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Documento BOE-A-2023-25965

Resolución de 12 de diciembre de 2023, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Asociación Red de Conceptualismos del Sur, para la organización de proyectos culturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 21 de diciembre de 2023, páginas 169269 a 169277 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2023-25965

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Asociación Red de Conceptualismos del Sur, con fecha 12 de diciembre de 2023, han suscrito un convenio para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de diciembre de 2023.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Asociación Red de Conceptualismos del Sur para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales

En Madrid, a 12 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 240, de 5 de octubre), y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 86, de 6 de abril). En lo sucesivo, el MNCARS.

Y, de otra, doña Annabela Tournon, actuando en nombre y representación de la Asociación Red Conceptualismos del Sur (con SIREN: 814 503 108 y domicilio en 106 boulevard du Montparnasse, París, Francia), con capacidad suficiente para intervenir en el presente convenio, en su calidad de Representante de la misma, en uso de las facultades delegadas en su favor mediante poder de representación de fecha 1 noviembre de 2018. En lo sucesivo, RedCSur.

Ambas partes, en el carácter en que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio, y

EXPONEN

I. El MNCARS es un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura, entre cuyos objetivos se encuentra –conforme al artículo 3. a) de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, el de promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.

II. Para la consecución de este objetivo, el MNCARS desarrolla como actividades principales la exhibición ordenada de sus colecciones en condiciones adecuadas a su contemplación y estudio; el desarrollo de programas de exposiciones temporales de arte moderno y contemporáneo; la realización de actividades de divulgación, de formación, didácticas y de asesoramiento en relación con sus contenidos; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones culturales, nacionales o extranjeras, para favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos, y para la organización conjunta de proyectos culturales.

III. La RedCSur es una asociación sin ánimo de lucro registrada como tal en Francia, entre cuyos fines se encuentran el de generar investigaciones y desarrollar políticas de archivo y experimentos de reactivación de la memoria de experiencias sobre las prácticas «conceptuales‟ que tuvieron lugar en el territorio latinoamericano desde las décadas de los sesentas y los setentas hasta la actualidad; el de construir espacios para el intercambio, la discusión y la intervención política de aquellas investigaciones desarrolladas por los miembros de la Red y generar, a través de dichos espacios, sinergias con los ámbitos académicos e institucionales ya establecidos; el de promover y desarrollar propuestas éticas de políticas públicas y culturales internacionales relacionadas con el acervo material, económico, artístico y simbólico de América Latina; el de la promoción y el desarrollo de herramientas para la cooperación en redes. Para su consecución, la RedCSur puede realizar actividades tales como el desarrollo de proyectos de investigación crítica; la publicación de materiales; la organización de encuentros y seminarios internacionales; la organización de exposiciones y experimentos de reactivación de la memoria ligados con prácticas artísticas y activistas desde los años 1960-1970 hasta la actualidad; favorecer la institucionalización, materialización, puesta en valor, circulación, adquisición y patrimonialización de los archivos relacionados con las prácticas conceptuales de América Latina.

IV. Con el objetivo de promover la colaboración transversal con otras entidades culturales, el 6 de julio de 2023, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Asociación Red Conceptualismos del Sur suscribieron un Convenio para la planificación y ejecución conjunta de proyectos culturales (BOE de 17 de julio), a través del cual establecieron un marco general de colaboración para planificar y ejecutar conjuntamente dichos proyectos como contribución a la construcción de un nuevo paradigma institucional en el campo de la intervención cultural y la producción de pensamiento, arbitrándose iniciativas y actividades en el ámbito de las respectivas competencias de ambas partes.

V. La Cláusula Tercera del referido Convenio establece que «las partes no asumen en virtud del presente convenio compromisos económicos. La asunción de tales obligaciones económicas habrá de ser objeto de desarrollo y concreción ulterior por medio de Convenios específicos de ejecución, en los que se reflejarán pormenorizadamente las acciones concretas a desarrollar y los compromisos asumidos por las partes».

Por ello, en virtud de lo expuesto y dentro del referido marco de colaboración ya establecido por las partes, éstas acuerdan suscribir el presente Convenio Específico de ejecución para concretar las obligaciones respectivas y las aportaciones económicas que conllevan en relación con el desarrollo de una serie de programas culturales conjuntos, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente Convenio es concretar las actividades y los respectivos compromisos del MNCARS y de la RedCSur para el conjunto de una serie de programas culturales que se contemplan en la cláusula 2.1. del Convenio suscrito con fecha 6 de julio de 2023 entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Asociación Red Conceptualismos del Sur, para la planificación y ejecución conjunta de proyectos culturales; así como establecer los compromisos de tipo económico por cada una de las partes en relación con dichas actividades y compromisos.

Segunda. Compromisos del MNCARS.

2.1 En virtud del presente Convenio, el MNCARS asume las siguientes obligaciones con respecto a cada uno de los proyectos a desarrollar contenidos en la cláusula 2.1. del Convenio suscrito con fecha 6 de julio de 2023 entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Asociación Red Conceptualismos del Sur, para la planificación y ejecución conjunta de proyectos culturales:

2.1.1 Gestión de Archivos:

– Seguimiento y elaboración de informes de los proyectos de preservación, investigación y catalogación de los Archivos en uso: Archivo de Teatro Abierto (Argentina), Archivo Romero por venir (Argentina), Archivo Elena Lucca (Argentina), Archivo Guillermo Núñez (Chile), Archivo Kena Lorenzini (Chile), Archivo de visualidades y movilización social en México (México).

– Elaboración de contenidos de intercambios entre la RedCSur y el Departamento de Biblioteca y Documentación del MNCARS para la Digital del Reina/ Archivos en Uso.

– Elaboración de contenidos para el microsite Archivos del Común, con documentación sobre las 5 ediciones de dicho encuentro.

2.1.2 Exposiciones y actividades públicas:

– Elaboración de contenidos y de la programación de los encuentros «Archivos del Común V y VI», previstos para el último trimestre de 2023 en sede MNCARS (Auditorio 200) y para 2025, en sede Red Conceptualismos del Sur.

– Implicación de la RedCSur, desde la perspectiva latinoamericana, en el itinerario temático «The past in the present» del proyecto de L’Internationale Museum of the Commons y producción de materiales de trabajo y difusión.

2.1.3 Proyecto de Pedagogías críticas:

– Desarrollo de un programa sobre institucionalidad en diálogo con artistas, investigadores, y comunidades afines, conjuntamente con la RedCSur.

– Recopilación y revisión de las investigaciones realizadas por los diversos miembros de la RedCSur desde su creación.

– Elaboración de informes anuales con materiales de trabajo y de reflexión resultantes de las tareas desarrolladas conjuntamente.

2.1.4 Proyectos editoriales:

– Producción de contenidos para los proyectos editoriales «Archivos del Común V» y «Archivos del Común VI».

2.2 La estimación de los costes asumidos por el MNCARS en virtud de esta Cláusula se detalla en el Anexo (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto, su distribución por anualidades y su imputación al presupuesto correspondiente del MNCARS.

2.3 Autorización expresa de uso gratuito de espacio público del MNCARS para la celebración de los encuentros Archivos del Común V y VI»:

Conforme a lo previsto en el artículo 90.3 Ley 33/2003, de 3 de noviembre y en el artículo 6 de la Orden PRA/1194/2017, al tratarse de un uso esporádico el destinado a los encuentros «Archivos del Común V y V» previstos en la presente cláusula (2.1.2) y no derivarse para RedCSur un beneficio económico, el Director del MNCARS autoriza expresamente la utilización gratuita del espacio Edificio Nouvel, Auditorio 200 para la celebración de dichos encuentros como actividad objeto del Convenio. De acuerdo con el citado artículo 90.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, se detallan a continuación las condiciones de utilización, a título gratuito, del referido inmueble:

– El MNCARS se compromete a poner a disposición de RedCSur el espacio objeto de la presente autorización, en perfectas condiciones de funcionamiento, incluyendo los servicios de seguridad, información y limpieza.

– Dicha utilización comprenderá los momentos previos necesarios para el montaje y para los ensayos, en función de su disponibilidad.

– El horario acordado entre el MNCARS y RedCSur para el uso del espacio podrá ser variado en última instancia por el MNCARS, debido a circunstancias imprevisibles y de carácter excepcional.

– La utilización del espacio objeto de esta autorización se efectuará de forma que no afecte a la debida conservación de los fondos que alberga el MNCARS ni a sus instalaciones, ni impida el normal desarrollo y funcionamiento de las actividades del organismo. A tal efecto, RedCSur se compromete a cumplir las instrucciones que puntualmente le comunique el MNCARS.

– RedCSur será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal que se deriven de la contratación del personal que, en su caso, RedCSur realice para el desarrollo de la Actividad, eximiendo expresamente al MNCARS de toda responsabilidad derivada del incumplimiento de estas obligaciones. Asimismo, RedCSur será la entidad responsable de cumplir la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales respecto del personal y de los medios técnicos contratados por su parte para la Actividad.

– RedCSur certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asume el compromiso de comunicar al MNCARS los riesgos que, en su caso, conlleve el trabajo de su personal en el espacio en que se celebrará la Actividad, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

– RedCSur será responsable de los daños que, por negligencia o mala utilización, su personal cause al mobiliario o instalaciones del espacio.

– RedCSur está obligado a respetar en todo momento las normas de seguridad y régimen interno del MNCARS y hacerlas cumplir a su personal contratado y participantes, siguiendo a tal efecto las indicaciones que determinen los responsables de este organismo. El incumplimiento de esta obligación podrá ser causa de revocación unilateral de la autorización por parte del MNCARS, sin que el RedCSur tenga derecho a indemnización alguna.

– En atención a la ausencia de utilidad económica para RedCSur y de acuerdo con lo previsto en el artículo 92.5 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, no se exigirá contraprestación económica por el uso del espacio del MNCARS al que se refiere la presente autorización.

Tercera. Compromisos de la RedCSur.

3.1 En virtud del presente Convenio, la RedCSur asume las siguientes obligaciones con respecto a cada uno de los proyectos a desarrollar contenidos en la cláusula 2.1. del Convenio suscrito con fecha 6 de julio de 2023 entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Asociación Red Conceptualismos del Sur, para la planificación y ejecución conjunta de proyectos culturales:

3.1.1 Gestión de Archivos:

– Producción y gestión de contenidos para la página web «archivosenuso.net», en la que se comunicarán 6 nuevos archivos: Archivo de Teatro Abierto (Argentina), Archivo Romero por venir (Argentina), Archivo Elena Lucca (Argentina), Archivo Guillermo Núñez (Chile), Archivo Kena Lorenzini (Chile), Archivo de visualidades y movilización social en México (México).

– Trabajos de preservación, investigación y catalogación de los Archivos de resistencia visual

– Producción de los respectivos Archivos en uso.

– Organización de Archivos de los Seminarios Archivos del Común (RedCSur-MNCARS).

– Elaboración de dispositivo de alojamiento sobre los procesos de investigación y producción de archivos. Formato digital o posible audiovisual.

3.1.2 Exposiciones y actividades públicas:

– Elaboración de contenidos y de la programación de los encuentros «Archivos del Común V y VI», previstas para el último trimestre de 2023, en el MNCARS, y para 2025, en sede de la Red Conceptualismos del Sur.

– Seguimiento de reuniones y elaboración de contenidos para los grupos del laboratorio RedCSur.

– Implicación y articulación de la RedCSur en el itinerario temático "The past in the present» del proyecto de L’Internationale Museum of the Commons.

3.1.3 Proyecto de Pedagogías críticas:

– Desarrollo de un programa sobre institucionalidad en diálogo con artistas, investigadores, y comunidades afines.

– Activaciones pedagógicas con la canasta básica

– Elaboración activaciones del micrositio de Archivos del Común con diferentes grupos activistas, comunidades archivísticas y público en general en diferentes ciudades de América Latina y España.

3.1.4 Proyectos editoriales:

– Desarrollo de los proyectos editoriales compartidos con el MNCARS: «Archivos del Común V» y «Archivos del Común VI».

– Elaboración de contenidos y seguimiento de publicación «Manual de archivos». Canasta Básica 7 fanzines donde se compila la experiencia de la RedCSur en la constitución, investigación y socialización de archivos de arte/política en los últimos 10 años.

3.2 El coste estimado de los costes asumidos por la RedCSur en virtud de esta Cláusula se detalla en el Anexo (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto y su distribución por anualidades.

Cuarta. Imagen y difusión.

4.1 Todos los materiales de difusión y comunicación que se editen con motivo de los proyectos culturales mencionados en la cláusula precedente incluirán mención y el logotipo del MNCARS y de la RedCSur como entidades coorganizadoras.

4.2 A tal fin, la parte encargada de su edición remitirá a la otra con suficiente antelación las pruebas de tales materiales, previamente a su difusión, para ser revisados y obtener la autorización expresa de la otra parte.

4.3 Las partes podrán incluir en tales materiales de difusión los logotipos de otras instituciones, públicas y/o privadas, terceros patrocinadores o colaboradores, que participen en la celebración de las actividades objeto del presente Convenio, previa revisión y aprobación del referido material por la otra parte. Será motivo para denegar dicha aprobación el posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios, por motivos de exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.

Quinta. Costes.

5.1 La estimación de los costes asumidos por el MNCARS en virtud de la cláusula 2 asciende a 68.000 € (euros), según se detalla en el Anexo (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto, su distribución por anualidades y su imputación al presupuesto correspondiente del MNCARS.

5.2 La estimación de los costes asumidos por la RedCSur en virtud de la cláusula 3 asciende a 80.000 € (euros), según se detalla en el Anexo (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto y su distribución por anualidades.

Sexta. Eficacia.

6.1 El presente Convenio desplegará efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

6.2 Producirá efectos durante un plazo de cuatro (4) años desde la fecha en la que resulte eficaz de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) 1.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

6.3 En cualquier momento antes de la finalización del plazo de los cuatro (4) años de vigencia establecido por la presente cláusula, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su extinción o su prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales mediante adenda y previa sustanciación de los trámites previstos normativamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49. h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Séptima. Modificaciones.

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de este convenio deberá ser efectuada por escrito mediante adenda y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública prevista en el artículo 50.2. c) de la misma Ley.

Octava. Extinción.

8.1 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

8.2 Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la parte perjudicada a consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del Convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Novena. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

9.1 Se constituirá una Comisión mixta de Vigilancia y Seguimiento para la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que del presente Convenio pudieran derivarse. La citada Comisión, de composición paritaria, estará integrada por tres representantes del MNCARS y tres de la RedCsur, designados al efecto por cada parte:

– Miembros por parte del MNCARS:

Director/Directora.

Subdirector/Subdirectora Artística.

Responsable del área de Museo Tentacular.

– Miembros por parte de la RedCSur:

Presidente/Presidenta.

Secretario/Secretaria.

Coordinador/Coordinadora.

9.2 La Comisión de Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Fuerza mayor.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor, es decir, cuando el incumplimiento derive de un acto, acontecimiento, omisión, circunstancia o ausencia de circunstancia que esté más allá de su control razonable.

Undécima. Protección de datos.

11.1 El desarrollo de la presente colaboración se realizará con pleno respeto a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así como por lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

11.2 Los datos de carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el MNCARS e incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya finalidad es la suscripción, tramitación y ejecución de los Convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte MNCARS, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, la Ley reguladora del Museo y su Estatuto.

El responsable del tratamiento es:

– En el caso del MNCARS: el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, con domicilio en la calle Santa Isabel, núm. 52, 28012 Madrid.

– En el caso de la RedCSUR: la Red Conceptualismos del Sur con domicilio en 106 boulevard du Montparnasse, París, Francia (sede fiscal de la RedCSur).

Delegado de Protección de Datos: el delegado de Protección de Datos es una figura legalmente prevista cuyas funciones principales son las de informar y asesorar a la entidad sobre las obligaciones que le afectan en materia de protección de datos personales y supervisar su cumplimiento. Además, el Delegado de Protección de Datos actúa como punto de contacto con la entidad para cualquier cuestión relativa al tratamiento de datos personales, por lo que los interesados pueden dirigirse a él:

– En el caso del MNCARS: dpd@museoreinasofia.es

– En el caso la RedCSur: redcsur@gmail.com

Plazo de conservación: los datos se tratarán durante todo el tiempo que dure la relación mantenida entre las partes.

Finalizada dicha relación, se procederá al bloqueo de los datos durante el periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de responsabilidad como consecuencia del presente Convenio. Una vez finalice el plazo de prescripción legal y expiren tales responsabilidades, los datos serán eliminados.

Destinatarios: los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas competentes, en los casos previstos en la Ley y para los fines en ella definidos y a las correspondientes entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.

11.3 Los afectados podrán ejercer, en los términos establecidos por la normativa vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, así como solicitar que se limite el tratamiento de los mismos, oponerse a dicho tratamiento o solicitar la portabilidad de sus datos personales, dirigiendo una comunicación por escrito al responsable del tratamiento correspondiente bien mediante correo ordinario a la dirección anterior o bien mediante correo electrónico a la dirección siguiente:

– En el caso del MNCARS: infoderechos@museoreinasofia.es

– En el caso la RedCSur: redcsur@gmail.com.

Asimismo, pueden poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o, en su caso, la autoridad autonómica de control, cualquier situación que considere que vulnera sus derechos.

Duodécima. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

12.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

12.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la cláusula octava. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, el Director, Manuel Segade Lodeiro.–Por la RedCSur, la Presidenta, Annabela Tournon.

El presente convenio ha sido informado favorablemente por Abogacía del Estado con fecha 27 de noviembre de 2023 y autorizado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública el 1 de diciembre de 2023.

ANEXO
Presupuesto económico del convenio (2023-2026)

(Importe en euros, IVA incluido)

Concepto y aplicación presupuestaria MNCARS Ejercicio económico
2023 2024 2025 2026

RedCSur

Euros

MNCARS

Euros

RedCSur

Euros

MNCARS

Euros

RedCSur

Euros

MNCARS

Euros

RedCSur

Euros

MNCARS

Euros

Gestión, coordinación, elaboración de contenidos y/o producción de archivos.

(21.302.33A.227.06).

6.000 7.500 8000 8.000 8.000 8.000 8.000 8.000

Exposiciones y activaciones públicas.

(21.302.33A.227.06).

3.000 3.500 3.000 3.000 3.000 4.000 3.000 4.000

Pedagogías críticas.

(21.302.33A.227.06).

5.000 2.000 3.000 2.000 3.000 2.000 3.000 2.000

Proyectos editoriales.

(21.302.33A.227.06).

5.000 4.000 5.000 4.000 5.000 3.000 5.000 3.000

Gastos difusión.

(21.302.33A.227.06).

1.000 0 1.000 0 1.000 0 1.000 0
TOTAL por año. 20.000 17.000 20.000 17.000 20.000 17.000 20.000 17.000
TOTAL Generales.

RedCSur

80.000            
 

MNCARS

68.000            

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