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Documento BOE-A-2023-15700

Resolución de 29 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, por la que se publica, para la determinación del dispositivo que integra el sistema operativo sanitario durante el periodo de la Presidencia Española de la Unión Europea, la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad de Madrid, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2023, páginas 93947 a 93949 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-2023-15700

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria General de la Presidencia del Gobierno y el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid han suscrito una adenda de modificación al Convenio para la asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios para la determinación del dispositivo que integra el sistema operativo sanitario durante el periodo de la Presidencia Española de la Unión Europea.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de junio de 2023.–La Secretaria General de Presidencia del Gobierno, Judit Alexandra González Pedraz.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios para la determinación del dispositivo que integra el sistema operativo sanitario durante el periodo de la Presidencia Española de la Unión Europea

27 de junio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Judit Alexandra González Pedraz, Secretaria General de la Presidencia del Gobierno, en virtud de Real Decreto 219/2023, de 28 de marzo, por el que se efectúa su nombramiento, en el ejercicio de la competencia delegada en el apartado sexto 5 de la Orden PCM/318/2022, de 11 de abril, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.

Y de otra, don Enrique Ruiz Escudero, Excmo. señor Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrado para dicho cargo por el Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41 a) de la de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid así como de la delegación efectuada mediante Decreto 37/2023, de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se delega en el Excmo. señor Consejero de Sanidad, la firma de la adenda de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros Altos Dignatarios para la determinación del dispositivo que integra el sistema operativo sanitario durante el periodo de la presidencia española de la unión europea 2023.

Reconociéndose ambas partes capacidad para suscribir la presente Adenda

EXPONEN

Primero.

Que con fecha de 24 de agosto de 2018 se suscribió un Convenio entre el antiguo Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros Altos Dignatarios, con vigencia hasta el 30 de junio de 2021.

Que, con fecha 30 de junio de 2021, se suscribió la Adenda de modificación y prórroga de dicho Convenio con vigencia hasta el 30 de junio de 2023.

Que, se ha suscribió una segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio, con vigencia hasta el 30 de junio de 2025.

Segundo.

Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando necesario modificar, para garantizar la adecuada cobertura del dispositivo sanitario, y con carácter temporal la «composición del operativo sanitario» previsto en el Convenio, desde el 1 de julio de 2023 a 31 de diciembre de 2023, con ocasión de la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea, quedando el resto de cláusulas, inalteradas, y que se mantienen, por tanto, con las modificaciones introducidas y aprobadas por las dos adendas anteriores.

De conformidad con lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación del Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del Convenio.

Uno. El tercer guion de la cláusula tercera «Composición del Sistema Operativo Sanitario» queda redactado como sigue:

«Exclusivamente y durante el periodo comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre de 2023, correspondiente con la presidencia española de la Unión Europea, el Sistema Operativo Sanitario se incrementará en dos médicos y dos graduados en enfermería, pasando a ser en este periodo de:

– Nueve médicos.

– Once graduados universitarios en enfermería, de los cuales, uno ostentará la condición de supervisor de área, y los diez restantes la de enfermeros/as de unidades especiales, que se integran en el Grupo Operativo Sanitario con dedicación exclusiva.»

Esta modificación no supone ningún incremento de coste para el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Segunda. Eficacia y Publicidad.

Esta adenda se perfecciona con la firma, tendrá eficacia a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», y se hará pública a través del Portal de la Transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Tercera. Régimen Jurídico.

La presente Adenda de modificación queda sometida al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo sexto del título preliminar –artículos 47 a 53– de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento en la fecha señalada en las firmas.–La Secretaria General de la Presidencia del Gobierno, Judit Alexandra González Pedraz.–El Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero.

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