En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga al Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de su Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, para que personas becadas por la Comunidad Autónoma de Galicia completen su formación en las Unidades de Cooperación en el Exterior, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 31 de octubre de 2023.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
REUNIDOS
De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, nombrada Secretaria de Estado de Cooperación Internacional por Real Decreto 614/2021, de 20 de julio, en su calidad de Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, la AECID), en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11.2.e) del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1403/2007, de 23 de octubre.
De otra parte, don Diego Calvo Pouso, Vicepresidente Primero y Consejero de Presidencia, Justicia y Deportes, actuando en nombre y representación de la Xunta de Galicia, en virtud del Decreto 65/2023, de 14 de junio, por el que se nombra Vicepresidente Primero y Consejero de Presidencia, Justicia y Deportes, en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia.
Las personas firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competente suficiente, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación para suscribir esta adenda de prórroga y, a tal efecto
EXPONEN
1. Que con fecha 15 de octubre de 2019 se firmó un convenio entre la AECID y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de su Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (actual Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes) para que personas becadas por la Comunidad Autónoma de Galicia completen su formación en las Unidades de Cooperación en el Exterior. El convenio fue inscrito en el Registro de convenios con fecha 28 de octubre de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, el 6 de noviembre de 2019.
2. Que como consecuencia de la suspensión de las prácticas de los becarios a causa de la pandemia denominada SARS-CoV-2 (COVID-19) y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del citado convenio, se llevó a cabo una adenda de modificación del convenio para que personas becadas por la Comunidad Autónoma de Galicia ampliasen ese año su formación en las Unidades de Cooperación en el Exterior, firmada el 11 de noviembre de 2020. La adenda fue inscrita con fecha 16 de noviembre de 2020 en el registro de convenios y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 3011, el 27 de noviembre de 2020.
3. Que el objetivo de este convenio es completar la formación académica de las personas tituladas académicas con estadías en la Unidades de Cooperación en el Exterior de la AECID, y que desde el momento de la firma del convenio, anualmente se han venido incorporando becarios de la Xunta de Galicia con regularidad a diversas Oficinas Técnicas de Cooperación en América Latina y África, actualmente denominadas Oficinas de Cooperación en el Exterior (OCE) desde la entrada en vigor de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, con un excelente aprovechamiento y a plena satisfacción de ambas partes.
4. Que, en consecuencia, con lo anterior, ambas partes han acordado prorrogar el convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
En virtud de lo dispuesto en la cláusula duodécima, el convenio queda prorrogado por cuatro años más.
La adenda, que se perfecciona a partir de la fecha en que se firme por las partes, resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal antes de la fecha de extinción del convenio, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda electrónicamente en la fecha de las firmas.–La Presidenta de la AECID, Pilar Cancela Rodríguez, a 27 de octubre de 2023.–El Vicepresidente primero y Consejero de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia, Diego Calvo Pouso, a 30 de octubre de 2023.
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