamiento de Yuncos. | Sí |
Ayuntamiento de Méntrida. | Sí |
Ayuntamiento de Camarena. | >Sí |
Ayuntamiento de Palomeque. | Sí |
Ayuntamiento de Lominchar. | >Sí |
Ayuntamiento de Cedillo del Condado. | No |
Ayuntamiento de Chozas de Canales. | No |
Ayuntamiento de La Torre de Esteban Hambrán. | No |
Ayuntamiento de Las Ventas de Retamosa. | No |
Ayuntamiento de Numancia de la Sagra. | No |
Ayuntamiento de Casarrubios del Monte. | No |
Entidades públicas y privadas | |
Telefónica de España, SAU. | Sí |
Enagás, SAU. | Sí |
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). | Sí |
UFD Distribución Electricidad, SA. | No |
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SA. | No |
Exolum Corporation, SA. | No |
Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, SA (Acuaes). | Sí |
Red Eléctrica de España, SA. (REE). | Sí |
Durante la información pública, se reciben alegaciones de la asociación ecologista Avutarda Dientes de Sable y de seis particulares.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid