El 3 de noviembre de 1981, por Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, se acuerda tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la Plaza de España, en Sevilla.
La Plaza de España es la edificación de mayor envergadura de cuantas fueron construidas con ocasión de la Exposición Iberoamericana de 1929. El trazado inicial de la Plaza se genera como consecuencia del concurso de anteproyectos celebrado en 1911, del que salió elegida la propuesta presentada por el arquitecto Aníbal González. En el proyecto original de 1914, la Plaza de España, aparece planteada como un espacio que cierra la futura Exposición Iberoamericana hacia el este, creando un gran espacio abierto, con la presencia de un estanque, que se orienta y se abre hacia el Parque de María Luisa.
Se trata de una composición semicircular de edificios que abraza una enorme plaza de titularidad municipal. El espacio libre que ocupa la plaza es de grandes dimensiones, 230 m de diámetro interior entre las dos torres, y su forma simboliza el abrazo de España a sus antiguos territorios americanos, mirando hacia el río Guadalquivir, como camino a seguir hacia América.
Los edificios de la Plaza de España, que se encuentran ubicados en el municipio de Sevilla, son hoy sede de distintos servicios públicos gestionados por la Administración General del Estado.
Estos edificios son a su vez un elemento integrante del patrimonio histórico español, como inmueble de interés histórico y artístico, según lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.b) y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la incoación y tramitación del expediente, dado que los edificios de la Plaza de España, en el término municipal de Sevilla, están adscritos a varios servicios públicos de titularidad y gestión estatal, concretamente, a la Delegación del Gobierno en Andalucía del Ministerio de Política Territorial, y al Ministerio de Defensa.
La tramitación del citado expediente, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado 1, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico, el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional, aprobado por Decreto del 16 de abril de 1936, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria sexta.1 y los artículos 6.b) y 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de julio de 2023,
DISPONGO:
Se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, a los edificios de la Plaza de España en Sevilla.
Los edificios objeto de esta declaración tienen estructura de pabellón, adaptando su geometría a la curvatura circular de la plaza que los alberga, terminando en sus extremos con dos torres, norte y sur, de 74 m de altura. El pabellón configura su fachada interior mediante una logia elevada formada por una arquería de medio punto y dobles columnillas de apoyo. Esta logia, además de dar acceso a los edificios, permite un recorrido perimetral que complementa perfectamente el central de la explanada, y que repite el paseo por las estancias abiertas de las provincias al exterior. En el centro del trazado aparece el edificio de mayores dimensiones, único cuerpo que destaca por su volumetría en la fachada trasera y que, en la frontal, genera una estructura de tres plantas, que queda dominada por un conjunto de arquerías superpuestas.
En el espacio libre que ocupa la plaza, un paseo de 35 metros de ancho que se separa de los pabellones por un muro revestido de azulejos, rematado por una balaustrada. A este muro se yuxtaponen pequeñas estancias, con 48 bancos adosados a la fachada y dedicados a las provincias españolas, que muestran los respectivos planos provinciales en azulejos, así como alguna escena propia de su historia local. Paralelo a los edificios y manteniendo su trazado curvo, aparece el estanque de la plaza, en forma de canal curvo, cerrando por el lado abierto con un brazo rectilíneo, que se interrumpe en el eje central para dejar paso al interior de la plaza.
En su trazado se inscribe un canal que recorre 510 m y es atravesado por cuatro puentes, denominados de Castilla, León, Aragón y Navarra. Esta planta responde de forma muy cercana al esquema formal del tipo de villa Palladiana.
En conjunto, el edificio y la plaza enfrentan a un ejercicio de interpretación del clasicismo español, ejecutado fundamentalmente en ladrillo, cubierto a dos aguas con teja árabe o con cubierta de pabellón en el cuerpo representativo. La atención al detalle se demuestra en los artesonados, azulejería, balaustres y cuantos detalles constituyen sus arcos, capiteles y cornisas. Su escala y destacada presencia en el atractivo entorno del Parque de María Luisa, ha convertido a la Plaza de España en referencia principal e indiscutible del regionalismo sevillano.
La construcción está realizada con ladrillo visto y cuenta con una amplia decoración de cerámica. La galería de la plaza está sostenida con columnas de mármol y sus techos cuentan con artesonados. Los medallones con caras de españoles ilustres, así como las columnas marmóreas y los artesonados dan al conjunto un ambiente renacentista.
Los detalles a destacar de la obra son sus múltiples relieves realizados todos por el escultor Pedro Navia, pudiéndose contemplar: seis ventanas renacentistas, el escudo de Sevilla, adornando la puerta de Navarra y Aragón; las 24 águilas imperiales con el escudo de Carlos I; los 48 medallones con el busto de españoles ilustres sobre cada arco que comprende cada provincia y los cuatro heraldos, de tres metros de altura, que representan a los antiguos reinos, y flanquean las dos torres que encuadran el palacio situado en el paseo superior del recinto.
La cerámica plana policromada de las escenas históricas de todas las provincias de España, representadas en los bancos de la Plaza suponen una riqueza añadida al monumento y cuentan por sí mismas con entidad suficiente para funcionar como museo al aire libre.
Resumiendo, el conjunto de la Plaza de España queda conformado por dos grandes soportes estructurales, la gran edificación circular, generada con los dos grandes pabellones semicirculares que terminan en sendas torres, objeto de esta declaración como monumento con un superficie de 19.945,24 m2 y el espacio vacío que genera su propio desarrollo a modo de plaza de titularidad y gestión municipal, que forma parte del entorno de protección del monumento a declarar, en el que se incluye los 48 bancos adosados, el canal que contiene los 4 puentes que representan los 4 antiguos reinos de España (León, Castilla, Aragón y Navarra) y la fuente central, obra de Vicente Traver, así como los espacios que se corresponden con acerados exteriores al recinto y que forma parte del viario de titularidad municipal. Todo ello se inscribe dentro del área de protección georreferenciada de 67.699 m2.
La delimitación de la declaración como Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento se ajusta al trazado de los edificios descritos en el artículo anterior, respondiendo en su planta a un trazado que se genera por 73 puntos georreferenciados mediante coordenadas UTM siguiendo el Sistema ETRS89 y huso 30 que son las siguientes:
Coordenada X | Coordenada Y |
---|---|
235680,65 | 4140946,89 |
235656,89 | 4140936,16 |
235661,29 | 4140925,01 |
235663,44 | 4140921,39 |
235667,54 | 4140912,03 |
235669,19 | 4140907,95 |
235658,22 | 4140903,09 |
235656,33 | 4140907,29 |
235643,46 | 4140901,44 |
235646,09 | 4140879,33 |
235646,90 | 4140855,87 |
235643,76 | 4140832,68 |
235634,10 | 4140801,61 |
235625,24 | 4140784,61 |
235607,55 | 4140763,03 |
235571,85 | 4140735,75 |
235552,29 | 4140726,18 |
235553,96 | 4140726,10 |
235556,57 | 4140718,83 |
235551,40 | 4140716,98 |
235536,92 | 4140710,33 |
235531,86 | 4140708,12 |
235529,88 | 4140713,28 |
235521,74 | 4140730,23 |
235519,65 | 4140735,50 |
235522,65 | 4140736,99 |
235510,98 | 4140762,70 |
235529,55 | 4140771,11 |
235537,80 | 4140753,56 |
235539,47 | 4140753,75 |
235541,37 | 4140750,13 |
235564,94 | 4140762,06 |
235601,48 | 4140797,13 |
235598,67 | 4140798,64 |
235607,16 | 4140815,18 |
235610,08 | 4140813,55 |
235620,17 | 4140857,32 |
235618,59 | 4140890,71 |
235615,10 | 4140889,28 |
235603,65 | 4140918,17 |
235581,94 | 4140908,44 |
235575,44 | 4140924,75 |
235596,43 | 4140934,27 |
235584,94 | 4140961,98 |
235559,19 | 4140989,91 |
235524,15 | 4141009,49 |
235523,43 | 4141005,60 |
235504,90 | 4141009,86 |
235506,21 | 4141013,96 |
235465,75 | 4141012,76 |
235430,64 | 4141000,25 |
235432,52 | 4140995,93 |
235437,99 | 4140976,93 |
235419,78 | 4140969,11 |
235409,50 | 4140986,01 |
235412,03 | 4140986,99 |
235393,26 | 4141021,45 |
235417,02 | 4141032,06 |
235419,59 | 4141026,65 |
235435,38 | 4141029,94 |
235484,12 | 4141040,82 |
235512,25 | 4141039,34 |
235530,18 | 4141034,87 |
235568,91 | 4141015,05 |
235610,98 | 4140973,11 |
235624,85 | 4140979,42 |
235623,06 | 4140983,15 |
235634,04 | 4140988,13 |
235640,18 | 4140975,62 |
235646,00 | 4140960,16 |
235670,25 | 4140971,35 |
235675,81 | 4140974,37 |
235686,67 | 4140949,17 |
El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural.
La singularidad de la Plaza de España (edificios y espacios libres), está íntimamente asociada al Parque de María Luisa, y la importancia de una obra de sus características, debe quedar debidamente protegida mediante un entorno adecuado.
La delimitación del entorno afectado por esta declaración incluye los espacios libres que ocupa la plaza donde se encuentra la fuente central, el canal que contiene los 4 puentes que lo cruzan, los 48 bancos adosados y los viarios aledaños al inmueble.
Este entorno de protección se inscribe dentro de la delimitación del Bien de Interés Cultural «Parque de María Luisa», declarado jardín artístico mediante Real Decreto 1926/1983, de 1 de junio, por el que se declara jardín artístico el Parque de María Luisa en Sevilla.
La definición de la delimitación del entorno de protección de los edificios de la Plaza de España se adapta a la manzana en el que se ubican, generando a su alrededor un espacio de protección paralelo a su propio trazado.
Su límite este parte de la confluencia de la Avenida de Isabel la Católica con la Avenida Gran Capitán para continuar, en un trazado curvo, por la Avenida Gran Capitán a lo largo de 160 m; desde aquí continua para conformar su límite este, en línea recta y paralelo a la Avenida de Portugal, a lo largo de 165 m. Continúa, cerrando el cuerpo central, a lo largo de 60 m, por la plaza del Ejército Español, en dirección sur hasta la continuidad de la plaza anterior, a lo largo de un trazado en línea recta de 185 m, que continua en un trazado curvo, paralelo a la calle de servicio que une la plaza del Ejército Español con la Avenida de Isabel la Católica, a lo largo de otros 160 m en la esquina de la acera de la torre norte con la propia avenida. El entorno queda cerrado, finalmente, en su límite oeste por una línea recta de 355 m, paralela a la Avenida de Isabel la Católica.
La zona delimitada del entorno de protección tiene una superficie total de 67.699 m², mientras que la parcela catastral alcanza los 59.153,96 m². La diferencia de superficie afectada corresponde a viales y espacios libres, arrojando un área de 8.545,04 m², espacio que se corresponde con acerados exteriores al recinto y que forma parte del viario de titularidad municipal.
La delimitación del entorno de protección de los edificios de la Plaza de España queda establecida por un área definida por las siguientes coordenadas U.T.M. (Sistema ETRS89 huso 30):
Coordenada X | Coordenada Y |
---|---|
235.385 | 4.141.023 |
235.435 | 4.141.043 |
235.454 | 4.141.050 |
235.476 | 4.141.052 |
235.497 | 4.141.054 |
235.515 | 4.141.053 |
235.533 | 4.141.047 |
235.685 | 4.140.992 |
235.707 | 4.140.942 |
235.645 | 4.140.795 |
235.636 | 4.140.779 |
235.626 | 4.140.763 |
235.612 | 4.140.748 |
235.595 | 4.140.733 |
235.578 | 4.140.723 |
235.530 | 4.140.701 |
La descripción complementaria del Monumento a que se refiere el presente real decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en los planos y demás documentación que obran en el expediente.
Las posibles actuaciones que se realicen en el edificio de la Plaza de España y su entorno de protección han de respetar las competencias previstas tanto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, respecto de los cometidos que sean necesarios para el cumplimiento de las misiones que se asignan a las Fuerzas Armadas, como en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional. A tal fin, el Ministerio de Cultura y Deporte y el Ministerio de Defensa colaborarán recíprocamente para la eficaz gestión y utilización de los bienes y derechos afectados a la Defensa Nacional e integrados en el edificio y entorno de protección objeto de declaración.
La Declaración de Bien de Interés Cultural tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 4 de julio de 2023.
FELIPE R.
El Ministro de Cultura y Deporte,
MIQUEL OCTAVI ICETA I LLORENS
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid